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REGLAMENTO DE PRE- INSCRIPCIÓN, INSCRIPCIÓN Y RE-INSCRIPCIÓN
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Nivel inicial - Nivel primario - Nivel Secundario

REGLAMENTO DE PRE- INSCRIPCIÓN, INSCRIPCIÓN Y RE-INSCRIPCIÓN

CAPÍTULO 1: SOBRE LA CONSTRUCCIÓN DEL REGLAMENTO.

  1.  OBJETO. El presente reglamento atiende la necesidad de constituir pautas referidas a la pre inscripción e ingreso de alumnos y alumnas en los niveles Inicial, Primario y Secundario del Colegio Nuestra Tierra, en adelante el Colegio.
  2.  PARTES. El presente  fue diseñado de manera conjunta entre Equipos Directivos de los niveles Inicial, Primario y Secundario del Colegio, Representantes Legales y la entidad propietaria, representada por la Comisión Directiva de la Asociación Civil Nuestra Tierra, en adelante Comisión Directiva.
  3.  BASES. Se tiene en cuenta para la confección del mismo las orientaciones contenidas en el Reglamento General de las Instituciones Educativas de la Provincia de Buenos Aires, el Proyecto Institucional y la realidad de la comunidad educativa. Asimismo, se consideró la reglamentación interna anterior.

CAPÍTULO 2: SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DEL REGLAMENTO

  1.  DEROGACIÓN. El presente reglamento deroga las reglamentaciones internas que lo anteceden, quedando las mismas sin efecto alguno.
  2.  VIGENCIA. El presente reglamento interno tiene vigencia a partir de agosto de 2024.

CAPÍTULO 3 : SOBRE LOS CUPOS POR NIVEL Y LA REMATRICULACIÓN GARANTIZADA.

  1.  CUPOS. Los cupos que se describen a continuación son los máximos previstos para cada sección y Nivel. Los mismos responden a lo establecido en los proyectos educativos de cada nivel y a lo expresado en el Artículo Nº 7.
    En el Nivel Inicial los cupos máximos por sección son:
    Sala de 2 años: 18 alumnos/as.
    Salas de 3, 4 y 5 años: máximo 27 alumnos/as.
    En el Nivel Primario los cupos por sección son:
    1° a 6° Año:  máximo 28 alumnos/as.
    En el Nivel Secundario los cupos por sección son:
    1° a 6° Año:  máximo 28 alumnos/as.
  2.  REMATRICULACIÓN GARANTIZADA. El cupo disponible de cada curso será asignado a los alumnos y alumnas del establecimiento del año anterior, puesto que la rematriculación de un curso al siguiente es garantizada al momento de la promoción. El cupo restante será considerado vacante.
  3.  REQUISITOS Y NO ADHESIÓN. La rematriculación será efectiva siempre que las familias no adeuden cuotas escolares (ver Art. Nº 33), cumplan con las obligaciones como asociados de la Asociación Civil Nuestra Tierra, con los Acuerdos Institucionales de Convivencia propios de cada nivel educativo y hayan firmado el respectivo Contrato de Servicio Educativo.


CAPÍTULO 4: SOBRE PRIORIDAD PARA ESTABLECER LAS VACANTES

  1.  PRIORIDADES PARA DESIGNACIÓN DE VACANTES. Se detalla a continuación la prioridad para la asignación de vacantes y a ese efecto se definen las siguientes categorías:
    -
    PRIMERA: Hermanos/as de alumnos/as regulares. Quedan comprendidas las situaciones de grupos convivientes originados en otras conformaciones o estructuras familiares, lo que deberá ser fehacientemente acreditado.
    -
    SEGUNDA: Hermanos/as de alumnos/as ingresantes.
    -
    TERCERA: Hijos/as de ex-­alumnos/as que hayan cursado al menos tres años en la institución e Hijos del personal docente titular y no docente del establecimiento con más de un año de antigüedad en la institución.
    -
    CUARTA:  Pre- Inscriptos para completar vacantes

CAPÍTULO 5: ASIGNACIÓN DE VACANTES.

