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LA LIDER CONTRA EL TERRITORIO

capítulo I

DESMANTELANDO LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO REGIONAL

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P l a n R e g i o n a l d e E s t r a t e g i a Te r r i t o r i a l ( P R E T )

Programas Coordinados de la Acción Territorial (PCAT)

(En el marco del PRET)

Zonas de Interés Regional

(ZIR)

(Áreas previstas en el PRET)

Proyectos de Alcance Regional

(PAR)

(En desarrollo del PRET, o… pueden ser de iniciativa privada)

Instrumentos o planes

de Ordenación Territorial

Actuaciones

de interés regional

Planes de Ordenación del Medio Natural y Rural (POMNR)

(En desarrollo del PRET)

Situación actual: Ley 9/1995 de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo

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de Ordenación Territorial

P l a n R e g i o n a l d e E s t r a t e g i a Te r r i t o r i a l ( P R E T )

Programas Coordinados de la Acción Territorial (PCAT)

(En el marco del PRET)

Instrumentos o planes

Actuaciones

de interés regional

Planes de Ordenación del Medio Natural y Rural (POMNR)

(En desarrollo del PRET)

Planes Territoriales

(PT)

(Posibles en ausencia de ET; ámbito subreg. y/o temático)

E s t r a t e g i a

Te r r i t o r i a l ( E T )

Zonas de Interés Regional

(ZIR)

(Áreas previstas en el PRET)

Pueden establecerse, sin necesidad de estar previstas en instrumento de ordenación territorial, mediante PAR.

Proyectos de Alcance Regional

(PAR)

(En desarrollo del PRET, o… pueden ser de iniciativa privada)

  1. En caso de ajustarse a la E.T. o a P.E.T. no requerirán declaración de interés regional
  2. En caso de no ajustarse a ningún I. de O.T. deberá declararse el interés regional.

Modificaciones del actual modelo a través de la LIDER

Resumen Título II Ordenación del Territorio; cap. I Instrumentos de ordenación territorial; cap. II Actuaciones de interés regional

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Proyectos de Alcance Regional

(PAR)

Instrumentos

de Ordenación Territorial

Actuaciones

de interés regional

Zonas de Interés Regional

(ZIR)

Pueden establecerse, sin necesidad de estar previstas en instrumento de ordenación territorial, mediante PAR.

  1. En caso de ajustarse a la E.T. o a P.E.T. no requerirán declaración de interés regional
  2. En caso de no ajustarse a ningún I. de O.T. deberá declararse el interés regional.

E s t r a t e g i a

Te r r i t o r i a l ( E T )

Planes Territoriales

(PT)

Innecesarios

Modelo de O.T. resultante de la LIDER

Resumen Título II Ordenación del Territorio; cap. I Instrumentos de ordenación territorial; cap. II Actuaciones de interés regional

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Tras 40 años de existencia de las instituciones y competencias regionales, y 30 años de mandato legal en materia de Ordenación Territorial (con dejación sistemática de dichas responsabilidades), el gobierno regional:

Renuncia oficialmente al ejercicio de la ordenación de la región

y lo

sustituye por la primacía de un interés regional

interés regional = �interés del gobierno regional =

interés inmobiliario, turístico, logístico, energético, tecnológico…

multinacional

… lo que, por otra parte, parece coherente con la lógica de una ley del suelo regional que no parte de un diagnóstico de la región, es decir, que no identifica los problemas, retos y prioridades de la región que pretende abordar.

LA LIDER CONTRA EL TERRITORIO; capítulo I

DESMANTELANDO LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO REGIONAL

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LA LIDER CONTRA EL TERRITORIO

capítulo II DISEÑANDO EL

ASALTO AL TERRITORIO

REGIONAL

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Los Planes Territoriales pueden tener un ámbito ‘comarcal’ (artº 39.1.a), aunque la ley no define esos ámbitos comarcales ni existe una comarcalización oficial de la región.

Aunque su ámbito y alcance temático no sea regional, pueden ‘asumir funciones estratégicas’ (artº 39, epígrafe 2), siendo ‘marco de referencia’ para el resto de instrumentos tanto de ordenación territorial como de planeamiento urbanístico’ (artº 39, epígrafe 3).

