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Mi voz de Edén | Estatutos                                             Última Actualización: Julio de 2022

Mi voz de Edén

ESTATUTOS DE MY EDEN VOICE 2022

TABLA DE CONTENIDO

Artículo I. Nombre Ubicación…………………………………………………..…………………1

Artículo II. Misión y Visión…………………………………………………………………….…..1

Artículo III. Membresía…………………………………………………………………………….1

Artículo IV. Responsabilidades de los miembros…………………………………..…...……..2

Artículo V. Reuniones Anuales……………………………………………………….………….4

Artículo VI. Junta Directiva…………………………………………………..……..…...…….....5

Artículo VII. Junta Directiva Derechos de votación …………………………………..…....… 9

Artículo VIII. Patrocinio Fiscal……………………………………………………..……...…..….9

Artículo IX. Responsabilidades y Rol del Personal y Co-Directores………………….…....10

Artículo X. Reuniones……………………………………………………………….……...…...10

Artículo XI. Conducta de Negocios………………………………………………….……...….12

Artículo XII. Conflicto de intereses……………………………………………………………..12

Artículo XIII. Discriminación……………………………………………………..…………..….12

Artículo XIV. Indemnización……………………………………………………………..…...…12

Artículo XV. Administración Financiera……………………………………...……..……….....12

Artículo XVI. Libros y Registros………………………………..……………………………….12

Artículo XVII. Reformas a los Estatutos……………………………………...……….,,,,........13

Artículo I. Nombre y Ubicación.

Sección 1.1. Nombre y ubicación. El nombre de la organización es My Eden Voice (MEV), una coalición de organizaciones de construcción de bases de base y miembros individuales. Para los propósitos de estos estatutos, el trabajo de MEV se enfoca en organizar grupos e individuos en las comunidades históricamente olvidadas y de bajos ingresos en las comunidades urbanas no incorporadas del condado de Alameda (Ashland, Cherryland, Hayward Acres, San Lorenzo, Castro Valley y Fairview).

Sección 1.2. Ubicación de Servicio de Proceso. La ubicación será en la oficina del patrocinador fiscal, In-Advance, ubicada en 900 Alice Street, Suite 300, Oakland, CA 94607.

Artículo II. Misión y Vision.

Sección 2.1. Propósito. My Eden Voice funcionará exclusivamente con fines educativos y benéficos en el sentido de la Sección 501(c)(3) del Código de Rentas Internas de 1986, o la sección correspondiente de cualquier código fiscal federal futuro.

Sección 2.2. Visión. My Eden Voice imagina una comunidad donde los residentes se sientan orgullosos de vivir y trabajar, con viviendas asequibles, prosperidad económica, educación de calidad y un entorno saludable para las generaciones venideras .

Sección 2.3. Misión. My Eden Voice genera poder comunitario para ganar campañas que promueven la justicia racial, de vivienda, económica, lingüística y ambiental para las comunidades urbanas no incorporadas del condado de Alameda. Desarrollamos líderes y fortalecemos las relaciones entre los residentes para responsabilizar a los funcionarios gubernamentales y abogar por cambios de política que impulsen la equidad.  

Artículo III. Afiliación.

Sección 3.1. Tipos de Miembros. Habrá dos tipos de miembros en MEV: organizaciones de base y miembros individuales.

Sección 3.2. Elegibilidad de las organizaciones de construcción de base. Las organizaciones de desarrollo de base que tienen su sede en las comunidades urbanas no incorporadas del condado de Alameda, cuya misión y visión se alinean con las de MEV y han estado activas durante al menos seis meses consecutivos son elegibles para convertirse en miembros de MEV.

Sección 3.3. Elegibilidad para Miembros Individuales. La elegibilidad para la membresía individual se basa en aquellos que residen o trabajan en las comunidades urbanas no incorporadas de Ashland, Cherryland, Hayward Acres, San Lorenzo, Castro Valley y Fairview y cuya misión y visión personal se alinean con MEV.

Sección 3.4. Cuotas Anuales. Las cuotas de las organizaciones de construcción de base a MEV serán del 2% del presupuesto anual de la organización miembro, sin exceder los $250. Las cuotas de los Miembros Individuales serán de $36/año o pagos mensuales equivalentes a $3/mes. Una exención de cuotas está disponible a pedido para aquellos que no pueden pagar las cuotas de los miembros individuales.