  1.  ASIGNACIÓN DE VACANTES. La misma se realizará considerando la trayectoria escolar del grupo al que ingresaría el/la nuevo/a alumno/a, sus necesidades y la disponibilidad de recursos humanos para atenderlas. Asimismo, se tendrán en cuenta las características de la trayectoria individual del futuro ingresante, descriptas por la familia en el formulario de inscripción y en la entrevista con el equipo directivo.
  2.  La asignación de vacantes responde a los mismos criterios en los Niveles Inicial, Primario y Secundario. Los Equipos Directivos, en acuerdo con Representantes Legales y con la Comisión Directiva, podrán definir no cubrir el cupo máximo de cada curso de acuerdo a las trayectorias grupales e individuales que presenten.
  3.  El acceso a entrevista se asigna empezando por la PRIMERA CATEGORÍA y de quedar vacantes se asignan a la categoría inmediata siguiente.
  4.  Cada familia interesada en realizar la preinscripción deberá ingresar a la página web del Colegio y completar el formulario correspondiente.
  5.  Teniendo en cuenta los criterios pedagógicos de cada nivel, las posibilidades reales de vacantes y el análisis de la trayectoria grupal de cada curso, el Equipo Directivo decidirá otorgar las vacantes que considere necesarias y comunicarse con las familias correspondientes.

CAPÍTULO 6: SOBRE LOS PERÍODOS DE PREINSCRIPCIÓN. ACCIONES PREVIAS,

 CONDICIONES Y PLAZOS.

  1.  La Preinscripción de todas las categorías se realizará a partir del mes de agosto de cada año mediante un formulario web: www.colegionuestratierra.edu.ar
  2.  INFORMACIÓN DEL PROYECTO EDUCATIVO. A fin de presentar la Asociación Civil Nuestra Tierra y el Proyecto Educativo de los tres niveles del Colegio las familias de pre- inscriptos podrán acceder a un video institucional con información importante sobre la institución. Asimismo, se encuentra disponible en la página web institucional.
  3.  ENTREVISTA INDIVIDUAL. De acuerdo a lo establecido en el Anexo I, se establecerán horarios para dialogar de manera individual con los referentes familiares del pre inscripto/a que podría acceder a la cobertura de vacantes. Los horarios se comunicarán vía mail o telefónicamente desde el nivel correspondiente y la familia tendrá 24 hs para confirmar su interés en la posible vacante.

CAPÍTULO 7: SOBRE LA VALIDEZ DE LA INSCRIPCIÓN.

  1.  GENERALIDAD. Sobre este punto se tendrá en cuenta el Artículo N° 134 del Reglamento General de la Instituciones Educativas de la Provincia de Buenos Aires: “(…) Los establecimientos educativos de gestión privada podrán estipular en sus reglamentos la anualidad de la matriculación, así como las causales que permitan no renovar la misma, siempre y cuando se respete la continuidad de la escolaridad y los derechos de los alumnos.”
  2.  VALIDACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN. La inscripción se validará cuando un/a adulto/a responsable del alumno/a pre inscripto dé cumplimiento a lo establecido en el procedimiento de altas y bajas  que se incluye en este reglamento en el  Anexo II - Artículo Nº 4.

    De no realizar el procedimiento en su totalidad pasadas las 48hs hábiles de notificado el otorgamiento de vacante, la misma se considerará rechazada.

  1.  TIEMPO DE VALIDEZ: la pre inscripción es válida para el ciclo lectivo indicado. Pasado ese período, la familia interesada debe realizar nuevamente la preinscripción vía web. 
  2.  INSCRIPCIÓN PRIMERA CATEGORÍA. DEUDA. La pre inscripción de hermanos/as de alumnos/as regulares será válida en caso de que la familia no registre deuda con la Asociación Civil Nuestra Tierra. En caso de deuda, la Comisión Directiva analizará la situación y confirmará la posibilidad de ingreso.


CAPÍTULO 8: SOBRE LA EXCEPCIONALIDAD

  1.  ENCUADRE. Frente a situaciones no contempladas en el presente Reglamento Interno, las mismas serán analizadas como “excepcionalidad”.
  2.  RESPONSABLES. Las decisiones sobre las situaciones excepcionales serán responsabilidad del Equipo Directivo del Nivel interviniente, la Comisión Directiva,  y Representantes Legales.
  3.  REQUISITOS. Para solicitar que se contemplen situaciones excepcionales, la familia deberá presentar una nota expresando los motivos de su solicitud (modelo de nota en Anexo III), siendo la misma evaluada por el Equipo Directivo interviniente, la Comisión Directiva y Representantes Legales.

