COMISIÓN ELECTORAL AUTONOMA
��Los miembros del Comité Directivo durarán cuatro años en su cargo y podrán ser reelectos para el mismo u otro cargo de la Directiva próxima inmediata ó elegible para el Comisariado, y seguirán en sus puestos no obstante concluya el plazo anterior, hasta que los sustitutos nombrados se presenten a desempeñar sus funciones. Los cargos son personales e indelegables con las salvedades que se establecen en estos estatutos.
ARTICULO TRIGÉSIMO SÉPTIMO
��En la Asamblea Ordinaria que se realice para la Elección de nuevo Consejo Directivo deberá de celebrarse en el mes de Junio de cada CUATRO años, el primer Consejo Directivo electo tendrá una duración de TRES años a partir de la fecha de la escritura constitutiva.��Los Asociados deberán nombrar por votación a tres de ellos para que integren una COMISIÓN ELECTORAL AUTÓNOMA, que será la encargada de organizar la elección del nuevo Consejo Directivo y del Comisariado, sujetándose al siguiente procedimiento:
COMISIÓN ELECTORAL
I.-Con límite hasta la Asamblea Ordinaria del mes de siguiente, recibirá las planillas de candidatos a ocupar los cargos de la Directiva y del Comisariado.�� II.- Confirmará que en las planillas al ser registradas, los Candidatos hayan firmado aceptando serlo y rechazará toda aceptación para figurar en diferentes Planillas, al mismo u otro cargo.��III.- Deberá dar a conocer oportunamente las planillas utilizando para el envío los medios de comunicación oficializados, como son el correo electrónico y redes sociales, a más tardar previo al inicio de la Asamblea del mes de septiembre del período electoral.��IV.- En el caso de que la Comisión Electoral, en la Asamblea Ordinaria del mes de julio informe que no existe una Planilla registrada, la Directiva en funciones se obliga a insistir por escrito a todos los Asociados para que conformen al menos una, la cual deberán presentar en la Asamblea del mes de agosto. De no ocurrir lo anterior, la misma Directiva, que continuará en funciones hasta la conclusión del proceso electoral, presentará para su registro una Planilla ante la Comisión, que verificará que cumpla con los requisitos Estatutarios y continuará el proceso informando a los Asociados que se trata de la Planilla Única.��V.- Con el límite establecido en el Inciso III, Asamblea que se celebrará como Extraordinaria, la Comisión electoral tras la recepción de los votos, efectuará en ella el escrutinio con el Representante de cada una de las Planillas, informando a continuación a todos los Asociados del resultado. El Presidente de Debates constatará que no exista alguna objeción y si así fuese, procederá a tomar la Protesta Estatutaria a la Directiva y Comisariado electos.��VI.-Los integrantes del Consejo Directivo saliente harán la entrega de la documentación, archivos físicos o electrónicos, contabilidad, cuentas bancarias, personal de servicio, inventario de bienes muebles, etc., a los respectivos integrantes del nuevo Consejo Directivo .
CRONOGRAMA DEL PROCESO ELECTORAL�TELEFONISTAS JUBILADOS DE CONFIANZA, A.C.