Evidencia Digital
11/10/2022
CARLOS SALTOR carlos.saltor@gmail.com
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Concepto de Evidencia Digital (ED)
Características de la Evidencia Digital
Norma ISO/IEC 27037: 2012
Principios fundamentales del tratamiento de la ED
Relevancia
Confiabilidad
Suficiencia
Actuación en procedimientos con (ED): Reglas
Segunda Regla
Tercera Regla
Cuarta Regla
Recolección y preservación de la ED
Estado de la Computadora o sistema
¿Cómo está la computadora?
Documentar la escena del crimen
Antes de tener contacto con cualquiera de los elementos informáticos, se debe fotografiar, filmar y hacer un croquis de la escena del crimen, en su totalidad
Diversos escenarios
A) Escena Simple: compu apagada
A) Escenario Simple II: compu apagada
B) Escenario complejo: compu prendida
B) Escenario Complejo (II)
Embalaje, traslado y resguardo de la evidencia digital. Al momento de empacar la ED
Jaulas de aislación Faraday
Campos magnéticos
Imagen o copia forense y uso del hash
La imagen o copia forense replica en forma completa (por sector bit a bit) la estructura y contenido de un dispositivo de almacenamiento (por ejemplo los discos duros)
Directa: Puede obtenerse en forma directa: Se extrae el disco rígido, físicamente desde el ordenador y se realiza la copia
Indirecta: Conecta un dispositivo externo al ordenador a fin de evitar la extracción del disco rígido y se hace la copia de idéntica manera
Código hash: Sistema matemático de identificación de la ED
Artículo 199 del CPPT - Acceso Remoto
Art. 199.- Información digital. Incautación de datos. Cuando se hallaren dispositivos de almacenamiento de datos informáticos que por las circunstancias del caso hicieren Análisis Documental PODER JUDICIAL DE TUCUMAN presumir que contienen información útil a la investigación, se procederá a su secuestro, y de no ser posible, se obtendrá una copia, o podrá ordenarse la conservación de los datos contenidos en los mismos, por un plazo que no podrá superar los noventa (90) días.
Art. 199 CPPT(continuación)
Quien deba cumplir esta orden deberá adoptar las medidas necesarias para mantenerla en secreto. También podrá disponerse, el registro del dispositivo por medios técnicos y en forma remota. A cualquier persona física o jurídica que preste un servicio a distancia por vía electrónica, podrá requerírsele la entrega de la información que esté bajo su poder o control referida a los usuarios o abonados, o los datos de los mismos. La información que no resulte útil a la investigación, no podrá ser utilizada y deberá ser devuelta, previo ser puesta a disposición de la defensa que podrá pedir su preservación. Regirán las limitaciones aplicables a los documentos.
Para otra reunión
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