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CONSULTA SOBRE ORDENANZA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

La Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, establece que cada municipalidad debe establecer, en una Ordenanza municipal, las modalidades de participación ciudadana local, teniendo en consideración las características singulares de cada comuna, tales como la configuración del territorio comunal, la localización de los asentamientos humanos, el tipo de actividades relevantes del quehacer comunal, la conformación etaria de la población y cualquier otro elemento que, en opinión de la municipalidad, requiera expresión o representación especifica dentro de la comuna y que al municipio le interese relevar para efectos de su incorporación en la discusión y definición de las orientaciones que deben regir la administración comunal. Esta ley contempla algunos mecanismos o instancias de participación, que están regulados en la propia ley, como los que a continuación se enuncian.

1.- EL CONSEJO COMUNAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL:
2.- LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS:
3.- LOS PLEBISCITOS COMUNALES:
4.- El CONSEJO Y PLAN COMUNAL DE SEGURIDAD PÚBLICA:
5.- La CUENTA PÚBLICA PARTICIPATIVA:
6.- La OFICINA DE INFORMACIONES, RECLAMOS Y SUGERENCIAS:
7.- Las ORGANIZACIONES COMUNITARIAS Y DE INTERÉS PÚBLICO.

Adicionales a estos mecanismos o modalidades, la I. Municipalidad de Hualaihué, somete a consulta ciudadana las siguientes modalidades o mecanismos que se incorporarán, además de los ya enunciados, en la nueva Ordenanza de Participación Ciudadana.

