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IV Sesión Ordinaria del 2024

del Consejo de Administración de la JUNTA CENTRAL DE AGUA Y SANEAMIENTO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA (JCAS)

18 de septiembre de 2024

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ORDEN DEL DÍA

1

Lista de asistencia, declaratoria de Quórum y apertura de Sesión.

2

Presentación, análisis, discusión y, en su caso, aprobación de los Estados Financieros de los meses de mayo y junio del 2024 de la JCAS.

3

Presentación, análisis, discusión y, en su caso, aprobación de la solicitud de modificación al Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2024 de la JCAS

4

Presentación, análisis, discusión y, en su caso, aprobación de la solicitud de modificación a los Lineamientos Complementarios del Sistema de Cuotas y Tarifas de la JMAS CHIHUAHUA.

5

Presentación, análisis, discusión y, en su caso, aprobación de la solicitud para modificar la Estructura Orgánica de la JMAS CHIHUAHUA.

6

Presentación, análisis, discusión y, en su caso, aprobación de la solicitud de modificación al Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal 2024 de la JMAS CHIHUAHUA.

7

Presentación, análisis, discusión y, en su caso, aprobación de la solicitud de la modificación del Programa Operativo Anual para el año 2024 de la JMAS CHIHUAHUA.

8

Presentación, análisis, discusión y, en su caso, aprobación de la solicitud de modificación del Acta Tarifaria para el Ejercicio Fiscal 2024 de la JRAS DE CONGREGACIÓN ORTÍZ, CHIHUAHUA.

9

 

Presentación, análisis, discusión y, en su caso, aprobación del candidato que ocupará la titularidad de la Dirección Ejecutiva de la JMAS HIDALGO DEL PARRAL.

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Asuntos Generales.

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Clausura de Sesión

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Lista de asistencia, declaratoria de Quórum y apertura de Sesión.

1

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Presentación, análisis, discusión y, en su caso, aprobación de los Estados Financieros de los meses de mayo y junio del 2024 de la JCAS.

2

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ESTADO DE RESULTADOS

(miles de pesos)

al 30 de Junio del 2024

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ESTADO DE RESULTADOS VS PRESUPUESTO

al 30 de Junio del 2024

(miles de pesos)

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ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA

(miles de pesos)

al 30 de Junio del 2024

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3

Presentación, análisis, discusión y, en su caso, aprobación de la solicitud de modificación presupuestal para el Ejercicio Fiscal 2024 de la JCAS.

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MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL

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MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL

SEQUIA

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MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL

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MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL

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INGRESOS DE GESTIÓN 5%

al 30 de Junio del 2024

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(miles de pesos)

Servicios Personales

Enero – Junio

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(miles de pesos)

Servicios Personales

Enero – Junio

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(miles de pesos)

Materiales y suministros

Enero – Junio

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Servicios Generales

(miles de pesos)

Enero – Junio

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(miles de pesos)

Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas

Enero – Junio

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APOYO A ORGANISMOS

Enero-Abril de 2024

Resto Direcciones

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Inversión pública

Al 30 de Junio de 2024

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Presentación, análisis, discusión y, en su caso, aprobación de la solicitud de modificación a los Lineamientos Complementarios del Sistema de Cuotas y Tarifas de la JMAS Chihuahua.

4

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(Art. 52) Periodo de Operación de PTARs

Dice:

“La operación y mantenimiento de las plantas, así como el acarreo y disposición final de los biosólidos, correrán a cargo del Desarrollador durante 2 años contados a partir de que la planta opere al 70% de la capacidad total contemplada en el proyecto ejecutivo presentado.”

Debe decir:

“La operación y mantenimiento de las plantas, así como el acarreo y disposición final de los biosólidos, correrán a cargo del Desarrollador durante 2 años contados a partir de que dichas plantas comiencen a operar de manera regular e ininterrumpida.”

Modificación de los lineamientos complementarios

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(Art. 52) Periodo de Operación de PTARs

Dice:

“En el supuesto de que sea necesaria la incorporación de un nuevo módulo para incrementar la capacidad de Tratamiento de Aguas Residuales de una planta tratadora que se encuentre bajo la operación y mantenimiento del Organismo Operador, correrá a cargo del Desarrollador, además de la elaboración del proyecto ejecutivo, su construcción, equipamiento y pruebas; en lo que respecta a la operación y mantenimiento deberá cubrir lo correspondiente a estos conceptos conforme lo determine el Organismo Operador, durante los 2 años posteriores contados a partir de que el módulo operé al 70% de la capacidad total contemplada en el proyecto ejecutivo presentado.”

