AYUDA AFECTAD@S DANA

Antes que nada, os dejo contactos de interés útiles:

ATENCIÓN

CONTACTO

Atención psicológica gratuita (Asociación Psicólogos sin Fronteras)

960 450 230

Pérdida del DNI (online)

https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/

Pérdida de DNI (oficinas presenciales)

https://policia.es/_es/dana_localizador_recursos.php

Pérdida carné de conducir

https://sede.dgt.gob.es/es/permisos-de-conducir/obtencion-y-gestion-de-permisos/duplicado-de-permisos/

Formulario para solicitar un acta notarial telemática gratuita por los daños causados por la DANA de octubre de 2024

https://www.portalnotarial.es/actas-siniestros/

Nota simple vivienda (solicitud gratuita)

Enviar mail a: danaregistradores@registradores.org

No se pagará IRPF por las ayudas que reciban quienes hayan sufrido daños personales, y tampoco las ayudas directas para autónom@s y empresas.

También quedan exentas las ayudas públicas que tengan por objeto reparar la destrucción, por incendio, inundación, hundimiento, erupción volcánica u otras causas naturales, de elementos patrimoniales.

1- Municipios afectados que pueden solicitar ayudas:

Alaquàs

Albal

Albalat de la Ribera.

Alborache

Alcàsser

Alcúdia

Aldaia

Alfafar

Alfarb

Algemesí

Alginet

Alhaurín de la Torre.

Almussafes

Alzira

Benetússer

Benifaió

Beniparrell

Bétera

Bugarra

Buñol

Calles

Camporrobles

Carlet

Catadau

Catarroja

Caudete de las Fuentes

Corbera

Quart de Poblet

Cullera

Chera

Cheste

Xirivella

Chiva

Dos Aguas

Favara

Fortaleny

Fuenterrobles

Gestalgar

Godelleta

Guadassuar

Letur

Llíria

Loriguilla - sólo núcleo urbano junto A3

Llocnou de la Corona

Llaurí

Llombai

Macastre

Manises

Massanassa

Mira

Mislata

Montserrat

 Montroi/ Montroy

Paiporta

Paterna

Pedralba

Picanya

Picassent

Polinyà de Xúquer

Real

Requena

Riba-roja de Túria

Riola

Sedaví

Siete Aguas

Silla

Sinarcas

Sollana

Sot de Chera

Sueca

Tavernes de la Valldigna

Torrent

Turís

Utiel

Vilamarxant

València - PEDANÍAS SUR: Faitanar, La Torre, Forn d'Alcedo, Castellar-Oliveral, Pinedo, El Saler, El Perellonet y El Palmar.

Yátova

Benicull de Xúquer

2- PERSONAS FÍSICAS:

2.1. Ayuda directa a personas que su vivienda ha quedado afectada.

Cuantía:

Ayuda 6.000€

Destinatario ayuda:

Las personas físicas que tienen a su disposición una vivienda ubicada en alguno de los municipios afectados por el temporal, cuyo contenido haya resultado gravemente dañado por el temporal.

Solicitud:

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=101532

2.2. Ayudas por fallecimiento e incapacidad.

Cuantía:

hasta 72.000€

Destinatario ayuda:

Supuestos de fallecimiento y de incapacidad causados directamente por la Dana

Solicitud:

https://www.interior.gob.es/opencms/es/Info-DANA/

2.3. Ayudas por la destrucción o daños en enseres y los daños en vivienda y en establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, y por prestaciones personales o de bienes de personas físicas o jurídicas.

Cuantía:

De 10.320€ hasta 60.480€

Destinatario ayuda:

Por destrucción total de la vivienda habitual, por daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual, por daños que no afecten a la estructura de la vivienda habitual, por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad de la vivienda habitual, y por daños en elementos comunes de uso general de una Comunidad de Propietarios en régimen de propiedad horizontal

https://www.interior.gob.es/opencms/es/Info-DANA/

2.4. Indemnización vehículos

Cuantía:

Un 20% extra de lo que se daría en situaciones normales en concepto de indemnización

Destinatario ayuda:

Cualquier persona física que haya sufridos daños en su vehículo, y que lo tenga cubierto por sus seguro

Solicitud:

Se hace directamente con el propio seguro, o con el consorcio de compensación de seguros (que se puede hacer a través de este enlace: https://www.consorseguros.es/solicitud-de-indemnizacion )

2.5. Suspensión pago hipoteca.

Duración de la suspensión:

3 meses como máximo

Destinatario ayuda:

Las personas físicas residentes en los municipios afectados, y las personas trabajadoras por cuenta propia y aquellas personas jurídicas con un volumen de facturación inferior a 6 millones de euros en el último ejercicio cerrado, cuya actividad económica principal se encuentre situada en dicha zona, comprendiendo explotaciones agrarias, pesqueras, marinas o forestales, establecimientos mercantiles, industriales y de servicio.

Solicitud:

Directamente con el banco. En el plazo de quince días contado desde la presentación se da resolución, con efectos desde la fecha de solicitud

2.6. Incremento del ingreso mínimo vital y complemento a la infancia en un 15%.

Cuantía:

Un 15% más de lo que se venía cobrando en concepto de ingreso mínimo vital y complemento a la infancia.

Destinatario ayuda:

Cualquier persona física que esté cobrando la ayuda antes de la Dana.

Solicitud:

Se aplicará de forma automática.

2.7. Incremento de la pensión por jubilación e invalidez en un 15%.

Cuantía:

Un 15% más de lo que se venía cobrando en concepto de pensión por jubilación e invalidez

Destinatario ayuda:

Cualquier persona física que esté cobrando las prestaciones antes de la Dana.

Solicitud:

Se aplicará de forma automática.

2.8. TRABAJADORES: Nueva situación de incapacidad temporal

Cuantía:

Se recibe el 75% desde el primer día de la base reguladora

Destinatario ayuda:

Quienes hayan desarrollado cualquier tipo de dolencias a causa de la dana

Solicitud:

Esta baja deberá solicitarse a los médicos de cabecera.

3- AUTÓNOMOS Y EMPRESAS:

3.1. Ayudas directas.

Cuantía:

Autónomos 5.000€ y empresas de 10.000€ a 150.000€

Destinatario ayuda:

Empresarios o autónomos, que a 28 de octubre de 2024 tuvieran declarado su domicilio fiscal en cualquiera de los municipios afectados.

Solicitud:

Se abre plazo el 19/11/2024 en la web de la Agencia Tributaria

3.2. ERTES empresas.

Expediente de regulación de empleo:

Permite a las empresas afectadas por la DANA suspender el contrato de las personas trabajadoras o reducir la jornada de estas

Destinatario ayuda:

Empresas

Solicitud:

https://ceice.gva.es/es/web/dg-trabajo/expedients-temporals-de-regulacio-de-l-ocupacio-erto-

3.3. AUTÓNOMOS, cese temporal o definitivo de la actividad

Cuantía:

La cuantía de la prestación es del 70% de la base reguladora.

Destinatario ayuda:

Autónomos, y no se exigirá aportar documentación que acredite la existencia de fuerza mayor, ni la imposibilidad para desarrollar la actividad, ni que haya cumplido el periodo mínimo de cotización de doce meses continuados

Solicitud:

El reconocimiento de la prestación se realizará por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social o por el Instituto Social de la Marina.