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LEY GENERAL DE EDUCACION 

CAPITULO 1

OSCAR JESUS RUBALCABA GONZALES

FRANCISCO JAVIER MEDECIGO BARRADAS 

DANIELA FERNANDA DAMIAN BALDERAS

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Disposiciones generales

  • Artículo 1.�        ⁃       La ley garantiza el derecho a la educación reconocido en el artículo 3o. de la Carta Magna y en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte.�        ⁃       Sus disposiciones son de orden público, interés social y de observancia general en toda la República.�        ⁃       El objeto es regular la educación que imparta el Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y municipios-, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudio.�        ⁃       Obligación del Estado garantizar la educación, que esta sea idónea para asegurar el máximo aprendizaje de los educandos, aplicando los recursos económicos que sea asignan a esta materia con fines y criterios de la educación.�

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  • Artículo 2.�        ⁃       Todo individuo tiene derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo nacional.

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Se desprende del párrafo 5 del articulo 3 constitucional:

Artículo 3: El estado fomentará la participación de todos los educandos, madres, padres o tutores, maestros maestras y todos loa actores involucrados en el proceso educativo, con el fin de extender sus beneficios a todos los sectores sociales.

Artículo 4: La aplicación y vigilancia del cumplimiento de esta ley corresponden a las autoridades de la federación

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Ley se entenderá como:

Ø Autoridad educativa federal, SEP, y Administración publica federal.

Ø Autoridad educativa de los estados, así como de la CDMX e instancias que se establezcan para el ejercicio de la función social educativa .

Ø Ayuntamiento municipal.

Ø Autoridades escolares, (sectores, zonas o centros escolares).

Ø Estado, a la federación, los estados la Ciudad de México y los municipios.

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Muchas gracias

POR SU ATENCIÓN