Debe decir:

En el supuesto de que sea necesaria la incorporación de un nuevo módulo para incrementar la capacidad de Tratamiento de Aguas Residuales de una planta tratadora que se encuentre bajo la operación y mantenimiento del Organismo Operador, correrá a cargo del Desarrollador, además de la elaboración del proyecto ejecutivo, su construcción, equipamiento y pruebas; en lo que respecta a la operación y mantenimiento, el desarrollador deberá cubrir al Organismo Operador los costos adicionales que represente la operación y el mantenimiento del nuevo modulo, conforme lo determine el Organismo Operador, durante los 2 años posteriores contados a partir de que la planta operé de manera regular e ininterrumpida”.

Modificación de los Lineamientos Complementarios

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Modificación de los Lineamientos Complementarios

(Art. 78) Vigencia de garantía de vicios.

Dice:

“Una vez concluidas las obras, previa revisión y transmisión legal de los Inmuebles, se formalizará un Acta de Entrega-Recepción de la Infraestructura Hidrosanitaria a favor del Organismo Operador la cual contendrá el Certificado De Factibilidad de los Servicios solicitados. Para efecto de lo anterior, el Desarrollador previamente deberá presentar una garantía por vicios ocultos por un valor correspondiente al 30% de la inversión, la cual podrá ser efectiva durante los cuatro años posteriores a la firma de dicho instrumento, dicho porcentaje se calculará con base al presupuesto de obra, mismo que el Desarrollador y/o Usuario deberá presentar al Organismo Operador con el desglose de actividades: concepto, cantidad, unidad, precio unitario e importe total.”

Debe decir:

Una vez concluidas las obras, previa revisión y transmisión legal de los Inmuebles, se formalizará un Acta de Entrega-Recepción de la Infraestructura Hidrosanitaria a favor del Organismo Operador la cual contendrá el Certificado De Factibilidad de los Servicios solicitados. Para efecto de lo anterior, el Desarrollador previamente deberá presentar una garantía por vicios ocultos por un valor correspondiente al 30% de la inversión, la cual podrá ser efectiva durante los dos años posteriores a la firma de dicho instrumento, dicho porcentaje se calculará con base al presupuesto de obra, mismo que el Desarrollador y/o Usuario deberá presentar al Organismo Operador con el desglose de actividades: concepto, cantidad, unidad, precio unitario e importe total.”

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Modificación de los Lineamientos Complementarios

(Art. 84) Elaboración y Pago de Fuente de abastecimiento.

Dice:

“Quien pretenda Desarrollar un Inmueble, fuera de la Zona Servida y de la Zona Contigua, a criterio del Organismo Operador, basado en la disponibilidad de agua en la zona de que se trate, deberá construir, a su costa, la infraestructura de la Fuente De Abastecimiento, en los términos que le sean requeridos por el Organismo Operador o de así considerarlo procedente el Organismo Operador, el Desarrollador podrá optar por pagar al Organismo Operador, por concepto de derecho de construcción de Fuente de suministro, la cantidad que resulte en los términos de la Acta Tarifaria vigente…”

Debe decir:

“Quien pretenda Desarrollar un Inmueble, fuera de la Zona Servida deberá construir, a su costa, la infraestructura de la Fuente De Abastecimiento, en los términos que le sean requeridos por el Organismo Operador, Fuente De Abastecimiento que deberá ser realizada, preferentemente dentro del polígono del predio a servir, de no ser esto física, técnica o jurídicamente posible, la mencionada Fuente de Abastecimiento deberá realizarse en algún lugar en que pueda ser conectada a la red de distribución de la que pudiera servirse el polígono del predio en estudio o, únicamente cuando sea física, técnica, jurídica y financieramente posible, definido por el Organismo Operador, el Desarrollador podrá optar por pagar al Organismo Operador, por concepto de derecho de construcción de Fuente de suministro, la cantidad que resulte en los términos de la Acta Tarifaria vigente.”

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Modificación de los Lineamientos Complementarios

(Art. 3 y 84) Se deroga la Zona Contigua.

