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Pliegos 004: Poder Judicial

Pliego 040: Academia de la Magistratura

Dra. Janet Tello Gilardi

Presidenta del Poder Judicial

¡Liderando avances y cambios para el acceso a la justicia moderna, Inclusiva y confiable con legitimidad social!

PROYECTO DE PRESUPUESTO 2026

SUSTENTACION ANTE EL PLENO DEL CONGRESO

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A. Información Estratégica del Poder Judicial

2

INDICE

B. Presupuesto 2025

C. Presupuesto 2026

D. Metas Logradas por Objetivos

E. Propuestas de Artículos para la Ley de Presupuesto 2026

AMAG

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PLIEGO 004:

PODER JUDICIAL

3

A. INFORMACION ESTRATEGICA DEL PODER JUDICIAL

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  • Introduccción

PROYECTO DE PRESUPUESTO 2026 - SECTOR PODER JUDICIAL

4

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5

MISIÓN DEL PLIEGO 004 PODER JUDICIAL

Fuente: PEI 2021-2030, Aprobado mediante Resolución Administrativa N° 052-2024-P-PJ

Presencia nacional en 35 Cortes Superiores de Justicia, 2,964 órganos jurisdiccionales Al III trimestre 2025

Corte de Justicia

Base Normativa

Sede

Alcance de Competencia

Órganos Jurisdiccionales

1

Corte Suprema de Justicia

TUO LOPJ y modificatorias (Artículos 28 y 30)

Lima

Nacional

Salas Supremas

12

35

Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada

R.A. N° 318-2018-CE-PJ modificada por R.A. N° 476-2019-CE-PJ

Lima

Nacional

Salas Penales

8

Juzgados de Investigación Preparatoria / Juzgados Penales

15

Corte Superior de Justicia en 34 Distritos Judiciales

TUO LOPJ (Artículo 37)

Sede de Corte Superior

Distrito judicial, salvo disposición distinta

Salas Superiores

236

TUO LOPJ (Artículo 47)

Capital de provincia, salvo disposición distinta

Provincial, salvo disposición distinta

Juzgados Especializados / Mixtos

2,042

TUO LOPJ (Artículo 55)

Determinada por CE-PJ

Determinada por CE-PJ

Juzgados de Paz Letrado

651

Total

2,964

“Ejercer la administración de justicia para todas las personas garantizando sus derechos y contribuir a la gobernabilidad democrática del país y a la construcción de una sociedad desarrollada, inclusiva y pacífica, a través de un servicio moderno, transparente, ágil y eficaz en el marco de la Constitución y el ordenamiento jurídico”.

Misión:

Estrategia Judicial: El Poder Judicial moderniza la justicia con enfoque de Género, Interculturalidad e Innovación Digital para garantizar el acceso y la independencia en la administración.

Objetivos Estratégicos:

1. Mejorar Celeridad

2. Luchar contra la corrupción

3. Mejorar flujo litigiosidad

4. Mejorar calidad de la justicia

5. Transformación Digital

6. Modernización

7. Gestionar riesgo desastres

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6

Jueces Supremos

(20 titulares, 41 Provisionales)

Jueces Superiores

(515 titulares, 299 prov.)

Especializados

(896 titulares, 306 Prov. , 982 supernumerarios)

JPL

(129 titulares, 526 supernumerarios)

Jueces de Paz : 6 031 en todo el ámbito nacional

No se les remunera

Penal

Familia

Civil

Laboral

Constitucional

Contencioso – Administrativo

SNEJ

Extincion Dominio

Jueces: 3,714

Trabaj: 30,029

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COMPARATIVO DEL PRESUPUESTO DE LOS PODERES DEL ESTADO

7

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PLIEGO 004:

PODER JUDICIAL

8

B.PRESUPUESTO 2025

AVANCES y PROYECCIONES

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9

EJECUCIÓN Y PROYECCIÓN DEL PRESUPUESTO

POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO

PARA EL AÑO 2025 – PLIEGO 004: PODER JUDICIAL

EJECUCION DE GASTOS AL 15 DE NOVIEMBRE DEL 2025�(EN MILLONES DE SOLES)

 

 

 

 

 

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

PIA

PIM �(*)

