GACETA MUNICIPAL LIBERTADOR
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ESTADO CARABOBO
CONCEJO MUNICIPAL BOLIVARIANO
MUNICIPIO LIBERTADOR
IRIS LEYDI COLMENARES GIL, titular de la cédula de identidad N° V-16.580.557, en mi carácter de Presidenta del Concejo Municipal Bolivariano del Municipio Libertador del Estado Carabobo, según Acuerdo N° 01/2020, de fecha 06 de Enero de 2020; publicado en Gaceta Municipal Ordinaria Nro. 0001 de fecha 06 de Enero de 2020, de conformidad con los artículos 141 y 146 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en uso de las atribuciones legales que me confieren los artículos 54 numeral 5, 96 numerales del 1 al 9 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y en concordancia con lo establecido en los artículos 1, 3, 19, 20 y 21 de la Ley del Estatuto Función Pública, concatenado con el artículo 5 de la Ordenanza sobre Organización y Funcionamiento de la Rama Legislativa del Municipio Libertador del Estado Carabobo, conjuntamente con lo dispuesto en el artículo 15 numeral 3° del Reglamento Interior y de Debates del Concejo Municipal del Municipio Libertador del Estado Carabobo.
.DICTA
LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN 13-2020
CONSIDERANDO
Que la actividad de la Administración Pública se desarrolla en base a principios de simplicidad administrativa, eficacia, transparencia en su estructura organizativa y de racionalidad técnica y jurídica.
CONSIDERANDO
Que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley del Poder Público Municipal y la Ordenanza sobre la Rama Legislativa del Municipio Libertador del Estado Carabobo, consagran la autonomía orgánica, funcional y administrativa del Concejo Municipal Bolivariano lo cual comprende la libertad de dirección, de escritura, de organización o asignación de atribuciones, de designación, de remoción, de calificación del funcionario o funcionaria de confianza o de alto nivel, así como la libertad de ejecución presupuestaria.
CONSIDERANDO
Que toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar. El Estado garantizará la adopción de las medidas necesarias a los fines de que toda persona puede obtener ocupación productiva, que le proporcione una existencia digna y decorosa y le garantice el pleno ejercicio de este derecho.
CONSIDERANDO
Que existe disponibilidad presupuestaria y financiera para otorgar un bono especial en las partidas: Prima por Responsabilidad 401.03.10.00 por las labores realizadas durante el mes de Enero de 2020.
RESUELVE
PRIMERO: Otorgar bono especial de Responsabilidad en reconocimiento a su valiosa colaboración en diversos trabajos realizados en el Concejo Municipal Bolivariano del Municipio Libertador del Carabobo, a los funcionarios y en las cantidades que a continuación se detallan:
Nombre y Apellido | Cédula de Identidad | Cargo | Monto |
IRIS COLMENARES | V-16.580.557 | CONCEJAL | 6.705.000 |
LUIS CASTILLO | V-12.311.557 | CONCEJAL | 6.705.000 |
ELIO HENRIQUEZ | V-17.073.780 | CONCEJAL | 6.705.000 |
EFRAIN GUEVARA | V-8.833.985 | CONCEJAL | 6.705.000 |
JESUS HERRERA | V-12.606.077 | CONCEJAL | 6.705.000 |
GISELA LOPEZ | V-10.230.982 | CONCEJAL | 6.705.000 |
IRMA CARRERO | V-5.542.352 | CONCEJAL | 6.705.000 |
PEDRO ESCALONA | V-15.008.420 | CONCEJAL | 6.705.000 |
CORELIA YELAMO | 9.443.727 | CONCEJAL | 6.705.000 |
HECTOR AGUILLON | V-15.190.448 | SECRETARIO | 6.705.000 |
LURVYS BOLIVAR | V-18.688.482 | DIRECTORA DE ADMINISTRACION | 5.215.000 |
ERYCA Y. RIVERA M. | V-11.812.663 | CONSULTORA JURÍDICA | 1.500.000 |
DANIELA ARAQUE | V-20.194.626 | JEFE RECURSOS HUMANOS | 2.310.000 |
MAYORLAN FLORES | V-16.033.202 | DIRECTORA GENERAL | 2.250.000 |
ADOLFO JAVIER LÓPEZ SANCHEZ | V-13.889.518 | ANALISTA CONTABLE | 1.500.000 |
JOSE GREGORIO HERNANDEZ | V-6.325.662 | ANALISTA DE COMPRAS | 1.500.000 |
SEGUNDO: Notifíquese del contenido de la presente Resolución a los funcionarios anteriormente citados para que tengan conocimiento y se realicen los fines legales consiguientes.
TERCERO: Queda encargada de la ejecución de la presente Resolución la Oficina de Administración del Concejo Municipal Bolivariano del Municipio Libertador del Estado Carabobo.
CUARTO: Enviar copia de la presente Resolución a la Oficina de Administración del Concejo Municipal Bolivariano del Municipio Libertador del Estado Carabobo para que tenga conocimiento de la misma y cumpla con los fines legales consiguientes.
QUINTO: La presente Resolución, entra en vigencia a partir del 1ero de Marzo del año 2016, sin menoscabo de su publicación en la Gaceta Municipal.
SEXTO: Publíquese la presente Resolución en la Gaceta Municipal del Municipio Libertador del Estado Carabobo para que surta los efectos legales consiguientes.
Dada, firmada y sellada en el Despacho de la Presidencia del Concejo Municipal Bolivariano del Municipio Libertador del Estado Carabobo. A los Diez (10) días del mes de Marzo 2020. Años 209°de la Independencia, 161° de la Federación y 21° de la Revolución.
Ejecútese y Cúmplase
IRIS LEYDI COLMENARES GIL
Presidenta del Concejo Municipal Bolivariano del Municipio Libertador del Estado Carabobo
Según Acuerdo de Cámara Nro.01/2020, publicado en Gaceta Oficial del Municipio Libertador del Estado Carabobo Nro. 0001 Ordinaria de fecha 06/01/2020
(FDO)
RESOLUCION 13-2020