Deberes
-Ruidos molestos:
-Ruidos molestos en zonas residenciales fiscalizados con sonómetro
- 07:00 - 21:00: + 55 decibeles
- 21:00 - 07:00: + 25 decibeles
-SANCIÓN: 1 a 3 UTM.
-Razones de hora, lugar o grado de intensidad perturben la tranquilidad o reposo o causen daño material o moral
-SANCIÓN: 1,2 a 3 UTM por JPL
Deberes
-Ampliaciones:
- Solicitud permiso y recepción simultánea
- Declaración simple
- Especificaciones técnicas construcción y plano de la planta.
- Informe de un profesional a cargo certifique cumple normativa habitacional
- Desarrollo de actividades que no pongan en riesgo el inmueble y vecinos.
Deberes
-No entorpecer salidas de autos:
- SANCIÓN: 1 a 1,5 UTM po JPL
- Retiro de vehículo solicitado por carabineros o inspectores municipales a locales destinados para este efecto.
- SANCIÓN: 1,5 UTM costo del retiro
- Tenencia responsable de mascotas:
Deberes
-Tenencia responsable de mascotas
- Registrarla e implantarle un dispositivo electrónico (microchip)
- Responsabilizarse de su alimentación y manejo sanitario
- Responder civilmente de los daños que causen
- SANCIÓN: 1 a 30 UTM
Gracias