Instamos a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que pase al fondo del Caso Curuguaty ante la falta de voluntad del Estado paraguayo de resolver el recurso extraordinario.
El 15 de junio de este 2018 se cumplen 6 años desde que se produjeran los luctuosos hechos de Curuguaty, en Paraguay, donde murieron 17 personas como consecuencia de una orden de desalojo irregular contra unos campesinos que se encontraban en unas tierras públicas, Marina Kue, destinadas a la reforma agraria.
Como consecuencia de lo sucedido en Curuguaty, el 15 de junio de 2012 se produjo un golpe parlamentario a través de un juicio político express contra el Presidente de la República, Fernando Lugo, que terminó con la suspensión de Paraguay de varias organizaciones internacionales al haberse vulnerado el orden democrático del país.
La justicia paraguaya se negó a investigar el accionar de la Fiscalía que ordenó un desalojo sin contar con título de propiedad, así como la solicitud de desalojo del terrateniente y ex presidente del Partido Colorado, Blas N. Riquelme, quien no era titular de esas tierras. La investigación, dirigida por Jalil Rachid, hijo del también ex presidente del Partido Colorado, Bader Rachid, así como allegado de la familia Riquelme, se dirigió de forma inquisitoria contra los campesinos que se encontraban en Marina Kue, con la única finalidad de justificar el juicio político al ex presidente Lugo. No se investigaron las denuncias de ejecuciones extrajudiciales, intentos de desaparición forzada de personas, torturas reportadas, detenciones arbitrarias y omisiones de auxilio.
Como consecuencia de la unilateralidad de la acción y la más que alarmante parcialidad de la investigación, el Comité de Derechos Humanos de la ONU emitió duras observaciones al país en marzo de 2013. Otras instancias internacionales como los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos de la ONU (el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias, la Relatoría de Independencia Judicial, el Relator contra la Tortura, el Relator de la violencia contra las mujeres, el Relator para la libertad de expresión, el Relator para los defensores de los derechos humanos y el Relator sobre ejecuciones extrajudiciales) también se dirigieron a Paraguay alarmados por la situación. De hecho, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en su 32º Periodo de Sesiones en 2016 realizó, a petición de varios países, una solicitud a Paraguay de investigar imparcialmente lo sucedido, la cual no se ha cumplido.
La acción dirigida por la Fiscalía devino en un juicio absolutamente falto de garantías, meramente inquisitorio, en el que se acreditó que Marina Kue era un predio público destinado a la reforma agraria y que la connivencia entre autoridades fiscales y terratenientes de la zona habían propiciado un desalojo irregular que terminó en forma fatídica. Sin pruebas de cargo, habiendo desaparecido pruebas, con vídeos que evidencian cómo el fiscal al cargo de la causa ocultaba casquillos percutidos, y con una sentencia carente del más mínimo rigor se condenó a los campesinos el 11 de julio de 2016.
Inmediatamente la CIDH procedió a tramitar la P-1950-14. Tras dar traslado al Estado paraguayo para realizar alegaciones, este simplemente procedió a plantear la excepción de agotamiento de recursos internos, negándose a entrar al fondo de un asunto que sabe puede tener gravísimas implicaciones para el país por violaciones a derechos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969 y otros instrumentos internacionales.
Desde ese momento la P-1950-14 referente al caso Curuguaty se encuentra frenada en su trámite ante la CIDH, mientras se dilucida el agotamiento de los recursos internos. Sin embargo, los que suscriben este pedido entienden que este organismo debe proceder a superar la fase de admisión a trámite por haberse agotado los recursos internos del Estado.
- En primer lugar, por haberse agotado los recursos judiciales ordinarios del país, con la sentencia en primera instancia de fecha 11 de julio de 2016 y la sentencia de apelación de fecha 29 de mayo de 2017 que confirmaba la anterior.
- En segundo lugar, porque sólo está pendiente un recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ), de carácter extraordinario, que no se resuelve desde que fuera presentado el 15 de junio de 2017, simplemente por mala fe del Estado paraguayo. Y es que según el Código Procesal Penal del país este último recurso debería haberse resuelto en un mes, habiendo sido violado el plazo nada menos que en casi un año de manera evidentemente deliberada. Por lo tanto, es evidente que existe una estrategia de mala fe por parte del Estado paraguayo al no resolver el recurso extraordinario de casación pendiente ante la CSJ, para así tratar de evitar que la CIDH entre a conocer de un caso trascendental para el país y con graves implicaciones para muchas autoridades públicas.
- En tercer lugar, el agotamiento es evidente también por la falta de voluntad del Estado de investigar de manera eficaz y con arreglo a estándares internacionales las denuncias de presuntas ejecuciones extrajudiciales, intentos de desaparición forzada de personas, torturas reportadas, detenciones arbitrarias y omisiones de auxilio presentadas recurrentemente desde hace 6 años.
Por todo lo anterior, y teniendo en cuenta la gravedad de los hechos que se han sometido a la consideración de la CIDH, la trascendencia que el asunto supone para el país, pero sobre todo, al ser evidente la estrategia de mala fe del Estado paraguayo al no querer resolver la última instancia interna para evitar la intervención de este organismo, los que suscriben solicitan a la CIDH que se proceda a la admisión formal para que se puedan dilucidar las posibles violaciones de derechos humanos recogidos en el sistema interamericano en que haya incurrido Paraguay.