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El Mecanismo de Coordinación Oceánica (MCO)

y el Memorando de Entendimiento (MdE):

20 DATOS CLAVE

Reunión virtual de consulta y planificación:

Acelerar la puesta en marcha del Mecanismo regional de coordinación de los océanos

12 de febrero de 2024

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  1. El MCO busca fortalecer la colaboración entre los países y entre las organizaciones a fin de promover y salvaguardar colectivamente los ecosistemas marinos y costeros saludables como factor clave para el bienestar de las poblaciones y para la prosperidad de las economías sostenibles basadas en océanos y resilientes al clima en la Región del Gran Caribe (Artículo I.1)

  • Los objetivos del MCO son: (Article 2)
    1. apoyar y mejorar la comunicación, colaboración y coordinación regional e intersectorial;
    2. apoyar la gobernanza de los océanos interactiva;
    3. promover acciones orientadas al logro de los objetivos y compromisos (comunes) relacionados con el océano;
    4. fomentar alianzas de amplio alcance.

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La “Tarta Nupcial” de los ODS representación alternativa de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible Centro de Resiliencia de Estocolmo

Conservación y restauración del capital natural marino y costero = los cimientos sobre los que construir economías sostenibles y alcanzar los ODS "sociales" y "económicos".

PAE CLME+ (2015-2025)

ADOPCIÓN DE UNA VISIÓN REGIONAL:

Un medio marino sano que apoya los medios de vida y el bienestaR de los Pueblos de la Región

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3. El MCO no tiene personalidad jurídica.

4. El MdE no es un instrumento jurídicamente vinculante; no impone ningún tipo de obligaciones o compromisos legales a sus Firmantes. (Artículo I.3)

5. Las disposiciones del MdE del MCO no afectan de modo alguno los derechos soberanos de los (posibles) Estados miembros del MCO.

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  1. A través del MdE del MCO, los Firmantes no tienen la intención de modificar sus propios mandatos. El MdE reconoce y respeta los diferentes mandatos, funciones y competencias de las OIG que son Firmantes en el MdE. (Artículo XIV.1c)

  • El MCO no entra en pugna con las OIG que lo integran, sino más bien las apoya. El MCO ES sus miembros. Al ofrecer una plataforma común, el MCO facultará a cada uno de sus Firmantes en el ejercicio de su mandato; el MCO ayudará a evitar la duplicación de esfuerzos, creará o reforzará las sinergias y promoverá una mayor eficiencia y eficacia en el trabajo de los Firmantes (Artículo VI.2).

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8. El MCO facilitará:

    • las evaluaciones integradas periódicas del estado del medio ambiente marino en el Área del MdE y de sus contribuciones para el desarrollo socioeconómico;
    • la fijación de prioridades para la acción a nivel colectivo/regional sobre el medio ambiente marino en el Área del MdE, en función de los resultados de las evaluaciones antes mencionadas (p. ej., la elaboración periódica de los Programas de Acciones Estratégicas regionales).

9. El MCO facilitará los esfuerzos colaborativos para contar con una plataforma científico-normativa regional reforzada.

10. El MCO facilitará los esfuerzos colaborativos tendientes a identificar y atender cuestiones emergentes.

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  • ADT = Análisis de Diagnóstico Transfronterizo

  • Investigación científica y técnica
  • Fomentar la colaboración y generar confianza entre los países que comparten un GEM
  • Originalmente (y todavía) promovido con frecuencia como "análisis de problemas"

  • PAE = Programa de Acciones Estrategicas

  • Establecimiento de prioridades políticas para la acción conjunta

cada uno de estos pasos exige un enfoque conjunto/holístico coordinado (multisectorial/de las partes interesadas)

Enfoque apoyado por el FMAM para los sistemas hídricos transfronterizos

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  1. Los órganos del MCO serán los siguientes:
    • El Grupo Directivo (1 representante por cada Estado/Territorio participante).
    • El Grupo Ejecutivo (1 representante por cada OIG participante).
    • La Secretaría (inicialmente será ejercida por la Unidad de Gestión y Coordinación del Proyecto [UCGP] PROCARIBE+, durante la vigencia del proyecto).
    • Nota: La labor del MCO puede recibir más apoyo de grupos de trabajo exclusivos.

(Artículo IX)

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MECANISMO DE COORDINACIÓN OCEÁNICA (MCO)

GRUPO EJECUTIVO

Organizaciones Intergubernamentales

Secretaría

Unidad de Coordinación Proyecto PROCARIBE+

GRUPO DIRECTIVO

Países

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  1. El proyecto PROCARIBE+ (mayo de 2023 a mayo de 2028) apoyará económicamente las actividades del MCO y su Secretaría durante todo el proyecto PROCARIBE+.

  • Todas las actividades de los Firmantes de conformidad con el MdE están sujetas a la disponibilidad de personal y financiación (es decir, no se impone ninguna obligación económica a los Firmantes). (Artículo XIV.1b)

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  1. El MdE está abierto a la firma de los Estados, Territorios y OIG que se detallan en su anexo 1. (Artículo XX.2)

  • Se espera que el MdE del MCO comience la fecha en que un mínimo de diecisiete (17) Estados o Territorios y seis (6) OIG hayan firmado este MdE. (Artículo XX.3)

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  1. Hasta que el MdE del MCO entre en vigor, la Secretaría del Mecanismo Interino de Coordinación (MIC) del CLME+ (que está a cargo de la UGCP de PROCARIBE+) será la responsable de custodiar el MdE del MCO y recibirá todas las firmas correspondientes. Por lo tanto, se les solicita a los posibles firmantes que se comuniquen con la Secretaría del MIC del CLME+ (info@procaribeplus.org) (Artículo XX.1)

  • Una vez que el MdE del MCO comience, cesarán las actividades que se realizan desde el MIC. (Artículo XX.6)

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  1. Cualquier Firmante puede cesar su cooperación en virtud de este MdE en cualquier momento. (Artículo XXI.1)

  • Se espera que este MdE permanezca operativo a menos que se disuelva por decisiones mayoritarias simples del Grupo Directivo y el Grupo Ejecutivo (Artículo XXI.2)

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20. La División de Servicios de Conferencias de las Naciones Unidas ha certificado que los textos en inglés, español y francés del MdE tienen idéntica validez.