Seguimiento de casos en aislamiento por exposición al SARS-CoV-19
Se le recuerda que de conformidad con lo establecido en el artículo 362 del Código Sustantivo del Trabajo, toda Organización sindical tiene el derecho de realizar libremente sus estatutos y reglamentos administrativos.
Por lo tanto, desde la suscripción de su convenio de servicio colectivo con AGESOC, usted se adhirió a lo establecido Reglamento Colectivo del Contrato Sindical y debe cumplirlo.
De acuerdo al literal g del articulo 16 del Reglamento Colectivo, una de las causales de retiro de los afiliados participes del servicio es el “incumplimiento al reglamento, convenio de vinculación de servicio colectivo y
políticas”. De igual forma, el articulo 17 del Reglamento Colectivo establece como falta gravosa “e": no cumplir las políticas de seguridad y salud en el trabajo tanto en su puesto de trabajo y fuera del él; e igualmente las demás reguladas en el presente reglamento.”
En consecuencia, de acuerdo a lo anterior, se le solicita responder diariamente la siguiente encuesta hasta su reintegro laboral.