INFORME ANUAL DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
De conformidad con los artículos 16 fracción XIV y 25 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, y en el artículo sexto del “Lineamiento para la presentación del Informe Anual de Acceso a la Información que deben remitir al Órgano Garante los sujetos obligados de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California”, en un plazo de quince días hábiles siguientes a partir de la recepción del oficio, todos los Sujetos Obligados deberán de enviar a este Instituto el presente Informe Anual de Solicitudes de Acceso a la Información Pública respecto al ejercicio dos mil veintitrés.
Omitir la entrega de este informe o entregarlo de manera extemporánea serán causas de responsabilidad y podrán imponerse las medidas de apremio y sanciones correspondientes.