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MECANISMOS O MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN QUE SE SOMETEN A CONSULTA CIUDADANA
Le invitamos a responder y opinar sobre los mecanismos que se incorporarán a la nueva Ordenanza de Participación Ciudadana:
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CONSULTA 2
Marque el recuadro correspondiente, qué tan de acuerdo o en desacuerdo está con los siguientes mecanismos, modalidades o instancias de Participación Ciudadana que se contemplarán en la nueva Ordenanza de Participación ciudadana, y si lo estima pertinente exprese su opinión o sugerencias respecto a estas.
1.- PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS: Es un mecanismo o instancia de participación ciudadana por medio del cual el Municipio, con la participación activa de la comunidad local, definen, en conjunto, proyectos de inversión municipal, a ser ejecutados con un porcentaje determinado del presupuesto municipal anual, aprobado por el Concejo municipal. permitiendo que la comunidad decida, de manera participativa, determinados proyectos que el municipio deberá ejecutar, para el año siguiente.
Es una forma de democratizar el PresupuestoSugerencias u Opiniones
2.- LOS CABILDOS CIUDADANOS: Los Cabildo son una modalidad o instancia de participación, mediante la cual el Alcalde o la Alcaldesa, convoca a toda la comunidad a debatir, deliberar y conocer su opinión sobre materias o asuntos relevantes para el desarrollo económico, social y cultural de la comuna y que inciden o impactan en el territorio de la comunal o de una localidad, sector o barrio.
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3.- LA CONSULTA CIUDADANA: Esta modalidad es de carácter no vinculante, mediante ella el Alcalde o Alcaldesa, convoca a la comunidad para consultar su opinión respecto a determinadas políticas, programas o proyectos específicos de desarrollo. Las respuestas de la ciudadanía, constituirán un elemento de juicio relevante a considerar para el diseño de los mismos.La Consulta podrá realizarse por medio de encuentros presenciales o vía remota, por medios electrónicos.
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4.- CONSULTA SOBRE ORDENANZAS: La consulta sobre ordenanzas, es una modalidad de participación de carácter no vinculante, mediante la cual el Municipio, podrá convocar a la ciudadanía local, para dar a conocer el contenido de la modificación, actualización o de una nueva Ordenanza municipal, con la excepción de aquellas que sólo fijan valor económico de determinados derechos municipales y recoger su opinión y/ o sugerencias respecto de estas.
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5.- ASAMBLEAS VECINALES: Instancia formal de participación e interlocución en que, el Alcalde o Alcaldesa, se reúne, en Asamblea, con dirigentes y miembros de la comunidad, a solicitud escrita de estos o por iniciativa de la autoridad edilicia, con el fin de tratar asuntos de interés comunitario, relevantes para el desarrollo. La solicitud debe, señalar las materias a tratar. Se deberá levantar Acta donde consten los acuerdos y compromisos adoptados.
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6.- AUDIENCIA ALCALDICIA: Modalidad por medio de la cual uno/a o más vecinos/as, un grupo de estos o uno/a o más dirigentes de organizaciones representativas de la comunidad local, solicita/n al Alcalde o Alcaldesa, ser recibidos en audiencia con el fin de exponer a la autoridad materias de interés comunitario o problemáticas que afecten o impacten de cualquier forma, en su calidad de vida y en cuya solución corresponda la participación del municipio.
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7.- FONDO DE DESARROLLO COMUNITARIO (FONDECOM): Programa Municipal conformado por tres fondos concursables, de carácter no reembolsable, (Fondo Social –Cultural, Fondo de Deportes y Fondo de Fomento Productivo), cuyo objetivo es promover la participación e involucramiento de las organizaciones representativas de la sociedad civil, en el desarrollo económico, social y cultural de sus territorios y habitantes. Es financiado con recursos municipales, aprobados por el Concejo Municipal, Pueden participar todas las organizaciones de interés público (con personalidad jurídica y que no persigan fines de lucro).  Cada concurso anual está debidamente regulado por un Reglamento y Bases de cada fondo, las que son aprobadas por el Concejo Municipal.
Los fondos concursables constituyen un importante incentivo a laparticipación. Requieren supervisión eso sí.Sugerencias u Opiniones
8.- SUBVENCIONES MUNICIPALES A ORGANIZACIONES DE INTERÉS PÚBLICO (CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y SIN FINES DE LUCRO:  La municipalidad de Hualaihué tiene dos modalidades de Subvención municipal, para organizaciones de interés público: Subvención anual de carácter permanente y Subvención para financiar un proyecto específico. Consisten en aportes económico para co- financiar planes, proyectos o actividades específicas, que solicitan personas jurídicas y que se enmarcan en las funciones propias que la ley les confiere a los municipios.
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9.- MESA PUEBLOS ORIGINARIOS: Esta instancia de participación consiste en una mesa de trabajo conformada por representantes de cada una de las comunidades y Asociaciones indígenas de la comuna, el Alcalde o la Alcaldesa, él o la Encargado/a de la Oficina de Asuntos Indígenas y se podrá invitar a autoridades vinculadas a los temas a tratar en la mesa. Se deberá levantar Acta de los acuerdos y compromisos adoptados en la mesa.
Es muy importante que se considere una modalidad de Sugerencias u Opinionesparcipación para los pueblos originarios, debidamente reglamerntada.it
10.- INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN  Y GESTIÓN DEL DESARROLLO        COMUNAL Y TERRITORIAL: La elaboración o actualización, de Instrumentos de planificación que orientan el desarrollo de la comuna, como el Plan Regulador Comunal, el Plan de desarrollo Comunal (PLADECO), el Plan de desarrollo de la Educación Municipal, (PADEM), el Plan Comunal de Seguridad Pública, orientado a la prevención del delito,  el Plan comunal de emergencia civil, el Plan Municipal de Cultura, el Plan Municipal de Desarrollo Turístico, (PLADETUR), Plan de Actividad física y deportes, así como la elaboración, modificación y control de las ordenanzas municipales deberán considerar la participación de la comunidad y ciudadanía local, en sus diversas etapas.  
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11.- ENCUESTAS O SONDEOS DE OPINIÓN: Esta instancia consiste en la aplicación de encuestas, vinculadas a materias específicas y acotadas, referidas a la gestión municipal. El objetivo de estas es “sondear” la percepción, sentir o evaluación que tienen los usuarios respecto del municipio, sus servicios, prestaciones y las diversas políticas, planes, programas o proyectos, que ejecute el municipio, detectar juicios o nudos críticos e identificar eventuales propuestas de los usuarios sobre la ejecución de estos o respecto a la gestión municipal.
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12.- MEDIOS DE DIFUSIÓN E INFORMACIÓN MUNICIPAL: La información y comunicación son fundamentales para lograr procesos participativos, e inclusivos y contribuyen a despertar el interés y atención de la ciudadanía y de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil, por involucrarse en los asuntos que son de su incumbencia. El municipio, mantendrá una política comunicacional activa y abierta, a través de su página web y redes sociales institucionales, por medio de las cuales, estará, permanentemente informando, acerca de la gestión realizada por sus autoridades edilicias y de la ejecución de sus políticas, planes, programas y actividades. *
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La información y difusión del quehacer municipal es fundamental. Sugerencias u Opiniones
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