Mesa Redonda:
“Educar para compartir la vida en igualdad”:
Los Planes de Igualdad en los Centros Educativos
Aida Ruiz, Directora de la Fundación Maria Aurèlia Capmany
En los últimos años hemos asistido a grandes transformaciones que han comportado una mayor presencia de las mujeres en el ámbito público sobre todo con respecto a nuestro acceso, cada vez más mayoritario, al trabajo remunerado. Los datos muestran que estamos ante un mercado de trabajo precaritzado dónde inciden diferentes aspectos que perjudican las mujeres por numerosos motivos cómo :
1.- temporalidad
2.- carencia de posibilidades de formación en el seno de las empresas
3.- distribuciones irregulares de las jornadas
4.- salarios muy bajos
Hemos asistido también a los cambios legislativos de los últimos diez años que han puesto las bases para que la igualdad entre hombres y mujeres dejara de ser una igualdad de tipo formal y pasara a convertirse en una igualdad real. Me estoy refiriendo a la promulgación de la Ley de Igualdad efectiva entre hombres y mujeres, ley que sin duda se ha conseguido implementar dentro de nuestro MERCADO DE TRABAJO.
Pero todos y todas las que nos encontramos aquí hoy sabemos que a pesar de todo esto la verdadera igualdad pasa por empezar desde la infancia a EDUCAR EN IGUALDAD , en definitiva a COEDUCAR. A parte de que nosotros, como ciudadanas y ciudadanos que somos, tengamos una responsabilidad hacia la educación de nuestros hijos y hijas, es evidente que en la consecución de la igualdad la mayor responsabilidad se encuentra en los poderes públicos y más concretamente en la Administración Educativa . ¿Por qué digo esto? Antes cuando me refería a que se ha adelantado mucho legislativamente hablando he citado la Ley de Igualdad. Pero a parte de esta ley, hay que decir que dentro del marco jurídico educativo ya disfrutamos de otras normas :
1.- La Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación
Art. 126 Composición del Consejo Escolar
126.2 Una vez constituido el Consejo Escolar del centro, éste designará una persona que impulse medidas educativas que fomentan la igualdad real *y efectiva entre hombres y mujeres
Art. 127. Competencias del Consejo Escolar
g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
i) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos .
Art. 151 Funciones de la Inspección Educativa
e) Velar por el cumplimiento y aplicación de los principios y valores recogidos en esta ley, incluidos los de Igualdad real entre hombres y mujeres.
2.- Ley 12/2009 de 10 de julio, de Educación
Disposición Transitoria Séptima: Plan para la igualdad de género en el sistema educativo
1. El Gobierno, a propuesta del Departamento y en el plazo de dos años a partir de la entrada en vigor de esta ley, ha de aprobar un plan para la igualdad de género en el sistema educativo y lo debe presentar al Parlamento.
2. El plan al que hace referencia el apartado 1 ha de incluir medidas específicas para la igualdad de género en los diversos ámbitos educativos, y también las medidas de prevención de la violencia de género y de discriminación positiva que sean necesarias para la consecución de sus objetivos. Estas medidas se deben referir tanto a los contenidos y métodos de enseñanza como las actividades escolares y de ocio, y también a la composición de los organismos escolares de carácter representativo.
3.- Plan integral de Políticas de Género e Igualdad de oportunidades 2008 – 2011.
Lo coordina la Dirección General de Atención a la Comunidad Educativa (DGACE) y col•labora el Instituto Catalán de las Mujeres, ICD por sus siglas en catalán, (1) .
1. transversalidad en el diseño y desarrollo de políticas de género
2. cambios culturales que transformen estructuras y modelos patriarcales
3. Participación
4. Reorganización de los trabajos y políticas de tiempos
5. Calidad de vida y cohesión social
6. Intervención integral contra la violencia machista.
(El de la coeducación se enmarcaría en el eje 2)
Los objetivos de este plan son:
1. Promover que l’Administración Educativa universalize un lenguaje inclusivo y la perspectiva de género en los diferentes ámbitos de su gestión.
2. Que los centros educativos incorporen la perspectiva de género en la acción educativa y en su gestión.
Líneas estratégicas:
- trabajar paralelamente la igualdad y la diferencia
- potenciar la autoestima y el respeto para favorecer nuevos modelos de afectividad e identidad
- incorporar la perspectiva de la coeducación a los planes y proyectos del centro
- hacer explícitos los saberes femeninos en los currículums
- igualdad de oportunidades y equilibrio en la distribución de cargos y responsabilidades
- orientar al alumnado sin estereotipos sexistas
- perspectiva de género en las actividades formativas
- perspectiva de género en el lenguaje de los centros educativos y la Administración Educativa
- implicar a la comunidad educativa la acción coeducativa
- formar en la perspectiva de género, en la coeducación y en lenguaje no sexista a profesores y a personal de l’Administración Educativa
Con este escenario es evidente que la pelota se encuentra ahora en el tejado de la Administración de la Generalitat, concretamente de la CONSEJERÍA DE ENSEÑANZA. Debe ser ella la que impulse, ponga en marcha y desarrolle en cada centro docente UN PLAN DE IGUALDAD.
¿A qué me estoy refiriendo cuando hablo de PLAN DE IGUALDAD EN CADA CENTRO EDUCATIVO?
Pues ,
1º.- Debe haber un compromiso del centro que implique a todos los actores presentes: profesorado, familias y alumnado
2º.- Creación de una comisión permanente d’igualdad con funciones de:
3º.- Realización de la diagnosis: para detectar las posibles carencias y debilidades que tiene el centro para después poder desarrollar con esta diagnosis el futuro diseño de las intervenciones a seguir
4º.- Programación, Implantación y Evaluación del Plan
5º.- y último.- Comunicación
En definitiva, la puesta en marcha de estos Planes debe posibilitar el conocimiento d’una serie de datos respeto a :