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Términos y Condiciones Programa de Referidos EXTERNOS de Bia
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Términos y Condiciones Programa de Referidos EXTERNOS de Bia

BIA SERVICES S.A.S. (en adelante, “BIA”) invita a conocer los términos y condiciones que regulan el Programa de Referidos EXTERNOS  de BIA.

El Programa de Referidos es un mecanismo dirigido a los NO usuarios de BIA (en adelante, “Externos”). Mediante este programa, el Externo puede invitar a familiares, amigos o conocidos que cuenten con empresas calificables para la prestación de los servicios de BIA (en adelante, los “Referidos”), con el objetivo de que se conviertan en nuevos clientes, conforme a los términos del servicio publicados en www.bia.app.

El cliente referido por el externo recibirá BiaCréditos en su cuenta, calculados en función de una tarifa y un consumo promedio. Específicamente, BIA otorgará al Cliente por cada kWh que consuma, 15 pesos en Bia Créditos, si firma el contrato de suministro de energía y servicios de eficiencia energética, y completa exitosamente el proceso de instalación. Los Bia Créditos se verán reflejados en la cuenta del Cliente, una vez el haya sido instalado, para lo cual BIA remitirá una notificación al Cliente.

La participación en el Programa de Referidos implica la aceptación expresa, por parte del Externo, de estos Términos y Condiciones, así como de los Términos y Condiciones relativos al manejo de datos personales y la política de privacidad de BIA: Términos y Condiciones del Manejo de datos y privacidad.

El incumplimiento de las condiciones podría impedir su participación en el Programa de Referidos EXTERNOS de BIA, tanto en el presente como en futuros programas. Asimismo, BIA se reserva el derecho de retener, reducir o anular los Bia Créditos, ganancias u otras recompensas obtenidas a través del programa, e incluso desactivar su cuenta, sujeto a revisión y a la entera discreción de BIA, como consecuencia del incumplimiento en mención.

  1. Definiciones:

Para efectos de interpretación, se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:

1.1. Referido: Cliente potencial de una empresa o negocio que cumple las condiciones mínimas requeridas.

1.2. Cambio de comercializador: momento en el que se instala el medidor Bia y se realiza el registro ante el ente regulador (XM).

1.3. Bia Créditos: Los Bia Créditos son unidades de valor equivalentes al peso colombiano, creadas por BIA como un medio de recompensa o compensación dentro de sus programas comerciales. Estos créditos pueden ser acumulados y utilizados exclusivamente para adquirir productos, servicios o beneficios ofrecidos por BIA, según las condiciones establecidas en los términos y condiciones del programa correspondiente.

Los Bia Créditos no tienen valor en efectivo, no son transferibles y están sujetos a las políticas vigentes de la compañía.

1.4. EXTERNO: Todas aquellas personas referentes mayores de edad que NO pertenecen a una empresa que ya tiene contrato de comercialización firmado con Bia.

  1. Características generales:

El EXTERNO deberá ingresar al enlace www.bia.app/referidos, donde encontrará un formulario para registrar los datos del Referido. Una vez completado, un representante designado por BIA recibirá la información y se pondrá en contacto con el Referido a través del número de teléfono proporcionado o un correo electrónico. Durante el proceso se validará si el referido ya se encuentra en la base de datos de BIA, y una vez validado que no es Cliente de BIA, ni se encuentra prospectado y contactado por el área interna de ventas de BIA, se procederá a verificar el consumo de energía de la empresa del Referido y su interés en continuar el proceso.

Si al verificar la información se confirma que el Referido cumple con los requisitos, se procederá a remitir la Oferta, y una vez se instale el servicio BIA, el Cliente recibirá los Bia Créditos correspondientes.

  1. Requisitos para participar en el Programa

  1. Requisitos para ganar con el programa: El Cliente o referido recibirá los Bia Créditos correspondientes, una vez se haya realizado todo el proceso con Bia, hasta la instalación de los servicios BIA. Para lo anterior, BIA remitirá una notificación al Cliente, informándole sobre la confirmación exitosa de la instalación del Referido, junto con la información sobre los Bia Créditos que se cargarán a su cuenta, y que posteriormente el Cliente verá reflejados en su factura.

  1. Condiciones

4.1. Aplican referidos con los cuales se cuenta con:

4.2. El Externo se obliga a cumplir con la política de tratamiento de datos personales de Bia así como a informar debidamente a su Referido sobre la entrega de sus datos personales a BIA, en el marco del Programa de Referidos. El incumplimiento de esta obligación será causal para considerar al Referido como “no válido”.

4.3. BIA verificará la información proporcionada y contactará al Referido con el propósito de garantizar que este cumpla con las condiciones y especificaciones previamente establecidas, incluyendo con las políticas internas de BIA respecto de la verificación de contrapartes y demás que BIA establezca y se encuentren vigentes al momento de referir. Si BIA detecta que el Referido no cumple con las condiciones aquí establecidas, ni sea admisible de conformidad con sus políticas internas, será considerado como “no válido”.

