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ACUERDO No. PSAA14-10280 (Diciembre 22 de 2014)
“Por el cual se actualizan los valores del Arancel Judicial en asuntos Civiles y de Familia contemplados en los Acuerdos Nos. 1772 de 2003 y PSAA08-4649 de 2008 y se incluyen nuevos servicios y tarifas”
LA SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 257 de la Constitución Nacional y el numeral 13 del artículo 85 de la Ley 270 de 1996, artículo 387 del Código de Procedimiento Civil, el artículo 40 de la Ley 794 de 2003 y de conformidad con lo aprobado en la Sesión de Sala Administrativa del 3 de diciembre de 2014,
ACUERDA
ARTÍCULO 1o.- Actualizar los valores del arancel judicial en asuntos civiles y de familia contemplados en los Acuerdos 1772 de 2003 y PSAA08-4649 de 2008, e incluir nuevos servicios y tarifas los cuales quedarán así:
1- De las certificaciones: Seis mil pesos ($ 6.000).
2- De las notificaciones personales:
a- De conformidad con la alternativa contemplada en el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil, cuando el Secretario envíe la comunicación: Siete mil pesos ($ 7.000).
b- Cuando las notificaciones deban cumplirse en el área rural y se realicen directamente por personal del Despacho o Dependencia Judicial, la tarifa podrá aumentarse hasta en un cincuenta por ciento (50%), a juicio del Magistrado Ponente o Juez, teniendo en cuenta factores como la distancia, dificultades de acceso y costos regionales del proceso.
c- Para la eventualidad del literal anterior, en los procesos de alimentos, la tarifa base para determinar el incremento será: Dos mil pesos ($ 2.000).
3- De las notificaciones electrónicas: No tendrán costo.
4- De las copias simples: Doscientos pesos ($200) por página.
5- De la autenticación de las copias: Cien pesos ($100) por página.
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Hoja No. 2 Acuerdo No. PSAA14-10280 de Diciembre 22 de 2014, “Por el cual se actualizan los valores del Arancel Judicial en asuntos Civiles y de Familia contemplados en los Acuerdos Nos. 1772 de 2003 y PSAA08- 4649 de 2008 y se incluyen nuevos servicios y tarifas”
6- De los desgloses: El costo será el que resulte de sumar el valor de las fotocopias,
más las autenticaciones, más las certificaciones.
7- Del desarchivo: Seis mil pesos ($ 6.000).
8- De la digitalización de documentos: Doscientos pesos ($200) por página, donde se cuente con las herramientas para ofrecer el servicio.
9- De las copias en CD: Mil pesos ($1.000) por cada CD que se requiera.
10- De las copias en DVD 4.7 Gb: Mil quinientos pesos ($1.500) por cada DVD 4.7 Gb que se requiera.
11- De las copias en DVD 8 Gb: Dos mil quinientos pesos ($2.500) por cada DVD 8
Gb que se requiera.
En los casos en los cuales se utilice cualquier medio electrónico de captura de imagen su consulta no tendrá ningún costo.
ARTICULO 2o-. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir del 2 de enero del año 2015 una vez se efectué su publicación en la Gaceta del Consejo Superior de la Judicatura y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los veintidós (22) días del mes de diciembre de dos mil catorce.
NÉSTOR RAÚL CORREA HENAO Presidente
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