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¿De qué libros debe disponer una Asociación�obligatoriamente?

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Régimen documental (I)�¿Cuáles son los libros que debe llevar una�asociación?�� Libro de Actas� Libro de Socios� Libros Contables

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Los libros se pueden llevar:��- En papel�- Informáticamente�- Fichero digital��¿Legalización?�

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Se legalizan:

- Ante el Registro Mercantil que corresponda, según

el domicilio social de la entidad.

- Ante un Notario ???

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LIBRO DE ACTAS

Diligencia de apertura:

    • D/Dª ________________, como secretario/a de la Asociación ___________, doy apertura al presente libro de Actas de la Asociación, compuesto por _____ páginas numeradas correlativamente de la 1 a la ____.
    • En _____, a __ de ________ de ____
    • Fdo.: Secretario/a V/B: Presidente/a

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LIBRO DE ACTAS�

Libro de hojas numeradas, donde se recogerán las sesiones de los�órganos de gobierno de la Asociación. Su ordenación en el Libro�será cronológica y en caso de que dejásemos alguna hoja o parte�de ella, sin escribir, la anularemos para evitar anotaciones que no�respondan al desarrollo de las sesiones. Es responsabilidad del secretario.�Los datos que deberá contener cada acta son los siguientes:�􀁹 Órgano que se reúne.�􀁹 Fecha, hora y lugar de la reunión.�􀁹 Número de convocatoria (Primera o Segunda).�􀁹 Asistentes (Datos nominales o numéricos).�􀁹 Orden del día.�􀁹 Desarrollo de la reunión con los principales argumentos ligados a las�personas que los defienden.�􀁹 Acuerdos adoptados.�􀁹 Sistema de adopción de los acuerdos y resultados numéricos�􀁹 Firma de el/la Secretario/a y VºBº del Presidente/a.�

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LIBRO DE SOCIOS

  • Es un registro de las altas y bajas de socios que se van produciendo en la Asociación. Consta de una serie de columnas para recoger los datos del socio, las fechas de alta y baja, el número de socio, etc., de manera que cada socio ocupará una fila. Debe estar actualizado y es responsabilidad del Secretario.

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Libro de cuentas

Libro de Cuentas: es responsabilidad del Tesorero. Deben figurar los ingresos y gastos, indicando su concepto. También debe constar el saldo anual cada vez que se presenten las cuentas a la Asamblea General. Debe firmar el Tesorero cada cierre de ejercicio. Cuando hay cambio en la Junta Directiva hay que hacer una diligencia con la entrega del libro a los entrantes. Deben llevarse los soportes documentales de tales apuntes.