DEVENGADO �AL 15 DE NOVIEMBRE

% �AVANCE

1.RECURSOS ORDINARIOS

3,833.53

3,867.68

3,264.58

84%

3.RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO

82.02

17.44

7.09

41%

4.DONACIONES Y TRANSFERENCIAS

0.00

3.15

2.41

76%

5.RECURSOS DETERMINADOS

0.00

0.25

0.13

50%

TOTAL

3,915.55

3,888.52

3,274.20

84%

Nota:� (*) El PIM de la Fte.Fto. 19 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito se ha considerado la reducción del presupuesto requerido a la DGPP con el Oficio N° 1210-2025-GG-PJ (S/ 64 589 637)

Fuente: Programacion Presupuestal

Elaborado: Subgerencia de Planes y Presupuesto

PROYECCION DE GASTOS A DICIEMBRE 2025�(EN MILLONES DE SOLES)

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

PIA

PIM� (*)

PROYECCION A DICIEMBRE 2025

%

1.RECURSOS ORDINARIOS

3,833.53

3,867.68

3,867.68

100%

3.RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO

82.02

17.44

17.44

100%

4.DONACIONES Y TRANSFERENCIAS

0.00

3.15

3.15

100%

5.RECURSOS DETERMINADOS

0.00

0.25

0.25

100%

TOTAL GENERAL

3,915.55

3,888.52

3,888.52

100%

Nota:� (*) El PIM de la Fte.Fto. 19 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito se ha considerado la reducción del presupuesto requerido a la DGPP con el Oficio N° 1210-2025-GG-PJ (S/ 64 589 637)

Fuente: Programacion Presupuestal

Elaborado: Subgerencia de Planes y Presupuesto

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10

Nueva infraestructura puesta en servicio en el 2025

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PLIEGO 004:

PODER JUDICIAL

11

C. PRESUPUESTO 2026

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12

EVOLUCIÓN HISTORICA DE PRESUPUESTO DEL PLIEGO 004: PODER JUDICIAL

PIA vs PIM: 2015 – 2026

*Asignación en el proyecto de Presupuesto para el 2026 presentado por el MEF al Congreso de la República

(En millones de soles)

PLIEGO 004 PODER JUDICIAL

AÑOS

PIA

PIM

% respecto al PIA del Ejercicio Anterior

2015

1,695

1,858

8.5%

2016

1,804

2,107

6.4%

2017

2,056

2,275

14.0%

2018

2,272

2,467

10.5%

2019

2,521

2,725

11.0%

2020

2,884

3,054

14.4%

2021

3,054

2,972

5.9%

2022

3,172

3,153

3.8%

2023

3,402

3,425

7.3%

2024

3,646

3,665

7.2%

2025

3,916

3,953

7.4%

2026

3,990

 

1.9%

Variación promedio 2015-2025: 8,8%

Aplicar 7,4% de incremento habría determinado PIA PJ =S/ 4 205 mill

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13

PRESUPUESTO 2026

POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO

ASIGNADO AL PLIEGO 004: PODER JUDICIAL

Resalto la exigua asignación de presupuesto para continuar con las inversiones en infraestructura inmobiliaria de la institución, manteniéndose la brecha en 79% de locales en condiciones inadecuadas por ser alquilados o cedidos en uso (Gasto anual de S/ 90 millones en alquileres).

Se ha propuesto inversiones a través de Gobiernos Regionales, Locales y diferentes mecanismos de ejecución previstos en las leyes, con opinión favorable de MEF.

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14

PRESUPUESTO 2026

DEMANDA ADICIONAL PRIORIZADA – RECURSOS ORDINARIOS

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15

PRESUPUESTO 2026

DEMANDA ADICIONAL INTERSECTORIAL PRIORIZADA – RECURSOS ORDINARIOS

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PLIEGO 004:

PODER JUDICIAL

16

E. METAS LOGRADAS EN EL PRESENTE AÑO 2025 QUE NO SE DEBEN AFECTAR POR INSUFICIENCIA DE RECURSOS

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OEI 01. Celeridad de la Administración de Justicia – Buscamos la reducción de tiempos con nuevos modelos procesales y medidas de optimización

Indicador: Ratio del tiempo promedio duración en días del expediente principal de los procesos judiciales en primera instancia de la etapa de trámite.