En cuanto a la relación entre ZIR y PAR:

Por una parte, el artº 47.2. contempla que las ZIR puedan establecerse (…) ‘mediante proyecto de alcance regional’,

…pero, en sentido aparentemente opuesto, son las ZIR las que se realizan ‘mediante Proyectos de Alcance Regional’ (artº 47.4.).º

Si bien las ZIR y los PAR ya estaban en la ley 9/1995 (caps. II y IV del título III

LA LIDER CONTRA EL TERRITORIO; capítulo II DISEÑANDO EL ASALTO AL TERRITORIO REGIONAL

respectivamente), la LIDER los libera de la supeditación al PRET, y les otorga

mayor discrecionalidad

a través del ‘interés regional’.

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La declaración de interés regional es la madre del cordero para las actuaciones regionales, pero su definición es totalmente imprecisa:

2. El interés regional es aquel que, por su magnitud, proyección social o económica, o importancia para la estructuración territorial beneficie a la región, implicando una necesaria utilidad pública cuya justificación deberá quedar recogida en la declaración de interés regional que se emita por la consejería competente. (art.º 46.2)

La declaración de interés regional se realizará por la consejería competente por razón de la materia de coordinación e impulso y acción de gobierno, que emitirá informe en el que justificará la utilidad pública derivada de su magnitud, proyección social o económica, o importancia para la estructuración territorial, o su impacto supramunicipal e interés general por su vinculación con las políticas públicas autonómicas y que beneficie a la región. (art.º 49.4.b)

Es decir, máxima ambigüedad y flexibilidad; la declaración puede basarse en

LA LIDER CONTRA EL TERRITORIO; capítulo II DISEÑANDO EL ASALTO AL TERRITORIO REGIONAL

todo y en nada, según el caso, y

depende de cualquier consejería

autónomamente.

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LA LIDER CONTRA EL TERRITORIO; capítulo II DISEÑANDO EL ASALTO AL TERRITORIO REGIONAL

2. Los promotores privados deberán presentar, sin perjuicio de lo que con

carácter sectorial cada consejería determine, una memoria de alcance regional del proyecto en la que se justifique el interés regional de la actuación pretendida…

La memoria incorporará una delimitación precisa de la zona de interés regional y un contenido básico de ordenación urbanística. Esta memoria junto con la solicitud de declaración de interés regional se presentará en la consejería que,

de conformidad con la actuación objeto del proyecto resulte competente por

razón de su normativa específica, para que emita la correspondiente declaración...

3. En el supuesto en que la actuación objeto del proyecto afectare a materias específicas de dos o más consejerías, aquella que hubiera recibido la solicitud lo pondrá en conocimiento del Consejo de Gobierno quien, mediante acuerdo, determinará la consejería competente para emitir la correspondiente D.I.R.

(art.º 51)

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Los P.A.R. También pueden llegar a definir la intervención sobre el territorio

hasta el planeamiento urbanístico. (artº 47.3 y artº 50);

…aunque la administración actuante es la Comunidad de Madrid, puede ‘conceder a otras administraciones, organismos públicos, o las personas privadas, físicas o jurídicas, el desarrollo de la gestión y ejecución (…).’ (artº 48.1.)

LA LIDER CONTRA EL TERRITORIO; capítulo II DISEÑANDO EL ASALTO AL TERRITORIO REGIONAL

Y cuando se desarrollen por el sistema de expropiación,

los particulares

pueden también ser beneficiarios de la expropiación. (artº 54.1.b)

artº 50.1: ‘Los Proyectos de Alcance Regional pueden comprender terrenos situados en uno o varios términos municipales y desarrollarse, respetando la legislación ambiental y sectorial de aplicación, en cualquier clase de suelo.’ (…)

‘vinculan de forma directa y producen efectos

en los instrumentos de

ordenación urbanística

municipal o de los municipios afectados (…)’ (artº 54.2.)

‘…y sus determinaciones se incorporarán automáticamente ‘a los instrumentos de planeamiento urbanístico vigentes de los municipios afectados, sin necesidad de su modificación.’ (artº 54.3.)

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En síntesis, las actuaciones de interés regional

  • No se articulan en un esquema o modelo territorial
  • Se justifican en un concepto etéreo de interés regional
  • El criterio regional será sectorial o parcial (el de una determinada consejería) sin filtro integral multisectorial
  • Se impondrán sobre el territorio con independencia de la clase de suelo
  • Se aplicarán automáticamente en cada municipio afectado…

Así se instala un modelo arbitrario, totalitario e irracional de gestión (y desordenación) territorial

LA LIDER CONTRA EL TERRITORIO; capítulo II DISEÑANDO EL ASALTO AL TERRITORIO REGIONAL

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LA LIDER CONTRA EL TERRITORIO

capítulo III

TERRITORIO Y POLÍTICAS PÚBLICAS

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Instrumentos de Ordenación Territorial, comparativo Comunidades Autónomas: La excepción madrileña

Elaboración propia

Datos del estudio comparativo sobre ordenación territorial de las Comunidades Autónomas realizado por la Comisión de Ordenación del Territorio de Ecologistas en Acción Madrid

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La excepción madrileña 2 Instrumentos de Ordenación Territorial, comparativo Comunidades Autónomas por fecha de aprobación de su instrumento de OT.

