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Normatividad y Marco Jurídico: Protegiendo tu Idea de Negocio.

De la creatividad a la formalidad legal en Colombia.

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“ La innovación sin protección es solo un regalo para la competencia. Formalícense no para pagar impuestos, sino para poder cobrar lo que realmente valen sus ideas.”

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¿Por qué formalizarse en Colombia?

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PROS

  • Acceso a mercados institucionales (Contratos con el Estado o Grandes Marcas).
  • Protección del patrimonio personal (Tu casa no se pierde si el negocio quiebra).
  • Credibilidad financiera (Créditos y socios).

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Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S)

La reina de los emprendedores.

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Características:

  • Desde 1 solo socio hasta infinito.
  • Se crea por documento privado (más barato).
  • Objeto social amplio (puedes hacer de todo).

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Sociedad de Responsabilidad Limitada (Ltda.)

Responsabilidad Limitada: El modelo tradicional.

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Características:

  • Mínimo 2, máximo 25 socios.
  • La responsabilidad llega hasta el monto del capital aportado.
  • Las decisiones se toman por cuotas sociales.

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Sociedades en Comandita (Simple o por Acciones)

Comandita: El socio que pone y el que hace.

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Características:

  • Socios Gestores: Administran y responden ilimitadamente.
  • Socios Comanditarios: Solo ponen el capital y no administran.

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Comparativa de sociedades:

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Marco Jurídico del Sector Publicitario

El "Mordisco" Legal y Comercial.

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Puntos críticos:

  • Deducciones (12.5%): Estampillas y tasas administrativas en contratos formales.
  • Seguridad Social: Gasto obligatorio para trazabilidad legal y protección del talento.
  • Contratos de Prestación de Servicios: Claridad en entregables y tiempos.

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Propiedad Intelectual en Creatividad

El valor está en el cerebro, protéjanlo.

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Conceptos:

  • Derechos de Autor: Protegen la obra (el video de ADP, el logo de Amaroa).
  • Signos Distintivos: Registro de marca ante la SIC (Superintendencia de Industria y Comercio).

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Conclusión��¿Hacia dónde vamos?

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Pasos clave para registrar tu marca:

  • Búsqueda de antecedentes: Consultar en la SIC si la marca ya existe para evitar rechazos.
  • Clasificación de Niza: Determinar qué productos o servicios protegerá la marca.
  • Solicitud en línea: Ingresar a la plataforma SIPI (Sistema de Propiedad Industrial) de la SIC para diligenciar el formulario y adjuntar logos.
  • Pago de tasas: Realizar el pago de las tasas oficiales, que para 2026 son de aproximadamente $1348.500
  • COP por la primera clase en línea.
  • Seguimiento: El proceso incluye examen de forma, publicación y examen de fondo.
  • Recomendación: Aunque no es obligatorio, se recomienda realizar un estudio de antecedentes marcarios antes de la solicitud para asegurar su viabilidad y proteger la inversión.

https://www.sic.gov.co/tema/propiedad-Industrial/pasos-para-solicitar-el-registro-de-una-marca#:~:text=Para%20solicitar%20el%20registro%20de%20una%20marca,apoyo%20con%20los%20que%20cuenta%20la%20SIC.

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Característica

Régimen Simple (RST)

Régimen Ordinario

Base del Impuesto

Ingresos Brutos (Total facturado antes de gastos).

Utilidad (Lo que queda después de costos y gastos deducibles).

Tarifa de Renta

Baja (ej. 1.2% - 14.5%).

Alta (ej. 35% sobre la utilidad).

Retenciones

No le retienen. Recibe el 100% (DIAN).

Le retienen. Como anticipo de renta.

Ideal para...

Bajos costos operativos, servicios digitales.

Altos costos de insumos, retail, manufactura.

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¿Qué tipo de empresa es?

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El Día a Día del Empresario

Régimen Simple vs. Ordinario: �¿Dónde le conviene estar a mi dinero?

