ACUERDO No 002 (Noviembre 3 de 2.014) Por el cual se modifica el Sistema Institucional de Evaluación de estudiantes El Consejo Académico de la Institución Educativa Municipal San José Bethlemitas en uso de sus facultades y en especial de las consagradas en el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia, ley 115 de 1.994, Decreto 1860 de 1.994 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral d del artículo 24 del decreto 1860 de 1.994, reglamentario de la Ley 115 de 1.994, es función del Consejo Académico supervisar el proceso general de evaluación de estudiantes. Que de conformidad con los principios fundamentales consagrados en la Constitución Política y en desarrollo del principio de participación, consagrado en el artículo 68 de la Carta fundamental, la comunidad educativa de la I.E.M. San José Bethlemitas, llevó a cabo un proceso democrático, participativo y pedagógico con el fin de diagnosticar, concertar y diseñar la modificación al Sistema Institucional de Evaluación de estudiantes SIEE. Que una vez analizado el acuerdo de modificación presentado, se observa que éste se ajusta al Marco Jurídico vigente y al Proyecto Educativo Institucional, desde la contextualización de necesidades y expectativas de la comunidad educativa con respecto a la evaluación de los estudiantes. ACUERDA: Realizar modificaciones al Sistema Institucional de evaluación de estudiantes ajustado a las conclusiones de las mesas de concertación y diálogo establecidas para la participación de la Comunidad Educativa. CAPITULO I GENERALIDADES PRESENTACION: El SIEE implementado en la I.E.M. San José Bethlemitas, es el instrumento que contiene los elementos esenciales para la evaluación de los estudiantes, en función de una educación de calidad. Está estructurado acorde con el artículo 4 decreto 1290 de 2.009, a los principios de autonomía escolar, a la visión, misión, y filosofía Bethlemita, a la formación basada en competencias que busca consolidar en la praxis pedagógica el perfil del estudiante bethlemita en la dimensión personal, social y trascendente. Para la atención de estudiantes con necesidades educativas especiales se fundamenta en los criterios de inclusión, en la legislación pertinente emanada del MEN y en las orientaciones provenientes de INSOR como instituto adscrito a dicho ministerio. ENFOQUE: La evaluación es un proceso de carácter individual y social, permanente y continuo que permite determinar los progresos y dificultades que presentan los estudiantes durante el proceso de enseñanza-aprendizaje. Evaluar a un estudiante es una acción por medio de la cual se emite un juicio valorativo sobre su proceso de desarrollo (previo seguimiento) que permite determinar sus avances con relación a los desempeños propuestos, los conocimientos, apropiación y competencias propias de las asignaturas, actitudes, valores que va desarrollando, teniendo en cuenta la espiritualidad y el carisma bethlemita como pilares fundamentales para ser personas íntegras. La evaluación debe ser: Integral: es decir tiene en cuenta las dimensiones del ser humano. Sistemática: Con principios pedagógicos y métodos con miras a desarrollar los fines de la educación Colombiana y los propios de la formación bethlemita. Flexible: Tiene en cuenta los ritmos y estilos de aprendizaje del estudiante, teniendo en cuenta su situación concreta y partiendo de sus potencialidades y capacidades, es pertinente tener en cuenta a la comunidad sorda, en su condición lingüística y otros casos diagnosticados. Interpretativa: logra comprender el significado de los procesos de enseñanza-aprendizaje. Formativa: Permite reorientar los procesos educativos y las prácticas pedagógicas. PROPOSITOS: La evaluación como parte fundamental del proceso de educación, tiene como propósitos: -Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante. -Diagnosticar el estado de los procesos de desarrollo del estudiante y pronosticar tendencias. -Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante. -Trabajar en torno a los criterios contemplados en el modelo pedagógico institucional. -Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo. -Determinar la promoción de estudiantes. -Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional. CAPITULO II CRITERIOS DE EVALUACION Y PROMOCION ARITULO 1. CRITERIOS DE EVALUACION: 1. Disposición del estudiante al desarrollo normal de actividades académicas y convivenciales. 2. Desarrollo de actividades pedagógicas didácticas e investigativas en el manejo de competencias. 