LA CONVIVENCIA ESTUDIANTIL.
RODRIGUEZ SALINAS SANTIAGO EL 0
SALDARRIAGA MONSALVE DAVID ANDREY
8-E
En las diferentes instituciones educativas tanto públicas como privadas del municipio de medellín,se celebrará la semana de la convivencia y la paz del 16 al 19 de octubre.,por tal motivo,se responderán las siguientes preguntas para informarse,aprender y practicar.
QUE ES LA CONVIVENCIA .
La convivencia es una forma de relacionarnos entre nosotros, que debemos escoger desde muy jóvenes. Para la convivencia positiva es necesario el respeto, el amor, el perdón, entre otros, debemos tolerar las costumbres de otras personas.
QUE SE DEBE TENER EN CUENTA PARA QUE HAYA UNA SANA ARMONÍA Y CONVIVENCIA.
esto es verdaderamente imposible mientras no se cambie el funcionamiento de la mente humana por lo que primero se debe cambiar la mente humana incluyendo la tuya los humanos son demasiados y todos son unos despreciables individualistas que comen solo para sobrevivir sin tomar en cuenta que para que ellos sobrevivan deben matar a seres que justifican su existencia y dan su aporte al mundo yyyyyy.......... mejor paro antes de romper mi PC tocar este tema me saca de quicio el punto es que el gumano se debe volver a conectar consigo mismo y con los demas(esto incluye todo el mundo animales plantas dioses etc).
INSTITUCION EDUCATIVA VILLA DEL SOCORRO
Documento final
MANUAL DE CONVIVENCIA
Fecha Abril de 2012
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6. Un representante de los sectores productivos, organizados en el ámbito local o subsidiariamente de las entidadesque auspicien o patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo. El representante será escogido porel Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones.
PARÁGRAFOS
1. Dentro de los primeros sesenta días calendario siguientes al de la iniciación de clases de cada período lectivoanual, deberá quedar integrado el Consejo Directivo y entrar en ejercicio de sus funciones. Con tal fin elRector Convocará con la debida anticipación, a los diferentes estamentos para efectuar las elecciones correspondientes.2. En caso de no ser elegido el Consejo Directivo dentro del período establecido, el Consejo Directivo seguirá siendoel que venía ejerciendo en el período anterior.
ARTÍCULO 79. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO
Las funciones del Consejo Directivo de los establecimientos educativos serán las siguientes:1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución.2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnosdel establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento oManual de Convivencia.3. Adoptar el Manual de Convivencia y el Reglamento de la Institución.4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos.5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la Comunidad Educativa cuando alguno de sus miembros sesienta lesionado.6. Aprobar el plan anual de actualizaciones académicas del personal docente presentado por el Rector.7. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios ysometerlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, paraque verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley y los Reglamentos.8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución Educativa.9. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarseal reglamento o Manual de Convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante.10. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la Institución.11. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas yrecreativas.12. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas,culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa.13. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y laconformación de organizaciones juveniles.14. Fomentar la conformación de Asociaciones de Padres de Familia y de Estudiantes.15. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Decreto.16. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pago legalmenteautorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechosacadémicos, uso de libros de texto y similares.17. Darse su propio reglamento.
ARTÍCULO 80. CONSEJO ACADÉMICO
El Consejo Académico está integrado por el Rector quien lo preside, los directivos docentes, un docente por cada áreadefinida en el plan de estudios y un docente por cada uno de los grupos paralelos de la básica primaria y cumplirá lassiguientes funciones:1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto EducativoInstitucional.2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes de acuerdocon el procedimiento previsto en el presente Decreto.3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.4. Participar en la evaluación institucional anual.5. Integrar los Consejos de Docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para lapromoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación.6. Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa.7. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa.
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Documento final
MANUAL DE CONVIVENCIA
FechaAbril de 2012
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8. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Directivo.9. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la Ley, los Reglamentos y el Manual de Convivencia.10. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento delProyecto Educativo Institucional.11. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad social.12. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, atinentes a la prestación del servicio públicoeducativo.13. Las demás funciones afines o complementarias de las anteriores que le atribuya el Proyecto EducativoInstitucional.