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Impuestos, Declaraciones y el Calendario Mercantil en Colombia.

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Régimen ordinario �(El Tradicional) ��

Concepto Clave: La base gravable es la Utilidad Real (Ingresos - Costos - Gastos = Utilidad).

Impuesto Principal: Renta (Tarifa general aprox. 35% sobre la utilidad).

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Pros y Contras del Régimen Ordinario

PROS (+)

CONTRAS (-)

Solo pagas si ganas: Si hay pérdida, no pagas impuesto de renta.

Tarifa alta: El 35% sobre la utilidad es un golpe fuerte al flujo de caja.

Deducción de gastos: Puedes restar casi cualquier gasto necesario para el negocio.

Retención en la Fuente: En cada factura que cobres, el cliente te quitará un porcentaje (anticipo).

Ideal para márgenes bajos: Si tu negocio tiene muchos costos de insumos.

Complejidad: Requiere contabilidad rigurosa y múltiples declaraciones al año.

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Régimen Simple de Tributación (RST)

Régimen Simple: Paga sobre lo que vendes (pero con 'descuentos').

Concepto Clave: La base gravable son los Ingresos Brutos (El total facturado, sin restar gastos).

Impuesto Único: Reemplaza e integra Renta, ICA (Medellín), e Impuesto al Consumo. Tarifa baja (1.2% al 14.5% según actividad y monto).

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Pros y Contras del Régimen Simple

PROS (+)

CONTRAS (-)

Tarifas muy bajas: Sobre el ingreso total, no sobre la utilidad.

Pagas aunque pierdas: Si facturaste pero tus gastos fueron mayores, igual pagas impuesto.

Flujo de caja: No te hacen Retención en la Fuente (recibes la plata completa).

No deduces gastos: No importa si gastaste mucho en insumos, no los puedes restar.

Simplificación: Un solo pago bimensual integrando varios impuestos.

Límites de ingreso: No puedes superar ciertos topes anuales (aprox. $4.700 millones).

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El Calendario del Empresario: Declaraciones

¿Cada cuánto hay que "darle la cara" a la DIAN?

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Puntos clave:

  • Declaración Anual: Es obligatoria para AMBOS regímenes. Se consolida todo lo del año anterior (Ventas, Gastos, Activos). Es la foto final del negocio.

  • Declaraciones Bimensuales (RST): Exclusiva del Régimen Simple. Cada dos meses (enero-febrero, marzo-abril...) se hace un pago anticipado unificado de los impuestos integrados (Renta, ICA, etc.).

  • IVA (Bimensual o Cuatrimestral): Depende de tus ingresos. Si vendes servicios gravados (como la mayoría en publicidad/software), debes declarar y pagar el IVA recaudado.

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La Cámara de Comercio: El Registro y la Renovación

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Matrícula Mercantil vs. Renovación Anual.

  • Matrícula: Es el "registro de nacimiento" de la empresa. Se hace una sola vez al constituirse.

  • Renovación: Es obligatoria y debe hacerse cada año, entre el 1 de enero y el 31 de marzo, sin falta.

  • ¿Qué pasa si no renuevo?: Multas, pérdida de la "costumbre mercantil" y dificultades para contratar con el Estado o bancos.

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Matrícula Mercantil vs. Renovación Anual.

  • S.A.S, Limitadas y Comanditas: Todas pueden pertenecer al Simple, siempre y cuando sus socios sean personas naturales (no otras empresas) y no superen los topes de ingresos (aprox. $4.700 millones anuales).

  • No importa el "traje legal" (S.A.S o Ltda), lo que define si entran al Simple es su modelo de operación y sus costos.

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Actividad Práctica

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CASO 1: El Colectivo de Diseño e Impresión

Situación:

Son una Sociedad Limitada de 4 socios. Tienen un taller de diseño gráfico e impresión de gran formato. Sus ingresos provienen de vender piezas publicitarias físicas (vallas, pendones, empaques).

