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ORIENTACIONES PARA LA AUTORIZACION DE NUEVOS MODULOS Y/O ESPECIALIDADES EN LOS CETPRORD-0130-2009-ED�Directiva N° 009-2009

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FINALIDAD

  • Establecer orientaciones para la autorización de nuevos módulos y/o nuevas especialidades en los CETPRO público o privado, que lo soliciten.

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OBJETIVOS

  • Determinar los requisitos y procedimientos para la evaluación de CETPRO, públicos o privados que soliciten.
  • Establecer los niveles de responsabilidad relacionados con la evaluación del expediente presentado por los CETPRO, públicos o privados que soliciten la autorización de nuevos módulos y/o nuevas especialidades.

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ALCANCES

  • Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional.
  • Dirección de Educación Superior Tecnológica y Técnico Productiva.
  • Direcciones Regionales de Educación.
  • Unidades de Gestión Local.
  • CETPRO, públicos o privados .

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DISPOSICIONES GENERALES

  • La DESTP, brindará el asesoramiento permanente a las DRE y unidades de Gestión Educativa Local, UGEL, para el cumplimiento de la presente directiva.
  • En cada DRE y Unidad de Gestión Educativa Local UGEL, conformará una comisión para la autorización de nuevos módulos y/o nuevas especialidades, a los CETPRO, públicos o privados que solicite.

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DE LA COMISIÓN

  • La comisión para la autorización de nuevos módulos y/o nuevas especialidades, estará conformada por el/la Direct@r de gestión pedagógica, quien lo preside, el especialista responsable de CETPRO, un especialista de gestión institucional de Infraestructura de las DRE o Unidades de Gestión Educativa Local.
  • La comisión para la autorización de nuevos módulos y/o nuevas especialidades entrará en funcionamiento al día siguiente de la emisión y firma de la resolución de conformación respectiva.

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FUNCIONES DE LA COMISIÓN

  • Verificar y evaluar el expediente presentado por el CETPRO, solicitando la autorización de nuevos módulos y/o nuevas especialidades.

  • Verificar, in situ la infraestructura, mobiliario, maquinaria, equipos y herramientas en relación a la autorización de nuevos módulos y/o nuevas especialidades solicitadas.

  • Elaborar el informe técnico que sustente la emisión de la resolución que corresponda.

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¿Quiénes están facultados para solicitar?

  • El director@s de CETPRO público o Privado, podrán solicitar la autorización de nuevos módulos en el ciclo básico y nuevas especialidades en el ciclo medio; si cuentan con infraestructura adecuada, equipamiento suficiente, actualizado y en optimas condiciones de uso y el personal docente que tenga los requisitos mínimos estipulados en la R.M. N° 130-2008-ED (CETPRO publico) y en el caso de los CETPRO privado, el personal docente cuente con título del módulo y/o especialidad solicitada.

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Solicitudes para la autorización de nuevos módulos y/o nuevas especialidades

  • Se presenta en mesa de partes de la Dirección Regional de Educación y/o Unidad de Gestión Educativa Local, de acuerdo al cronograma establecido.

  • Si la documentación presentada no se ajusta a lo requerido impidiendo la continuación del procedimiento, lo cual por su naturaleza no pudo ser advertido por mesa de partes, al momento de su presentación, así como si resultara necesaria una actuación del administrado para continuar con el procedimiento, la comisión para la autorización de nuevos módulos y/o nuevas especialidades, por única vez, deberá emplazar inmediatamente al representante y/o Director del CETPRO, para que realice la subsanación correspondiente en un plazo de dos días hábiles, caso contrario será devuelta la solicitud.

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En caso de conformidad y no detectarse observaciones

  • Admitida la solicitud, la comisión para la autorización de nuevos módulos y/o nuevas especialidades en cada DRE o UGEL.
  • La comisión realizará la verificación, de la infraestructura, equipamiento, mobiliario, maquinaria, y herramientas se encuentran en relación a las especialidades solicitadas.

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Para aprobar las solicitudes para la autorización de nuevos módulos y/o nuevas especialidades

  • Debe comprobarse los requisitos para su aprobación, emitirá el informe técnico sustentario para la emisión de la respectiva resolución.