ORALIDAD CIVIL:

Año 2025:215

A noviembre 2025: 210 órganos jurisdiccionales civiles con oralidad,

Al 31 diciembre: 215 órganos jurisdiccionales civiles con oralidad

Año 2026:

50 órganos jurisdiccionales civiles adicionales con oralidad.

2024

2025

Logro Esperado

Resultado obtenido

%

PIM

Logro Esperado

Resultado obtenido

%

PIM

Asignado

% Ejecución

Asignado

% Ejecución

228

212

100%

2,095,967,979

99%

226

226

100%

2,113,721,943

48%

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OEI 01. Celeridad de la Administración de Justicia

PROYECTO DE PRESUPUESTO 2026 - SECTOR PODER JUDICIAL

18

La oralidad Civil ha permitido grandes avances, durante el año 2025, alcanzó una cobertura de 210 órganos hasta noviembre, proyectando cerrar el año con un total de 215 órganos con oralidad. Para el año siguiente, 2026, se ha planificado una expansión continua, sumando 50 órganos jurisdiccionales civiles adicionales que adoptarán el sistema de oralidad.

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OEI 01. Celeridad de la Administración de Justicia – Buscamos la reducción de tiempos con nuevos modelos procesales y medidas de optimización

Indicador: Ratio del tiempo promedio duración en días del expediente principal de los procesos judiciales en primera instancia de la etapa de trámite.

FLAGRANCIA:

Durante el año 2025:

A noviembre: 30 unidades en 26 distritos judiciales.

Al 31 diciembre: 38 unidades (13 piloto – 25 modelo) en 34 distritos judiciales.

Año 2026:

Las 23 unidades piloto se convierten en unidades modelo.

Además se presentaran propuestas legislativas que mejoren el modelo incorporando la oralidad por la naturaleza de los hechos y adecuarse al proceso.

A noviembre:

Al 31 diciembre:

Ingresos

29,928

37,528

Resueltos

27,258

35,277

Efectividad

91%

94%

2024

2025

Logro Esperado

Resultado obtenido

%

PIM

Logro Esperado

Resultado obtenido

%

PIM

Asignado

% Ejecución

Asignado

% Ejecución

228

212

100%

2,095,967,979

99%

226

226

100%

2,113,721,943

48%

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OEI 01. Celeridad de la Administración de Justicia

PROYECTO DE PRESUPUESTO 2026 - SECTOR PODER JUDICIAL

20

Otras medidas:

1) Jornadas Extraordinarias

No obstante, las limitaciones de orden presupuestal, existe la voluntad de seguir apostando por las políticas de descarga procesal con miras a obtener resultados eficientes que coadyuven a mejorar la gestión institucional, en el presente año se han realizado dos Jornadas Extraordinarias, el sábado 25 de enero de 2025, con la participación de varias Cortes Superiores de Justicia y la dispuesta mediante R. A. N.° 000241-2025-CE-PJ, el viernes 22 de agosto de 2025, con una duración de 24 horas ininterrumpidas, en la cual participaron juezas, jueces y personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Suprema y de las Cortes Superiores de Justicia del país.

2) Programa Nacional de Descarga Procesal en Ejecución 2025-2026

En el presente año con un presupuesto exiguo estamos trabajando en la descarga de procesos en ejecución con dos grandes resultados: Incremento del Impulso de la ejecución e incremento en el archivamiento.

En el 2026 se prevé incrementar la presencia de este programa a las 34 cortes superiores de justicia (ahora solo en 4).

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OEI 02. Lucha Contra la Corrupción

Sanciones con medidas disciplinarias

Indicador: Índice de capacidad preventiva frente a la corrupción.

Sanciones realizadas

Durante el año 2025:

2024

2025

Logro Esperado

Resultado obtenido

%

PIM

Logro Esperado

Resultado obtenido

%

PIM

Asignado

% Ejecución

Asignado

% Ejecución

0.4

0.59

100%

22,005,756

99%

0.44

0.44

100%

45,147,616

64%

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OEI 03. Diseño del Flujo de Litigiosidad

Acceso a la Justicia

En lo que respecta a las políticas de acceso a la justicia, siempre dando mayor énfasis a las personas que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad, el servicio de justicia itinerante y la promoción de la cultura jurídica alcanzaron a 45,448 personas mediante 421 ferias y 197 actividades de promoción. Las Comisiones Distritales atendieron a 19,539 personas e ingresaron 1,597 demandas. Un logro destacado fue la Campaña de Depósitos Judiciales de Alimentos, que benefició a 50,403 justiciables con un endoso total de S/ 66.9 millones.

