Desde la oficina de Habilitaciones, nos comunicaremos por mail o por vía telefónica para asesorarlo respecto a la consulta formulada acerca del rubro a habilitar, de los requisitos y documentación que Ud. necesita enviarnos para poder habilitar su comercio. Se recuerda que el mismo deberá estar incluido en la nomina de rubros autorizados por el Decreto Nacional 297/20 ,de las decisiones administrativas emitidas por el Poder ejecutivo Nacional que incorporan al listado otros rubros en función a la dinámica de la situación epidemiológica y de la eficacia que se observe en el cumplimiento del Decreto 297/20, como así también cumplimentar con las demás normas (nacionales, provinciales y municipales) dictadas en su consecuencia .