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De existir observaciones en el expediente

  • El interesado podrá subsanar las observaciones planteadas a la solicitud dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la recepción de la notificación correspondiente, en caso no se apruebe la verificación realizada, la Comisión denegará la solicitud de aprobación del nuevo módulo y/o nueva especialidad.

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La evaluación de las solicitudes

  • Para la autorización de nuevos módulos y/o nuevas especialidades, no puede exceder de treinta días hábiles en las solicitudes de CETPRO públicos y de 60 días hábiles en solicitudes de CETPRO privados.

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El Incumplimiento injustificado de los plazos previstos

  • Para las actuaciones de la evaluación de las solicitudes de autorización de nuevos módulos y/o especialidades de los CETPRO genera responsabilidad disciplinaria para la autoridad obligada, sin perjuicio de la responsabilidad civil por los daños y perjuicios que pudiera haber ocasionado.

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DISPOSICIONES ESPECIFICAS

  • Los especialistas responsables de CETPRO de las DRE y UGEL realizaran acciones de sensibilización y difusión sobre la presente directiva, a fin que las instituciones educativas obtengan la información necesaria y oportuna.

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Propuesta de nuevos módulos y/o nuevas especialidades

  • Tomarán como referente los principales ejes de desarrollo de la localidad o región y que estos contribuyan a la inserción o reinserción laboral del estudiante.
  • No tomarán los Títulos profesionales del grado superior del Catálogo Nacional de Títulos y Certificaciones. La nueva propuesta debe responder al estudio de factibilidad, avalado por entidades del sector productivo consultadas.

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Los CETPRO Privados

  • Presentará ante la DRE o UGEL , según corresponda, en versión digital y física el respectivo expediente, que debe contener:

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Documentos que presenta Director de CETPRO Privado

  • Solicitud dirigida al Director (a) de la DRE o UGEL
  • Fundamentación sobre la necesidad de ofertar nuevos módulos ocupacionales o especialistas
  • Copia de la licencia municipal de funcionamiento.
  • Plano de distribución del local a escala 1/100, diferenciando los ambientes existentes con los nuevos ambientes habilitados para la ampliación del servicio educativo, firmado por un arquitecto o un ingeniero civil colegiado.

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Documentos que presenta Director de CETPRO Privado

  • Informe (memoria descriptiva) sobre la idoneidad de las instalaciones con relación al nuevo previsto de estudiantes, conforme a las normas técnicas establecidas por el sector, incluyendo las facilidades de acceso para las personas con discapacidad, firmado por el arquitecto o un ingeniero civil colegiado.
  • Copia de certificado de Seguridad expedido por la instancia correspondiente de Defensa Civil.
  • Inventario de mobiliario, equipos y material educativo pertinente.

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Documentos que presenta Director de CETPRO Privado

  • Relación de personal docente para cada especialidad.
  • Metas de atención, área de influencia e índice de crecimiento de la población estudiantil en los últimos dos años, por módulo ocupacional o especialidad.
  • Proyecto Educativo Institucional (PEI), Proyecto Curricular del Centro (PCC), Plan Anual de Trabajo (PAT) y Reglamento Interno (RI) actualizados.
  • Comprobante de pago.

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Los CETPRO Públicos

Presentará ante la DRE o UGEL , según corresponda, la solicitud dirigida al Director o Directora de la DRE o UGEL, adjuntado en versión física y digital el respectivo proyecto que contenga:

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Sigue...

  • Estudio de factibilidad que demuestra la necesidad de ofertar los nuevos módulos ocupacionales (ciclo básico) o nuevas especialidades (ciclo medio) que respondan a las necesidades del entorno productivo y/o social.
  • Información que sustente los requerimientos laborales del sector productivo de la localidad y región, de acuerdo a cada módulo ocupacional (ciclo básico) o especialidad (ciclo medio) que se solicite.
  • Proyecto Educativo Institucional (PEI), Proyecto Curricular de Centro (PCC), Plan Anual de Trabajo (PAT) y Reglamento Interno (RI), conforme a las normas especificas, sobre los Diseños Curriculares Nacionales de la ETP y diversificación correspondiente:

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Documentos que presenta Director de CETPRO Público

