1 of 28

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

DIRECCIÓN DE ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

REGLA TÉCNICA NACIONAL PARA LA ORGANIZACIÓN Y MANTENIMIENTO DE ARCHIVOS PÚBLICOS

2 of 28

Conceptualizaciones básicas

3 of 28

Con fecha 10 de abril de 2019, la Presidencia de la República, firmo el Acuerdo Nro. SGPR-2019- 0107 mediante el cual se expide la Regla Técnica Nacional para la Organización y Mantenimiento de Archivos Públicos

De uso y aplicación obligatoria en todos los organismos, entidades e instituciones del sector público y privado en los que el Estado tenga participación.

El objeto es normar la organización y mantenimiento de los archivos públicos, en cada una de las fases del ciclo vital del documento, a fin de asegurar en el corto, mediano y largo plazo, el cumplimiento de los requisitos de autenticidad, fiabilidad, integridad y disponibilidad de los documentos de archivo.

Regla Técnica Nacional para la Organización y Mantenimiento de Archivos Públicos

4 of 28

Definiciones

Documento de Archivo

Aquel que registra un acto administrativo, jurídico, fiscal, contable y técnico, creado, recibido, manejado y usado en el ejercicio de las facultades y actividades de las dependencias.

Ciclo vital del documento

Son las etapas por las que pasan los documentos desde su producción o recepción, hasta la determinación de su destino final (baja documental o conservación permanente).

Archivo de Gestión

Toda la documentación, generada por las unidades administrativas, que es sometida a continua utilización y consulta.

Archivo Central

Custodia y administra la documentación procedente de los Archivos de Gestión que han cumplido los plazos de conservación.

Archivo Intermedio

Custodia y administra los fondos documentales transferidos por los Archivos Centrales que han cumplido al menos 15 años de permanencia en las entidades públicas.

Archivo Histórico

Custodia documentación que después de pasar por un proceso de valoración secundaria adquiere el carácter de permanente. Administrado por el Archivo Nacional del Ecuador.

5 of 28

Sistema de Gestión Documental y Archivo

Sistema Nacional

Sistema Institucional

Archivo Intermedio

Archivo Histórico

Archivos de

Gestión

Archivo Central

Dirección de GDyA (quien haga sus veces)

Autoridades y talento humano calificado

Recursos técnicos e infraestructura

6 of 28

Atribuciones de la unidad productora

A

B

C

D

E

- Designar a los responsables de los Archivos de Gestión quienes asesoraran a su unidad en materia de archivos

- Integrar los expedientes de archivo

- Elaborar el inventario general por expediente y el de transferencia primaria

- Mantener debidamente organizados los expedientes

- Asegurar la integridad y debida conservación de los archivos

- Participar en la elaboración del Cuadro General de Clasificación Documental y la Tabla de Plazos de Conservación Documental

- Supervisar que la documentación de archivo se clasifique, registre, conserve y transfiera

- Prestar los expedientes que reposan en el Archivo de Gestión

- Ser el conducto con el Archivo Central

- Participar en los procesos de valoración y en la elaboración de la Ficha Técnica para los expedientes que deban conservarse o considerados para baja documental

- Contar con los espacios y mobiliario apropiados para la conservación de sus Archivos de Gestión

- Conservar la documentación que ha sido clasificada como reservada de acuerdo con las disposiciones establecidas

7 of 28

Atribuciones del Archivo Central

01

02

03

04

06

05

07

10

08

09

Elaborar el programa anual de transferencias primarias que deberán cumplir los Archivos de Gestión

Recibir las transferencias primarias documentales al concluir los tiempos establecidos

Conservar y administrar la documentación de acuerdo a los plazos y disposiciones de la presente Regla Técnica

Evitar la acumulación de documentación realizando los procesos de valoración, transferencia y baja documental

Generar el inventario de transferencia secundaria de los expedientes que cumplieron su plazo de conservación

Elaborar con los Archivos de Gestión la Ficha de prevaloración de los expedientes de transferencia secundaria

Presentar a la Dirección de Gestión Documental y Archivo la Ficha y los inventarios de transferencia secundaria

Eliminar los expedientes cuya baja haya sido aprobada

Otorgar el préstamo de expedientes al personal autorizado de conformidad con disposiciones jurídicas aplicables

Reportar a la Dirección de Gestión Documental y Archivo sobre cualquier incidente en los archivos.

8 of 28

Identificación de documentos de archivo

Es aquel que registra un hecho o acto en el ejercicio de las facultades y actividades de las dependencias

Documentos de Archivo

No sujetos a proceso archivístico

No sujetos a proceso archivístico

No sujetos a proceso archivístico

Documentos de comprobación administrativa inmediata.

Documentos de apoyo informativo.

Información personal

  • Fotocopias
  • Invitaciones a eventos
  • Borradores de documentos
  • Copias de normativas
  • Libros y revistas
  • Manuales de equipos
  • Estados de cuenta
  • Fotografías personales
  • Correos electrónicos personales

9 of 28

Herramientas metodológicas

10 of 28

Dirección de Archivo de la Administración Pública

Conceptualizaciones:

11 of 28

Cuadro general de clasificación documental

Ayuda a organizar y vincular los expedientes de acuerdo a la estructura de los procesos institucionales

01

02

03

04

Existe un solo Cuadro por entidad.

