Aceptación de términos para traslado de muestras biológicas.
TERMINOS Y CONDICIONES DE TRANSPORTE

VOCABULARIO:
TRANSPORTADOR: SPACE COURIER SRL
CLIENTE: sujeto que encomienda el transporte de las muestras.
LUGAR DE RETIRO: Institución contratada por el Cliente, la cual hace entrega al Transportista
de las MUESTRAS
REMITENTE: Institución/persona origen de transporte de la MUESTRA
DESTINATARIO: Institución/persona indicada por el Cliente como destinatario de las
MUESTRAS objeto del contrato de Transporte
MUESTRAS: Sustancias de origen humano o animal, exentas de agentes patógenos, obtenidas
directamente de seres humanos o animales, que incluyen, entre otras cosas, excreciones,
secreciones, sangre y sus componentes, tejidos, células, fluidos orgánicos y restos mortales
transportados con fines de estudio, diagnóstico, investigación, tratamiento y/o prevención de
enfermedades, control de calidad, y otros.
1)SERVICIO:
el TRANSPORTADOR proveerá el servicio de transporte de LAS MUESTRAS, el cual consta del
retiro de estas por el domicilio del remitente o donde sea indicado por el CLIENTE, hacia el
destinatario indicado. El servicio requerido por el CLIENTE será provisto por aire o tierra y tales
servicios serán cumplidos como agente del CLIENTE. EL TRANSPORTADOR podrá utilizar el
servicio de transporte que considere adecuado para el fin contratado.
2) Obligaciones del TRANSPORTADOR.
2.1. Deberá atender a las indicaciones y procedimientos establecidos en la "Guía sobre la
reglamentación relativa al transporte de sustancias infecciosas" —OMS— 1 de enero de 2007 y
toda otra normativa Internacionalmente vigente 1 .
2.2. Proveerá al remitente de los documentos de despacho, envío e instrucciones para su
llenado.
2.3. Verificará la conformidad del embalaje, en relación con el material transportado, según las
normas vigentes y notificará al remitente si el mismo resultara inadecuado.
2.4. Asesorará al remitente sobre la ruta más segura y conveniente para el envío del material,
efectivizándola a requerimiento de este.
2.5. Monitoreará y garantizará las condiciones en que el material debe ser mantenido durante
el transporte, realizando el seguimiento del material transportado y notificando al

1 Es porque la ley trata en la misma norma el transporte de sustancias infecciones y transporte de
muestras biológicas

CLIENTEacerca de retrasos esperados o inesperados que ocurran durante el mismo a la
dirección de correo electrónico provista por ÉSTE.
2.6. Entrará en contacto con el remitente, cliente, el destinatario, y con las autoridades
sanitarias en caso de accidente o derrame de la sustancia infecciosa 2 o muestra biológica.
2.7. Deberá transportar con factura comercial, conocimiento de carga de transporte Aéreo,
Fluvial, Marítimo, Ferroviario, o Terrestre Internacional, y demás documentos exigidos por la
legislación vigente.
2) Limite de Responsabilidad. El límite de la responsabilidad es de USD5.000 (dólares
estadounidenses cinco mil) o el valor del envío al momento de su ejecución, lo que resulte
menor. El TRANSPORTADOR no es responsable por daños a las muestras, ni cualquier daño
emergente relacionado con el envío, lucro cesante y/o moral, salvo dolo o negligencia
manifiesta en el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el presente. EL
TRANSPORTADOR no es responsable por el incumplimiento de las obligaciones a cargo del
destinatario o el remitente o el consignatario. El TRANSPORTADOR no es responsable por
daños, demoras, o por cualquier incumplimiento por causa por cuestiones de fuerza mayor
ajenas a aquel, pandemias,disposiciones gubernamentales, cuarentenas oficiales,con real o
aparente autoridad,prohibiciones gubernamentales, cuestiones aduaneras no previstas por el
remitente y/o cliente, condiciones climáticas, accidentes aéreos, demoras o cancelaciones en
transporte aéreo o terrestre o fluvial, actos de enemigos públicos, conmoción, guerra civil, ,
huelga, protestas o bloqueos de caminos o accesos y/o cualquier acción de terceros que
impida el normal desarrollo del envío. EL TRANSPORTADOR no asume responsabilidad alguna
por la demora en el retiro, transporte, o entrega de LA MUESTRA, independientemente de la
causa o naturaleza de ello. EL TRANSPORTADOR no es responsable por los daños que puedan
ocasionarse en virtud de demora, pérdida, extravío, robo, daño total o parcial ocurrido a la
MUESTRA.
3) DOCUMENTACION:
Los documentos requeridos para el envío deberán ser colocados en el paquete colocar en el
paquete contenedor de la Muestra, a cargo del remitente y/o cliente. Deberá constar Una lista
de envío/factura comercial que incluya la dirección del destinatario, el número de paquetes,
detalle de contenido, peso y valor (si lo tuviere).El conocimiento de carga para los casos en que
el transporte sea por vía aérea, marítima, fluvial y/o terrestre. La autorización de
importación/exportación y/o la declaración si estas fueran. Trámites Aduaneros y de Vigilancia
Sanitaria, si correspondiere. Para la exportación e importación el remitente y el destinatario

