Viernes 04 de diciembre de 2015
DESAHUCIO
Art 184. Es causado por la renuncia voluntaria por parte del trabajador .
15 dias antes para dar la renuncia por escrito.
Notificar por escrito al empleador
Sueldo + Horas Extras + Comisiones + Bonificaciones → Lo que se aporta al IESS.
Sobre la ultima remuneracion ganada se calcula el 25%
Solicitar el desahucio o renunciar.
Art. 185 Bonificación por Desahucio.- En los casos de terminación de la relación laboral por desahucio, el empleador bonificará al trabajador con el veinticinco por ciento del equivalente a la última remuneración mensual por cada uno de los años de servicio prestados a la misma empresa o empleador. Igual bonificación se pagará en los casos en que la relación laboral termine por acuerdo entre las partes. Ver Art.185 Código del trabajo
500+100=600 * 25% =150
Ingresa el 1ero de Enero del 2012 en total 3 años 11 meses
150*4= 600
2 Casos:
Por Acumulacion de Beneficios
Pago de mes a mes
3 Años para que prescriba los derechos del trabajador.