Dice:

Art. 3, fracc. XCII.- Zona Contigua: Territorio cuya colindancia se encuentra a una distancia que no supera los 50 metros lineales de la Zona Servida.

Para considerarse que un Predio es contiguo a la Zona Servida, al menos un 10% del perímetro de este debe estar dentro de la Zona Contigua.

Los planes maestros autorizados por el Organismo Operador, seguirán la suerte de una Zona Contigua.

Debe decir:

Art. 3, fracc. XCII.- Zona Contigua: (Se deroga)

Dice:

Art. 84.-

Se considera que un Predio se encuentra dentro de la denominada Zona Contigua, cuando al menos el 10% de su perímetro se encuentra a 50 metros lineales de la Zona Servida.

El área publicada con el concepto de planeas maestros previamente autorizados por el Organismo Operador y que no se encuentren Desarrollados, tendrá, para efectos de este documento, el trato de Zona Contigua.

Debe decir:

Art. 84.-

(Se deroga)

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Modificación de los Lineamientos Complementarios

Solicitud de alta en padrón COESPRIS.

Dice:

ARTÍCULO 91.- Requisitos de contratación:

I.- …

III.- Además, deberá adjuntar los siguientes documentos:

a)…

Debe decir:

ARTÍCULO 91.-

I.-…

III.-…

a)…

e) Cuando la contratación sea solicitada para el giro de producción y venta de agua purificada, deberá presentar el documento emitido por la autoridad sanitaria que acredite estar dado de alta en el padrón respectivo.

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Modificación de los Lineamientos Complementarios

Solicitud de alta en padrón COESPRIS.

Dice:

ARTÍCULO 28.- La Solicitud de Cambio de Uso del Servicio o Giro del Establecimiento se tramitará conforme a lo siguiente:

I.- …

IV.- Requisitos

a)…

Debe decir:

ARTÍCULO 28.- La Solicitud de Cambio de Uso del Servicio o Giro del Establecimiento se tramitará conforme a lo siguiente:

I.- …

IV.- Requisitos

a)…

d) En caso del cambio al giro de producción y venta de agua purificada, deberá presentar el documento emitido por la autoridad sanitaria que acredite estar dado de alta en el padrón respectivo.

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Modificación de los Lineamientos Complementarios

(Art. 3) Concepto Aguardián

Dice:

“ARTÍCULO 3.- Para la aplicación e interpretación de los presentes Lineamientos, ya sea que se encuentren en plural, singular o sus conjugaciones, se entenderá por:

…”

Debe decir:

“ARTÍCULO 3.- Para la aplicación e interpretación de los presentes Lineamientos, ya sea que se encuentren en plural, singular o sus conjugaciones, se entenderá por:

…”

X BIS. Aguardián: Persona que se encuentra registrada como participante en la estrategia de uso responsable del agua denominada “Aguardianes”.

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¿Qué es?

Estrategia “AGUARDIANES”

Se trata de una estrategia que busca incentivar a todos los sectores de la ciudadanía Chihuahuense (niños, jóvenes, adultos, instituciones publicas y privadas, así como al sector productivo), a participar activamente en el cuidado del agua, realizando acciones concretas y medibles en su entorno, que, aunado a la satisfacción de mejorarlo, les represente una recompensa, tangible y atractiva.

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Estrategia

Estrategia “AGUARDIANES”

  1. La JMAS invita a la sociedad en general a registrarse como aguardianes, en una APP, de manera sencilla y rápida.
  2. Esta los clasificará, automáticamente, por perfiles (Niños, jóvenes [preparatoria y universidad], adultos [vecinos y lugares de trabajo]).
  3. Cada aguardían documentará, en la app, las actividades que él o su agrupación realicen en pro del cuidado del agua (denuncias, mejoras, reportes, etc…)
  4. Las actividades registradas otorgarán una cantidad establecida de puntos al perfil del aguardían o su agrupación.
  5. El aguardián o su agrupación, con base en los puntos generados, puede canjearlos por las “recompensas”, ofrecidas por patrocinadores, mediante una tarjeta digital y/o física.