 ANEXO I

SOBRE LAS TRAYECTORIAS GRUPALES E INDIVIDUALES DE LOS ALUMNOS Y LAS ALUMNAS REGULARES DE LOS NIVELES INICIAL, PRIMARIO Y SECUNDARIO DEL COLEGIO NUESTRA TIERRA.

Teniendo en cuenta que:

  1. Entendemos que  la educación  es el proceso de enseñanza que posibilita equidad y calidad para cada uno de los actores institucionales, es decir, una educación para la efectiva igualdad, solidaridad y crecimiento individual y colectivo. Esta concepción se caracteriza  como un proceso social que respeta y valora las diferencias, pero que las construye y potencia colectivamente.
  2. Se debe priorizar el interés superior de los niños, niñas y adolescentes entendido como la potenciación de los derechos a la integridad física y psíquica de cada uno/a de ellos/as, procurando la evolución y desarrollo de su personalidad en un ambiente sano, promoviendo su bienestar general.
  3. Entender la inclusión implica que todos los/as niños/as, jóvenes y adultos/as de una determinada comunidad aprendan juntos/as independientemente de su origen, sus condiciones personales, sociales o culturales, incluidos/as aquellos/as que presentan cualquier problema de aprendizaje o discapacidad. Se trata de una escuela que para hacer realmente efectivos los derechos a la educación, a la igualdad de oportunidades y a la participación, vela para que todos/as los/as alumnos/as se beneficien de una enseñanza adaptada a sus necesidades y no sólo los que presentan necesidades educativas especiales.
    Este principio se fundamenta en proporcionar el apoyo necesario dentro de un aula ordinaria para atender a cada persona, reconociendo potencialidades y posibilidades del grupo en sí mismo.
  4. Nuestro Colegio dispone de un grupo de docentes comprometidos con esta filosofía inclusiva. Desde los equipos de gestión se propician espacios de reflexión institucional en el que se abordan diferentes temáticas propias de cada nivel, de los principios de nuestra filosofía y transversales a los tres niveles de nuestra institución. Asimismo, llevan a cabo capacitaciones permanentes en diferentes temáticas dentro y fuera de la institución.
  5. Desde el Colegio se considera de vital importancia el trabajo en red con las instituciones por las que transitan los niños, niñas y adolescentes. En este sentido se realiza un trabajo interinstitucional cuyo principal objetivo es enriquecer las trayectorias de los/as alumnos/as a partir del intercambio con organizaciones (públicas y privadas) y profesionales de diferentes ámbitos (salud, educación, comunitarios, deportivos, recreativos).
  6. Se constituye en una condición a evaluar, a priori del ingreso de nuevos/as alumnos/as, las características edilicias de nuestra institución: disposición de los espacios áulicos y de uso común, características de las inmediaciones (patios e ingresos), mobiliarios y material didáctico disponible.

Se resuelve:

Artículo 1: Que el equipo directivo del nivel correspondiente evaluará el ingreso de alumnos y alumnas a los cursos ya constituidos de los tres niveles educativos. Cabe mencionar que solo serán tenidos en cuenta aquellos aspirantes que hayan realizado todos los pasos previstos en el Reglamento de Pre-Inscripción, Inscripción y Re-Inscripción. Los equipos directivos podrán solicitar el asesoramiento de la orientadora social, la orientadora pedagógica y/o representantes legales.

Artículo 2: Con el fin de concretar el  ingreso de alumnos y alumnas, se deberá:
- Analizar  las trayectorias grupales de los cursos de los tres niveles educativos.
- Analizar las trayectorias individuales de los alumnos y alumnas.
- Analizar la trayectoria individual de los/as aspirantes.

        - Evaluar los recursos humanos y materiales disponibles en la institución.

Artículo 3:  Para dar cumplimiento al Artículo anterior, se deberá contar con:

     - Una evaluación de las trayectorias grupales e individuales de cada curso que será provisto por el equipo docente y para su confección contará con el acompañamiento del orientador social de la institución.

