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UNIDAD Nº 21: MARTHA NUSSBAUM

  • Los contratos sociales.
  • Los tres problemas no resueltos de la justicia.
  • El contrato transnacional.
  • Justicia global.

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UN POCO SOBRE LA VIDA DE MARTHA NUSSBAUM…

  • Filósofa estadounidense especializada en temas de la antigua Grecia, filosofía romana, filosofía política y ética.
  • Miembro del Comité de Estudios Sudasiáticos.
  • Actualmente ocupa la cátedra de Derecho y Ética en el Departamento de Filosofía de la Facultad de Derecho y la Divinity School de la Universidad de Chicago. 
  • Nació en Nueva York el 06 de mayo de 1947 en el seno de una familia acomodada.
  • Durante los ‘80, Nussbaum comenzó un trabajo con el economista Amartya Sen (Premio Nobel de Economía) en temas relacionados con el desarrollo y la ética. Promovió el concepto de "capacidades" (posibilidad de vivir una larga vida, de llevar a cabo transacciones económicas, o la participación plena en actividades políticas) como las partes constitutivas del desarrollo, y de la pobreza como una privación de dichas "capacidades“.

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OBRAS MÁS IMPORTANTES

  • La fragilidad del bien: fortuna y ética en la tragedia y la filosofía griega, 1995.
  • Los límites del patriotismo: identidad, pertenencia y "ciudadanía mundial”, 1999.
  • Las mujeres y el desarrollo humano: el enfoque de las capacidades, 2002.
  • Las fronteras de la justicia: consideraciones sobre la exclusión, 2004.
  • Sin fines de lucro. ¿Por qué la democracia necesita de las humanidades? 2010.

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Las Fronteras de la Justicia: cuestiones sobre la exclusión.

  • Obra que tiene como punto de partida un análisis y crítica a las teorías clásicas y contemporáneas del contrato social.
  • Dentro de las teorías clásicas las expuestas por: Hobbes, Rousseau y Locke.
  • Dentro de las teorías contemporáneas: John Rawls.
  • La idea del “contrato social”.

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TRES PROBLEMAS NO RESUELTOS (por los contractualistas)

Necesidad de repensar las teorías del contrato social.

¿Cuáles son los problemas no resueltos según Martha Nussbaum?

  1. Problema de Justicia hacia las personas con discapacidades físicas y mentales, entre otros grupos sociales vulnerables (mujeres, niños, mayores adultos).
  2. Problema de Justicia global.
  3. Problema de Justicia hacia los animales no humanos.

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1. Deficiencia y discapacidad.

  • ¿Cómo son los agentes contratantes en las teorías clásicas del contrato social?
  • ¿Qué sucede con las personas con discapacidades o las consideradas como “no productivas” en el ámbito social?
  • Martha se pregunta ¿Quién diseña los principios básicos de la sociedad? ¿Para quiénes están pensados?
  • Propuestas de la filósofa.

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2. Nacionalidad.

  • Dificultades e influencia de la nacionalidad o del lugar de nacimiento sobre las oportunidades vitales básicas de las personas.
  • Problemas ocasionados a raíz de las desigualdades entre países pobres y ricos.
  • Teoría desarrollada por Hugo Grocio y su implicancia en la teoría de la justicia global.
  • Contrato transnacional

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3. Pertenencia de especie

  • Dentro de la teoría de justicia global ¿Qué sucede con los animales no humanos?
  • ¿Ética y compasión o situación de justicia?
  • La necesidad de proteger los demás seres que forman parte del mundo.

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EL ENFOQUE DE LAS CAPACIDADES

  • Aspecto constructivo de la teoría de la filósofa.
  • ¿Qué implica el enfoque de las capacidades de Martha Nussbaum?

  1. Base para una teoría de los derechos básicos de los seres humanos.
  2. Fuente de principios para una sociedad liberal y pluralista.
  3. Sin distinción de personas.
  4. La idea de “umbral” para cada una de las capacidades.
  5. Alternativa a los enfoques económicos-utilitaristas.