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Modificación de los Lineamientos Complementarios

Descuento a Aguardianes

Dice:

“ARTÍCULO 131.- Serán acreedores a descuento social, únicamente los Usuarios domésticos, que previa solicitud de descuento social y bajo protesta de decir verdad, se encuentren en las siguientes circunstancias:

…”

Debe decir:

“ARTÍCULO 131.- Serán acreedores a descuento social, únicamente los Usuarios domésticos, que previa solicitud de descuento social y bajo protesta de decir verdad, se encuentren en las siguientes circunstancias:

IV. Encontrarse registrado, ante el Organismo Operador, como Aguardián, ser mayor de edad y haber documentado, como parte de la estrategia Aguardianes, al menos 3 actividades en pro del cuidado del agua, debidamente validadas.”

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Modificación de los Lineamientos Complementarios

Descuento a Aguardianes

Dice:

“ARTÍCULO 131.-

Serán acreedores a descuento social, únicamente los Usuarios La Tarifa social a la que hace referencia el presente artículo consiste en que el Organismo Operador aplicará un descuento del 50% de la Cuota correspondiente al Servicio para uso doméstico, en los primeros 20 metros cúbicos consumidos mensualmente; tratándose de un Usuario que en términos del presente instrumento pague su Servicio con base a Tarifa de Cuota fija, se le aplicará un descuento equivalente al 50% del importe de la Cuota para Servicio de uso doméstico únicamente sobre el costo de 15 metros cúbicos al mes.

…”

Debe decir:

“ARTÍCULO 131.-

Serán acreedores a descuento social, únicamente los Usuarios La Tarifa social a la que hace referencia el presente artículo consiste en que el Organismo Operador aplicará un descuento del 50% de la Cuota correspondiente al Servicio para uso doméstico o del 10% en caso de encontrarse en el supuesto de la fracción IV del presente artículo, en los primeros 20 metros cúbicos consumidos mensualmente; tratándose de un Usuario que en términos del presente instrumento pague su Servicio con base a Tarifa de Cuota fija, se le aplicará el descuento que corresponda, sobre el importe de la Cuota para Servicio de uso doméstico, únicamente sobre el costo de 15 metros cúbicos al mes.

…”

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Estrategia “AGUARDIANES”

Requisitos.

Ser Usuarios Domésticos

No es acumulable con otros descuentos

Solo aplica en los pagos a tiempo

Estar registrado como Aguardián

Registrar al menos 3 Actividades validadas en un plazo de 1 mes

La actividad obligatoria es disminuir o mantener el consumo vs el mismo mes del año pasado.

Aplica únicamente sobre los primeros 20 m3

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Modificación de los Lineamientos Complementarios

(Art. 131) Requisito de continuidad.

Dice:

“ARTÍCULO 131.-

Para que el beneficio por descuento social antes señalado sea procedente, deberá ajustarse a los siguientes requisitos:

…”

Debe decir:

“ARTÍCULO 131.-

Para que el beneficio por descuento social antes señalado sea procedente, deberá ajustarse a los siguientes requisitos:

6. En cuanto refiere al supuesto previsto en la fracción IV del presente artículo, el Aguardián deberá documentar actividades, como parte de la estrategia Aguardianes, debidamente validadas, al menos una vez cada dos meses.

…”

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Estrategia “AGUARDIANES”

Acciones

Reporta a quien lave su carro o banqueta con manguera

Reporta a quien riegue su jardín fuera de horario

Baja el promedio de tu consumo de los últimos 3 meses, con respecto al año anterior.

Reporta una fuga en la calle

Instala equipos ahorradores de agua

Limpia tu tinaco

Cambia jardines verdes, por secos.

Paga el servicio de agua a tiempo.

Reporta una toma clandestina

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Presentación, análisis, discusión y, en su caso, aprobación de la solicitud de modificación a la Estructura Orgánica de la JMAS Chihuahua.

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Modificación Organigrama

Organigrama Actual

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Modificación Organigrama

Propuesta de Modificación.

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Modificación Organigrama 2024

Justificación

  • Por su naturaleza se trata de funciones distintas:
    • Comunicar las acciones de la JMAS.
    • Concientizar sobre el uso eficiente del agua.

  • Carga excesiva de funciones (DCA se hará cargo de la estrategia Aguardianes).

  • Darle a la estrategia Aguardianes la importancia, personal y presupuesto que amerita.

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Presentación, análisis, discusión y, en su caso, aprobación de la solicitud de modificación al Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal 2024 de la JMAS Chihuahua.