      - Una entrevista con las familias de los alumnos y alumnas aspirantes en la que se pueda tomar conocimiento sobre las trayectorias escolares individuales.

Artículo 4: Este proceso de evaluación para el ingreso de alumnos y alumnas a cursos ya constituidos se desarrollará cada vez que surja una vacante.

Artículo 5: Una vez culminado el proceso de evaluación se informará, de manera escrita, al área de administración de la Asociación Civil y se dará curso al proceso de Alta según lo establecido en el Anexo II.


ANEXO II

PROCEDIMIENTO DE INGRESOS Y BAJAS.

El presente documento tiene como propósito especificar el encuadre normativo sobre los procedimientos de inscripción y baja en la Unidad Educativa Colegio Nuestra Tierra. El mismo se realizó teniendo en cuenta lo establecido en los Manuales de Procedimientos Institucionales para la Educación Inicial, Primaria y Secundaria de la Provincia de Buenos Aires[1], reglamentaciones propias de la enseñanza en instituciones educativas de gestión privada[2], el Estatuto de la Asociación Civil Nuestra Tierra (ACNT)[3] y el Reglamento de Pre-Inscripción, Inscripción y Re-Inscripción.  Asimismo, del proceso de pre inscripción se obtienen datos que al ser analizados constituyen la base de información cuantitativa y cualitativa fundamental para la gestión Institucional.

Se considera a la inscripción en las instituciones educativas como “el registro administrativo anual del alumno en la institución educativa, para iniciar o continuar su trayectoria educativa. Se constituye también en el primer contacto del alumno y su familia con el establecimiento y su personal. Por tanto, en el aspecto comunitario, la calidad y la diferencia en la atención marcarán el comienzo de la relación con el grupo familiar y la futura inserción de la escuela en la comunidad

Teniendo en cuenta lo referido, a continuación se explicitan para todos los actores institucionales involucrados en el inicio, continuidad y baja de alumnos y alumnas considerando las particularidades de las instituciones educativas de gestión privada y las de cada nivel educativo:

SOBRE EL INGRESO DEL SOCIO/A A LA ASOCIACIÓN CIVIL NUESTRA TIERRA Y

 DEL ALUMNO/A AL JARDÍN DE INFANTES Y MATERNAL, AL NIVEL  PRIMARIO O AL NIVEL SECUNDARIO DEL COLEGIO NUESTRA TIERRA.