ARTICULO 81. FUNCIONES DEL RECTOR
El Rector de las instituciones públicas, que serán designados por concurso, además de las funciones señaladas enotras normas, tendrá las siguientes:1. Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional con la participación de los distintos actores.2. Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la institución.3. Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la Comunidad Escolar.4. Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad y dirigir su ejecución.5. Dirigir el trabajo de los docentes y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas.6. Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo yreportar las novedades e irregularidades del personal a la Secretaría de Educación o quien haga sus veces.7. Administrar el personal asignado a la institución en lo relacionado con las novedades y los permisos.8. Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente, y en su relación definitiva.9. Distribuir las asignaciones académicas y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos.10. Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo.11. Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario.12. Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación.13. Suministrar información oportuna al departamento, distrito o municipio, de acuerdo con sus requerimientos.14. Responder por la calidad de la prestación del servicio en su institución.15. Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institución educativa al menos cada seis meses.16. Administrar el Fondo de Servicios Educativos y los recursos que por incentivos se le asignen.17. Publicar una vez al semestre en lugares públicos y comunicar por escrito a los padres de familia, los docentes acargo de cada asignatura, los horarios y la carga docente de cada uno de ellos.18. Las demás que le asignen el gobernador o el alcalde para la correcta prestación del servicio educativo.
ARTICULO 82. DE LAS COMISIONES DE EVALUACION Y PROMOCION:
La institución conformará al inicio del año lectivo las Comisiones de evaluación y promoción una por cada grado, (11en total), integrada por los docentes directores de los grupos que componen el grado, los docentes sin dirección conmayor asignación en dicho grado, un representante de los padres de familia que no sea docente de la institución y elrector o su delegado, quien la convocará y la presidirá, con el fin de definir la promoción de los educandos, hacerrecomendaciones, sugerir planes de nivelación, apoyo y superación para los estudiantes y llevar un riguroso control delas recomendaciones y sugerencias hechas con anterioridad.
Funciones de las Comisiones de Evaluación y Promoción:A.
Al finalizar cada período escolar, analiza los desempeños de los estudiantes en cualquiera de las áreas oasignaturas y hará recomendaciones generales o particulares a los profesores, o a otras instancias delestablecimiento educativo, en términos de actividades de nivelación, apoyo y superación. Analizadas lascondiciones de los educandos, convocará a los padres de familia o acudientes, al educando y al educador con el finde presentarles un informe junto con el plan de actividades y acordar los compromisos por parte de losinvolucrados.
B.
Analizarálos casos de los educandos con desempeños superiores en el primer periodo con el fin de sugerir lapromoción anticipada y recomendar actividades de nivelación para afrontar dicha promoción.
C.
Al final del año lectivo, determina la reprobación o aprobación del año escolar de los educandos y, tambiéndetermina los casos de aquellos estudiantes que deben realizar el Plan de Apoyo Remedial para definir susituación en la primera semana del siguiente año (mes de Enero).
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Documento final
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FechaAbril de 2012
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D.
Las CEP establecerán si educadores y educandos siguieron las recomendaciones y cumplieron los compromisos delperíodo anterior. Las decisiones, observaciones y recomendaciones de cada Comisión se consignarán en actas yéstas constituirán evidencia para posteriores decisiones acerca de la promoción de educandos y de laresponsabilidad de los docentes.
TITULO VII. VIGENCIA DEL PRESENTE MANUAL DE CONVIVENCIA
ARTÍCULO 83.
Adoptar el presente Manual de Convivencia Escolar mediante Resolución Rectoral motivada por Acuerdo del ConsejoDirectivo y socializarlo a la comunidad educativa.
ARTICULO 84.
El presente manual rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el anterior.Dado en Medellín, Antioquia a los 12 días de Abril del año 2012.
CONSEJO DIRECTIVO I.E. VILLA DEL SOCORRO AÑO LECTIVO 2012
DIEGO FERNANDO GARCES GUTIERREZ LINA MARCELA OSORIO VELEZRepresentante Docentes Representante DocentesCANDIDA ROSA SALDARRIAGA MARIA DOLLY ALVAREZRepresentante Consejo de Padres Representante Asociación de PadresJORGE ARMANDO TELLO MEJIA ANGIE VANESSA MORALES ZAPATARepresentante Egresados Representante