La Feria Llapanchikpaq Justicia brindó 5,550 orientaciones y resolvió 31 sentencias. Además, se fortalecieron los servicios de Orientadoras Judiciales (736 orientadoras, 5,362 atenciones) y la Justicia de Paz Escolar (implementada en 365 colegios). Se dictaron 53 capacitaciones a 3,790 participantes y se aprobaron directivas y formularios clave para la protección de personas en condición de vulnerabilidad.

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OEI 03. Diseño del Flujo de Litigiosidad

Justicia de Paz e Interculturalidad

Elaborar nuevas propuestas normativas de gestión de la justicia de paz.

A noviembre del 2025:

6,040 Juzgados de Paz

781 Juezas de Paz

4,982 Jueces de Paz

1,500 Jueces de Paz con conectividad

Adquisición de 12 mil libros de actas

6,000 libros de actuaciones judiciales

6,000 libros notariales

ONAJUP

5 Jornadas nacionales de capacitación

1,500 Jueces de Paz capacitados

Sumaq Justicia

Lanzamiento SISJUPAZ distritos judiciales de Cajamarca, Junín, Lima Este y Huancavelica

20% Jueces de Paz capacitados en uso y manejo de tablets y SISJUPAZ

PNUD

Propuesta del proyecto Ley de la Nueva Ley de Justicia de Paz.

Al finalizar el año 2025:

En atención en la función notarial

170,100 ingresos

169,666 resueltos

En atención en la función jurisdiccional

40,072 ingresos

31,864 resueltos

En atención de funciones delegadas

11,960 ingresos

11,0346 resueltos

Para el año 2026:

Sumaq Justicia

Implementación del SISJUPAZ en distritos judiciales de Moquegua, Puno y Arequipa

Continuar con el desarrollo de Jornadas Nacionales de Capacitación.

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OEI 04. Mejora de la Calidad del Servicio de Justicia

Indicador: Porcentaje de usuarios del poder judicial satisfechos.

2024

2025

Logro Esperado

Resultado obtenido

%

PIM

Logro Esperado

Resultado obtenido

%

PIM

Asignado

% Ejecución

Asignado

% Ejecución

0.21

0.41

100%

518,312,369

100%

0.23

0.23

100%

541,628,862

48%

A la fecha, el Sistema Nacional Especializado de Justicia (SNEJ) se encuentra plenamente implementado en 9 Distritos Judiciales a nivel nacional, donde se busca garantizar la protección y sanción célere contra la violencia, habiendose implementado en el 2025, en Condorcanqui (Amazonas). Asimismo, se cuenta con Modulo para Protección en el D.J de Lambayeque.

Asimismo, se ha procedido a implementar nuevos servicios a través de la creación de órganos del Sistema Nacional de Extinción de Dominio (SNEED), cuyo segundo tramo por 9 órganos se prevé realizar en el 2026.

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OEI 05. Transformación Digital

PROCESO ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Nuevos modelos procesales en proceso de implementación

Mejora de la Gestión del Despacho Corporativo con uso intensivo de tecnología

Uso de Inteligencia Artificial en los procesos para asegurar predictibilidad

EJE PILOTO

Mesa de Partes Electronica, Notificacion, Expediente

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PROYECTO DE PRESUPUESTO 2026 - SECTOR PODER JUDICIAL

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Restricción Presupuestal

El presupuesto asignado por el Ejecutivo es menor a lo requerido, pese a la vigencia de la Ley N° 28821 para la coordinación del presupuesto del Poder Judicial.

Esta limitación impide que la JNJ culmine los concursos de méritos, ocasionando mantener porcentajes altos de provisionalidad que no es atribuible a nuestra institución con cuestionamientos innecesarios.

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PROYECTO DE PRESUPUESTO 2026 - SECTOR PODER JUDICIAL

27

Restricción Presupuestal

La situación de la población laboral de los Decretos Legislativos: 728 y 1057, de desfase en sus niveles remunerativos, se empezara a solucionar gradualmente con la dación de la Ley N° 32504, y la promulgación de la Ley que aprueba el IV tramo remunerativo para el personal del D.Leg. 728, así como la homologación de la retribución económica de los CAS que perciben mensualmente menos de S/ 1,950.

