El Procedimiento ante incumplimiento ético - versión 1, es aprobado por Res. D N° 133/2023. El mismo tiene como objetivo hacer cumplir lo establecido en el Código de Ética de la FaCyT en su apartado IX "Ante el incumplimiento o trasgresión del
presente Código, el Equipo de Ética Institucional queda facultado, a aplicar
las siguientes medidas pedagógicas: a) Capacitación; b)
Talleres de reflexión."
Si,
además, el incumplimiento constituye falta disciplinaria, se informará a la
Máxima Autoridad y a los órganos competentes para la aplicación de las
sanciones estipuladas en el Régimen Disciplinario, no siendo responsabilidad
del Comité de Ética aplicar sanciones.