LA CONSTITUCION DE 1814, EL PRIMER DESPÉRTAR JURIDICO DE LOS HABITANTES DE LA NUEVA ESPAÑA.
Omar Salomón Flores García
En la entrega anterior hablamos sobre la constitución de 1812, que fue creada en el mes de marzo de 1812 en la ciudad de Cádiz y en la cual se estipulaba entre otras cosas, que los habitantes de América, pertenecientes a la colonia del reino de España, subían de categoría al rango de ciudadanos, con los mismos derechos y obligaciones de sus semejante en España.
Evidentemente, un estudio más profundo de esta constitución, nos permitirá conocer el trasfondo de esta y de sus artículos, pero para efecto de este trabajo, solo es pertinente el mencionar que fue el primer intento por darles a los habitantes de esta parte del mundo la calidad de ciudadanos, al tratar de ponerlos en igualdad de condiciones.
Pero si bien la de Cádiz, fue la primer constitución, es conveniente ahora, hablar sobre la constitución de 1814, la cual para muchos es considera la primera constitución de México, pues fue una constitución emanada de los mismos habitantes de la nueva España, por lo cual para muchos es una constitución con mayor valor que la anteriormente señalada.
En este punto es conveniente recordar, por qué se está abordando el tema de las constituciones de esta primera mitad del siglo XIX y en este punto no debemos olvidar que las constituciones representaron el sustento legal del concepto ciudadano, concepto que estamos tratando en este trabajo, por lo tanto si ya se dio un ligero escrutinio de lo que pudo ser la vida de aquellas sociedades, ahora es menester de este trabajo el abordar lo que le dio sustento a esos primeros ciudadanos.
El 22 de octubre de 1814 fue promulgada la famosa constitución de Apatzingán, también conocida como Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, constitución que marco un punto y aparte en la vida política de la Nueva España, pues por primera vez, los habitantes de esta, se promulgaban legalmente en contra de los españoles al decretar una constitución bajo la cual se pretendían regir, ya que no coincidían del todo con la constitución de Cádiz.
Esta constitución vino a representar, el primer intento por parte de los habitantes de la Nueva España para considerarse autónomos y por lo tanto regirse por leyes que para ellos eran justas, leyes que se ajustaban a la realidad social de la Nueva España y que en principio no reflejaban los intereses de unos pocos.
Y es que esta constitución fue, la respuesta por parte de un sector de la sociedad Novohispana por elevar su categoría de habitante a la de ciudadano, categoría que le permitiría ser libre y tener los mismos derechos que cualquier otro ciudadano, lo cual es sin duda un reflejo, de que los habitantes de esta parte del continente estaban despertando, pero no desde un aspecto armado como se dio desde 1810, si no desde un aspecto jurídico para darle legitimidad a sus propuestas e ideales.
Lo curioso de esta constitución radica en el hecho, de que, no tuvo total valides en el territorio Novohispano, pues solo se hacía valer en los territorios, donde la insurgencia tenia pleno control del poder, lo cual para muchos significo el hecho de no tener vigencia o valor, cosa que aún sigue a discusión.
Pero lo importante de esta constitución, radica en su elaboración, pues para que esta se pudiera elaborar, se tuvieron que sortear muchos problemas y complicaciones, ya que los creadores de la misma se tuvieron que andar moviendo de pueblo en pueblo para poder sesionar en torno a ella, por la persecución por parte de los españoles y es aquí donde resalto su valor, pues pese a las condiciones adversas para su elaboración, esta tenía un fin bien definido, el darle una calidad jurídica igualitaria a todos los habitantes de la Nueva España y más aún, es el hecho de la convicción de sus creadores, pues por primera vez como ya se mencionó, se trataba de darle sustento jurídico a la lucha iniciada 4 años antes por la vía de las armas.
Y es aquí, donde tenemos el despertar de una parte de la sociedad Novohispana, sociedad que pretendía cambiar su condición jurídica, con el fin de crear leyes que hicieran iguales a todos los habitantes del territorio novohispano o ustedes, ¿qué opinan?