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PROYECTO DE PRESUPUESTO 2026 - SECTOR PODER JUDICIAL

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Riesgo Presupuestales Futuros

El presupuesto para el 2026 según Proyecto de Ley de Presupuesto para el Poder Judicial, no permite desplegar mejoras en los servicios misionales de nuestra institución, como son;

  • el modelo corporativo para la oralidad civil, así como en la especialidad de familia; a
  • la implementación del Código de Responsabilidad Penal de los Adolescentes,
  • el fortalecimiento de la política anticorrupción por ello es necesario la ejecución del segundo tramo del subsistema de extinción de dominio,
  • enfrentar los nuevos escenarios de la especialidad Tributario y aduanero a nivel nacional especialmente la atención de los casos derivados de la puesta en marcha del Puerto de Chancay; y
  • el incremento de la carga procesal en la Corte Suprema, que requiere procesos de descarga y uso intensivo de tecnologías disruptivas, ampliando el despliegue de Curia.

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29

E. PROPUESTAS DE ARTÍCULOS PARA LA LEY DE PRESUPUESTO 2026

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PROPUESTA DE ARTICULO EN LA LEY DE PRESUPUESTO PARA EL 2026 QUE PERMITEN LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO SIN DEMANDAR RECURSOS AL TESORO PUBLICO

Implementación de lo previsto en el primer párrafo de la Centésima Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185 para el año 2025 y su continuidad para el Ejercicio Fiscal 2026

1

Dispóngase que la bonificación adicional a que se refiere el segundo párrafo del artículo 187° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que asciende a 3 UISP, es de aplicación a todos los Jueces Supremos Titulares y Consejeros del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, sin importar su tiempo de designación como Jueces Supremos Titulares o Consejeros del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Se exonera al Poder Judicial de lo establecido en el artículo 6° de la presente ley, precisando que esta exoneración es retroactiva al ejercicio 2025, y que en ambos periodos se financia con cargo a su propio presupuesto institucional.

NO DEMANDA RR

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Modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático para financiar obligaciones de pago en el rubro de bienes y servicios, así como de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada.

2

Autorizase, excepcionalmente durante el año fiscal 2025, al Poder Judicial a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, para financiar obligaciones de pago en el rubro de bienes y servicios, así como de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada, hasta por el monto de S/ 15 800 000,00

Para efectos del numeral precedente, el Poder Judicial queda exceptuado de los dispuesto en los artículos 9°, 11°, 31° y 33° de la Ley N° 32185 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2025; así como del numeral 48.1 del artículo 48° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, y todas las normas que limiten la aplicación del presente artículo. Dichas modificaciones presupuestarias se aprueban en el marco de lo señalado en el numeral 47.2 del artículo 47° del citado Decreto Legislativo.

Los recursos de las partidas de gasto materia de anulación por las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático que se realicen en el marco del presente artículo, no pueden ser objeto de demandas adicionales durante la fase de ejecución presupuestaria, bajo responsabilidad del titular de la entidad.

La presente disposición entra en vigencia al día siguiente de la publicación de la presente ley.

Propuesta Artículo – 2 (PERMITE USO DEL PRESUPUESTO 2025 AL 100% NO TRANSFERIR DEUDAS AL 2026)

NO DEMANDA RR

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Propuesta Artículo – 3

Medidas para la implementación, fortalecimiento y operatividad de la Unidad Ejecutora 025 Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial.

3

Ampliar la vigencia de la Centésima Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta el 31 de diciembre del 2026, con la finalidad de asegurar el proceso de implementación de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, para lo cual queda exceptuado de todas aquellas normas que se opongan al presente artículo.

La presente disposición entra en vigencia al día siguiente de la publicación de la presente ley.

NO DEMANDA RR

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Propuesta Artículo – 4 (1/2)

4

Se autoriza, de manera excepcional durante el Año Fiscal 2025, al Poder Judicial para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, hasta por la suma de S/ 15 000 000,00 (Quince millones y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar el otorgamiento extraordinario y por única vez, en el mes de diciembre de 2025, para los trabajadores del régimen de Contrato Administrativo CAS, que perciben retribución mensual menor a S/ 1,950.

El titular del pliego aprobará los criterios para la asignación de este bono, tomando en cuenta su distribución equitativa a nivel nacional, sin demandar recursos al tesoro publico.

Modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático para financiar Bono Excepcional y por única vez.

NO DEMANDA RR

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Propuesta Artículo – 4 (2/2)

4

La bonificación extraordinaria no tiene carácter remunerativo, no está afecta a cargas sociales y no es de naturaleza pensionable, ni forma parte de los beneficios laborales. Se encuentra afecta al impuesto a la renta.

Para percibir la bonificación extraordinaria, el personal debe cumplir de manera conjunta lo siguiente:

i) Encontrarse registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) a la fecha de entrada en vigencia del presente artículo; y,

ii) Contar con vínculo laboral vigente al momento del otorgamiento de la bonificación.

Para la implementación de lo dispuesto en el presente artículo, el Poder Judicial queda exonerado de lo establecido en los artículos 6° y 9° de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025.

La presente disposición entra en vigencia al día siguiente de la publicación de la presente ley.

NO DEMANDA RR

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Propuesta Artículo – 5

5

Se autoriza a los gobiernos regionales y gobiernos locales para intervenir en las fases de formulación, y evaluación y ejecución de las inversiones del Poder Judicial y el Ministerio Público, bajo cualquier modalidad de ejecución de inversión pública , previa suscripción del convenio respectivo y a título gratuito, sin que ello implique subordinación alguna de la administración de justicia.

Modificación del artículo 2° de la Ley N° 31774

NO DEMANDA RR

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Propuesta Artículo – 6

6

Aprobar el incremento mensual de los servidores del Poder Judicial contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 1057 que perciben menos de S/ 1 950,00 hasta dicho monto.

El incremento mensual aprobado, tiene carácter remunerativo, es de naturaleza pensionable, se encuentra afecto a cargas sociales y constituye base de cálculo para los beneficios laborales, según corresponda.

El incremento mensual aprobado, constituye un concepto independiente a los ingresos que perciben y se incorpora en la planilla de pagos.

La Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas procede de oficio al registro del concepto aprobado en el presente artículo en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP)

La aplicación de lo establecido en el presente artículo se sujeta al Presupuesto Institucional de este Poder del Estado, para lo cual se exonera al Poder Judicial de lo establecido en el artículo 6° y el numeral 9.1 del artículo 9° de la Ley de Presupuesto para el año 2026.

Incremento de los ingresos del personal del Poder Judicial, contratado bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 1057, que perciban menos de S/ 1 950.

NO DEMANDA RR

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PROPUESTA DE ARTICULOS EN LA LEY DE PRESUPUESTO PARA EL 2026 QUE PERMITEN LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO Y SI DEMANDAN RECURSOS AL TESORO PUBLICO

7-7

7

Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, durante los treinta (30) primeros días del año fiscal 2026, a realizar un estudio de ingresos del personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial, con el fin de determinar una escala de ingresos, acorde con los ingresos de los trabajadores de las entidades del sistema de justicia; asimismo, dispone que la nueva escala de ingresos del personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial se aprueba mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta del Presidente del Poder Judicial, en un plazo que no supere el 31 de marzo del 2026, para ello se exonera al Poder Judicial de lo establecido en el artículo 6° y el numeral 9.1 del artículo 9° de la Ley de Presupuesto para el año 2026; y se establece que el cuarenta por ciento (40%) del monto de la escala de ingresos queda afecto a cargas sociales y es de naturaleza pensionable.

La aplicación de lo establecido en el presente artículo se sujeta al Presupuesto Institucional de este Poder del Estado, para lo cual el Ministerio de Economía y Finanzas otorgará los recursos necesarios para dicho fin.

Autorizar al Poder Ejecutivo la aprobación de la nueva escala remunerativa del Poder Judicial.

SI DEMANDA RR

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Propuesta Artículo – 8

7-7

8

Se dispone que en el Presupuesto del Sector Público para el Año 2026, se han asignado recursos hasta por la suma S/17 728 508,00 (Diecisiete Millones Cuatrocientos Veintitrés Mil Seiscientos Veinte y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del pliego Poder Judicial, para la implementación de nueve (09) Órganos Jurisdiccionales del Subsistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio.

