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REFORMA DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL: NOVEDADES Y CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN

10/12/2013

EDUCACIÓN PRIMARIA

- El área Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural se divide en Ciencias de la

Naturaleza y Ciencias Sociales.

- Se introduce el área Valores Sociales y Cívicos como alternativa al área de Religión, en

lugar de las medidas de atención educativa del centro que no permitían el aprendizaje

de contenidos curriculares.

- La lengua castellana o la lengua cooficial sólo se utilizarán como apoyo en el proceso de

aprendizaje de la lengua extranjera. Se priorizarán la comprensión y la expresión oral.

- Pruebas de detección precoz de dificultades de aprendizaje en 3o: se comprobará el

grado de dominio de las destrezas, capacidades y habilidades en expresión y comprensión

oral y escrita, cálculo y resolución de problemas en relación con el grado de adquisición

de la competencia en comunicación lingüística y de la competencia matemática. El

equipo docente podrá adoptar las medidas más adecuadas.

- Evaluación final: se comprobará el grado de adquisición de la competencia en

comunicación lingüística, de la competencia matemática y de las competencias básicas

en ciencia y tecnología, sin efectos académicos. El Gobierno, previa consulta a las

Comunidades Autónomas, establecerá los criterios de evaluación y las características

generales de las pruebas para todo el Sistema Educativo Español con el fin de asegurar

unos criterios y características de evaluación comunes a todo el territorio. Se entregará

un informe con el resultado obtenido a familias y centros de Primaria y ESO, y se podrán

poner en marcha medidas de apoyo al alumnado y planes de mejora de centros.

Implantación:

- Cursos 1o, 3o y 5o: curso escolar 2014-2015.

Primera evaluación de 3o de Primaria al finalizar este curso, al alumnado que haya

cursado 3o.

- Cursos 2o, 4o y 6o: curso escolar 2015-2016.

Primera evaluación final al finalizar este curso, al alumnado que haya cursado 6o.

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EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

- Nuevo consejo orientador a las familias, elaborado por el equipo docente al final de

cada curso de ESO: indicará el itinerario más adecuado, así como las medidas de atención

y apoyo más adecuadas, como los Programas de Mejora del Aprendizaje y el

Rendimiento.

- Posibilidad de agrupar las materias en ámbitos de conocimiento en 1o de ESO, para

facilitar el tránsito entre Primaria y ESO.

- Nuevos Programas de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento: se implantarán en los

cursos 2o y 3o de ESO. El alumnado se incorporará a estos programas a propuesta del

equipo docente a los padres, madres o tutores legales. Irán dirigidos preferentemente al

alumnado que presente dificultades relevantes de aprendizaje no imputables a falta de

estudio o esfuerzo, y comprenderán adaptaciones organizativas y curriculares: agrupación

de materias en ámbitos, metodología específica, actividades prácticas, etc.

- Opciones de enseñanzas académicas (para la iniciación al Bachillerato) y aplicadas (para

la iniciación a la Formación Profesional): a partir de 3o de ESO.

- Se introduce la materia Valores Éticos como alternativa al área de Religión, en lugar de

las medidas de atención educativa del centro que no permitían el aprendizaje de

contenidos curriculares.

- La lengua castellana o la lengua cooficial sólo se utilizarán como apoyo en el proceso de

aprendizaje de la lengua extranjera. Se priorizarán la comprensión y la expresión oral.

- Limitación de la promoción en ESO con asignaturas suspensas: no deben ser

simultáneamente Matemáticas y Lengua Castellana o Cooficial.

- Se entregará al alumnado un certificado de estudios cursados al finalizar el primer ciclo

(1o-3o), o al finalizar 2o si el alumnado pasa a un ciclo de Formación Profesional Básica.

- Nueva evaluación final, que es necesario superar para obtener el título de Graduado en

ESO.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establecerá para todo el Sistema Educativo

Español los criterios de evaluación y las características de las pruebas, y las diseñará y

establecerá su contenido para cada convocatoria.

La calificación final será la media de las calificaciones de ESO ponderada al 70%, y de la

evaluación final ponderada al 30%. Para realizar la evaluación el alumnado solo podrá

tener un máximo 2 materias suspensas. Las Administraciones educativas podrán

establecer medidas de atención personalizada dirigidas a aquellos alumnos y alumnas

que, habiéndose presentado a la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria,

no la hayan superado.