  • CAP del personal docente.
  • Inventario de los equipos, mobiliario, material educativo con que cuenta la institución, por cada módulo ocupacional (ciclo básico) o especialidad (ciclo medio) que se solicite.
  • Plano de localización, distribución a 1/500 y 1/100 respectivamente, firmados por arquitecto o ingeniero civil colegiado.
  • Copia de Certificado de Seguridad expedido por la instancia correspondiente de Defensa Civil.
  • Copia de resolución de conversión de la Institución Educativa
  • Título de propiedad de la Institución Educativa y estar en el margesí de bienes del Ministerio de Educación

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Para autorización de los nuevos módulos y/o especialidades se tomara en cuenta

  • La disponibilidad de la infraestructura y equipamiento que tenga el CETPRO.
  • Numero de estudiantes a atender.
  • Que estará explicito en la resolución de autorización.

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Meta de atención

  • En el aula taller, laboratorio o campo no será menor de 20 ni mayor de 30 el área urbana.
  • En el área rural no será menor de 15 ni mayor de 25.

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Autoriza a los CETPRO ofertar nuevos módulos (ciclo básico) o especialidad (ciclo medio)

  • Debe consignar en la resolución directoral la siguiente información:
  • Nombre completo del módulo y/o especialidad autorizada.
  • Ciclo
  • Número de horas del módulo y/o especialidad
  • Tipo de institución pública o privada
  • Número y fecha de la resolución de conversión a CETPRO
  • Turno de atención
  • Metas de atención

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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

  • Los CETPRO de CONVENIO, se regirán por los requisitos que se establece para cada tipo de CETPRO público o privado.

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Presentación de solicitudes

  • Para la autorización de los nuevos módulos y/o nuevas especialidades se realizará de conformidad a los cronogramas establecidos por cada una de las Direcciones Regionales de Educación o Unidades de Gestión Local.

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La DRE o UGEL, autorizará

  • Vía experimentación, nuevos módulos ocupacionales que no excederán las 300 horas y/o nuevas especialidades, cuya duración mínima será de 2000 horas.

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Una vez culminada la experimentación de los nuevos módulos y/o nuevas especialidades

  • El Director de CETPRO, solicitará a la DRE o UGEL, según corresponda, la evaluación respectiva. Si los resultados son favorables (metas de atención, responde a la demanda laboral; entre otros) la DRE o UGEL emitirá la resolución de continuación de la oferta de los nuevos módulos y/o nuevas especialidades autorizadas.

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El CETPRO

  • El CETPRO privado, para las gestiones administrativas se rige por las tasas establecidas en el TUPA del gobierno Regional al que pertenezcan.
  • El CETPRO público o privado, ofertará los nuevos módulos y/o especialidad una vez que sean aprobados por la DRE o UGEL, mediante resolución.

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Los nuevos módulos y/o nuevas especialidades

  • Que oferten los CETPRO, público o privado, sin la debida resolución de autorización otorgada por la DRE o UGEL; carecen de validez. En ese sentido, el Ministerio de Educación no reconoce por ningún motivo estos estudios. Los Directores y/o propietarios tienen responsabilidad administrativa, civil o penal por estos hechos.

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ESTUDIO DE FACTIBILIDAD PARA LA AUTORIZACION DE NUEVO MODULO OCUPACIONAL Y/O NUEVA ESPECIALIDAD

  • INFORMACIÓN GENERAL

DRE:

UGEL:

CETPRO:

DIRECCION:

TELEFONO:

CORREO ELECTRONICO:

TIPO DE GESTIÓN:

CICLO:

II. DENOMINACION DEL NUEVO MODULO Y/O NUEVA ESPECIALIDAD

(precisar el nombre del nuevo módulo y/o nueva especialidad)

III. MARCO LEGAL

(Precisar las normas legales para solicitar la autorización del nuevo módulo y/o nueva especialidad)

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REQUERIMIENTOS MÍNIMOS

Infraestructura

Equipamiento, mobiliario, maquinaria, herramienta, etc.

Profesor (a)

Requisitos de la RM N° 130-2008-ED

Lugar y fecha:

………………………………………….