Fortalecimiento del Sistema Nacional de Extinción de Dominio

SI DEMANDA RR

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Propuesta Artículo – 9 (1/2)

7-7

9

Se dispone que en el Presupuesto del Sector Público para el Año 2026, se han asignado recursos hasta por la suma S/34 489 420,00 (Treintaicuatro Millones cuatrocientos ochentainueve Mil cuatrocientos veinte y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, en el presupuesto institucional del pliego Poder Judicial, según el siguiente detalle:

  1. Hasta por la suma de S/ 4 555 791,00 (Cuatro millones quinientos cincuentaicinco mil setecientos noventaiuno y 00/100 SOLES), para el fortalecimiento de treinta y cuatro (34) Módulos de Oralidad Civil a nivel nacional;

b) Hasta por la suma de S/ 11 004 848,00 (Once millones cuatro mil ochocientos cuarentaiocho y 00/100 SOLES) para el fortalecimiento de dos (02) juzgados de investigación preparatoria, cuatro (04) juzgados colegiados y uno (01) sala superior en el distrito judicial de Lima Norte, y el Equipo Técnico de Implementación del Código de Responsabilidad Penal del Poder Judicial;

Asignación de recursos en el Poder Judicial para financiar el fortalecimiento y/o creación de Órganos Jurisdiccionales, Salas Superiores y Salas Supremas de las especialidades de la justicia que deben incorporar mejoras en sus procesos

SI DEMANDA RR

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Propuesta Artículo – 9 (2/2)

7-7

9

  1. Hasta por la suma de S/ 7 689 803,00 (Siete millones, seiscientos ochentainueve mil ochocientos tres y 00/100 para la creación de seis (06) Órganos Jurisdiccionales de la especialidad contencioso administrativa tributaria y aduanera, en la provincia de Chancay, distrito judicial de Huaura;

d) Hasta por la suma de S/11 238 978,00 (Once millones doscientos treintaiocho mil novecientos setentaiocho y 00/100 SOLES) para el fortalecimiento de las Salas Supremas y Juzgado de Investigación Preparatoria Supremo, con personal transitorio y equipamiento para el proceso de descarga procesal.

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Propuesta Artículo – 10 (Actualizar disposición en Ley N° 32504)

10

Se exceptúa al Poder Judicial durante el ejercicio 2026, de lo dispuesto en los articulo 6, 8 y 9 de la presente ley, a efectos de la implementación de lo dispuesto en la Ley N° 32504.

NO DEMANDA RR

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Pliego 040: Academia de la Magistratura

42

PROYECTO DE PRESUPUESTO - 2026

“Formar y capacitar a los jueces, fiscales y aspirantes a la Magistratura en todos sus niveles de manera innovadora e idónea con valores para la defensa oportuna y justa de la persona humana, el Estado de Derecho y de la Sociedad”.

MISION INSTITUCIONAL

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PRESUPUESTO POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2025 - 2026

PLIEGO 040: ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

PIA

PIM

DEVENGADO AL 15 DE NOVIEMBRE

% �AVANCE

1.RECURSOS ORDINARIOS

15.11

14.92

11.75

79%

TOTAL

15.11

14.92

11.75

79%

2025

2026

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

PIA

PIM

PROYECCION A DICIEMBRE 2025

% �AVANCE

1.RECURSOS ORDINARIOS

15.11

14.92

14.92

100%

TOTAL

15.11

14.92

14.92

100%

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

PIA�2025

PRESUPUESTO 2026

DIFERENCIA� 2026

1.RECURSOS ORDINARIOS

15.11

12.70

-2.41

TOTAL

15.11

12.70

-2.41

  • El Pliego 040 AMAG, en el año 2025, presentó un PIA de S/ 15.11 millones.
  • Para el periodo 2026 su programación presupuestal es de S/ 12.70 millones, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios.
  • La AMAG, cuenta con una disminución del 16% en su presupuesto para el 2026.

Fuente: Programación Presupuestal

Elaborado: Subgerencia de Planes y Presupuesto

Fuente: Programación Presupuestal

Elaborado: Subgerencia de Planes y Presupuesto

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METAS FISICAS DEL 2025 Y PROYECCION DEL 2026-2028

ACTIVIDADES ACADÉMICAS

UNIDAD DE MEDIDA

META ANUAL� 2025�(metas físicas)

METAS MULTIANUAL

2026�(metas físicas)

2027�(metas físicas)

2028�(metas físicas)

ABOGADOS ASPIRANTES A JUECES Y FISCALES. (Programa PROFA).

