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Reunión de Constitución

Comité Bipartito de Capacitación

Saber Servicios Sistema Seguridad

GESTIONANDO LA CAPACITACIÓN

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¿Qué es el Comité Bipartito de Capacitación?

Es una organización conformada al interior de la Universidad cuya función es acordar y revisar el programa anual de capacitación de la organización y asesorar a la dirección de esta en materias de capacitación.

Sus objetivos son:

  • Reforzar la calidad de los procesos y productos.
  • Mejorar la productividad de los funcionarios y funcionarias y la Universidad.
  • Promover el desarrollo de las competencias laborales de los funcionarios y funcionarias, a fin de contribuir a un adecuado nivel de empleo.

Oportunidad para generar mesas de diálogo con los funcionarios/as

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Marco Legal

Articulo 13

Ley 19.518

Es obligatorio para las Universidades que tengan una dotación igual o superior a 15 colaboradores.

Solo procede construir un CBC por empresa, en cualquiera sea el número de establecimientos que esta posea y el lugar donde se encuentren ubicados.

Las entidades

que tengan menos de 15 Colaboradores también pueden constituir comités bipartitos de capacitación y optar asi a sus beneficios (voluntario).

La no constitución del Comité, los expone a multas de 3 a 50 UTM (multas que pueden considerarse por trabajador contratado).  Esto está regido por la inspección del Trabajo y no por SENCE.

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Reunión de Constitución CBC

En la sesión de hoy debemos:

  • Designar al Presidente y Secretario y a sus respectivos reemplazantes, para el caso de ausencia o impedimento. Si resulta elegido Presidente un miembro del sector empleador, el Secretario deberá obligatoriamente ser un representante del sector trabajador o viceversa, con el fin de mantener el equilibrio entre ambas partes.
  • Definir las funciones del Presidente(a) y Secretario(a).
  • Definir la duración de los representantes en el cargo.
  • Definir periodicidad de sesiones anuales (la ley expresa obligatoriedad de reunirse al menos 1 vez)
  • Una vez finalizada la elección se firma el acta por los titulares y ministro de fe (según formato autorizado por SENCE) y se envía al OTIC.

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Importante considerar:

  • Los miembros del Comité Bipartito de Capacitación duran en sus funciones el tiempo que determinen las partes.
  • Todos los acuerdos del comité se adoptan por simple mayoría.
  • El quórum mínimo para sesionar es de cuatro integrantes.
  • De cada sesión se debe dejar acta de respaldo.
  • El comité no tiene fuero sindical.
  • La conformación y el funcionamiento del comité bipartito son fiscalizadas por la Dirección del Trabajo.

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Beneficios Comité Bipartito de Capacitación

PRINCIPAL BENEFICIO:

adicional al

valor hora SENCE,

presentando el Plan anual de capacitación.

Oportunidad para generar

MESAS DE DIÁLOGO

con los funcionadarios y funcionarias.

20%

Plan de capacitación rige por año calendario

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