Sección 3.5. Beneficios de la Membresía. Las organizaciones de desarrollo de base tienen la oportunidad de informar la dirección de la gobernanza de MEV y recibirán apoyo de campaña y apoyo técnico de un organizador comunitario, según lo permitan los recursos. Tanto los miembros de la organización de construcción de base individuales como los de base se beneficiarán del desarrollo de liderazgo, el desarrollo de capacidades, la capacitación y el levantamiento de temas de interés para la promoción y el avance.

Sección 3.6. Miembro de pleno derecho. Una organización individual o de base se considerará un miembro activo y en regla si los pagos de las cuotas están al día y el miembro ha participado activamente en las actividades de MEV según lo determinado por las pautas de membresía.

Sección 3.7. Aprobación y remoción de miembros individuales y/o organizaciones de base de la membresía en MEV. La Junta Directiva creará un Comité de Membresía que aprobará las solicitudes de Miembros Individuales y Organizaciones de Base para unirse a MEV y presentará las recomendaciones a la Junta Directiva. Si hay inquietudes sobre un miembro individual o una organización de desarrollo de base, el Comité de Membresía también, ya sea por su propia decisión o por recomendación de la Junta Directiva, investigará y hará una recomendación a la Junta Directiva en cuanto a la cuestión. rns. Consulte el Artículo VI, Sección 6.11 para obtener más información.

Artículo IV: Responsabilidades de los Miembros

Sección 4.1. Responsabilidades de las organizaciones de base. Los miembros de la organización de construcción de base de MEV serán responsables de identificar y discutir los problemas de interés dentro de sus organizaciones y plantear dichos problemas, según corresponda, con la Junta Directiva de MEV para una defensa más amplia por parte de la organización MEV en su conjunto. Esto se hará a través de su(s) representante(s) designado(s) en la Junta Directiva del MEV. Si una organización de construcción de base sugiere que MEV adopte una de sus campañas temáticas para un apoyo y defensa más amplios de MEV, será responsabilidad de la organización de construcciónde base ayudar a los organizadores de MEV a desarrollar un comité de campaña para ese tema.

Sección 4.2. Representación de las Organizaciones de Construcción de Base en la Junta Directiva de MEV . Cada Organización de Construcción de Bases de Base designará a dos representantes de su organización para que se sienten en la Junta Directiva de MEV como miembro con derecho a voto. Los miembros de la Junta designados representarán los intereses de sus Organizaciones de Construcción de Base y participarán activamente en la Junta Directiva de MEV. Lo harán:

  1. Identificar, analizar, discutir y priorizar temas de interés dentro de sus organizaciones individuales.

  1. Asesorar a la Junta Directiva de MEV sobre temas que MEV debería considerar para una promoción más amplia.

  1. Ayude a los organizadores de MEV a formar un Comité de campaña durante la duración de cualquier campaña temática adoptada por MEV para una defensa y un apoyo más amplios.

  1. Comunicar, educar e involucrar a sus miembros en los temas con los que MEV se está organizando .

Sección 4.3. Declaración pública. Las Organizaciones de Base no harán ninguna declaración pública ni tomarán posiciones en nombre de la Junta Directiva del MEV sin haber obtenido previamente la aprobación de la Junta Directiva del MEV, o del Comité Ejecutivo, y/o los Co-Directores Ejecutivos y Presidente del Directorio, por delegación. Más bien, pueden hacer declaraciones públicas de acuerdo con sus Organizaciones de base individuales.

Sección 4.4. Responsabilidades de los miembros individuales Los miembros individuales de MEV identificarán y discutirán los temas de interés en la comunidad y los plantearán, según corresponda, a través de su(s) representante(s) Individual(es) Generales (At-Large) en la Junta Directiva de MEV para una defensa más amplia por parte de la organización MEV como entero. Los Socios Individuales no podrán pronunciarse públicamente ni tomar posiciones en nombre del MEV sin haber obtenido la aprobación de la Junta Directiva del MEV o del Comité Ejecutivo, y/o del Director Ejecutivo y Presidente de la Junta, según lo delegue.