Se realizarán pruebas diferentes para acceder a Bachillerato o a Formación Profesional,

pero la elección no es decisiva: todos los alumnos se pueden presentar a evaluación por

la opción que decidan, o a ambas opciones en la misma o diferentes ocasiones, con

independencia de la opción cursada.

Las evaluaciones se centrarán en las materias troncales generales (y Biología y Geología y

Física y Química si el alumnado las escoge como materias de opción), dos materias

troncales de opción de 4o, y una materia específica cursada en cualquiera de los cursos

que no sea Educación Física, Religión, ni Valores Éticos.

Implantación:

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- Cursos 1o y 3o: curso escolar 2015-2016.

- Cursos 2o y 4o: curso escolar 2016-2017.

La primera evaluación final de ESO se realizará al finalizar el curso 2016-2017 al alumnado

que haya cursado 2o de Bachillerato, y no tendrá efectos académicos (no será necesario

superarla para obtener el título de Graduado en ESO).

La evaluación final que se realice al finalizar el curso 2017-2018 sí tendrá efectos

académicos.

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BACHILLERATO

- Modalidades: Humanidades y Ciencias Sociales (con 2 itinerarios diferenciados), Ciencias,

y Artes.

- La lengua castellana o la lengua cooficial sólo se utilizarán como apoyo en el proceso de

aprendizaje de la lengua extranjera. Se priorizarán la comprensión y la expresión oral.

- Evaluación final de Bachillerato, que será necesario superar para obtener el título de

Bachiller, así como superar todas las materias de Bachillerato.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establecerá para todo el Sistema Educativo

Español los criterios de evaluación y las características de las pruebas, y las diseñará y

establecerá su contenido para cada convocatoria.

La calificación final se obtendrá de la media de las calificaciones de Bachillerato

ponderada al 60%, y de la evaluación final ponderada al 40%. Al alumnado que supere

todas las materias sin superar la evaluación final se le entregará un certificado con

efectos laborales y académicos para acceso a los ciclos de Formación Profesional de

Grado Superior (si cumple el resto de requisitos para el acceso y admisión a dichos

ciclos).

Las evaluaciones se centrarán en todas las materias troncales generales y dos materias

troncales de opción cursadas en cualquiera de los cursos (si implican continuidad se

tendrá en cuenta sólo la materia cursada en 2o), así como una materia específica cursada

en cualquiera de los cursos que no sea Educación Física ni Religión.

Implantación:

- Curso 1o: curso escolar 2015-2016.

- Curso 2o: curso escolar 2016-2017.

La primera evaluación final de Bachillerato se realizará al finalizar el curso 2016-2017 al

alumnado que haya cursado 2o de Bachillerato, y no tendrá efectos académicos (no será

necesario superarla para obtener el título de Bachiller), aunque sí se tendrá en cuenta para

el acceso a la Universidad.

La evaluación final que se realice al finalizar el curso 2017-2018 sí tendrá efectos

académicos.

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NUEVOS CICLOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA

- Serán de oferta obligatoria y carácter gratuito.

- Duración: 2 años.

- Se accederá por recomendación del equipo docente de ESO, con el consentimiento

de los tutores legales o del propio alumno si está emancipado, con una edad entre 15 y 17

años, tras haber cursado 3o de ESO, o excepcionalmente haber cursado 2o de ESO.

- Los ciclos de Formación Profesional Básica garantizarán la adquisición de las

competencias básicas del aprendizaje permanente, a través de la impartición de

enseñanzas de Lengua Castellana, Lengua Extranjera, Ciencias Sociales, en su caso Lengua

Cooficial, y Matemáticas y Ciencias Aplicadas al Contexto Personal y de Aprendizaje en un

Campo Profesional.

- Los criterios pedagógicos se adaptarán a las características específicas del alumnado

y fomentarán el trabajo en equipo. La tutoría y la orientación educativa y profesional

tendrán una especial consideración.

- Se establecerán 14 títulos de Formación Profesional Básica:

• Servicios Administrativos.

• Electricidad y Electrónica.

• Fabricación y Montaje.

• Informática y Comunicaciones.

• Cocina y Restauración.

• Mantenimiento de Vehículos.

• Agricultura y Jardinería.

• Peluquería y Estética.

• Servicios Comerciales.

• Carpintería y Mueble.

• Reforma y Mantenimiento de Edificios.

• Arreglo y Reparación de Artículos Textiles y de Piel.

• Tapicería y Cortinaje.

• Vidriería y Alfarería.

