Buscamos conocer la opinión pública de las personas sobre establecer la legalidad de un sistema alternativo de educación en el hogar, donde los estudiantes puedan educarse en casa y certificarse a través de pautas/reglamentos dictados por MEDUCA. Favor tomar nota que esto solo aplica para la educación pre-universitaria.
Basado en:
- Declaración de los Derechos Humanos:
- Artículo 26.3: Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
- Constitución de la República de Panamá - Capítulo 5 Educación
- Artículo 91: Todos tienen el derecho a la educación y la responsabilidad de educarse. El Estado organiza y dirige el servicio público de la educación nacional y garantiza a los padres de familia el derecho de participar en el proceso educativo de sus hijos.