                               Artículo V. Reuniones Anuales.

 

Sección 5.1. Lugar y Fecha de las Reuniones Anuales . Se llevará a cabo una reunión anual en el tercer trimestre de cada año calendario y puede ser virtual, presencial o híbrido.

Sección 5.2. Propósito de la reunión anual. La Asamblea Anual tendrá por objeto modificar los estatutos; ratificar a los Consejeros designados por las Organizaciones de Base; nominar y elegir a los miembros de la Junta General, que comprenderán no más de un tercio del número total de puestos de la Junta; discutir las próximas campañas y programación; proporcionar el informe anual sobre el estado financiero y organizativo de MEV; y otros asuntos que la Junta Directiva considere apropiados. Consulte el Artículo X, Sección 10.6 para obtener más información.

Sección 5.3. Aviso de reunión. La Junta Directiva notificará la Reunión Anual a todas las Organizaciones de Base y Miembros Individuales al menos catorce (14) días antes de la reunión. La notificación incluirá la fecha, la hora y el lugar de la reunión, así como el propósito de la reunión, la agenda y los documentos relacionados, y puede enviarse por correo electrónico, mensaje de texto o correo postal de USPS.

Sección 5.4. Papeletas y votaciones. el proceso para cualquier votación o elección que ocurra en la Reunión Anual será determinada por lo menos 4 semanas antes de la Reunión Anual por la Junta Directiva. La votación puede ocurrir electrónicamente o en persona, pero debe proporcionarse en inglés, español y otros idiomas que se consideren necesarios. La Junta Directiva se asegurará de que los miembros del MEV puedan acceder a la emisión de su voto.

Sección 5.5. Requisitos para votar. Prevalecerá la mayoría del cincuenta por ciento más uno (50% +1) de los miembros del MEV presentes en la reunión en que se realice la elección. Las decisiones tomadas por esa mayoría se considerarán decisiones de la Membresía de MEV. En el caso de un punto muerto en un asunto, habrá una segunda votación, y si se produce de nuevo un punto muerto, el asunto fallará.

Sección 5.6. Conteo de votos. Los votos serán contados por el Presidente y dos miembros de la Junta que serán asistidos por el personal. Los resultados se reflejarán en el acta dentro de los tres días hábiles en el sitio web de MEV. Se puede solicitar a las votantes de la Liga de Mujeres que cuenten los votos según sea necesario por parte de la Junta Directiva.

                                 

                        Artículo VI. Junta Directiva.

Sección 6.1. Composición de la Junta Directiva. La Junta Directiva de MEV consistirá en un modelo híbrido compuesto por Organizaciones de Base de Construcción de Base y Miembros Individuales. La Junta Directiva estará compuesta por los siguientes funcionarios de la Junta: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Secretario de Membresía y Tesorero. Los funcionarios de la Junta serán nominados y elegidos por la mayoría de los miembros de la Junta en la primera reunión de la Junta Directiva.

Habrá dos personas designadas para la Junta Directiva de MEV de cada Organización de Construcción de Base que paga cuotas que servirán por un período de dos años. Una persona no puede representar a más de una Organización de Base en la que participe. Los miembros individuales serán elegibles para ser nombrados o elegidos para la Junta Directiva de MEV como miembros individuales generales (At-Large). Consulte el Artículo VI, Sección 6.6 para obtener más información sobre la nominación de miembros individuales para puestos en la Junta General.

Sección 6.2. Realización de Reuniones. Las reuniones de la Junta de MEV se llevarán a cabo de acuerdo con la edición más reciente de las Reglas de Orden de Robert, a menos que la Junta Directiva especifique lo contrario.

Sección 6.3. Poder y autoridad. El MEV estará regido por la Junta Directiva. La Junta Directiva es el único órgano de gobierno de MEV y promoverá activamente la misión y visión de MEV y operará de acuerdo con las metas y políticas establecidas por estos estatutos y por la Junta Directiva. Los miembros de la Junta Directiva serán elegidos para servir y rendir cuentas ante las Organizacionesde base y los Miembros individuales de MEV a quienes fueron designados o elegidos para representar. Todos los avisos y agendas deben enviarse 72 horas antes de las reuniones programadas de la Junta.

