Autorización para la publicación de imágenes de los alumnos por el centro. El derecho a la propia imagen está reconocido en el artículo 18. de la Constitución y regulado por la Ley 1/1982 de 5 de Mayo, sobre el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen y la Ley 16/1999 de 13 de Diciembre, sobre la Protección de Datos de Carácter Personal. La dirección de este centro pide al alumno o en el caso de menores, a los padres o tutores legales, el consentimiento para poder publicar las imágenes individualmente o en grupo los alumnos que acuden al centro. *