Con fundamento en los
artículo 110, 111 y 112 fracción X de la Ley Orgánica Municipal de Estado de
México, 95
fracción II y 97 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de
México y Municipios, el Órgano Interno de Control Municipal de Tonanitla, Estado de México, establece y operar un sistema de atención de quejas, denuncias y
sugerencias, por lo que el llenado de este
cuestionario se hará llegar a la Autoridad Investigadora adscrita al Órgano
Interno de Control Municipal de Tonanitla, Estado de México, para que en el
ejercicio de sus funciones Inicie Procedimiento de Investigación
correspondiente.