“La educación inclusiva no es simplemente emplazar a los alumnos con discapacidad en el aula con sus compañeros sin discapacidad; no es mantener a los alumnos en un sistema que permanece inalterado, no consiste en que profesores especialistas den respuestas a las necesidades de los alumnos en la escuela ordinaria. La educación inclusiva tiene que ver con cómo, dónde y por qué, y con qué consecuencias, educamos a todos los alumnos.” (Citado en Parrilla Latas, 2002, p. 25).
Para promover y favorecer los aprendizajes de todas las y los estudiantes resulta una acción esencial, diversificar las estrategias pedagógicas y los recursos didácticos, para presentar y trabajar contenidos y proyectos educativos. De este modo, si se diseñan e implementan estrategias de enseñanza que contemplen los diversos modos de aprender de nuestras y nuestros estudiantes, se contribuirá con prácticas que propicien la educación inclusiva. (...)
Considerando que las buenas prácticas se construyen con otros desde el rol que desempeñamos y conformamos el sistema educativo con el propósito de garantizar el Derecho a la Educación enmarcado en nuestra Ley de Educación Nacional N° 26.206 y La Ley de Educación Provincial N° 1018 como garantes de derechos asegurando una educación de calidad con igualdad de oportunidades y posibilidades a los estudiantes en situación de discapacidad.