RAMO ACCIDENTES No. POLIZA: 50060362

CONSELLERIA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPORTE

JOCS ESPORTIUS DE LA COMUNITAT VALENCIANA

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LOS ASEGURADOS EN CASO DE ACCIDENTE

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RAMO ACCIDENTES No. POLIZA: 50060362

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE (SINIESTROS EN COMUNITAT VALENCIANA)

La Asistencia médica garantizada en la póliza será prestada por los Centros Médicos o facultativo concertado por la Entidad Aseguradora, de manera continuada a la prestada en primera instancia por la Agencia Valenciana de Salud.

En el proceso de comunicación se deberán cumplir obligatoriamente, en todo los casos, los siguientes pasos:

1. Se deberá cumplimentar el Parte de Accidente (documento adjunto). Dicho parte deberá ser firmado y sellado por el Centro de enseñanza, club deportivo u otra entidad inscrita en los Jocs Esportius de la C.V correspondiente y firmado por el Asegurado afectado/lesionado

2. Para la asistencia medica continuada, posterior a la prestada en primera instancia por la Agencia Valenciana de Salud, el accidente debe ser comunicado inmediatamente después de su ocurrencia a la compañía aseguradora, llamando al

Centro de Atención 24 horas, teléfono 902 020 116.

En la comunicación telefónica debe facilitarse:

- Datos personales del lesionado. - Datos del Club, Colectivo o Entidad Deportiva - Lugar, Fecha y forma de ocurrencia. - Descripción de los daños físicos e informe de la Agencia Valenciana de Salud

Una vez recogidos estos datos, el Centro de Atención telefónica facilitará el número de expediente, que deberá ser anotado en el encabezamiento del parte. El comunicante remitirá posteriormente el parte (y otra documentación que se solicite) en un plazo no superior a 48 horas por fax a la Entidad Aseguradora al número 902 021 960 o por e-mail a la dirección prestaciones-sg@caser.es

3. El lesionado deberá acudir al Centro Médico concertado que se le indique previamente, aportando el “Parte de accidente” debidamente cumplimentado, incluyendo el número de expediente facilitado por el Centro de Atención telefónica (Imprescindible para recibir asistencia).

Cuando un Asegurado/lesionado se presente en uno de los Centros concertados para su atención (y facilitado por el Centro de Atención Telefónica) deberá presentar el parte de accidentes, licencia de Jocs Esportius y hoja de inscripción en los Jocs Esportius.

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4. En casos de URGENCIA VITAL, el lesionado podrá recibir la asistencia médica de urgencia en el Centro Sanitario más próximo. En estos casos CASER SEGUROS se hará cargo de las facturas derivadas de la asistencia de urgencia prestada en las primeras 24 horas desde la fecha de ocurrencia del accidente garantizado en la póliza. Una vez superada la primera asistencia de urgencia el lesionado deberá ser trasladado a Centro Médico Concertado para continuar su tratamiento. En caso de permanencia en centro médico NO CONCERTADO, CASER SEGUROS no asumirá el pago de las facturas derivadas de los servicios prestados.

AUTORIZACIONES. Será necesario tener la autorización previa de la compañía para realizar las siguientes pruebas y tratamientos:

▪ Pruebas especiales de diagnóstico (TAC, RMN, Ecografías, Gammagrafías, Artroscopias, ...)

▪ Intervenciones Quirúrgicas.

▪ Rehabilitación.

▪ Consultas de Especialistas.

En estos casos el Médico o Centro Médico concertado solicitará a CASER SEGUROS dicha autorización al fax no 902 021 960. Junto con la solicitud de autorización se ha de acompañar copia de informe médico detallado, facilitándose por fax, la correspondiente autorización o denegación de la prueba o tratamiento solicitado.

Cualquier prueba o tratamiento realizado sin la autorización previa de la compañía correrá por cuenta del asegurado.

Tras obtener la oportuna autorización se remitirá a CASER SEGUROS el informe del resultado de la prueba o tratamiento, así como informes sucesivos de la evolución del paciente.

La asistencia será a cargo de las clínicas concertadas presentes en el cuadro médico propuesto por CASER SEGUROS. No serán cubiertas las asistencias médicas en centros de la Seguridad Social o no concertados (excepto urgencias vitales).

En caso de permanencia voluntaria en un centro médico NO CONCERTADO, CASER SEGUROS NO ASUMIRA EL PAGO DE LAS FACTURAS DERIVADAS DE LOS SERVICIOS PRESTADOS.

Los desplazamientos en ambulancia solamente quedan cubiertos para urgencias vitales, y el servicio debe ser prestado a través del cuadro médico, nunca a través de cualquier otro servicio.

El Centro de Atención de la Compañía Aseguradora llevará a cabo los oportunos seguimientos que cada caso requiera, para determinar las necesidades y gestiones a realizar.

COMUNICACIONES: Las comunicaciones entre el Colectivo/Entidad/Asegurados y el Centro de Atención 24 horas de la compañía podrán quedar grabadas y registradas para el buen funcionamiento del servicio y cumpliendo siempre con la Ley de Protección de Datos.

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