Sección 6.4. Delegación de autoridad. La autoridad de la Junta Directiva del MEV se delegará en el Comité Ejecutivo y en los Co-Directores Ejecutivos para asegurar el buen funcionamiento de la organización. La Junta Directiva de MEV establecerá la política, y entre las reuniones de la Junta de MEV, el Comité Ejecutivo de MEV actuará en nombre de la Junta Directiva para dar instrucciones sobre la implementación de la política, y los Co-Directores Ejecutivos garantizarán las operaciones diarias de la organización. Se utilizará discreción para garantizar que la autoridad de la Junta Directiva de MEV se respete a través de este proceso de delegación.

Sección 6.5. Número y Calificación de los Directores. La Junta Directiva de MEV estará compuesta tanto por Organizaciones de Base como por Miembros Individuales. Los escaños electos para Miembros Individuales comprenderán no más de un tercio del número total de escaños de la Junta. Los miembros de la Junta deben estar al corriente de conformidad con el Artículo III, Secciones 3.1 y 3.2.

Sección 6.6. Nominación de Miembros Individuales para los Puestos de Miembros Generales (At-Large). Cualquier miembro individual de MEV puede nominar a un candidato (incluidos ellos mismos) para los puestos de miembro general (At-Large). Las nominaciones se anunciarán con anticipación a los miembros a través de la agenda. Las nominaciones también pueden tomarse del piso en la Reunión Anual y ser votadas por los presentes. Los candidatos nominados deberán estar preparados para responder las preguntas preparadas por la Junta. La Junta Directiva puede nombrar miembros interinos generales (At-Large) en caso de que se produzca una vacante antes de la Reunión Anual.

Sección 6.7. Ratificación del nombramiento de los miembros de la junta de la organización de construcción de base y elección de los miembros individuales de la junta general. Los miembros de la Junta de la Organización de Construcción de Base serán nominados por sus Organizaciones de Construcción de Base y ratificados en la Reunión Anual por todos los miembros. Los miembros individuales generales (At-Large) se anunciarán con anticipación a los miembros a través de la agenda. Las nominaciones también pueden tomarse del piso en la Reunión Anual y votarse por los presentes.

Sección 6.8. Título, Composición y Deberes de los Oficiales. los Los miembros de la Junta Directiva tendrán los siguientes títulos y deberes:

  1. Presidente. El Presidente presidirá todas las reuniones de la Junta Directiva del MEV , firmará instrumentos legales según sea necesario y representará a MEV en otras reuniones comunitarias a menos que sea delegado. El Presidente puede delegar áreas específicas de responsabilidad al Vicepresidente . El presidente se convertirá automáticamente en Ex Presidente Inmediato al final de su mandato como Presidente , por un período de un año.

  1. Vicepresidente.  El vicepresidente actuará en lugar del Presidente en su ausencia debido a su incapacidad para actuar, y ejercerá y desempeñará las demás funciones que le indique el Presidente . El Vicepresidente será el jefe del Comité de Finanzas.

  1. Secretario de la Junta. El Secretario de Actas supervisará la elaboración y conservación de actas de todas las Reuniones de la Junta y otras reuniones de MEV, según sea necesario. Las actas serán levantadas por el Personal del MEV y el Secretario será el titular del Comité de Personal. Si así lo determina la Junta Directiva, el Secretario podrá actuar como signatario del MEV en situaciones particulares.

  1. Secretario de membresía. El Secretario de Membresía mantendrá una lista actualizada de los nombres y la información de contacto de los miembros de MEV y realizará otras funciones según lo indique el Presidente . El Secretario de Membresía será el jefe del Comité de Membresía y revisará las solicitudes, investigará cualquier problema de membresía, etc.

  1. Tesorero. El Tesorero supervisará y apoyará al personal en el mantenimiento de todos los libros de contabilidad y otros registros financieros. Presentarán un informe del Tesorero a la Junta Directiva, al menos trimestralmente, y presentarán un estado financiero anual a los miembros de MEV en la reunión anual. Los estados financieros y libros de MEV estarán abiertos a todos los miembros individuales y organizacionales de MEV.