Elaboración propia

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CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

Pero ¿es la O.T. un lujo o adorno superfluo de las políticas públicas?

Artículo 45.

LA LIDER CONTRA EL TERRITORIO; capítulo III

TERRITORIO Y POLÍTICAS PÚBLICAS

1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado

para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.

2. Los poderes públicos velarán por la

utilización racional de todos los

recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.

Artículo 47.

Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho,

regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para

impedir la especulación

.

1978

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Carta Europea de la

Ordenación del Territorio

Pero ¿es la O.T. un lujo o adorno superfluo de las políticas públicas?

LA LIDER CONTRA EL TERRITORIO; capítulo III

TERRITORIO Y POLÍTICAS PÚBLICAS

Es la expresión física o espacial de la política económica, social, cultural y ecológica de toda sociedad, destacando su naturaleza funcional compleja - necesariamente tributaria de diversas

perspectivas y disciplinas- pero dirigida siempre al

desarrollo

equilibrado del territorio

o, mejor, de la utilización humana de éste, lo

que supone, en definitiva, una organización física de todas las actividades humanas, públicas o privadas, según un concepto rector.

1983

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AGENDA URBANA ESPAÑOLA

Pero ¿es la O.T. un lujo o adorno superfluo de las políticas públicas?

LA LIDER CONTRA EL TERRITORIO; capítulo III

TERRITORIO Y POLÍTICAS PÚBLICAS

2018

Objetivo 1 :

Ordenar el territorio y hacer un uso racional del suelo, conservarlo y

protegerlo.

Objetivos Específicos:

    • Ordenar el suelo de manera compatible con su entorno territorial.
    • Conservar y mejorar el patrimonio natural y cultural y proteger el paisaje.
    • Mejorar las infraestructuras verdes y azules y vincularlas con el contexto natural.

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Elaboración propia

La paradoja madrileña:

La región con mayor densidad poblacional (con mucha diferencia) y, por lo tanto, con mayor presión sobre su territorio, es la que ha renunciado a su ordenación territorial.

La paradoja madrileña 2:

El suelo urbanizado o en proceso de urbanizar en la región de Madrid representa un 18% (15% según el CLC 2018, explicación más adelante), una ratio que multiplica por más de 7 la proporción nacional.

(Ver ‘Usos del suelo en la Comunidad de Madrid, análisis de los resultados del Corine Land Cover 2018’, V. Pérez Quintana, 2019).

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LA LIDER CONTRA EL TERRITORIO

capítulo IV

RETOS TERRITORIALES DE LA REGIÓN MADRILEÑA

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2023 (?): 144.529 Ha

(ver siguiente mapa)

Población C.A. Madrid 1990: 4.947.555 habs.

Ídem en 2023: 7.004.414 habs.

Incr. población 1990-2023: 2.056.859 habs. (41,6%)

Incr. Suelo antropizado 1990-2023: 79.721 Ha

(123,0%)

Mapa tomado de: ‘Marco territorial de la producción del espacio en la región funcional de Madrid

Rafael Córdoba Hernández y Daniel Morcillo Álvarez

Instituto Universitario de Urbanística, Univ. de Valladolid, 2020

Las cifras de superficies antropizadas provienen de datos del Corine Land Cover (ver más adelante),

La urbanización ha crecido entre 1990 y 2023 a un ritmo 3 veces superior al del crecimiento poblacional; como consecuencia, mientras que en 1990 la densidad poblacional del suelo antropizado era de 76 habs/Ha, en 2023 la densidad había caído a 48,5 habs/Ha.

Un dato a considerar frente a tanta retórica sobre modelos compactos de ocupación del territorio.

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Elaboración propia a partir del mapa de clasificación del Visor del SIT de la Com. de Madrid (ver cuadro de equivalencias adjunto). https://idem.comunidad.madrid/cartografia/si tcm/html/visor.htm

Suelo antropizado: Urbano + Urbanizable + Redes = 144.529 Ha

Como señala V. Pérez Quintana en el estudio citado del CLC 2018, las superficies urbanizadas detectadas por estos sistemas remotos son menores a las reales debido a su incapacidad para identificar áreas muy pequeñas (< 25 Ha de superficie y < de 100 m de dimensión lineal).