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LAS CAPACIDADES HUMANAS BÁSICAS DE MARTHA NUSSBAUM��

  1. VIDA
  2. SALUD FÍSICA
  3. INTEGRIDAD FÍSICA
  4. SENTIDOS, IMAGINACIÓN Y PENSAMIENTO
  5. EMOCIONES
  6. RAZÓN PRÁCTICA
  7. AFILIACIÓN
  8. OTRAS ESPECIES
  9. JUEGO
  10. CONTROL SOBRE EL PROPIO ENTORNO

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CONSIDERACIONES SOBRE LAS CAPACIDADES ENUMERADAS POR MARTHA NUSSBAUM��

  • Es una lista abierta y sujeta a revisión y replanteamiento constantes.
  • Los elementos de la lista deben tener una formulación abstracta y general precisamente para dejar espacio para las especificaciones y la deliberación de los ciudadanos y sus parlamentos.
  • La lista debe estar orientada exclusivamente hacia fines políticos y sin recurrir a ideas metafísicas que puedan dividir a las personas en función de su cultura y religión.
  • Se busca defender el pluralismo al insistir en que la finalidad política debe ser la capacidad y no el funcionamiento.
  • Principales libertades que protegen el pluralismo: libertad de expresión, de asociación, de conciencia.

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CONTRACTUALISMO Y CAPACIDADES.�1. Circunstancias de justicia.

CONTRACTUALISMO

  • La justicia sólo tiene sentido cuando las personas se encuentran en una situación tal que les conviene abandonar el estado de naturaleza y establecer un acuerdo para el beneficio mutuo.
  • El ser humano se “convierte” en ser social recién cuando abandona el estado de naturaleza.
  • La familia es natural y el cuerpo político artificial (creado a través del contrato social)
  • Teoría orientada al procedimiento.

ENFOQUE DE LAS CAPACIDADES

  • Parte de la concepción aristotélica del ser humano como ser social y político por naturaleza que se realiza a través de su relación con otros seres humanos.
  • Teoría orientada al resultado. Se centra en analizar el contenido del resultado (situaciones de justicia social) y se pregunta si es compatible con una vida acorde con la dignidad humana.

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CONTRACTUALISMO Y CAPACIDADES.�2. Libres, iguales e independientes

CONTRACTUALISMO

  • Consideran que la libertad, la igualdad y la independencia son aspectos naturales de los seres humanos, los cuales deben reforzarse al momento de efectuar el “pacto social”. Por esta razón todos los derechos sociales y políticos que se deriven del contrato, deben encarnar los derechos naturales.

ENFOQUE DE LAS CAPACIDADES

  • Como es una postura que no necesita de una teoría humana de las circunstancias de justicia no tiene ninguna precisión para introducir la hipótesis de que los seres humanos son libres, iguales e independientes.
  • El ser humano es considerado esencialmente un ser variable y complejo, por ello no considera que las personas sean “iguales” en poderes y capacidades.
  • Reconoce la diversidad.
  • Considera que los seres humanos son seres dependientes de otros para poder desarrollarse.

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CONTRACTUALISMO Y CAPACIDADES.�3. LA FINALIDAD DE LA COOPERACIÓN SOCIAL

CONTRACTUALISMO

  • Para estas teorías, la única finalidad del contrato, es establecer principios políticos en beneficio mutuo (y exclusivamente para ello). Por lo que parecen rechazar todo acto social que no lleve exclusivamente a ese fin (razón por la cual se dejan de lado actos de justicia que incluyan a los discapacitados, mujeres, niños, ancianos, etc.)

ENFOQUE DE LAS CAPACIDADES

  • Niega que los principios de justicia solo deban garantizar el beneficio mutuo.  La justicia debe ser considerada un fin en sí mismo y no como resultado de un contrato para el beneficio mutuo. Consideran también que nos reducimos a nosotros mismos cuando imaginamos la reciprocidad como algo que solo puede darse entre seres más o menos iguales capaces de ofrecerse un beneficio mutuo.