Tendrá una estructura jerárquica.

Deberá actualizarse cuando existan cambios en las estructuras institucionales.

Gestión Documental y Archivo o quien haga sus veces orientará y supervisará el uso cotidiano

Unidades que producen la documentación

Agrupaciones de expedientes

Cuál es la finalidad de la documentación del expediente, que demuestra.

Físico, digital, electrónico

Reservado, confidencial o público.

12 of 28

Dirección de Archivo de la Administración Pública

Ejemplo de Cuadro general de clasificación documental

13 of 28

Formato Tabla de Plazo de Conservación Documental

Unidades que producen la documentación

Agrupaciones de expedientes

Normativa que respalda el plazo de conservación

Indicar con “X”, si la documentación se puede eliminar al cumplir con el plazo o se debe conservar permanentemente

Solo si se desea conservar permanentemente, indicar con una “X”, si se conserva los expedientes completos o por muestreo.

2 años

Según normativa

Después de 15 años

Permanente

14 of 28

Dirección de Archivo de la Administración Pública

Ejemplo de Tabla de Plazos de Conservación Documental

15 of 28

Descripción archivística

Nombre general que se da a la agrupación de expedientes

Unidad que produce la documentación

Descripción específica del expediente

Fechas del primero y último documento del expediente

Eliminación o conservación

Medio en que se encuentra contenida la información (carpeta, bibliorato, Cd, etc.)

Ubicación física dentro de los repositorios

16 of 28

Procesos archivísticos

17 of 28

Integración de expedientes

Se deberá abrir un

expediente por asunto

Se identificarán según el

Cuadro Clasificación

Cada documento se integrará

al expediente desde su

producción o recepción

No puede haber

desmembración

Se describirán

Se realizará el inventario

No se puede duplicar

la documentación

Se usarán contenedores

adecuados

Cumplirán el proceso

establecido

Se prohíbe el empastado

de expedientes

18 of 28

Cierre, expurgo y foliación del expediente

15:30

Expurgo

  • Las copias y los duplicados.
  • Borradores y versiones preliminares.
  • Ejemplares múltiples de un mismo documento.
  • Copias fotostáticas de documentos existentes en original.
  • Hojas de recados telefónicos, mensajes y notas.

Foliación

Se procederá a foliar cada una de las fojas útiles que conforman el expediente de acuerdo al orden de los documentos de archivo.

Se foliará en la esquina superior derecha del anverso.

Cierre

Se cerrará cuando concluya el asunto y se procederá a su expurgo y foliación.

Archivo

Insertar

Diseño

Revisar

Vista

Ayuda

Cierre, expurgo y foliación del expediente

Inicio

19 of 28

Identificar las series que cumplieron su plazo de acuerdo a la Tabla, se valoran para ratificar o modificar el destino final, se elabora el inventario y la ficha correspondiente.

Se solicitará a la Dirección de Archivo de la Administración Pública la validación del proceso conforme la Regla Técnica.

La Dirección de Archivo, en base al inventario, la tabla y la Ficha emitirá el dictamen del proceso de baja documental.

Del procedimiento se abrirá un expediente, que se conservará en la entidad conforme las caducidades establecidas en la tabla.

Bajas documentales

Los expedientes, deberán destruirse en atención a los procedimientos establecidos por el Ministerio del Ambiente

20 of 28

Condiciones del archivo Central

21 of 28

Preservación documental

Adecuación de espacios y dotación de mobiliario

Limpieza, desinfección de repositorios y documentos

Almacenamiento

Monitoreo y control de las condiciones ambientales

Prevención y gestión de riesgos

Estructura de hormigón armado, pisos de concreto.

Estanterías metálicas:

- Altura máxima de 2.20 - 0.10 m desde el suelo

- 0.20 m a la pared

- Espacio circulación

mínimo 0.70 m

Ejecutar periódicamente

Procesos.

Realizar limpieza y revisión de la documentación que

ingresa.

Realizar fumigaciones

y control de plagas

El tipo de unidades de almacenamiento van de acuerdo al soporte para evitar deterioros físicos en los documentos como deformaciones, roturas, desgarros.

- Temperatura

18-21 C

(Fluctuación 3 C)

- Humedad 45-60%

(Fluctuación 5%)

- Iluminación 50-100-200 luxes

Sistema de extinción de incendios y ventilación.

Seguridad contra robos o vandalismo

Entradas y salidas de

fácil acceso.

