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Unidad 1. La Conciliación y Generalidades del Arbitraje

CURSO: ARBITRAJE

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Propósito de la Clase

  • El día de hoy realizaremos una introducción a la Unidad 1.

  • Diferenciar los sistemas alternativos de resolución de conflictos, los sistemas autocompositivos y heterocompositivos y su relación con la conciliación y el arbitraje respectivamente. Adicionalmente, deberá analizar los procesos conciliatorios con una sólida base legal y doctrinal.

  • Analizar el origen y desarrollo del arbitraje, teorías del arbitraje y las materias susceptibles de arbitraje, los principios, la naturaleza jurídica, las características, los criterios de clasificación del arbitraje y el lugar donde se realiza el arbitraje con una sólida base legal, doctrinaria y jurisprudencial.

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Introducción sobre las controversias

El problema es una barrera u obstáculo para la satisfacción de las necesidades de las personas que conlleva a que se altere el equilibrio y la armonía de su convivencia o interacción social. El problema es la base del conflicto.

Cuando no se da una pronta solución a este obstáculo se puede convertir en un conflicto. El conflicto se relaciona con la lucha, combate, confrontación interpersonal de dos o más personas respecto a un problema.

PROBLEMA

CONFLICTO

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Medios de Solución al Litigio

MEDIACIÓN

ARBITRAJE

HETEROCOMPOSICIÓN

CONCILIACIÓN

AUTOCOMPOSICIÓN

PROCESO JUDICIAL

NEGOCIACIÓN

PURO

MIXTO

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¿Qué es la conciliación?

LEY DE CONCILIACIÓN - LEY Nº 26872

ART. 5º .- DEFINICIÓN: LA CONCILIACIÓN ES UNA INSTITUCIÓN QUE SE CONSTITUYE COMO UN MECANISMO ALTERNATIVO PARA LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS, POR EL CUAL LAS PARTES ACUDEN ANTE UN CENTRO DE CONCILIACIÒN EXTRAJUDICIAL A FIN DE QUE SE LES ASISTA EN LA BÚSQUEDA DE UNA SOLUCIÒN CONSESUAL AL CONFLICTO.

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¿Cuál es el marco legal de la conciliación?

LEY

REGLAMENTO

RESOLUCIÓN

LEY DE CONCILIACIÓN – LEY Nº 26872

(1997)

D.L Nº 1070

(2008)

LEY Nº 29876

MODIFICA EL ARTICULO 9 DE LA LEY SOBRE LA EXIGILIDAD DE LA CONCILIACIÒN EXTRAJUDICIAL

(2012)

D.S. Nº 014-2008-JUS

(2008)

D.S. Nº 006-2010-JUS

(2010)

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº069-2016-JUS/DGDP

(2016)

DIRECTIVA Nº 001-2016-JUS/DGDP-DCMA

(2016)

LINEAMIENTOS PARA LA CORRECTA PRESTACIÓN DEL SERVICIOS DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL.

Posterior Modificación

Modificación

Aprueba

Aprueba

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¿Cuáles son las técnicas de conciliación?

TÉCNICAS COMUNICACIONALES

ESCUCHA ACTIVA

POSTURAL CORPORAL

PREGUNTAS

  • ABIERTAS
  • CERRADAS
  • REFLEXIVAS

EMPATIA

PARAFRASEO

GESTICULACIÓN

REPLANTEO

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¿Cuáles son las técnicas de conciliación?

TÉCNICAS PROCEDIMENTALES

SESIÓN CONJUNTA

SESIÓN PRIVADA/CAUCUS

LLUVIA DE IDEAS

COCONCILIACIÓN

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¿Cuáles son los asuntos conciliables?

MATERIA DE FAMILIA

PENSION DE ALIMENTOS

REDUCCIÓN O AUMENTO DE PENSIÓN DE ALIMENTOS

EXONERACIÓN DE ALIMENTOS

RÉGIMEN DE VISITAS

PENSIÓN DE ALIMENTOS A FAVOR DEL CONVIVIENTE

VARIACIÓN DE RÉGIMEN DE VISITAS

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD DE BIENES DURANTE LA UNIÓN DE HECHO

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD DE GANANCIALES

GASTOS DE EMBARAZO, TENENCIA Y ALIMENTOS

TENENCIA

DIRECTIVA Nº 001-2016-JUS/DGDP-DCMA

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¿Cuáles son los asuntos conciliables?

MATERIA CIVIL

INCUMPLIMIEINTO DE CONTRATO

OTORGAMIENTO DE ESCRITURA

RATIFICACIÓN DE ÁREAS Y LINDEROS

SENTENCIA CON CONDENA DE FUTURO

DESALOJO

PETICIÓN DE HERENCIA

RETRACTO

INDEMNIZACIÓN POR SEPARACIÓN UNILATERIAL DE ÚNION DE HECHO

DIVISIÓN Y PARTICIÓN

RESOLUCIÓN DE CONTRATO

OFRECIMIENTO DE PAGO

INTERDICTO DE RETENER Y RECOBRAR

INDEMNIZACIÓN

OBLIGACIÓN DE DAR, HACER Y NO HACER

REINVINDICACIÓN

PAGO DE MEJORAS

DIRECTIVA Nº 001-2016-JUS/DGDP-DCMA

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¿Cuáles son los asuntos conciliables?

