Unidad 4. La oración simple (II)
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El atributo y el complemento predicativo
El complemento de régimen
El complemento directo y el complemento indirecto
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El complemento agente y el complemento circunstancial
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1. El complemento directo y el complemento indirecto
El complemento directo (CD) es un grupo nominal que se puede sustituir por los pronombres personales átonos lo, la, los, las.
El complemento indirecto (CI) es un grupo preposicional encabezado por la preposición a que se puede sustituir por los pronombres personales átonos le, les.
Leísmo, laísmo y loísmo
Cuando el CD y el CI se conmutan a la vez por pronombres, el CI se sustituye por el pronombre se:
Cuando el CD se refiere a personas, su estructura es la de un grupo preposicional encabezado por la preposición a:
En general, el CD pasa a ser sujeto paciente de la oración pasiva:
2. El atributo y el complemento predicativo
El atributo (At) es un grupo adjetival o nominal que acompaña siempre a un verbo copulativo (ser, estar o parecer), y cuyo núcleo concuerda en género y en número con el núcleo del sujeto.
El complemento predicativo (C Pvo) es un grupo adjetival que acompaña siempre a verbos no copulativos, y cuyo núcleo concuerda en género y en número con el núcleo del sujeto o el núcleo del complemento directo.
¿Atributo o complemento circunstancial?
La gramática tradicional consideraba complementos circunstanciales los complementos de los verbos ser y estar con valor espacial o temporal (Mi hermano está en Berlín, La fiesta será a las seis). La Nueva gramática de la lengua española prefiere considerar estos casos como atributos. La RAE, en su Glosario de términos gramaticales, propone denominar complemento locativo argumental al complemento del verbo estar que significa estar situado, vivir o residir. Sigue las indicaciones de tu profesor o profesora.
El predicativo más frecuente es aquel que concuerda con el núcleo del sujeto:
El atributo puede sustituirse por el pronombre lo, pero no por la, los, las:
Sin embargo, la concordancia puede establecerse también con el núcleo del CD. En esos casos, la conmutación del CD por lo, la, los, las no incluye el grupo que cumple la función de predicativo:
3. El complemento de régimen
Verbos pronominales
yo me arrepiento / tú te arrepientes / él se arrepiente...
En estos casos, el pronombre forma parte del núcleo verbal y no cumple ninguna función en la oración.
acordarse de, arrepentirse de, fiarse de, enamorarse de, preocuparse por...
El complemento de régimen (C Rég) es un grupo preposicional encabezado por una preposición que viene exigida por el verbo.
Algunos verbos de uso frecuente que se construyen con complemento de régimen:
Recuerda que el complemento de régimen puede combinarse en la oración con el complemento directo:
4. El complemento agente y el complemento circunstancial
El complemento agente (C Ag) es un grupo preposicional encabezado por la preposición por que aparece en oraciones con el verbo en voz pasiva.
El complemento circunstancial no puede sustituirse por ningún pronombre y no concuerda ni con el verbo ni con ningún otro elemento de la oración.
El complemento circunstancial (CC) es un grupo adverbial, un grupo nominal, o un grupo preposicional que aporta información sobre el lugar, el tiempo, el modo... —esto es, las circunstancias— de la acción verbal.
El complemento agente de la oración pasiva se convierte en el sujeto de la oración activa correspondiente, mientras que el sujeto paciente pasa a desempeñar la función de complemento directo:
Cuando un grupo no desempeña ninguna de las funciones del predicado que has estudiado (complemento directo, indirecto, atributo, predicativo, de régimen o agente), se trata de un complemento circunstancial.