Señalizaciones y rutas

de evacuación

Equipo y material de

para el personal

22 of 28

Base legal relevante

23 of 28

Responsabilidades

Ley Orgánica de Servicio Público

LOSEP

Art. 22.- Son deberes de las y los servidores públicos: e) Velar por la economía y recursos del Estado y por la conservación de los documentos (…) en general confiados a su guarda, administración o utilización de conformidad con la ley y las normas secundarias;

Art. 10.- Custodia de la Información.- (…) en ningún caso se justificará la ausencia de normas técnicas en el manejo y archivo de la información y documentación (…) Quienes administren, manejen, archiven o conserven información pública, serán personalmente responsables, solidariamente con la autoridad de la dependencia a la que pertenece dicha información y/o documentación (…)”

Art. 5.- Información Pública.- Se considera información pública, todo documento en cualquier formato, que se encuentre en poder de las instituciones públicas (…) hayan producido con recursos del Estado.

Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública

LOTAIP

ACUERDO MINISTERIAL No. 017-2020

Artículo 3. De la firma electrónica.- Se dispone, como herramienta obligatoria para la simplificación de trámites, el uso de firma electrónica. Para el efecto, de ser necesario, las entidades en el ámbito de aplicación del presente Acuerdo Ministerial deberán adecuar sus procedimientos y sistemas informáticos para su incorporación.

Artículo 4. De los documentos firmados electrónicamente.- Los documentos que deban ser suscritos por más de una persona y que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del presente Acuerdo Ministerial, deberán ser firmados electrónicamente por todos los involucrados

Artículo 5. Sistema oficial de validación de documentos firmados electrónicamente.- El sistema oficial para validación de documentos firmados electrónicamente será el sistema FirmaEC, (…)

24 of 28

Validez de la documentación electrónica

Art. 45.- Responsabilidad administrativa culposa, numeral 10: “No proporcionar oportunamente la información pertinente o no prestar la colaboración requerida a los auditores gubernamentales, y demás organismos de control y fiscalización;”

Art. 88, inciso segundo: “En caso de que los servidores de las instituciones del Estado impidieren o no facilitaren la actividad de control de los recursos públicos la autoridad nominadora, a petición del Contralor General procederá a destituir al responsable y si dicha autoridad no lo hiciere en el plazo de treinta días, desde la fecha de la solicitud, lo hará el Contralor General (.,..)”, en concordancia con el inciso cuarto en la parte pertinente establece que:”. “(…) En todos los casos, la información y documentación requerida, será proporcionada en un plazo no mayor a diez días, contado desde la fecha de recepción del requerimiento (…)

Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado LOCGE

Acuerdo No. 013 -CG-2019

Contraloría General del Estado

Art. 2.- (…) la documentación generada mediante archivos digitales, electrónicos o desmaterializados, tendrán el mismo valor jurídico que los documentos físicos.

Art. 5.- Las entidades, organismos y dependencias del sector público, así como las personas jurídicas que actúen en virtud de una potestad estatal, ajustarán sus procedimientos y operaciones e incorporarán los medios técnicos y tecnológicos necesarios, para permitir el uso de la firma electrónica (…).

b) Los archivos electrónicos o mensajes de datos firmados electrónicamente se conservarán en su estado original en medios electrónicos seguros, bajo la responsabilidad del usuario y de la entidad que los generó. Para ello establecerán políticas internas de manejo y archivo de información digital.

25 of 28

Instructivo de certificación de documentos desmaterializados

26 of 28

NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN PÚBLICA

INSTRUCTIVO PARA DETERMINAR EL ALCANCE EN LA CERTIFICACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS Y DESMATERIALIZADOS

Estatuto Orgánico por Procesos de la Presidencia de la República, establece como misión de la Dirección de Archivo de la Administración Pública:

Administrar el archivo intermedio a nivel nacional y emitir lineamientos para salvaguardar la información institucional que por su importancia histórica, económica, científica, cultural y social constituye el Patrimonio Documental del Estado”,

La DAAP y MINTEL, coordinaron reuniones de trabajo conjuntas para la elaboración de un “INSTRUCTIVO PARA DETERMINAR EL ALCANCE EN LA CERTIFICACIÓN DE DOCUMENTOS DIGITALES”

Se emitió el “INSTRUCTIVO PARA DETERMINAR EL ALCANCE EN LA CERTIFICACIÓN DE DOCUMENTOS DIGITALES”, con el propósito de Establecer los lineamientos generales para la certificación de los documentos electrónicos y desmaterializados, acorde a las disposiciones constantes en la RTNOMAP, y directrices y lineamientos emitidos por el ente rector en esta materia MINTEL.

27 of 28

NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN PÚBLICA

Ámbito de Aplicación

Certificación de documentos electrónicos y desmaterializados. -

La certificación de documentos electrónicos y desmaterializados será realizada por la autoridad competente para certificar, quien, a petición de un administrado, impregnará con su firma electrónica válida la razón de certificación utilizando el sistema oficial para firma electrónica definido por el ente rector de gobierno electrónico.

PROCEDIMIENTO

Expediente

Certificación con FirmaEC

    • Razón de certificación

Entrega del expediente certificado electrónicamente

En la razón de la firma electrónica se deberá registrar:

Número de páginas que contiene el documento,

Ubicación del fondo documental

Leyenda: Fiel copia del original o copia compulsa.

28 of 28

NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN PÚBLICA

GRACIAS