Acuerdo de Voluntariado
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Acuerdo de Voluntariado

VOCES, Coalición de Inmunización y Promoción de la Salud ha convenido en utilizar los servicios del VOLUNTARIO y lo hace sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

 VOCES, en virtud de este documento, acepta los servicios del VOLUNTARIO y lo incluye en la base de datos de la organización para que asista en actividades y eventos futuros, según sea necesario.

VOCES como parte de sus deberes y siendo una organización sin fines de lucro trae voluntarios de conformidad con lo dispone en la Ley Núm. 261 del 2004, Artículo 14, Ley del Voluntariado de Puerto Rico. En virtud de esta ley nos comprometemos a:

    a. Tratarlos sin discriminación, respetando su libertad, dignidad e intimidad, así como sus creencias.

   b. Orientarlos debidamente respecto a la organización y los deberes y responsabilidades que se les asignen en ésta, y proveerles, en cuanto sea aplicable, los recursos y materiales necesarios para que puedan prestar sus servicios adecuadamente.

   c. Potenciar su participación activa en la organización de conformidad con los estatutos de ésta y con las demás normas aplicables.

   d. Proveerles las condiciones de seguridad e higiene adecuadas en función de la naturaleza y las características de los servicios que presten.

   e. Ofrecerles el debido reconocimiento por el valor social y moral de sus aportaciones voluntarias al logro de los objetivos de la organización.

   f. Asegurar al voluntario contra los riesgos de accidente y responsabilidad civil derivados del ejercicio de la actividad.


El VOLUNTARIO se compromete y acuerda ofrecer sus servicios de voluntario conforme al Artículo 15 de la Ley Núm. 261 del 2004, Ley del Voluntariado de Puerto Rico. La cual con lleva una serie de responsabilidades éticas o deberes que incluyen, entre otros, los siguientes:

   a. Respetar los estatutos de la organización y cumplir con su ideario, sus fines y objetivos en la medida en que les corresponda. 

   b. Respetar los acuerdos respecto a los periodos y los horarios de prestación de servicios, sobre todo cuando ello sea indispensable para la adecuada coordinación y estructuración de la gestión de la organización.

   c. Evitar toda clase de conflicto entre los intereses personales y los de la organización.

   d. Guardar la confidencialidad y discreción requerida respecto a toda información legítima a la que advenga en conocimiento como resultado de los servicios que preste como voluntario.

   e. Utilizar responsablemente los recursos de toda naturaleza que la organización le provea para desempeñar sus funciones.

   g. Interrumpir de inmediato toda prestación de servicios en nombre de la organización cuando ésta lo disponga.

 
El VOLUNTARIO entiende y acepta que prestará servicios a VOCES libre y voluntariamente y sin que medie remuneración o beneficio material alguno.

 


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