CONTRATACIONES CON EL ESTADO

AMPLIACIÓN DEL PLAZO CONTRACTUAL

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD

VALORIZACIONES O METRADOS

RESARCIMIENTO DE DAÑOS Y PERJUICIOS

VICIOS OCULTOS

RESOLUCIÓN DE CONTRATO

LIQUIDACIÓN DE CONTRATO

PAGOS

OBLIGACIONES POSTERIORES AL PAGO

DIRECTIVA Nº 001-2016-JUS/DGDP-DCMA

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Conclusión del proceso de conciliación

La conciliación se concluye mediante:

1. Acta de Conciliación con Acuerdo Total.

2. Acta de Conciliación con Acuerdo Parcial.

3. Acta de Conciliación con Falta de Acuerdo.

4. Acta de Conciliación por inasistencia de una de las partes.

5. Acta de Conciliación por inasistencia de ambas partes.

6. Acta de Conciliación por Decisión Debidamente Motivada.

7. Informe debidamente motivado.

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¿Qué es el Arbitraje?

El arbitraje es una institución jurídica heterocompositiva, en virtud de la cual una tercera persona, objetiva e imparcial, nombrada por las partes mediante convenio, resuelve en base a una potestad específica el conflicto intersubjetivo de intereses jurídicos, en caso de ser la materia susceptible de libre disposición por las personas afectadas por la discrepancia.

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¿Cuáles son las materias susceptibles de arbitraje?

Pueden someterse a arbitraje las controversias sobre materias de libre disposición conforme a derecho, así como aquellas que la ley o los tratados o acuerdos internacionales autoricen.

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¿Cuál es el origen del Arbitraje?

EN EL MUNDO

EN EL PERÚ

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¿Cuáles son los criterios de clasificación del Arbitraje?

Clases de Arbitraje

Arbitraje Voluntario y Forzoso

Arbitraje de Derecho y de Conciencia

Arbitraje Ad Hoc e Institucional

Arbitraje Público y Privado

Arbitraje Nacional e Internacional

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¿Cuáles son los principios del Arbitraje?

Confidencialidad

Imparcialidad

Especialización

Separabilidad

Economía Procesal

Independencia

Kompetenz kompetenz

Flexibilidad

Inmediación

Prueba

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¿Cuál es la naturaleza del Arbitraje?

La doctrina suele identificar cuatro teorías que explican la naturaleza jurídica del arbitraje:

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¿Dónde se debe realizar el Arbitraje?

Las partes podrán determinar libremente el lugar del arbitraje. A falta de acuerdo, el tribunal arbitral determinará el lugar del arbitraje, atendiendo a las circunstancias del caso y la conveniencia de las partes.

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De la teoría a la práctica

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Evaluando lo aprendido

¿Cuáles son los principios de la Conciliación Extrajudicial?

  1. Principios éticos de veracidad, el deber de revelación, equidad, celeridad, confidencialidad, neutralidad, legalidad e imparcialidad.
  2. Principios éticos de veracidad, buena fe, equidad, celeridad, confidencialidad, neutralidad, legalidad, el contrato e imparcialidad.
  3. Principios éticos de veracidad, buena fe, equidad confidencialidad, la transacción, neutralidad, legalidad, celeridad e imparcialidad.
  4. Principios éticos de equidad, veracidad, buena fe, confidencialidad, imparcialidad, neutralidad, legalidad, celeridad y economía.

Retroalimentación: Acorde con el Articulo 2º de la Ley de Conciliación la respuesta correcta es la “d)” ya que, la Conciliación propicia una cultura de paz y se realiza siguiendo los principios éticos de equidad, veracidad, buena fe, confidencialidad, imparcialidad, neutralidad, legalidad, celeridad y economía.

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¿Qué aprendimos hoy?

  • La conciliación es un método de solución de litigios autocompositivo. Donde son las partes las encargadas de resolver su controversia con la guía de un conciliador.
  • El arbitraje es una institución jurídica heterocompositiva ya que, las partes someten su controversia ante un tercero llámese árbitro único o tribunal arbitral.
  • El acta de conciliación y el laudo arbitral tienen calidad de cosa juzgada y para exigir su cumplimiento deben acudir al poder judicial para qué a través de un proceso ejecutivo el juez pueda ordenar la ejecución del acta de conciliación o del laudo arbitral según sea el caso concreto.
  • Entre las ventajas de acudir a la conciliación o al arbitraje, se encuentran la posibilidad de la confidencialidad, flexibilidad, rapidez, economía, imparcialidad y posibilidad de obligar coercitivamente al cumplimiento del documento final del proceso llámese acta conciliatoria o laudo arbitral.

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Referencias Bibliográficas

  • Dirección de Conciliación Extrajudicial y Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos. (2009). Resolución Ministerial N.°0235-2009-JUS del 15 de diciembre de 2009. Por lo cual Aprueban modelos de Formatos Tipos de Actas para su utilización en los Centros de Conciliación. https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2573909/RM%200235-2009-JUS%2C%20Formatos%20Tipo%20de%20Actas%202009.pdf.pdf?v=1638802726

  • El Peruano. (1997, 13 de noviembre). LEY DE CONCILIACIÓN LEY Nº 26872 y REGLAMENTO DE LA LEY DE CONCILIACIÓN DECRETO SUPREMO Nº 014-2008-JUS. Recuperado el 01 de diciembre de 2022, de https://diarioficial.elperuano.pe/pdf/0076/LEY_CONCILIACION_v04.pdf

  • República del Perú. (2016). Resolución Directoral N° 069-2016-JUS/DGDP del 12 de agosto de 2016. Por lo cual se aprueba la DIRECTIVA Nº 001-2016-JUS/DGDP-DCMA LINEAMIENTOS PARA LA CORRECTA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL. https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2573746/RD%20069-2016-JUS-DGDP%2C%20Lineamientos%20para%20la%20corresta%20prestaci%C3%B3n.pdf.pdf?v=1638800991

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