1 of 7

PROBOLSA EN EL MERCADO DE VALORES DE HONDURAS

2 of 7

¿QUÉ ES UNA EMISIÓN?

  • Conjunto de valores de un mismo emisor, incluidos en una misma oferta pública, debidamente autorizados e inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores.

  • Cada emisión podrá incorporar clases y series de valores, según la decisión del emisor.

3 of 7

REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE LA EMISIÓN EN EL RPMV

Solicitud por medio de Apoderado Legal

Recibo de pago de las tasas de registro

Acuerdo del órgano social competente del emisor autorizando la emisión o programa de emisión

En caso de las emisiones de obligaciones, informe de clasificación de riesgo

Borrador del Acta de emisión que reúna los requisitos establecidos en el Artículo 203 de la Ley de Mercado de Valores

Prospecto elaborado de acuerdo al Anexo 1 “Guía para la Elaboración de Prospectos de Empresas Emisoras de Valores y Ofertas Públicas”, contenido en el Reglamento sobre Oferta Pública de Valores

Fotocopia del contrato suscrito con el Representante Común de los Obligacionistas

Fotocopia del contrato suscrito con el agente de pago, cuando exista

Fotocopia del contrato suscrito con el custodio, cuando corresponda

4 of 7

TODO EMISOR DEBE CONTAR CON UNA CALIFICACIÓN DE RIESGO PARA DAR SEGURIDAD Y CONFIANZA A LOS INVERSIONISTAS

  • La calificación de riesgo es una opinión independiente y fundada sobre la capacidad y voluntad de una entidad de pagar sus deudas o cumplir con sus obligaciones financieras.

  • Se basa en una evaluación cuantitativa y cualitativa de la solvencia y el riesgo crediticio. Trata de ser prospectiva, emitiendo opiniones sobre los riesgos futuros.

  • No es una recomendación para comprar, vender o mantener algún valor. Es un criterio técnico vital para el mercado de valores y el público general.

5 of 7

REPRESENTANTE COMÚN DE OBLIGACIONISTAS

6 of 7

 

El emisor como parte del acta o contrato de emisión, deberá celebrar con un banco, entidad financiera o casa de bolsa, un convenio de presentación a fin de que ésta tome a su cargo la defensa de los derechos e intereses que colectivamente correspondan a los obligacionistas durante la vigencia de la emisión y hasta su cancelación total.

El representante de los obligacionistas actuará solamente en el interés y por el bien y defensa de éstos, bajo responsabilidad fiduciaria, para lo cual podrá imponer condiciones al emisor, demandar al emisor, solicitar de los jueces competentes la subasta de las prendas o hipotecas constituidas en garantía y otros actos contemplados por la Ley.

Este representante contará con todas las facultades y deberes que le otorga la ley, con las otorgadas e impuestas en el acta o contrato de emisión o por las asambleas de obligacionistas.

Dicho representante responderá hasta de la culpa leve por el desempeño de sus funciones, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa y penal que pudiera serle imputable.

7 of 7

MUCHAS GRACIAS