Sección 6.9. Duración de los cargos. El presidente y el vicepresidente pueden servir un máximo de 2 mandatos consecutivos de 2 años. Pueden regresar por 2 mandatos adicionales como presidente y vicepresidente después de dos años. Una vez finalizado el mandato, el expresidente puede servir como expresidente inmediato durante 1 año y retener 1 voto a menos que sea destituido o renuncie.

Sección 6.10. Vacantes. Si la vacante es la del Presidente , el Vicepresidente se convertirá automáticamente en Presidente por el resto del término para el cual fue electo. Si ocurrieran otras vacantes en los Oficiales de la Junta Directiva, la vacante se cubrirá mediante nominación y elección por parte de la Junta Directiva hasta que expire el término.

Sección 6.11. Remoción de Consejeros. Después de que se haya hecho un esfuerzo de buena fe para resolver un conflicto o disputa con un miembro de la Junta, o entre los miembros de la Junta, uno o más miembros de la Junta pueden ser destituidos por el voto mayoritario de la Junta presente en cualquier reunión de la Junta en la que haya quórum. del 50%+1.

Algunas razones clave para la destitución de la Junta Directiva incluyen : tres (3) ausencias injustificadas de las reuniones de la Junta Directiva o la mayoría de las Juntas Generales de MEV en un año fiscal; el miembro ya no tiene una buena reputación en MEV; o el Miembro de la Junta está inactivo en general o está siendo tan obstructivo que impide que la junta funcione de manera efectiva.

Si el Miembro de la Junta fue designado por una Organización de Construcción de Base, la Junta Directiva notificará a dicha organización e invitará a nombrar a un nuevo Miembro de la Junta para completar el período restante. Si el miembro de la Junta es un miembro individual de la Junta en general, el presidente de la Junta nombrará un nuevo miembro individual para completar el período restante y se someterá a votación en la próxima reunión anual. Si el miembro de la junta fuera un funcionario, la junta directiva nominará y elegirá un reemplazo según sea necesario. Véase el Artículo VI, Sección 6.10.

Sección 6.12. Remuneración de la Junta Directiva . Los miembros de la Junta no serán compensados por sus deberes como miembro de la Junta de MEV. Los miembros de la Junta pueden recibir un reembolso por los gastos incurridos en relación con el negocio de MEV si hay fondos disponibles y previa aprobación del monto de la compra por parte del Tesorero.

Sección 6.13. Comités permanentes. Se establecerán los siguientes comités permanentes de la Junta Directiva. El Presidente de la Junta Directiva puede crear otros comités ad-hoc, de duración limitada, según sea necesario.

  1. Comité Ejecutivo. El Comité Ejecutivo estará compuesto por los Oficiales de la Junta y los Co-Directores. El Comité Ejecutivo será responsable de la supervisión del trabajo de la organización entre las reuniones de la junta. Se puede pedir a otros que asistan o se unan según sea necesario. Constituirán el Comité Ejecutivo del MEV según sea necesario para planificar agendas y discutir temas fiscales, de personal, de campaña, etc.

  1. Comité de finanzas. El Comité de Finanzas estará compuesto por el Tesorero de la Junta y los miembros del personal responsables de las finanzas, la recaudación de fondos y la contabilidad. El Comité de Finanzas será responsable de la planificación y coordinación de los asuntos e informes financieros, incluidos los informes mensuales y anuales. Se puede pedir a otros que asistan o se unan según sea necesario. El Vicepresidente será el jefe del Comité de Finanzas. 

  1. Comité de Personal. El Comité de Personal estará integrado por el Vicepresidente de la Junta, el personal responsable de los asuntos de personal y al menos otro miembro de la Junta que será designado por el Presidente de la Junta . El Comité de Personal será responsable de adjudicar disputas de personal, la coordinación e implementación del reclutamiento, etc. Se puede solicitar a otros que asistan o se unan según sea necesario. El Secretario será el titular del Comité de Personal.

  1. Comité de Membresía . Un Comité de Membresía será designado por el Presidente de la Junta de MEV y presidido por el Presidente Inmediato Anterior, quien revisará las solicitudes de las Organizaciones de Base de Construcción de Base y los Miembros Individuales para ser miembros de MEV . El Presidente del Comité de Membresía recomendará a favor o en contra de la membresía de Organizaciones de Construcción de Bases de Base y/o Miembros Individuales a la Junta para una votación. El Secretario de Membresía será el jefe del Comité de Membresía.

