Protocolo del SENA para la Prevención y Atención de las Violencias Basadas en Género, el Acoso Sexual y Otras Formas de Violencia
GTH-PR-007
En los artículos 12,13 y 15 de dicho protocolo se establece la conformación de los Comités Interdisciplinarios de Prevención de Violencias Basadas en Género a nivel Regional y en cada uno de los Centros de Formación.
Plazo para remitir la resolución de conformación 27 de febrero
COMITÉ DIRECCIONES REGIONALES | COMITÉ CENTRO |
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A través del siguiente enlace podrás acceder al documento del Protocolo SENA para la prevención y atención de los distintos tipos de violencias
Objetivo del Protocolo
Principios en la actuación en casos de violencia sexual.
Comité interdisciplinario para la prevención, atención y seguimiento de violencias basadas en género y acoso sexual en los centros de formación del SENA. |
Comité Interdisciplinario de los Centros de Formación (Art. 15–17)
Responsable cuando el caso involucra aprendices:
Integrado por:
Artículo 15. Comité interdisciplinario para la prevención, atención y seguimiento de violencias contra las mujeres, las basadas en género, por orientación sexual, identidad de género, condición diversa y frente al acoso sexual en los centros de formación del SENA.
Artículo 16. Integración del Comité. El Comité estará conformado por un (a) profesional psicosocial de Bienestar al Aprendiz, el profesional responsable de Bienestar el Aprendiz, el Coordinador (a) misional y un profesional en ciencias jurídicas o derecho.
Artículo 15 - 16
Parágrafo Segundo. Se garantizará la formación previa a la conformación del Comité y luego de manera periódica y permanente en violencias basadas en género, acoso sexual y enfoques diferenciales contenidos en este protocolo, para ello la entidad dispondrá de cursos de formación por medio de personal especializado en estas temáticas.
Parágrafo Tercero. Se privilegiará que las personas que integran el Comité tengan vinculación a la planta del Sena y en caso de ser contratista, si el ordenador del gasto o el supervisor de su contrato se encuentra involucrado debe declararse impedido.
Parágrafo Primero. Las personas integrantes de este Comité no pueden haber sido sancionadas en procesos por violencias basadas en género y/o acoso sexual, tampoco estar relacionadas con los casos que tramitan.
En casos en los cuales alguno de los perfiles mencionados se encuentre en las circunstancias acá mencionadas será el Subdirector de Centro quien decida el perfil por el cual se reemplazará.
Artículo 18. Medidas de prevención.
Parágrafo primero. Se garantizará que dentro de los 3 meses siguientes a la expedición del Protocolo se iniciarán de manera conjunta entre la Secretaria General, Oficina de Comunicaciones las acciones relacionadas con difusión de su contenido, de las rutas existentes, las consecuencias administrativas y judiciales que implican la comisión de actos de violencia contra las mujeres, las basadas en género, , por orientación sexual, identidad de género, condición diversa y frente al acoso sexual y que este tipo de acciones se ejecutarán periódicamente en la entidad.
Parágrafo segundo. En los seis meses siguientes a la expedición del Protocolo se incorporará en la Plataforma Sofiaplus un curso básico virtual de (48 horas) que será obligatorio para funcionarios (as), contratistas y en el caso de aprendices hará parte de los temas abordados en la inducción sobre violencias basadas contra las mujeres, basadas en género, por orientación sexual, identidad de género, condición diversa y acoso sexual que incluya: normatividad y casos.
Artículo 19. Medidas de protección inmediata y de contención.
Artículo 20. Cláusula adicional para contratistas sobre violencias contra las mujeres, las basadas en género, por orientación sexual, identidad de género, condición diversa y frente al acoso sexual.
8. Mecanismos de Queja o denuncia.
Podrá presentar su queja en el botón habilitado en la página https://www.sena.edu.co/es-co/Paginas/default.aspx o de manera escrita a través de los formatos que estarán disponibles en todas las oficinas de Bienestar al Aprendiz, en las carteleras institucionales, en la recepción de las sedes y en las oficinas de Talento Humano.
La entrega del formulario diligenciado por escrito se podrá hacer en los Centros de Formación al profesional responsable de Bienestar al Aprendiz, al Coordinador Misional o Subdirector de Centro
Correo todossomosiguales@sena.edu.co
Una vez recibida la queja, el Comité respectivo además de adoptar la estrategia:
INSTRUMENTOS
3. ENVIARÁ LAS RECOMENDACIONES DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN INMEDIATA AL SUBDIRECTOR (A) DE CENTRO, AL COORDINADOR (A) DEL GRUPO DE PROVISIÓN DE LA SECRETARIA GENERAL Y AL SECRETARIO (A) GENERAL
1. RECEPCIÓN DE LA QUEJA
2. APLICACIÓN DEL INSTRUMENTO DE IDENTIFICACIÓN DE RELACIONES ASIMÉTRICAS RIESGOS INST.
4. SE INICIARÁ EL ACOMPAÑAMIENTO PSICOSOCIAL A LA VÍCTIMA.
Rol de Bienestar al Aprendiz
Rol de los Instructores
Derechos de los Aprendices
Ruta de Atención
Acciones Preventivas
Compromiso Institucional