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Deberes

-Ruidos molestos:

  1. Decreto 38 MMA:

-Ruidos molestos en zonas residenciales fiscalizados con sonómetro

- 07:00 - 21:00: + 55 decibeles

- 21:00 - 07:00: + 25 decibeles

-SANCIÓN: 1 a 3 UTM.

  • Ordenanza municipal ruidos y sonidos molestos:

-Razones de hora, lugar o grado de intensidad perturben la tranquilidad o reposo o causen daño material o moral

-SANCIÓN: 1,2 a 3 UTM por JPL

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Deberes

-Ampliaciones:

  1. Asesorarse por experto
  2. Dirección de Obras Municipales y presentar:

- Solicitud permiso y recepción simultánea

- Declaración simple

- Especificaciones técnicas construcción y plano de la planta.

- Informe de un profesional a cargo certifique cumple normativa habitacional

  • Pagar certificado de regularización municipal: 1,5% presupuesto total de la ampliación.

- Desarrollo de actividades que no pongan en riesgo el inmueble y vecinos.

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Deberes

-No entorpecer salidas de autos:

  1. Ley de tránsito: Infracción grave:

- SANCIÓN: 1 a 1,5 UTM po JPL

  • Ordenanzas municipales

- Retiro de vehículo solicitado por carabineros o inspectores municipales a locales destinados para este efecto.

- SANCIÓN: 1,5 UTM costo del retiro

- Tenencia responsable de mascotas:

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Deberes

-Tenencia responsable de mascotas

  1. “Ley Cholito”:
  2. Persona que tenga una mascota deberá:

- Registrarla e implantarle un dispositivo electrónico (microchip)

- Responsabilizarse de su alimentación y manejo sanitario

- Responder civilmente de los daños que causen

- SANCIÓN: 1 a 30 UTM

  • Ordenanza municipal de aseo y ornato:
  • Propietario de la mascota responsable de las necesidades biológicas de su mascota en la vía pública.
  • SANCIÓN: 1 a 10 UTM por JPL.

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Gracias