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SENTENCIA TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA COMUNIDAD DE MADIRID NÚM. 383/2006

Jurisdicción: Contencioso-Administrativa

Ponente: Ilmo. Sr. D. Rafael Estévez Pendás

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OBRA EN R-3

  • Construcción de la R-3 autopista de peaje Madrid-Argana del Rey. Tramo M-40 Argana del Rey
  • Presupuesto: 30.000 millones de pts ≈ 180.000.000 €
  • Empresa: Radiales Unión Temporal de Empresas (UTE)
    • Subcontratas
      • Epsa International, S.A (EI)
      • ACS Proyectos, Obras y Construcciones, S.A.
      • FCC Construcciones, S.A.
      • OHL, S.A.
      • Sacyr, S.A.

Legislación 5º Curso, 2º Cuatrimestre.

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SORPRESA!!!!!: INSPECCIÓNDE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE MADRID NUM 8315/01

  • Se observan la demolición de naves con cubierta de uralita
  • Existencia de uralita partida en fragmentos en ambos lados del camino

  • UTE presento en la oficinas de la Inspección

provincial de Madrid mediante

    • Técnico de Prevención en Riesgos Laborales
    • Técnico de prevención de la UTE
    • Coordinador de Medio Ambiente de la UTE

El plan de seguridad y salud en la obra no se contempla el riesgo de las demoliciones de material que contiene amianto y por tanto ninguna medida dirigida a disminuir el riesgo

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Mentira: pues no se trataba de una nave sino que a la derecha del camino hubo al menos tres naves con cubierta de uralita y a la izquierda del camino hubo al menos dos, según comprobación efectuada el día de la visita

  • EI (subcontrata de UTE) indica que por cuenta y orden de UTE durante el derribo de la nave se adoptaron y aseguraron los pertinentes medios y equipamientos de protección individual para conseguir la protección de estos trabajadores y de cualesquiera personas presentes en un radio de acción conveniente

SE PARALIZA EL TRABAJO DE TRANSPORTE DE MATERIAL EN EL QUE EXISTÍA FIBROCEMENTO

Legislación 5º Curso, 2º Cuatrimestre.

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  • HECHO: El plan de seguridad y salud de trabajo no analiza y evalúa todos los riesgos y/o planifica la actividad preventiva respecto a ellos. El plan de la obra señala que “el amianto necesita un estudio aparte. Está prohibida su utilización en cualquier caso” pero no analiza el riesgo ni planifica la actividad que es necesario realizar

Legislación 5º Curso, 2º Cuatrimestre.

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PRECEPTIS INFRINGIDOS: Cada contratista de una obra deberá evaluar los riesgos de ésta mediante un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio básico de seguridad y salud en función de su propio sistema de ejecución de obra. Dicho plan, elaborado por la constructora y aprobado por el coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, que constituye el instrumento básico de ordenación de las actividades de identificación, evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva, debió contemplar los riesgos antes mencionados y adoptar todas las medidas preventivas necesarias, incluidas las relacionadas con métodos de trabajo y de producción, que garanticen un mayor nivel de protección de la seguridad y salud.

Legislación 5º Curso, 2º Cuatrimestre.

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  • INFRACCIÓN: La sanción se gradúa en el grado máximo, en atención a la peligrosidad de la actividad desarrollada, carácter permanente de los riesgos inherentes a dichas actividades y gravedad de los daños que hubieran podido producirse y la envergadura de la obra superior a 30.000 millones

Legislación 5º Curso, 2º Cuatrimestre.

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DOS DÍAS MÁS TARDE SE LEVANTA UN NUEVO ACTA DE INSPECCIÓN

  • CASTIGA: La infracción muy grave de no adoptar cualesquiera medidas de preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores
  • CUANTIA DE INFRACCIÓN: 30.050,61€

Legislación 5º Curso, 2º Cuatrimestre.

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UTE PRESENTA RECURSO

  • NON BIS IN IDEM

    • Primer acta: se reprocha no haber elaborado el plan de trabajo en las obras relativo a las medidas preventivas a adoptar para limitar la generación y dispersión de amianto en el ambiente que deriva de la demolición de edificaciones de uralita

    • Segundo acto: se reprocha que el plan de seguridad y salud debió evaluar los riesgos de la existencia de amianto en la demolición de las edificaciones citadas, además de planificar la correspondiente actividad preventiva

Legislación 5º Curso, 2º Cuatrimestre.

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STS FALLA

  • A favor de UTE debido a que en los dos actas lo que se tipifica es el incumplimiento de la misma obligación, con la única diferencia de que en la primera ese incumplimiento se considera que produce un riesgo grave e inminente, lo que no se aprecia en la segunda

  • Se desestima el segundo acta y su infracción

Legislación 5º Curso, 2º Cuatrimestre.

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Legislación 5º Curso, 2º Cuatrimestre.

LEGISLACIÓN APLICADA A LA ARQUITECTURA.

- IMPARTIDA POR INMACULADA SÁNCHEZ RUIZ DE VALDIVIA

SENTENCIA REALIZADA POR:

QUINTANA DELGADO, EVA MARÍA

RÁMIREZ MOLINA, MARÍA DE TÍSCAR

RUIZ HERMOSO, BEATRIZ