- Efectos de la superación de los ciclos de Formación Profesional Básica: obtención

del título de Técnico Profesional Básico de la familia correspondiente, así como una

cualificación de nivel 1 del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales.

- El título de Técnico Profesional Básico permitirá el acceso a los ciclos formativos

de Grado Medio, así como la posibilidad de obtener el título de Graduado en ESO

tras realizar la evaluación final de ESO.

Implantación:

- Curso 1o: curso escolar 2014-2015.

- Curso 2o: curso escolar 2015-2016.

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FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO

Se suprime el requisito de curso o prueba de acceso desde Formación Profesional de Grado

Medio a Grado Superior, y se sustituye por un procedimiento de admisión al centro cuando la

demanda supere la oferta de plazas.

Para los ciclos formativos de Grado Medio, las Administraciones educativas podrán ofertar

materias voluntarias para ampliar las competencias del aprendizaje permanente, como la

Comunicación en lengua castellana y cooficial, las Matemáticas aplicadas, o la Comunicación en

lengua extranjera, y materias voluntarias orientadas al grado superior para facilitar el tránsito

entre ciclos, relacionadas con el campo o sector profesional del que se trate.

La Formación Profesional dual del Sistema Educativo Español es el conjunto de acciones e

iniciativas formativas que, en corresponsabilidad con las empresas, tienen por objeto la

cualificación profesional de las personas, armonizando los procesos de enseñanza y aprendizaje

entre los centros educativos y los centros de trabajo. La formación práctica en empresas será

supervisada por las Administraciones educativas. Este sistema puede aplicarse no sólo a los

ciclos de Grado Medio, sino también a los de Grado Superior y a la Formación Profesional Básica.

Implantación:

Las modificaciones introducidas en el currículo de los ciclos formativos de grado medio se

implantarán al inicio de los ciclos, en el curso escolar 2015-2016.

Las nuevas condiciones de acceso y admisión serán de aplicación en el curso escolar 2016-2017.

La Formación Profesional dual ya está implantada.

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OTRAS NOVEDADES DE APLICACIÓN INMEDIATA

Las siguientes novedades no están incluidas en el calendario de implantación progresivo, por lo

que son de aplicación inmediata.

P lanes de actuación para el desarrollo de altas capacidades intelectuales

Las Administraciones educativas adoptarán planes de actuación, así como programas de

enriquecimiento curricular, que permitan al alumnado desarrollar al máximo sus capacidades.

Necesidades Educativas especiales

- Mención expresa del Trastorno por Déficit de Atención con Hiperactividad (TDAH) entre

los supuestos que requieren atención especial. Corresponde a las Administraciones

educativas asegurar los recursos necesarios para que el alumnado pueda alcanzar el

máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos

establecidos con carácter general para todo el alumnado.

- Alumnado con dificultades específicas de aprendizaje: la identificación, valoración e

intervención de las necesidades educativas de este alumnado se realizará de la forma más

temprana posible.

Actividad física y dieta equilibrada

Las Administraciones educativas adoptarán medidas para que la actividad física y la dieta

equilibrada formen parte del comportamiento infantil y juvenil. A estos efectos, dichas

Administraciones promoverán la práctica diaria de deporte y ejercicio físico por parte de los

alumnos y alumnas durante la jornada escolar, en los términos y condiciones que, siguiendo las

recomendaciones de los organismos competentes, garanticen un desarrollo adecuado para

favorecer una vida activa, saludable y autónoma. El diseño, coordinación y supervisión de las

medidas que a estos efectos se adopten en el centro educativo, serán asumidos por el

profesorado con cualificación o especialización adecuada en estos ámbitos.

Discapacidad

- Las Administraciones educativas velarán por que se adopten las medidas necesarias

para asegurar accesibilidad universal de las personas con discapacidad que se

presenten a las nuevas evaluaciones y pruebas del sistema educativo.

- Se establecerán medidas de flexibilización y alternativas metodológicas en la

enseñanza y evaluación de la lengua extranjera para el alumnado con discapacidad.

Estas adaptaciones en ningún caso se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones

obtenidas.

- Las Administraciones educativas garantizarán al alumnado con discapacidad

que participe en los Programas de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento la

disposición de los recursos de apoyo que, con carácter general, se prevean para este

alumnado.

- Se incluye como objetivo de la Formación Profesional el fomento de la igualdad

efectiva de oportunidades de las personas con discapacidad.