Sección 6.14. Reunión de Quórum. El quórum consistirá en el cincuenta por ciento más uno (50% + 1) del total de miembros de la Junta Directiva y deberá estar presente en persona o virtualmente para llevar a cabo los asuntos de la Junta de MEV.

Sección 6.15. Renuncia de la Junta Directiva. Un miembro de la Junta Directiva puede renunciar en cualquier momento mediante notificación por escrito a la Junta Directiva a través del Presidente.

                        Artículo VII. Derechos de voto de la Junta Directiva.

Sección 7.1. Frecuencia de reunión. La Junta Directiva se reunirá mensualmente oa discreción del Presidente pero no menos de nueve veces al año.

Sección 7.2. Autoridad de votación. Cada miembro de la Organización de Construcción de Base será responsable de designar dos representantes en la Junta Directiva del MEV. Cada representante de la Organización de Construcción de Base tendrá un voto cada uno. Cada uno de los miembros individuales generales (At-Large) elegidos tendrá un voto cada uno en la Junta Directiva de MEV. No se admitirán votos fraccionarios ni delegaciones.

                                    Artículo VII. Patrocinio Fiscal.

Hasta el momento en que MEV se incorpore como una organización independiente y única bajo la ley estatal y federal, MEV buscará la asistencia de una organización establecida con un enfoque en la organización comunitaria y la capacidad organizativa para servir como patrocinador fiscal y emplear y supervisar al personal de MEV. .

Sección 8.1. Agente Fiscal . Por adelantado servirá como agente fiscal de MEV. In-Advance aceptará fondos en nombre de MEV para proporcionar gestión de proyectos, organización comunitaria, desarrollo de liderazgo y apoyo a campañas. In-Advance colocará todos los obsequios, subvenciones, contribuciones y otros ingresos recibidos por In-Advance e identificados con MEV en un fondo restringido que se utilizará para el beneficio exclusivo de la misión de MEV, dentro de los fines exentos de impuestos de In-Advance. . In-Advance consultará sobre todos los aspectos de la recaudación de fondos y el proceso de gestión de subvenciones con el apoyo y aportes del personal de MEV y la Junta Directiva.

Artículo IX. Responsabilidades y Rol del Personal y Co-Directores.

Sección 9.1. Papel del personal . El personal de MEV son empleados asalariados dedicados a implementar la misión y visión caritativa de la organización bajo la guía de la Junta Directiva. Hasta el momento en que MEV alcance el estatus de independiente 501(c)(3), el patrocinador fiscal alojará administrativamente al personal de MEV. MEV utiliza un modelo de Co-Director para cumplir la función ejecutiva de la organización. Los Codirectores serán responsables ante la Junta Directiva de llevar a cabo la misión de la organización como se describe en la Sección 9.2.

Sección 9.2 Papel de los co-directores. Los co-directores se relacionarán con los miembros de MEV, el personal, la junta directiva, el comité asesor y otras partes interesadas para avanzar en la visión estratégica de la organización. Representarán a la organización públicamente y construirán relaciones sólidas con aliados de la comunidad, funcionarios electos, donantes, financiadores y partes interesadas, y serán responsables de los requisitos de personal y las estructuras necesarias para garantizar el cumplimiento de los objetivos programáticos, incluida la contratación y supervisión del desarrollo profesional de personal. Los Co-directores se reportarán a la Mesa Directiva y serán responsables del desarrollo de la Asamblea Anual.

Sección 9.3 Personal Política de Personal. La política de personal y recursos humanos de MEV se guiará por el manual del empleado de MEV o el de su Agente Fiscal como se describe en el MOU con el Agente Fiscal de MEV durante el cual el acuerdo estará en vigor.

Artículo X. Reuniones.

Sección 10.1. Clases de Juntas. Uno de los principales vehículos para coordinar las campañas, los proyectos y la gobernanza de MEV serán las reuniones virtuales y presenciales. A continuación se muestra una lista de las principales reuniones y funciones organizativas.