  1.  El ingreso de los/as alumnos/as a la institución se encuentra regulado en el Reglamento de Pre-Inscripción, Inscripción y Re-Inscripción.
  2.  El/la referente adulto/a del alumno/a ingresante deberá realizar un proceso de inscripción que incluye aspectos administrativos en dos esferas de la gestión institucional:
    * Ante los equipos de conducción del nivel correspondiente.
    * Ante la ACNT.
  3.  Para que un niño, niña o adolescente ingrese en calidad de alumno/a al Colegio Nuestra Tierra en sus tres niveles educativos es condición necesaria que el mismo esté representado por un/a SOCIO/A ACTIVO en la ACNT (Art. 4 y 7 del Estatuto de la Asociación Civil Nuestra Tierra). El ingreso en calidad de socio/a a la ACNT podrá realizarse en cualquier momento del año calendario.
  4.  Para dar cumplimiento a lo establecido en el  Art. anterior así como para conocer los derechos y obligaciones de los socios y socias (Art. 10 y 12 del Estatuto de la Asociación Civil Nuestra Tierra) en el marco de la filosofía institucional, el/la referente adulto/a del alumno/a ingresante debe realizar tres acciones de manera consecutiva. A saber:
    * Firma del contrato de servicio educativo.
    * Presentación de libre deuda de otras instituciones de educación de gestión privada (en el caso que corresponda).
    * Efectivizar el pago de la cuota de ingreso a la ACNT y matrícula correspondiente.
  5.  El cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior deberá efectivizarse en su totalidad para que el/la referente adulto/a del alumno/a ingresante pueda darse de alta como socio/a.
  6.  Los/as nuevos/as socios/as deberán participar en una reunión con  miembros de la Comisión Directiva de la ACNT. La misma será acordada entre las partes, pudiendo ser individual o grupal, y los temas que se comunicarán en la reunión serán definidos por la Comisión Directiva.
  7.  La cuota única por ingreso a la ACNT deberá abonarse por cada alumno y alumna que ingrese a la institución. El pago de la misma deberá efectuarse por alguno de los medios de pagos establecidos por la Administración de la ACNT, los mismos serán informados al emitir la factura correspondiente.
  8.  El valor de la cuota única de ingreso a la ACNT y de la matrícula, así como las posibles formas de pago, será establecido por la Comisión Directiva, teniendo en cuenta el valor estimado de cuota para el año en el que se inscribe al alumno/a ingresante.
  9.  En el caso de que el/la alumno/a ingresante provenga de otra institución de educación de gestión privada, el/la referente adulto/a deberá presentar el libre deuda emitido por la institución de la cual proviene el niño, niña o adolescente.
  10.  El/la referente adulto/a del alumno/a ingresante deberá firmar el contrato de servicios educativos para el ciclo lectivo que cursará el/la alumno/a ingresante.
  11.  Habiendo realizado el proceso de incorporación a la ACNT en calidad de socio/a activo, la familia del alumno/a ingresante deberá realizar los actos administrativos que permitan que el niño, niña o adolescente se inscriba formalmente en la dirección o secretaría de la institución educativa del nivel correspondiente.
  12.  Teniendo en cuenta las características de cada nivel educativo, el equipo de conducción será el responsable de establecer las acciones de las personas que intervendrán en la recepción de las nuevas familias, con el fin de que las mismas sean ordenadas y ágiles.
  13.  La familia del alumno/a ingresante deberá presentar la siguiente documentación al momento de efectivizar la inscripción:
    - Fotocopia del DNI del alumno/a.
    - Fotocopia del DNI de los/las adultos/as responsables.
    - Fotocopia de la partida de nacimiento del alumno/a.
    - Fotocopia del certificado de vacunas o libreta sanitaria del alumno/a.
    - Planilla de solicitud de inscripción completa (provisto por el establecimiento educativo según lo que establece la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires).
    - Certificado de alumno/a regular de la institución de la cual proviene (en el caso que corresponda).
    - Fotocopia del boletín de calificaciones (en el caso que corresponda).
  14.  El equipo de conducción del nivel junto a los/as docentes del mismo podrán realizar reuniones individuales o grupales con las familias ingresantes. La modalidad de las mismas así como los temas a abordar serán definidos por los equipos directivos de cada nivel y Representantes Legales.
  15.  Ante la Inscripción de alumnos/as de otras instituciones del distrito u otro distrito y ante la solicitud de vacante por parte de un/a adulto/a responsable, la dirección del establecimiento o nivel le otorgará una constancia de vacante que deberá presentar en el establecimiento de origen, cuyas autoridades extenderán el formulario de concesión de pase.
    Aquellos/as alumnos/as que ingresen al nivel secundario, completarán totalmente la inscripción con la presentación del certificado analítico parcial y/o el certificado de estudios incompletos.  La escuela de origen emite el pase en el que informa las notas parciales hasta la fecha y la cantidad de inasistencias en que ha incurrido el alumno/a.



SOBRE LA CONTINUIDAD DEL SOCIO/A EN LA ASOCIACIÓN CIVIL NUESTRA TIERRA Y  DEL ALUMNO/A EN EL JARDÍN DE INFANTES Y MATERNAL, EN EL NIVEL PRIMARIO O SECUNDARIO DEL COLEGIO NUESTRA TIERRA.