Director (a) del CETPRO

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ANEXO N° 2

FORMATOS PARA ELABORAR EL REFERENTE: PRODUCTIVO Y EDUCATIVO DE LA NUEVA ESPECIALIDAD

Para la propuesta de la nueva especialidad, se toma el referente educativo el Diseño Curricular Básico para la Educación Técnico-Productiva: Ciclo Medio, aprobado por Resolución Directoral N° 0920-2008-ED; y la metodología del referente productivo del Catálogo Nacional de Títulos y Certificaciones, aprobado mediante Resolución Viceministerial 085-2003-ED.

REFERENTE PRODUCTIVO

COMPETENCIA GENERAL

Determinar la competencia general que debe responder a las funciones productivas de la especialidad

UNIDADES DE COMPETENCIA

Determinar las unidades de competencia que deben responder a la competencia general

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REALIZACIONES

CRITERIO DE REALIZACION

Están en relación a cada unidad de competencia determinada

Están en relación a cada realización de la unidad de competencia determinada

DOMINIO TECNICO

El que deberá estar en función de la especialidad a solicitar

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REFERENTE EDUCATIVO

PERFIL DE ESPECIALIDAD

CETPRO: REGION: UGEL:

ESPECIALIDAD: DURACION: CICLO:

P.P.P FECHA: AÑO:

DIRECT@R: PROFES@R:

COMPETENCIA GENERAL

CAPACIDADES TECNICAS

CAPACIDADES COMUNICACIONALES

CAPACIDADES SOCIALES

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DETERMINACION DE MODULOS DE ESPECIALIDAD

UNIDAD DE COMPETENCIA

MODULO DE ESPECIALIDAD

DURACION

TOTAL DE HORAS

CETPRO: REGION: UGEL:

ESPECIALIDAD: DURACION: CICLO:

P.P.P FECHA: AÑO:

DIRECT@R: PROFES@R:

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ITINERARIO FORMATIVO

COMPONENTES

MODULOS

HORAS

CRONOGRAMA

1ER AÑO

2DO AÑO

M

A

M

J

J

A

S

G

N

D

N

A

N

J

J

A

S

C

N

D

FORMACION ESPECIFICA 62%

MODULO 1

248

X

X

X

X

MODULO 2

248

X

X

X

X

MODULO 3

124

X

X

X

MODULO 4

248

X

X

X

X

MODULO 5

248

X

X

X

X

MODULO 6

124

X

X

X

FORMACION COMPLEMENTARIA 14%

INGLES TECNICO 4%

80

COMPUTACION 4%

80

X

GESTION EMPRESAR. 3%

60

X

FOL 3%

60

X

PRACTICA PRE-PROFESIONAL 24%

480

TOTAL

200

PASANTIA 10%

200

CETPRO: REGION: UGEL:

ESPECIALIDAD: DURACION: CICLO:

P.P.P FECHA: AÑO:

DIRECT@R: PROFES@R:

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4.1 ANALISIS DE LA OFERTA EDUCATIVA

a. Mencionar las instituciones de formación técnica existentes en la localidad o región

Instituciones

Tipo (*)

Dirección

Distrito

Provincia

(*) pública o privada

b. De cada institución identificada mencionar su oferta formativa cercana al CETPRO que solicita nuevos módulos y/o especialidades.

Nombre de las instituciones

Carreras técnicas profesionales (*)

Especialidad (**)

Módulos Ocupacionales (***)

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4.2 ANALISIS DE LA DEMANDA LABORAL

4.2.1 Determinar las principales actividades económicas de la localidad o región

Consultar los planes de desarrollo regional, el mapa de la competitividad entre otros, para determinar las principales actividades económicas de desarrollo de la localidad o región.

4.2.2 Diagnóstico de la situación actual de la demanda

Se debe considerar: las características socio-económicas de la población y, específicamente de la población del CETPRO: niveles de ingreso, nivel de escolaridad, edad, sexo.

V. FUNDAMENTACION

5.1 ELECCION DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA

Determinar la propuesta del nuevo módulo y/o nueva especialidad, respondiendo ¿qué problema o problemas se quiere solucionar con la nueva propuesta?

5.2 JUSTIFICACION DE LA PROPUESTA DEL NUEVO MÓDULO Y/O NUEVA ESPECIALIDAD

La justificación debe estar en función a lo descrito en el diagnostico; además, se debe precisar la pertinencia de la nueva propuesta, módulo para el ciclo básico y especialidad para el ciclo medio, en su localidad o región.