A diferencia del mapa anterior, basado en la observación-interpretación de la realidad física (teledetección), este corresponde a la condición jurídica o normativa del suelo, por lo que tiene mayor precisión.

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Corine Land Cover 1990

Corine Land Cover 2018

CORINE Land Cover (CLC), Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA): Mapas estandarizados de cobertura y uso del suelo mediante datos de satélite (del programa europeo Copernicus).

Centro de Descargas del CNIG Copernicus Land Monitoring.

Leyenda, simplificada

Las series temporales de imágenes de ocupación del suelo en la región muestran el patrón de expansión tentacular o radial apoyado en las cada vez más densas y extensas redes de transportes, en un mecanismo retroalimentado por el que dichas redes provocan nuevos crecimientos urbanos y estos a su vez demandan nuevas redes; dando lugar a un modelo abiertamente disfuncional e insostenible.

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El efecto desborde trans-regional de la urbanización metropolitana madrileña, especialmente al sur (Toledo) y en menor medida al este (Guadalajara y Cuenca), y noroeste (Segovia) que exige políticas territoriales coordinadas inter-regionales.

Elaboración propia

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El efecto desborde supra-regional de la urbanización metropolitana ya no es solo un fenómeno tendencial (crecimientos relativos) sino una realidad consolidada en términos absolutos (población y densidad) en forma de suburbanización masiva y extensiva.

Elaboración propia

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El mapa muestra una zonificación tentativa de anillos o coronas metropolitanas según un radio creciente a intervalos de 25 km desde el centro de Madrid, por agrupación de municipios y dividiendo en 4 segmentos de arco cada corona (norte, sur, este y oeste).

Según se ve, los crecimientos más fuertes se dan ya en la 2ª (entre 25 y 50 km) y 3ª (de 50 a 75 km) coronas, prácticamente en todas las direcciones, aunque con más extensión al sur.

Elaboración propia

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En el interior de la región se mantiene un modelo radioconcéntrico de ocupación de suelo, con fuertes desequilibrios funcionales, ambientales y sociales, sin estrategia de reequilibrio, sino a merced de la dinámica de localización de usos y actividades del mercado, aprovechando las inversiones públicas (infraestructuras).

Elaboración propia

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Mapa de la desigualdad: Los niveles de renta distritales dibujan una región netamente segregada por una brecha socioeconómica en sentido aproximado NE-SO, con una gradación decreciente más suave y profunda en el arco norte. Y con tres extensiones triangulares periféricas, al norte, sudoeste y sureste, de bajas densidades y rentas medias y bajas (corresponden aprox. a las áreas estadísticas 06 ‘Sierra Norte’; 08 ‘Sudeste Comunidad’ y 10 ‘Sierra Sur’ definidas por la Com. de Madrid).

Elaboración propia

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Mapa de la desigualdad 2: El mismo patrón espacial de desigualdad utilizando en este caso los datos de cotización total por IRPF en cada área estadística (en 2022), dividida por su población.

Las áreas estadísticas que figuran en el mapa son las definidas por la Comunidad de Madrid en sus bancos de datos, aunque su delimitación podría probablemente ajustarse para abarcar territorios más homogéneos en términos tanto medioambientales como socioeconómicos.

Elaboración propia

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Desequilibrios e injusticia espacial: Cualquier mapeo de variables socioeconómicas regionales (como este) muestra la desigual distribución de oportunidades, actividades y usos, generando tanto impactos ambientales (sobre todo por movilidad) como injusticia espacial.

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LA LIDER CONTRA EL TERRITORIO

epílogo

LA QUE SE LE AVECINA AL TERRITORIO

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Conclusiones

Ante la situación de una región en expansión incontrolada y surcada de desequilibrios y desigualdad, la LIDER supone:

Una gravísima decisión de alcance histórico, la liquidando la Ordenación del Territorio regional…

… sustituida por una entelequia denominada el

interés regional

que permite cualquier intervención sobre el territorio.

Junto a un arsenal de instrumentos para depredar el territorio

desde el gobierno regional, imponiéndose al planeamiento local…

…incluyendo la cesión de la actuación supramunicipal a la iniciativa privada.

Comisión de Ordenación del Territorio Ecologistas en Acción Madrid