  • Sus costos son mixtos: Gastan mucho en tintas, sustratos y papel (insumos con factura), pero también tienen procesos creativos de alto valor.

  • Dato financiero: Sus costos y gastos representan el 50% de lo que facturan.

Decisiones que deben tomar en el grupo:

¿Régimen Simple o Ordinario?: * Hagan la cuenta: En el Ordinario pagarían el 35% sobre la utilidad (la mitad de lo que vendieron).

  • En el Simple, pagarían una tarifa baja (ej. 5%) sobre el total facturado.
  • Pregunta: ¿En cuál de los dos les queda más dinero libre para comprar una nueva impresora?

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El Compromiso Mercantil: * ¿Cuándo deben hacer la renovación de su matrícula en la Cámara de Comercio de Medellín para no perder la visibilidad ante clientes corporativos?.

Trazabilidad GIN: * Si un cliente les pide una factura de $30.000.000, calculen cuánto dinero deben "reservar" inmediatamente para cubrir el mordisco de deducciones locales (12.5%) antes de empezar a comprar materiales.

Elabora el contrato para el cliente, crea el caso y susténtalo

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CASO 2: "La Agencia Creativa Digital"

Situación:

Son una S.A.S. de 3 socios que vende servicios de marketing digital y software. Sus costos de insumos son bajos (luz, internet, licencias de Adobe/Figma), pero su nómina de diseñadores es alta (pagan Seguridad Social). Tienen un margen de utilidad proyectado del 60%.

Decisiones:

¿Qué régimen eligen (Simple u Ordinario)? Justifiquen basándose en su margen de utilidad y nómina.

Si facturan $50.000.000 en un bimestre, ¿cómo calcularían su pago anticipado bimensual si eligen el Simple? (Sugerencia: usen una tarifa hipotética del 2%).

¿Cada cuánto deben renovar su Cámara de Comercio?

Elabora un contrato para un cliente: crea el caso y susténtalo

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CASO 3: "La Productora de Experiencias Gran Formato"

Situación:

Ustedes son una S.A.S. que acaba de cerrar un contrato de $200.000.000 COP para el lanzamiento de una marca nacional en Medellín. Este proyecto es su única operación del bimestre.

Radiografía Financiera:

Costos de Operación (Insumos): Gastarán $140.000.000 en alquiler de pantallas LED, sonido, catering, silletería y materiales de escenografía. Ojo: el 90% de estos proveedores les entregan factura electrónica.

Talento Humano: Tienen 4 empleados fijos por los que pagan Seguridad Social (Pensión, Salud, ARL) que suma $6.000.000 al mes.

Margen de Utilidad: Después de pagar todo, la utilidad real proyectada es de $40.000.000.

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CASO 3: "La Productora de Experiencias Gran Formato"

Dilema de Regímenes:

Si eligen el Régimen Ordinario, pagarán el 35% de impuesto sobre la utilidad ($40M). Pero atención: el cliente (que es una Gran Empresa) les aplicará una Retención en la Fuente del 11% sobre el total del contrato ($22M) y Deducciones Locales (12.5%). ¿Cuánto dinero líquido les queda para pagarle a los proveedores antes de esperar a que la DIAN les devuelva el saldo a favor en un año?

Si eligen el Régimen Simple (RST), no les hacen Retención en la Fuente (les llega la plata más completa), pero deben pagar una tarifa (ej. 5.4%) sobre los $200.000.000 brutos, sin poder restar los $140M que gastaron en pantallas y comida.

La pregunta del millón: ¿Cuál de los dos regímenes protege mejor el Flujo de Caja para que los proveedores no los demanden por falta de pago?

Trazabilidad Mercantil: Si este contrato se firma en febrero, pero su Cámara de Comercio está vencida desde el año pasado, ¿qué argumento legal creen que usará el departamento de compras del cliente para no pagarles el anticipo?

Elabora un contrato para un cliente: crea el caso y susténtalo