Sección 10.2. Asambleas Generales MEV. Las Asambleas Generales de MEV estarán abiertas a todas las Organizaciones de Base y Miembros Individuales, además del público en general, donde se presentarán las últimas actualizaciones sobre proyectos y campañas. La membresía general será el principal órgano de toma de decisiones para MEV. Las reuniones generales se llevarán a cabo trimestralmente en un lugar y hora designados regularmente. Las reuniones se llevarán a cabo de acuerdo con los procedimientos parlamentarios prescritos en la edición más reciente de las Reglas de orden de Robert.

Sección 10.3. Reuniones de la Junta Directiva. Las reuniones de la Junta Directiva estarán compuestas por miembros con derecho a voto que ayudarán a guiar la misión y la visión de MEV supervisando las campañas y proyectos, brindando orientación en políticas, procedimientos y más. La Junta Directiva se reunirá típicamente mensualmente, y no menos de una vez por trimestre, en las fechas y lugares que determine el Presidente o el Secretario de Membresía. La Junta Directiva notificará a los Codirectores de una próxima reunión con al menos 14 días de anticipación para recomendar y preparar presentaciones relacionadas o temas relacionados con el personal en la agenda. El quórum en estas reuniones será del 50% +1 de los miembros votantes que integran la Junta Directiva. Estas reuniones estarán abiertas a cualquier miembro de MEV para observación y con fines de gobierno abierto.

Sección 10.4. Sesión Cerrada de la Junta Directiva. La sesión a puertas cerradas de la Junta Directiva se llevará a cabo según sea necesario para discutir asuntos delicados como el personal y las violaciones éticas.

Sección 10.5. Reuniones de campaña. Las reuniones de la campaña generalmente estarán abiertas al público, a menos que surjan asuntos delicados relacionados con la estrategia de la campaña, en cuyo caso se podría realizar una reunión a puerta cerrada de los líderes y el personal residentes. Las reuniones de campaña serán un espacio donde los miembros y aliados puedan trabajar juntos para discutir e implementar estrategias para promover la agenda de una campaña determinada.

Sección 10.6. Reuniones Anuales : Las Reuniones Anuales son reuniones generales especiales que se llevan a cabo durante el tercer (3er) trimestre de cada año calendario como se describe en el Artículo V. Las Nuevas Organizaciones de Base de Construcción y los nuevos Miembros Individuales serán reconocidos en las Reuniones Anuales. La Junta Directiva tendrá la tarea de hacer agendas para la Reunión Anual donde se discutirán las prioridades para el año en curso y el próximo. En el caso de una emergencia, se puede realizar una "Reunión Anual" especial además de la Reunión Anual regular para discutir y votar sobre temas críticos con el voto de dos tercios de la Junta Directiva en regla.

Sección 10.7. Reuniones del Comité Asesor. El Comité Asesor estará compuesto por personal de MEV, personal de RCD y personal de organizaciones asociadas que pueden brindar orientación y dirección en el avance de los objetivos organizacionales de MEV a la Junta Directiva. El Comité Asesor se reunirá al menos una vez al año y cuando sea necesario. Los miembros del Comité Asesor no tienen voto en los asuntos de la Junta Directiva.

Sección 10.8. Otras reuniones . Las demás reuniones que se consideren necesarias podrán ser convocadas por el Presidente o la Junta Directiva.

Artículo XI. Conducción de los negocios.

Sección 11.1. Conduciendo negocios. MEV puede realizar negocios por medios electrónicos o no electrónicos, incluidos teléfono, correo electrónico, computadora, correo postal u otros medios apropiados. Cualquier miembro que desee recibir información en un formato de correo lo notificará a la Secretaría de Membresía. MEV se referirá a la edición más reciente de las Reglas de Orden de Robert al realizar reuniones.

Artículo XII. Conflicto de intereses

Sección 12.1. Conflicto de intereses. MEV adopta las siguientes políticas de conflicto de interés:

  1. Siempre que un Director o Funcionario tenga un interés económico o personal en cualquier asunto que se presente ante la Junta Directiva, la persona afectada deberá: a) revelar completamente la naturaleza del interés; y b) retirarse de la discusión, cabildeo y votación sobre el asunto.

  1. del Consejo Asesor Municipal del Área de Eden ( EMAC) no pueden formar parte de la Junta Directiva. Si un Director se une a la EMAC, debe renunciar a su cargo en la Junta una vez que sea incorporado a la EMAC.