  1.  El socio/a podrá permanecer activo en la ACNT siempre que dé cumplimiento a sus derechos y obligaciones de asociado/a ( Art Nº 10, 11 y 12 del Estatuto de la Asociación Civil Nuestra Tierra) y no siendo cesado en su carácter de asociado/a ( Art Nº 14 del Estatuto de la Asociación Civil Nuestra Tierra).
  2.  La Comisión Directiva podrá negar la re inscripción de un/a alumno/a para el ciclo lectivo siguiente, hasta el 31 de octubre de cada año, estando obligada (en el caso en que lo fuera solicitado) a expresar fundamentos por escrito de las causas que lo llevaron a la decisión adoptada, tal como está establecido en la Ley Provincial Nº 14.498.  El cumplimiento de lo establecido en los Acuerdos Institucionales de Convivencia de cada nivel educativo será indispensable para que el/la alumno/a pueda re inscribirse en el ciclo lectivo siguiente.
  3.  Los/as alumnos/as son automáticamente rematriculados para el ciclo lectivo siguiente, siempre que sea para el mismo Nivel educativo.  Cuando el/la alumno/a cambie de Nivel educativo, el/la responsable adulto/a deberá firmar un nuevo Contrato de Servicios Educativos, antes del 15 de octubre del año anterior. El valor de la matrícula a abonar para el próximo ciclo lectivo, asi como las opciones de pago, serán informadas por la Comisión Directiva a principios de octubre de cada año.
  4.  Aquellas familias que no deseen re-matricular a alumnos/as para el ciclo lectivo siguiente deberán firmar el rechazo de vacante, antes del 31 de octubre, que será asentado en el libro de Actas de Inscripciones del nivel correspondiente.


SOBRE LA BAJA DEL SOCIO/A A LA ASOCIACIÓN CIVIL NUESTRA TIERRA Y  DEL ALUMNO/A AL JARDÍN DE INFANTES Y MATERNAL O AL COLEGIO PRIMARIO Y SECUNDARIO NUESTRA TIERRA.

  1.  Al igual que en el ingreso a la institución, para la baja, el/la referente adulto/a del alumno/a deberá realizar dos actos administrativos:
    - Ante los equipos de conducción del nivel correspondiente.
    - Ante la ACNT.
  2.  El/la referente adulto/a del alumno/a que se desvincule de la institución, en sus tres niveles educativos, deberá presentar en la dirección del Nivel correspondiente, la constancia de Inscripción del servicio educativo que lo recibirá (excepto sala de 2 y sala de 3). En caso de que la desvinculación se informe luego del 31 de octubre del ciclo lectivo anterior, la presentación de dicha constancia será condición indispensable para efectivizar la baja del alumno/a.
  3.  En el caso de ser el/la único/a alumno/a representado por este/a socio/a, deberá además solicitar la baja como socio/a presentando una nota dirigida a la Comisión Directiva de la ACNT. La misma deberá enviarse a administración (administracion@colegionuestratierra.edu.ar). La baja administrativa del/la socio/a estará sujeta a que el/la mismo/a no tenga deuda con la institución.
  4.  Los/as socios/as que representan a los/as alumnos/as que egresen del último año del nivel secundario no deberán presentar la nota para baja de alumno/a, esta se realizará de manera automática. En caso de ser el/la único/a alumno/a representado por este socio/a, deberá solicitar la baja del mismo.
    En el caso de que el alumno/a egresado adeude materias, la presentación a exámenes posteriores a la cursada no tendrá costo.  

ANEXO III

Modelo de nota con pedido de excepcionalidad

(Según consta en el Art. nº 36 del Capítulo 9 del presente reglamento )

NOTA:

La presente nota debe entregarse de manera digital (foto o escaneada) con firma del interesado a las casillas de correo instituciones que correspondan. A saber:

Tandil, ……… de ………………………………….. del …………………….

Estimada Comisión Directiva

Representante Legal

Equipo directivo del nivel……………

S                         /                           D:

                                 En mi carácter de socio/a- familia del estudiante ……………………………………………………………………………………………… con DNI …………………….………………….. presento la siguiente nota a los fines de …………………………………………….……

……………………………….………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………

                                 Sin otro particular y quedando a la espera de su respuesta, los saludo Atte

NOMBRE Y APELLIDO:

DNI:


[1]Dirección General de Cultura y Educación. Manual de Procedimientos Institucionales Nivel Inicial.  La Plata Provincia de Buenos Aires. Calle 13 entre 56 y 57.  2011.

Dirección General de Cultura y Educación. Manual de Procedimientos Institucionales Nivel Primario.  La Plata Provincia de Buenos Aires. Calle 13 entre 56 y 57.  2009.

Dirección General de Cultura y Educación. Manual de Procedimientos Institucionales Nivel Secundario.  La Plata Provincia de Buenos Aires. Calle 13 entre 56 y 57.  2009.

[2] Ley Provincial Nº 14.498.

[3] Estatuto de la Asociación Civil Nuestra Tierra.