3. Las estrategias de evaluación se concertarán al inicio de cada periodo con los docentes de las asignaturas, teniendo en cuenta los lineamientos, competencias e indicadores de desempeño propuestos. Sus resultados se dan a conocer a los estudiantes antes de la entrega de informes de cada periodo. 4. En el marco de la convivencia, los estudiantes serán evaluados por el comité de convivencia, previa información de los casos especiales por docentes o directores de grupo. 5. Los procesos de apoyo y superación serán continuos, ajustados a los criterios institucionales y de común acuerdo con padres de familia y estudiantes. ARTICULO 2. CRITERIOS DE PROMOCION La promoción se define como el avance del estudiante según sus capacidades, actitudes y aptitudes personales en su desempeño en el año escolar. En educación básica y media se promocionará un estudiante cuando haya aprobado el 100% de las asignaturas que conforman el plan de estudios del respectivo grado. (art 6-decreto 1290). Artículo 3. PROMOCION ANTICIPADA. Durante el primer periodo del año escolar el consejo académico, previo informe de los docentes y consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el consejo directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en acta del consejo directivo y si es positiva en el registro escolar. De igual manera para los estudiantes que no se promovieron en el año lectivo anterior. Para tal fin el estudiante solicitará la promoción anticipada teniendo en cuenta los siguientes criterios: 1-Solicitud por parte del estudiante, ante coordinación académica en la primera semana del primer período académico mediante formato institucional. 2-Dicha solicitud se formalizará ante el consejo académico en un término de 10 días hábiles. 3-El estudiante presentará una prueba de suficiencia durante el primer mes del primer periodo académico ante coordinación en las siguientes áreas: matemáticas, humanidades, ciencias naturales y ciencias sociales. Esta prueba será diseñada por los docentes de las respectivas áreas. 4-El informe se entregará hasta los 5 días hábiles después de haber realizado la prueba mediante acta ante el consejo académico, quien a su vez lo remite al consejo directivo para su respectiva aprobación. 5-La promoción será aprobada con valoración superior en la prueba de suficiencia de acuerdo a la escala institucional. (4.6) en adelante. PARAGRAFO 1: La promoción anticipada no aplicará para estudiantes de pre-escolar y grado 11. PARAGRAFO 2: Es responsabilidad del estudiante actualizar los procesos académicos del primer periodo del nuevo grado, así como presentar las actividades con el acompañamiento de los padres de familia en la nivelación de los desempeños correspondientes previa orientación de los docentes. PARAFRAFO 3: Para efectos de la promoción anticipada no se tendrá en cuenta los resultados de pruebas externas como neurología, psiquiatría, psicología, entre otros, aportados por los padres de familia, debido a que se considera válido el desempeño en el contexto escolar. Artículo 4. GRADUACION: Los estudiantes que culminen la educación media obtendrán el título de bachiller académico cuando hayan cumplido con los criterios de promoción y además: -Estar a paz y salvo por todo concepto financiero y administrativo. -Haber cumplido con el servicio social obligatorio. PARAGRAFO 1: Para la proclamación, el estudiante previo cumplimiento de los requisitos anteriores, no debe haber incurrido en faltas tipificadas como 2 y 3 o tener procesos disciplinarios ante el comité de convivencia. Artículo 5. REPROBACION. Un estudiante puede ser reprobado en cualquier grado de educación básica y media, y no podrá ser promovido al siguiente año escolar cuando se encuentre en una de las siguientes circunstancias: 1-Por inasistencia: Cuando el estudiante ha dejado de asistir injustificadamente a clase, de acuerdo a los siguientes criterios: -En asignaturas de 4 horas semanales, pierde con 16 faltas registradas en el año. -En asignaturas con 3 horas semanales, pierde con 12 faltas registradas en el año. -En asignaturas con 2 horas semanales, pierde con 8 faltas registradas en el año. -En asignaturas de 1 hora semanal, pierde con 4 faltas registradas en el año. 2-Cuando el estudiante al finalizar el año escolar presenta una valoración de bajo en tres asignaturas. PARAGRAFO: 1. Si al finalizar el año escolar el estudiante obtiene una valoración de bajo desempeño en una asignatura, deberá cumplir con el plan de apoyo para la resolución de sus dificultades en la semana prevista para dichas actividades. Si el concepto valorativo