A continuación se proponen las siguientes preguntas:

  • ¿Por qué es necesario la nueva propuesta?
  • ¿Qué potencialidades busca aprovechar la nueva propuesta y cómo lo va a hacer?
  • ¿Qué participación ha tenido la comunidad local en la priorización de la nueva propuesta?
  • ¿Cómo se relaciona esta nueva propuesta con otras iniciativas y acciones de desarrollo que se estaba realizando en el ámbito?

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VI. INFRAESTRUCTURA, MAQUINARIA Y EQUIPOS

6.1 LABORATORIOS Y TALLERES

Considerando los índices de ocupación, los talleres deben tener las siguientes áreas:

  • Laboratorio de computación …………………………….. 2.0 m2 por estudiante
  • Laboratorio ……………………………………………………….. 2.5 m2 por estudiante
  • Taller ………………………………………………………………….. .3.0 m2 a partir de esta medida por estudiante

El requerimiento de nuevo módulo y/o nueva especialidad debe estar en función al número de estudiantes por taller o laboratorio. El número, mínimo de estudiantes para el ciclo básico y medio en los CETPRO es de 20 en la zona urbana y 15 en la zona rural.

6.2 MAQUINARIAS, EQUIPOS, HERRAMIENTAS Y MOBILIARIO

Debe precisar lo correspondiente al equipamiento: máquinas, herramientas, instrumentos, mobiliario, entre otros, para desarrollar la nueva propuesta solicitada. Debe estar en relación a la meta de atención; ésta debe ser 1/1, es decir, una maquina y/o equipo por estudiante.

Item

Denominación

Valor Unitario (S/.)

Cantidad

Importe Total (S/.)

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6.3 COSTO Y FINANCIAMIENTO EN LA IMPLEMENTACION

En función a la nueva propuesta solicitada.

PRESUPUESTO DE EGRESOS

* Mobiliario, herramientas, accesorios y repuestos

Rubro

Fuentes de Financiamiento

Total

DRE/UGEL

MED

ONG

Municipalidad

COOPERACION INTERNACIONAL

Aporte Propio

Infraestructura

Maquinaria

Equipos*

Material Didáctico

Útiles de oficina

Recursos Humanos

Mantenimiento

Servicios (energía eléctrica, agua, teléfono)

Internet

otros

Total

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VII. PLAN DE IMPLEMENTACION

(Describir las actividades a realizarse para la implementación del nuevo módulo ocupacional o especialidad, así como el tiempo necesario para su ejecución.)

ACTIVIDAD

PERIODO**

1

2

3

4

5

6

7

8

n

** El tiempo puede estar expresado en días, semanas o meses

VIII. SOSTENIBILIDAD

(Especificar el plan de desarrollo, a fin de garantizar que el nuevo módulo y/o nueva especialidad sea sostenible en la localidad o región.)

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ANEXO N° 1FORMATOS PARA ELABORAR EL REFERENTE PRODUCTIVO Y EDUCATIVO DEL NUEVO MÓDULO OCUPACIONAL

Para la propuesta del nuevo módulo, se toma como referente educativo el Diseño Curricular Básico para la Educación Técnico – Productiva: Ciclo Básico, aprobado por Resolución Directoral N° 588-2006-ED; y la metodología del referente productivo del Catálogo Nacional del Títulos y Certificaciones, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 085-2003-ED.

UNIDAD DE COMPETENCIA

Describe los requerimientos de calificación de una determinada función ocupacional.

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REALIZACIONES

CRITERIOS DE REALIZACION

Están en función a la unidad de competencia

Están en función a las realizaciones

RUBROS DEL DOMINIO PROFESIONAL

Se deben colocar los dominios a lograr

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REFERENTE EDUCATIVO

MODULO

DURACION

Denominación del módulo

Duración del módulo

CAPACIDADES TERMINALES

CRITERIOS DE EVALUACION

HORAS

CAPACIDADES

APRENDIZAJES

UNIDADES DIDÁCTICAS

HORAS

CRONOGRAMA

Mes 1

Mes 2

Mes 3

Mes 4

1

2

3

4

1

2

3

4

1

2

3

4

1

2

3

4

Capacidades Especificas

Capacidades

Complementarias

Práctica Pre-Profesional

TOTAL HORAS

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