2 idem

del material enviado, deberán cumplir con determinados procedimientos aduaneros y de
vigilancia sanitaria.
4)DERECHO DE INSPECCIÓN Y RECHAZO:
EL TRANSPORTADOR se reserva el derecho a inspeccionar el envío, facultándolo a estos
efectos a abrir EL PAQUETE, por sí o a requerimientos de terceros, por cualquier motivo
justificante. EL TRANSPORTADOR se reserva el derecho de rechazar el envío después de la
aceptación y en cualquier momento de la prestación del servicio, si el envío pudiera causar
daños o demoras a otros envíos, equipos, personas y/o bieneso si el envío estuviera prohibido
por ley y/o reglamentaciones vigentes. La cancelación del servicio no dará derecho a la
restitución del precio abonado.
5) SEGUROS:
EL TRASNPORTADOR INFORMA a EL CLIENTE que puede requerir,a su cargo, cobertura de
seguro adicional.El CLIENTE pagará por todos los cargos. La contratación de dicho seguro será
efectuada por el Remitente/Cliente y deberá por la póliza de seguro de transporte. EL
TRANSPORTADOR no se responsabiliza por la consecuencia de reclamo de cualquier tipo a la
aseguradora
6) OBLIGACIONES DEL REMITENTE / CLIENTE:
El CLIENTE garantiza a EL TRANSPORTADOR que el contenido del envío es apto y puede ser
legalmente transportado vía aérea, que no es sustancia prohibida bajo ninguna regulación y
está adecuadamente embalado y acondicionado para el propósito. EL
REMITENTE/CLIENTEasume la total responsabilidad por el contenido del envío y garantiza la
total indemnidad del TRANSPORTADOR, debiendo asumir cualquier riesgo vinculado a dicho
transporte, obligándose a indemnizar al TRANSPORTADOR por cualquier reclamo, perjuicio,
daño o monto, incluidas costas y gastos que los reclamos ocasionen y que debiera abonar este
último, como consecuencia del envío. 
7) USO DE ENVASES
Las muestras serán alojadas para su envío en Termos de nitrógeno líquido absorbido que son
exclusiva propiedad de EL TRANSPORTISTA. Es exclusiva responsabilidad del CLIENTE la
utilización de estos envases, como así también el método para el deposito de las muestras y
conservación, deslindando al TRANSPORTADOR de todo tipo de responsabilidad por la
manipulación de LAS MUESTRAS. El remitente y/o cliente son solidariamente responsables por
cualquier daño ocurrido en los envases, en ocasión de su manipulación, depósito de muestras
y/o cualquier cuestión que por su accionar dañe los mismos.
8) ENVÍO COLLECT:

en el caso que el consignatario no abone en tiempo y forma el servicio, el remitente/clientese
compromete al pago de este, incluyendo derechos de aduana impuestos despachante y tasas
oficiales. 
9) RECLAMOS:
Cualquier reclamo del remitente/cliente por perdida o daño,deberá ser notificado
fehacientemente al TRASNPORTADOR al domicilio constituido en un plazo máximo de 10 días
de ocurrida la pérdida o daño del envío, debiendo incluir documentación que demuestre el
valor real del envío y prueba de la pérdida.Ningún reclamo será procesado y/o evacuado hasta
que el pago convenido por la carga transportada haya sido totalmente cancelado.
Ante un eventual reclamo, se establece que los cargos de transporte no son reembolsables ni
deducibles.Cualquier reclamo a efectuar por el remitente/cliente contra EL TRANSPORTADOR
en estos casos debe ser iniciado dentro de los 30 días posteriores a la pérdida o daño del
envío, sin perjuicio de lo expuesto en el primer párrafo del presente.
EL TRANSPORTADOR no asume responsabilidad algunapor acciones efectuadas por el
consignatario, sin la debida aprobación del TRASNPORTADOR.
10) PAGO
El pago del servicio debe efectuarse con anterioridad al inicio del servicio o al recibir la factura
correspondiente, lo que ocurra primero.
11) NOTIFICACIONES
EL CLIENTE/ REMITENTE / DESTINATARIO denuncian como domicilio válido para todo tipo de
notificaciones el correo electrónico consignado, asumiendo la expresa responsabilidad de
verificar el buzón correspondiente y aceptan que la fecha de notificación será la que
corresponda al ingreso de la comunicación electrónica al servidor/buzón que aloja los correos
electrónicos. EL TRANSPORTADOR constituye su domicilio en Los Patos 2634 (1437), CABA.
12) JURISDICCION
LAS PARTES convienen que para cualquier cuestión derivada del presente contrato se fija la
competencia de los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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