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Ampliación Presupuestal JMAS Chihuahua

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REA JMAS Chihuahua

Remanentes de Operación

REA DISPONIBLE

352,290,136

Resultado del Ejercicio 2023

179,764,869

Resultado del Ejercicio 2022

137,790,807

Resultado de Ejercicios 2021-anteriores

34,734,460

SITUACIÓN DEL REA

REA DISPONIBLE

$ 352,290,136

Inversión

  • 271,716,477

Saldo Disponible

$ 80,573,659

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Ampliación Presupuestal JMAS Chihuahua

Justificación

ARTÍCULO 44. El presupuesto de Egresos establece los montos máximos para su ejercicio; por lo tanto, no podrán asignarse recursos mayores, salvo tratándose de:

(…)

III. Economías del presupuesto dentro de un mismo programa presupuestario.

IV. Ingresos adicionales hasta por un monto igual al 5% del Presupuesto autorizado,(…)

Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público del Estado de Chihuahua.

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Ampliación Presupuesto JMAS Chihuahua

LEY DE DISCIPLINA FINANCIERA DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS

Artículo 10.- En materia de servicios personales, las entidades federativas observarán lo siguiente:

La asignación global de recursos para servicios personales que se apruebe en el Presupuesto de Egresos, tendrá como límite, el producto que resulte de aplicar al monto aprobado en el Presupuesto de Egresos del ejercicio inmediato anterior, una tasa de crecimiento equivalente al valor que resulte menor entre:

El 3 por ciento de crecimiento real, y

b) El crecimiento real del Producto Interno Bruto señalado en los Criterios Generales de Política Económica para el ejercicio que se está presupuestando.

En caso de que el Producto Interno Bruto presente una variación real negativa para el ejercicio que se está presupuestando, se deberá considerar un crecimiento real igual a cero.

Se exceptúa del cumplimiento de la presente fracción, el monto erogado por sentencias laborales definitivas emitidas por la autoridad competente.

Los gastos en servicios personales que sean estrictamente indispensables para la implementación de nuevas leyes federales o reformas a las mismas, podrán autorizarse sin sujetarse al límite establecido en la presente fracción, hasta por el monto que específicamente se requiera para dar cumplimiento a la ley respectiva.

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Ampliación Servicios Personales

Costo del incremento 20% salario mínimo prestaciones y despensa

12,095,064

Laudos pagados

9,617,289

Total ampliación

21,712,353

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Ampliación Inversión

AMPLIACION DE BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES

Maquinaria para la perforación de pozos y

Camión de succión para desazolve Vacuum

$ 30,000,000

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Ampliación Inversión

OBRA EJERCIDA CON RECURSOS DE EJERCICIOS ANTERIORES

$ 134,504,023

Obra contratada 2022 y terminadas en 2024

3,924,217

Obra contratada en 2023 y terminadas en 2024

130,579,806

MODIFICACION PROGRAMA ANUAL DE OBRA PÚBLICA (PAOP)

$ 107,212,454

TOTAL AMPLIACIONES 2024

$ 241,716,477

AMPLIACION DE INVERSIÓN PÚBLICA

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Ampliación Inversión

AMPLIACIÓN PAOP

= $107,212,453.97

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Presentación, análisis, discusión y, en su caso, aprobación de la solicitud de modificación al Programa Operativo Anual (POA) 2024 de la JMAS Chihuahua.

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Modificación POA 2024

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Modificación POA 2024

Sectorización y gestión de presiones:

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Modificación POA 2024

Construcción y rehabilitación de redes de alcantarillado sanitario:

AUTORIZADO MODIFICADO

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Modificación POA 2024

Construcción y rehabilitación de redes de alcantarillado sanitario:

MODIFICADO 2024

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Modificación POA 2024

Construcción y rehabilitación de redes de agua potable:

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Modificación POA 2024

Construcción y rehabilitación de redes de agua potable:

MODIFICADO 2024

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Modificación POA 2024

Redes de Agua Tratada:

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Modificación POA 2024

Obras varias:

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Presentación, análisis, discusión y, en su caso, aprobación de la solicitud de modificación al Acta Tarifaria del Ejercicio Fiscal 2024 de la JRAS de Congregación Ortiz.

8

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Modificación del Acta Tarifaria

ARTÍCULO 26. …

I. El derecho por la conexión a la infraestructura de suministro de agua potable deberá ser calculado de la siguiente manera:

  • Para desarrollo en Lotes Urbanizados para uso habitacional.