Persona �capacitada

330

340

340

340

JUECES Y FISCALES TITULARES CAPACITADOS PARA EL ASCENSO. (Programa PCA)

Persona �capacitada

269

289

290

290

JUECES, FISCALES Y AUXILIARES DE JUSTICIA CAPACITADOS EN REFORMAS PROCESALES. (Programa PAP).

Persona �capacitada

1,520

1,520

1,520

1,520

JUECES, FISCALES Y AUXILIARES DE JUSTICIA ESPECIALIZADOS PARA LA MEJORA DEL DESPACHO JUDICIAL Y FISCAL. (Programa PAP).

Persona �capacitada

5,320

5,036

5,036

5,036

TOTAL

7,439

7,185

7,186

7,186

Fuente: Academia de la Magistratura

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PRESUPUESTO ASIGNADO A LAS METAS PROGRAMADAS PARA EL AÑO 2026

Inicialmente, de acuerdo al Plan Académico 2026 y según la programación del POI Multianual, para el 2026 se tenía una meta física programada por un total de 8 350 ACCIONES, sin embargo, debido al recorte significativo de presupuesto para el próximo año, se ha tenido que ajustar esta meta a 5,416, quedando sin ejecutar el Programa de Formación de Aspirantes (PROFA) y el Programa de Capacitación para el Acenso (PCA); esta situación es critica para la entidad puesto que no cumpliría con su misión institucional.

Fuente: Academia de la Magistratura

N° DE ACTIVIDADES

UNIDAD DE

MEDIDA

META PROGRAMADA2026�(meta física)

META AJUSTADA 2026�(meta física)

PRESUPUESTO

2026�(En millones S/.)

Meta 001

GESTION ADMINISTRATIVA

ACCION

850

850

8.0

Meta 002

ABOGADOS ASPIRANTES A JUECES Y FISCALES FORMADO. Programa PROFA

PERSONA CAPACITADA

640

0

0.5

Meta 003

JUECES Y FISCALES TITULARES CAPACITADOS PARA EL ASCENSO. Programa PCA

PERSONA CAPACITADA

289

0

0.4

Meta 004

JUECES, FISCALES Y AUXILIARES DE JUSTICIA CAPACITADOS EN REFORMAS PROCESALES. Programa PAP

PERSONA CAPACITADA

1,520

1,520

0.2

Meta 005

JUECES, FISCALES Y AUXILIARES DE JUSTICIA ESPECIALIZADOS PARA LA MEJORA DEL DESPACHO JUDICIAL Y FISCAL. Programa PAP

PERSONA CAPACITADA

5,036

3,036

1.1

Meta 006

SERVICIOS ACADÉMICOS COMPLEMENTARIOS

ACCION

15

10

2.4

TOTAL ANIVEL DE PLIEGO

8,350

5,416

12.7

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AMAG PROPUESTAS DE ARTICULO PARA LA LEY DE PRESUPUESTO 2026

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Propuesta Articulo – 1

1

Habiendo sido autorizado el Ministerio de Economía y Finanzas, durante el año fiscal 2025 en la Nonagésima Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 32185, aprobar una nueva escala de ingreso para los trabajadores de la Academia de la Magistratura, acorde a los ingresos de los trabajadores de las entidades del sistema de justicia. La nueva escala de ingresos del personal de la Academia de la Magistratura – Sector presupuestal Poder Judicial- se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura y el Titular del Sector Poder Judicial; y, para el caso que no se haya concretado al 31 de diciembre de 2025, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, hacerlo en un plazo que no supere el 31 de marzo del 2026, para ello se exonera a la Academia de la Magistratura de lo establecido en el artículo 6° y el numeral 9.1 del artículo 9° de la Ley de Presupuesto para el año 2026;

La aplicación de lo establecido en el presente artículo se sujeta al Presupuesto Institucional de la Academia de la Magistratura, para lo cual el Ministerio de Economía y Finanzas otorgará los recursos necesarios para dicho fin.

Autorizar al Poder Ejecutivo la aprobación de la nueva escala remunerativa de la Academia de la Magistratura.

SI DEMANDA RR

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48

“La inversión en justicia no es un gasto; es una garantía de estabilidad y predictibilidad para el país.”

GRACIAS