4.4. Cada Referido será considerado válido únicamente en su primera postulación por empresa, es decir, por NIT. y razón social. En caso de duplicidad de contacto de una misma empresa entre diferentes externos que refieren, será reconocerá como válido el primer contacto recibido.

4.5. Los Referidos deberán contar con domicilio en Colombia y estar ubicados en las regiones habilitadas conforme a la información publicada en la página web: https://www.bia.app/bia-tarifas o en los canales de BIA aprobados.

4.6. Los Referidos podrán pertenecer al mercado regulado,, siempre que hayan estado vinculados a su actual comercializador de energía durante al menos doce (12) meses, o al mercado no regulado, siempre que cuenten con contratos cuya vigencia esté próxima a finalizar dentro de un plazo aproximado de seis (6) meses.

4.7. Todo Referido deberá ser un cliente potencial nuevo que no esté incluido previamente en la base de datos de Referidos y/o clientes de BIA.

4.8. Para ser considerado válido, el Referido deberá acreditar un consumo mínimo mensual de ocho millones de pesos colombianos ($5.000.000,00) o su equivalente en 5,000 kWh de facturación total de energía en al menos una (1) de sus fronteras comerciales.

4.9. El externo únicamente podrá referir a personas jurídicas interesadas que cumplan con las condiciones previstas en este documento. El envío masivo y/o fraudulento de Referidos será considerado causal para la expulsión del programa.

4.10. No se considerarán como Externos válidos aquellas personas que, conforme a la normativa colombiana, sean catalogadas como sujetos de especial protección constitucional.

  1. Incentivos y redención

Por cada kilovatio-hora (kWh) que consuma el Referido, el  Cliente recibirá un incentivo de ($15) pesos colombianos en Bia Créditos una vez el Referido haya sido debidamente instalado, los cuales verá reflejados en su primera factura. Los Bia Créditos correspondientes serán acreditados una vez el servicio del Referido o  cliente haya sido debidamente instalado. Si se presentaran varias facturas posteriores, BIA no estará obligada a realizar pagos adicionales por concepto de diferencias en el consumo reportado.


Los Clientes podrán reclamar y redimir sus beneficios acumulados en Bia Créditos a través de la plataforma habilitada por BIA. Esta redención se podrá realizar una única vez por cada acumulación de créditos.

Los Bia Créditos se reflejarán en la cuenta del Cliente en un plazo de hasta (15) quince días posteriores a la instalación del Referido.

Condiciones de Uso del Incentivo:

  1. Vigencia:

  1. Facultades de Bia:

Cualquier actividad que, a criterio de BIA, pudiera ser considerada o constitutiva de abuso o uso indebido del Programa de Referidos Externos, así como el incumplimiento de los términos y condiciones o cualquier actividad fraudulenta, facultará a BIA para revocar los beneficios otorgados y proceder con la expulsión inmediata del Cliente del Programa.

La participación en el presente Programa de Referidos no genera, bajo ninguna circunstancia, una relación laboral, comercial ni de cualquier otra naturaleza jurídica entre BIA y los  participantes.

BIA se encuentra exonerada de toda responsabilidad por cualquier circunstancia atribuible a terceros que pueda afectar el correcto disfrute de los incentivos derivados del programa. Adicionalmente, BIA se reserva el derecho de modificar, revocar o cancelar el Programa de Referidos Externos en cualquier momento, notificando al Cliente de los cambios efectuados conforme a los canales habilitados para tal propósito.

  1. Modificaciones y finalizaciones:

BIA se reserva el derecho de modificar, suspender o terminar, de forma parcial o total, el Programa de Referidos Externos en cualquier momento y por cualquier causa, sin necesidad de justificación previa.

Asimismo, BIA podrá limitar o restringir la participación de cualquier persona en calidad de Referidor o Referido, así como la acumulación y redención de Bia Créditos derivados del programa. Dicha decisión podrá adoptarse por motivos tales como, entre otros, sospechas fundadas de fraude, uso indebido del programa, incumplimiento de las reglas establecidas en el presente documento, o de cualquier otro acuerdo vigente entre el usuario y BIA, sus subsidiarias o filiales.

En el evento en que BIA determine finalizar el Programa de Referidos Externos, los Bia Créditos no utilizados o redimidos tendrán una vigencia de catorce (14) días calendario contados a partir de la notificación al usuario para su uso o canje. Transcurrido este plazo sin que el usuario realice la acción correspondiente, los Bia Créditos se considerarán vencidos, sin que ello genere responsabilidad alguna para BIA.

  1. Tratamiento de datos personales

BIA se compromete a implementar todas las medidas de seguridad necesarias para prevenir la divulgación, fuga o uso no autorizado de la Información Confidencial. Asimismo, BIA garantiza que protegerá dicha información con el mismo cuidado y nivel de protección que emplea para resguardar su propia información confidencial.

  1. Legislación aplicable.

En caso de cualquier controversia que resulte de la actividad de referidos Externos, y en general, la legislación aplicable para el desarrollo de está será la colombiana.