  1. El personal de MEV no tiene derecho a voto ni como miembro de la organización ni en la Junta Directiva.

Artículo XIII. Discriminación.

Sección 13.1. Discriminación. MEV no discriminará por motivos de raza, origen nacional, religión, afiliación política, edad, género, identificación de género, sexo, orientación sexual, ciudadanía, estado migratorio o habilidades. Todos los programas y actividades del MEV se llevarán a cabo en cumplimiento de esta política. MEV priorizará el bienestar de aquellosimpactados directamente por la inequidad sistémica e incorporar la equidad en nuestros procesos de toma de decisiones.

Artículo XIV. Indemnización.

Sección 14.1. Indemnización. MEV contará con un seguro de responsabilidad civil para directores y funcionarios (D&O) contra todos los gastos y responsabilidades para mantener a salvo a los miembros de la junta.

Artículo XV. Administración Financiera.

Sección 15.1. Año fiscal. El año fiscal del MEV será del 1 de julio al 30 de junio, pero podrá ser modificado por resolución de la Junta Directiva.

Sección 15.2. Cheques, Giros, Etc. Todos los cheques, órdenes de pago de dinero, conocimientos de embarque, obligaciones, letras de cambio y facturas serán firmados o endosados por dichos Oficiales o Directores de MEV, y de tal manera, como será de tiempo el tiempo será determinado por resolución de la Junta Directiva o de cualquier comité en el que dicha autoridad haya sido delegada por la Junta.

Sección 15.3. Depósitos y Cuentas. Hasta ese momento, MEV se convierte en una organización independiente exenta de impuestos, el patrocinador fiscal recibirá y procesará los fondos firmados a MEV con la guía de un documento de Memorando de Entendimiento ejecutado tanto por MEV como por el patrocinador fiscal. Para los efectos del depósito y cobro de esa cuenta, los cheques, giros y otras órdenes del MEV podrán ser endosados, cedidos y entregados a nombre de la Junta Directiva o de un Funcionario designado del MEV. En caso de que MEV decida convertirse en una entidad independiente exenta de impuestos, todos los fondos de MEV, que no se empleen de otro modo, se depositarán periódicamente en cuentas generales o especiales en bancos o cooperativas de crédito alineadas con la misión que la Junta Directiva puede seleccionar, o como puede ser seleccionado por el Presidente.

Sección 15.4 Donaciones. Todas las donaciones de Miembros Individuales y Organizaciones de Construcción de Base serán administradas por el Agente Fiscal de MEV hasta el momento en que la agencia fiscal ya no sea necesaria en caso de que se establezca 501(c)(3) o 501(c)(4) de MEV. estatus de exención de impuestos.

Artículo XVI. Libros y Registros.

Sección 16.1. Derechos de Inspección. Los estatutos, libros de contabilidad y actas de las reuniones del MEV se llevarán en un lugar físico y/o electrónico designado por la Junta Directiva. A falta de tal designación, serán retenidos en la oficina del Agente Fiscal.

Sección 16.2. Informe anual a los miembros. Se distribuirá un informe anual a todos los miembros de MEV en la Reunión Anual y se podrá acceder a él a través del sitio web de MEV.

Sección 16.3. Inspección de registros por parte de los directores. Toda Junta Directiva tendrá el derecho absoluto de inspeccionar en cualquier tiempo razonable todos los libros, registros y documentos de toda clase, tanto físicos como electrónicos. Esta inspección podrá hacerse en persona o por un agente del Director, y el derecho de inspección incluye el derecho de copiar y hacer extractos de documentos a expensas del Director.

Artículo XVII. Modificaciones a los estatutos.

Sección 17.1. Enmiendas. Estos Estatutos podrán ser enmendados por cualquiera de los siguientes procedimientos:

  1. Por la Junta Directiva por el voto de las dos terceras partes de sus miembros con la ratificación de la membresía de My Eden Voice en la próxima Asamblea General .

  1. Por los miembros de MEV en la Reunión Anual, ya sea a través de un tema de agenda formal o planteado desde el piso. La enmienda se adoptará si se aprueba con una mayoría del 50% +1.

Otorgado el día de hoy el _____________, por los siguientes:

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