de esta evaluación continua en desempeño bajo, tendrá una segunda oportunidad, que se desarrollará con el acompañamiento y responsabilidad de los padres de familia y/o acudiente; esta se valorará en la primera semana del planeamiento institucional del siguiente año escolar. Si persiste en esta segunda evaluación su desempeño bajo, no aprobará el grado respectivo. PARAGRAFO 2. Cuando al finalizar el año escolar, un estudiante obtenga bajo en dos asignaturas y después de haber realizado el plan de apoyo para la resolución de sus dificultades y haber presentado la correspondiente evaluación, persiste el desempeño bajo en las mismas asignaturas no aprobará el grado. En el evento que el estudiante aprueba una de las dos asignaturas y en la otra persiste el desempeño bajo, tendrá oportunidad de presentar una evaluación de esta asignatura en la primera semana del planeamiento institucional, si reincide en su evaluación de bajo no aprobará el grado que acaba de cursar. PARAGRAFO 3: Para estudiantes de grado once, quienes pierdan tres o más asignaturas, no serán graduados, de igual manera se aplicará los criterios de asistencias registrados anteriormente. Para los estudiantes de grado once, que obtenga una valoración de bajo desempeño en una o dos asignaturas, deberá cumplir con el plan de apoyo para la resolución de sus dificultades en la primera semana de diciembre (según cronograma estipulado por parte de coordinación). Si el estudiante de grado once persiste en su desempeño bajo en dos asignaturas, después de haber aplicado el plan de apoyo en la primera semana de diciembre, pierde el año. Si persiste en desempeño bajo en una asignatura, tendrá oportunidad de presentar una nueva evaluación en la primera semana del siguiente año lectivo, y su título de bachiller se entregará por ventanilla. CAPITULO III ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL: Artículo 6. La escala que se asume es la misma que propone el decreto 1290 del 2009, sin embargo para la I.E.M. San José Bethlemitas, se propone la escala cuantitativa y cualitativa de valoración, teniendo en cuenta los criterios que se describen a continuación: DESEMPEÑO SUPERIOR: Se considera un estudiante con desempeño superior, cuando; Demuestra un nivel avanzado en las competencias en las diferentes asignaturas. No presenta problemas en su comportamiento y demuestra buena convivencia con todas las personas de la comunidad educativa. Valora y promueve autónomamente su propio desarrollo. Se apropia máximo de la filosofía bethlemita como orientadora de la vida para practicar una sana convivencia en la comunidad educativa. DESEMPEÑO ALTO: Se considera un estudiante con desempeño alto, cuando: Demuestra un buen nivel de desempeño de competencias en las diferentes asignaturas. No presenta dificultades en su comportamiento y en su convivencia con todas las personas de la comunidad educativa. Se apropia de la filosofía bethlemita como orientadora de la vida para practicar una sana convivencia en la comunidad educativa. DESEMPEÑO BASICO: El estudiante alcanza los desempeños básicos esperados con actividades complementarias en el periodo académico. Demuestra un avance parcial en el desarrollo de las competencias en las diferentes asignaturas. Demuestra poca autonomía y responsabilidad en el desempeño escolar. Parcialmente se apropia de la filosofía bethlemita como orientadora de la vida para practicar una sana convivencia en la comunidad educativa. DESEMPEÑO BAJO: No alcanza los desempeños mínimos por lo cual se requiere de actividades de refuerzo y superación. Sin embargo, después de haber realizado esta actividad, no alcanza los logros previstos. Sus procesos de desarrollo integral, están por debajo de lo establecido en el PEI. Demuestra poca o ninguna autonomía y responsabilidad en su trabajo escolar. No se apropia de la filosofía bethlemita. Los desempeños serán valorados de manera cualitativa y cuantitativa, teniendo en cuenta la siguiente escala: Desempeño superior: 4.6 a 5.0 Desempeño alto: 4.0 a 4.5 Desempeño básico: 3.2 a 3.9 Desempeño bajo: 1.0 a 3.1 PARAGRAFO 1. De acuerdo al decreto 2082 del 18 de noviembre de 1996, en el artículo octavo se contempla que: “la evaluación del rendimiento escolar, tendrá en cuenta las características de los educandos con necesidades educativas especiales, a las que se refiere el presente decreto y adecuará los correspondientes medios y registros evaluativos a los códigos y lenguajes comunicativos específicos de la población escolar”. CAPITULO IV ESTRATEGIAS DE VALORACION INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES: Artículo 7. Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes son: Acompañamiento permanente a través de seguimiento de control de desempeños individuales y grupales, pruebas diagnósticas, retroalimentación, entrevistas, monitorias, pruebas tipo saber, elaboración de portafolios de desempeño. Vivencia de los valores. Desarrollo del pensamiento crítico en la profundización teórico conceptual para comprender y aplicar temas desarrollados, a través de mapas conceptuales, lecturas, escritura, resolución de problemas entre otros. Desarrollo de proyectos transversales, institucionales y de aula a través de procesos investigativos. CAPITULO V ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR. Artículo 8. Para garantizar en los docentes coherencia y unidad de criterios de evaluación en relación con las estrategias institucionales definidas, cada asignatura programará espacios que sirven como encuentro pedagógico en donde se desarrollará una temática específica para establecer acciones de seguimiento con estudiantes. Para lo cual se tendrá en cuenta las siguientes acciones: 1-Los docentes promoverán diversas estrategias que permitan atender ritmos y estilos de aprendizaje de los estudiantes. 2-Los docentes tendrán en cuenta condiciones contextuales y trabajo en equipos complementarios. 3-Seguimiento y evaluación a las estrategias diseñadas en cada asignatura, que permitan una evaluación integral y continua de cada indicador de desempeño. 4--Diseño, seguimiento y evaluación a los planes de apoyo establecidos para el mejoramiento del aprendizaje de los estudiantes. 5-Reunión del consejo académico al finalizar cada periodo, para analizar los resultados de rendimiento académico. 6-Reunión por niveles con estudiantes, y padres de familia por parte de coordinación, para analizar la situación establecer correctivos y firmar actas de compromiso. 7-Seguimiento permanente al proceso evaluativo de los estudiantes por parte de los padres de familia y análisis de los informes periódicos de evaluación. (art 15 dcreto 1290) CAPITULO VI. PROCESOS DE AUTOEVALUACION DE LOS ESTUDIANTES Artículo 9. El estudiante es una persona con valores y sentido de pertenencia, por ello la autoevaluación debe procurar tener como fundamento la filosofía bethlemita y los procesos desarrollados académicamente. Al realizar su autoevaluación el estudiante observará: 1-Si ha cumplido con los compromisos de identidad institucional, compromiso con su entorno social, cultural, natural, académico y convivencial, que le corresponde como estudiante bethlemita. (art 13 decreto 1290) 2-Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades. (art 13, decreto 1290). 3-Orientar el proceso de autoevaluación en forma precisa, objetiva, crítica, honesta, y reflexiva para el mejoramiento académico y convivencial. 4-La autoevaluación de los estudiantes no es componente determinante en la promoción. 5-Los docentes de cada asignatura tendrán en cuenta la autoevaluación del estudiante para la valoración de cada periodo. CAPITULO VII. ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGOGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES. Artículo 9 Son estrategias de apoyo las siguientes: 1-Acompañamiento permanente por parte del docente en las actividades complementarias para superar dificultades del aprendizaje ,por medio de un plan de apoyo entendido como una actividad pedagógica diseñada para aquellos estudiantes que presentan dificultades académicas o de aprendizaje, 2-La superación de dificultades académicas se realizará sobre cada indicador de desempeño no alcanzado y se tendrá en cuenta las estrategias de evaluación definidas. 3-Cuando un estudiante no ha podido asistir a los procesos de evaluación, por causas de fuerza mayor el consejo académico, previa presentación de requisitos legales exigidos por la institución, autorizará la resolución de situaciones pedagógicas pendientes. CAPITULO VIII ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SIEE. Artículo 10. El SIEE, es una herramienta para sostener la transparencia y el proceso de mejoramiento continuo de la calidad educativa que obliga a docentes y a directivos docentes a su fiel cumplimiento. Para lograr el cumplimiento de lo establecido es necesario: 1-Aprobación y divulgación del SIEE por el consejo directivo. 2-Analizar y hacer seguimiento al SIEE, el cual será objeto de estudio en el proceso de evaluación de desempeño de los estudiantes. 