Superficie del lote m2

Dotación Lts/Hab día

IH

CVD

CVH

Hasta 126

250

3.2

1.2

1.0

De 127 hasta 150

340

3.2

1.2

1.0

De 151 hasta 300

480

3.2

1.2

1.0

De 301 o más

600

3.2

1.2

1.0

Dice:

Debe decir:

Superficie del lote

Dotación

IH

CVD

CVH

Hasta 70 m2

190

3.2

1.2

1.0

De 70.01 a 100.00 m2

250

3.2

1.2

1.0

De 101.01 a 120.00 m2

275

3.2

1.2

1.0

120.01 en delante

300

3.2

1.2

1.0

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Presentación, análisis, discusión y, en su caso, aprobación del candidato que ocupará la titularidad de la Dirección Ejecutiva de la JMAS DE HIDALGO DEL PARRAL.

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Aprobada el día 27 de agosto del 2024

JMAS Hidalgo del Parral

 

Lic. Arturo Gaytán Ornelas

Grado Académico

  • Universidad Autónoma de Chihuahua, Licenciado en Administración de Empresas.

Experiencia Laboral

  • Personal Especializado de la Dirección de Operación Regional de la Junta Central de Agua y Saneamiento del Estado (2022-2024)
  • Asesor de la Dirección Ejecutiva y Dirección Técnica de la JMAS Parral, Chih.
  • Encargado Dirección Ejecutiva, JMAS Parral
  • Encargado Dirección Ejecutiva, JRAS Anáhuac
  • Encargado Dirección Ejecutiva, JRAS López Mateos
  • Jefe del departamento de Bienes y Servicios del H. Congreso del Estado (2017-2021)
  • Jefe del departamento de farmacia y Almacén en Pensiones Civiles del Estado (2016-2017)
  • Gerente General, Automotriz Touche S.A. de C.V. (2000-2016)

Ing. Jesús Alfonso Márquez Amaya

Grado Académico

  • Universidad Autónoma de Chihuahua, Ingeniero Civil.

Experiencia Laboral

  • Responsable de diversos proyectos en Construcciones Civiles (2012-2023)
  • Director de Obras Públicas Municipales del Valle de Allende (2010-2012)
  • Director de Obras Públicas Municipales de Hidalgo del Parral (2008-2010)
  • Supervisor de la Inmobiliaria San Uriel (2006-2007)
  • Director de Obras Públicas Municipales del Valle de Allende (2007-2008)
  • Responsable de diversos proyectos en Construcciones Civiles (2004-2006)
  • Residente de Obra en Consultores en Ingeniería y Arquitectura (1999-2004)

1

3

Ing. Antonio Rodríguez Rodríguez

Grado Académico

  • Instituto Tecnológico, Ingeniero Electromecánico. Universidad Autónoma de Chihuahua, Maestría en Economía Empresarial (pendiente)

Experiencia Laboral

  • Fundador, Socio y Administrador de la empresa Astillador Madera el Tagerete (2019 a la fecha)
  • Fundador y Director de la empresa C4 Reciclados (2019 a la fecha)
  • Fundador y Director de la empresa AB Servicios y Equipos Industriales (2016 a la fecha)
  • Tesorero de la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (2017-2020)
  • Fundador y Director General de la empresa Metalmecánica Industrial (1998 a la fecha)

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Asuntos Generales

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Informe de inversión en la Estrategia para la Zona Serrana y Sequía Extrema.

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ESTRATEGIA ZONA SERRANA POR SEQUÍA EXTREMA

TOTAL INVERSIÓN $161,563

Informe de la invecion de la estrategia para la zona serrana y sequia

Asuntos generales

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OBRA

$

ESTRATEGIA ZONA SERRANA Y SEQUÍA

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PROYECTO SEQUÍA

$27,152

ESTRATEGIA ZONA SERRANA Y SEQUÍA

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ZONA SERRANA Y COM. RURALES $25,563

COMUNIDADES DONDE SE DESTINA EL APOYO: Balleza, Batopilas, Carichí, Chínipas, Bocoyna, Guachochi, Guadalupe y Calvo, Guazapáres, Maguarichi, Matachí, Morelos, Moris, Nonoava, Ocampo, Temósachi, Urique, Uruachi

ESTRATEGIA ZONA SERRANA Y SEQUÍA

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APOYOS ORG. $6,866

ESTRATEGIA ZONA SERRANA Y SEQUÍA