PRIVATIZACIÓN DE TIERRAS PÚBLICAS
Catalinas Norte 2 - Convenios Urbanísticos
Exposición a cargo de
Jonatan Baldiviezo
Video del taller: https://www.youtube.com/watch?v=7APC5JBtTAw
Presentación: https://docs.google.com/presentation/d/1aSJv5ZbSjmF3CfQTjoS7dfgdWKAUfT9C2Chj8JmZL8o/edit?usp=sharing
PRIVATIZACIÓN DE TIERRAS PÚBLICAS
En la Gestión de Macri se autorizó la privatización de aproximadamente 28 hectáreas de tierras públicas ubicadas en la Ciudad a través de decretos sin autorización del Congreso Nacional.
Estas ventas no sólo son inconstitucionales, sino que además los inmuebles fueron vendidos a un precio inferior al determinado por el Tribunal de Tasación Nacional (TTN).
INFORME SIGEN - Abril 2020
Detectó que por la venta de 17 inmuebles a un precio menor a la Tasación del TTN, el Estado Nacional perdió alrededor de U$S 74.536.889.
Con relación a 6 parcelas en Puerto Madero, el TTN estipuló como valor venal 281.250.994 de dólares y se vendió a 228.875.000, una diferencia de 52.375.994 de dólares en sólo 6 predios.
INFORME SIGEN - Conclusión
1) El artículo 578 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación está previsto para el cumplimiento de sentencias de remate en juicios ejecutivos, situación que no resulta ajustada a los procedimientos de subasta en cuestión. Consecuentemente, los valores que resultan de su aplicación no son válidos para estos casos.
2) La AABE no cuenta con un procedimiento normado y formalmente aprobado que otorgue uniformidad a las tramitaciones e incluya los controles necesarios a efectos de disminuir riesgos, fijando, entre otros aspectos, el coeficiente a aplicarle al valor venal para determinar el valor base de subasta o explicitar los motivos o justificaciones por las cuales se puede vender por debajo del valor de mercado .
3) La documentación aportada por la Agencia para justificar el valor base de subasta no se encuentra respaldada y demás se compara con el valor que surge de la aplicación del artículo 578 y no contra el valor venal informado por el TTN.
Denuncia penal de la Oficina Anticorrupción
Denuncia penal de la Oficina Anticorrupción
Denuncia penal de la Oficina Anticorrupción
Denuncia penal de la Oficina Anticorrupción
Denuncia penal de la Oficina Anticorrupción
Denuncia penal de la Oficina Anticorrupción
CATALINAS NORTE 2 - Decreto N° 1173/2016
LEY N° 5.796 - 9 de marzo de 2017
Convenio Urbanístico
En los Lotes 01 y 02 se autorizó a construir una altura de 62,00 m.
En los Lotes 03, 04,05, 06 y 07 se autorizó a construir una altura de 139,00 m.
Aproximadamente, en un cálculo rápido, en un edificio de 139 m de altura se podrían construir 46 pisos por 900 m2 por planta darían 41.400 m2.
CATALINAS NORTE 2
Parcela 1 C (Ex 9) |
PARCELA 2 |
PARCELA 3 |
PARCELA 5 (Ex 7) |
PARCELA 6 |
PARCELA 7 (Ex 5) |
PARCELA 8 (Ex 4) |
Parcela 1 C: Techint (Santa Maria SAIF – (2019)
Parcela 2: Fideicomiso BAP
Parcela 3: Fideicomiso BAP (2018)
Parcela 5: Consultatio (2017)
Parcela 6: Consultatio (2017)
Parcela 7: Consultatio (2017)
Parcela 8: TGLT – Allaria (2018)
LEY N° 5.796
LEY N° 5.796
LEY N° 5.796
Venta de las Parcelas
Venta Parcela 5 y 6
Venta Parcela 5 y 6
Venta Parcela 5 y 6
Venta Parcela 5 y 6
Venta Parcela 5 y 6
Venta Parcela 5 y 6 - 29 de noviembre
Venta Parcela 5 y 6 - 30 de noviembre
Venta Parcela 5 y 6 - 30 de noviembre
Subasta de la Parcela 6 - 12 de diciembre
Subasta - Parcela 5 (ex 7)
Subasta - Parcela 5 (ex 7)
Subasta - Parcela 5 (ex 7) - 20 de diciembre de 2017
Subasta - Parcela 5 (ex 7) y 6
En estos inmuebles, el Estado Nacional perdió US$ 17.919.532 por no vender, como mínimo, al valor de tasación del TTN.
Por no vender los inmuebles en bloque se perdieron US$ 24.900.000
Venta Parcela 7
Venta Parcela 7 - 23 de octubre de 2017
Venta Parcela 7 - 27 de octubre de 2017
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