3-Socializar a padres de familia y estudiantes el SIEE, por parte del consejo académico en sus alcances y limitaciones para asumir derechos y deberes frente a la evaluación del aprendizaje. 4-Seguimiento y evaluación del SIEE, por parte del consejo académico y la asamblea de docentes. 5- Los docentes aplicarán en el proceso evaluativo, las estrategias diseñadas para hacer seguimiento y evaluación al proceso de aprendizaje. CAPITULO IX PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A PADRES DE FAMILIA. Artículo 11. La institución asume tres informes de evaluación correspondientes a los tres periodos académicos, donde se evidenciará el rendimiento de los estudiantes en cada asignatura, el informe académico final se presentará de acuerdo a la escala definida en la institución. Los periodos académicos deberán mantener un equilibrio en la extensión del tiempo, conforme lo plantea la ley 115 en su artículo 86, según el cual el calendario escolar tendrá al menos 40 semanas de duración. PARAGRAFO 1: La entrega de informes de rendimiento académico se hará única y exclusivamente a los padres de familia o acudiente, quienes hayan firmado el contrato de matrícula. CAPITULO X ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES. Artículo 12. Los informes de evaluación de desempeño, deben presentar los resultados de los procesos académico y convivencial llevados a cabo por los estudiantes, en cada una de las asignaturas del conocimiento así como su desempeño social, emocional y su participación en diferentes actividades que programe la institución. El informe debe contener los siguientes datos: -Nombre de la institución, periodo, fecha, grado, código, nombres y apellidos del estudiante, puesto que ocupa, nombres de los docentes de las asignaturas, valoración conceptual de la asignatura y valoración cuantitativa según escala institucional, faltas de asistencia, valoración conceptual del comportamiento de acuerdo a los criterios establecidos en la escala de valoración institucional, observaciones y firmas. CAPITULO XI INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCION Y RESOLUCION DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACION Y PROMOCION. Artículo 12. Para favorecer la comunicación y la solución oportuna de las dificultades encontradas, es necesario que docentes, padres de familia y estudiantes sigan estrictamente el conducto regular propuesto. 1-Docente de la asignatura: primera instancia, recurso de reposición. 2-Director de grupo, cuando no coincida con el docente de la asignatura. 3-Coordinación académica. Segunda instancia, recurso de apelación. 4- Consejo académico. En caso de no ser resulta la situación. 5-Rectora. Recurso excepcional de súplica. 6-Consejo directivo. Si la reclamación no se resuelve o no está de acuerdo el solicitante procederá de la misma manera al consejo directivo. En cada caso existirá un formato básico de atención, que deberán diligenciar los interesados, dicho formato debe señalar con exactitud a que instancia se acude, presentarlo con las respectivas evidencias. Los procesos de solución de las instancias individuales se resolverán de inmediato, en tanto que los procesos de instancias colegiadas, dependen de la fecha en que la respectiva instancia se reúna. CAPITULO XII MECANISMOS DE PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCION DEL SIEE. Artículo 13. El consejo académico se constituye en el organismo de representación de los docentes de la institución, esta instancia asume la estructuración, estudio, análisis y aprobación inicial del SIEE., Antes de la aprobación definitiva del SIEE, por parte del consejo directivo se establecerán mesas de concertación con estudiantes y padres de familia , de manera que en este proceso se tenga en cuenta aportes, sugerencia y comentarios que permitan hacer los ajustes convenientes, antes de la expedición final del SIEE. PARAGRAFO 1: De todo el proceso se dejarán evidencias, mediante actas que registren las reuniones establecidas. Dado en San Juan de Pasto a los trece días del mes de noviembre de dos mil catorce. _________________________ ___________________________ Hna. Amanda Arévalo Sandoval Aida Collazos Ruano Rectora Coordinadora Docentes __________________________ ____________________________ Jaime Edgar Oliva León Yolanda Revelo __________________________ _____________________________ Rosa Aidé Bastidas Tatiana Regalado ___________________________ _________________________ Amanda Martínez Sandra Patricia Santacruz _______________________ __________________________ Maria Cecilia Benavides Pablo Portilla Eraso _____________________ Nelcy Margareth Mora |