SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN ESTATAL DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MEDIA DEPARTAMENTO DE PREPARATORIAS ESCUELA PREPARATORIA NÚMERO 3 DEL ESTADO TURNO VESPERTINO CLAVE DE C.T. 07EBH0034W "EDUCACIÓN, SUPERACIÓN Y DISCIPLINA"

REGLAMENTO ESCOLAR INTERNO PARA ESTUDIANTES INSCRITOS EN EL SEMESTRE AGOSTO-JULIO, CICLO ESCOLAR 2026-2027

Se considerarán estudiantes de la Escuela Preparatoria Número 3 del Estado Turno Vespertino, C.C.T. 07EBH0034W, aquellos inscritos oficialmente en tiempo y en forma dentro los periodos establecidos en el ciclo escolar vigente Y estarán sujetos a las normas que rigen el presente REGLAMENTO ESCOLAR INTERNO PARA ESTUDIANTES INSCRITOS EN EL SEMESTRE AGOSTO-JULIO, CICLO ESCOLAR 2026-2027.

DISPOSICIONES GENERALES

  • I. Los estudiantes podrán ser inscritos y ser representados en la institución educativa solamente por la madre, padre o tutor(a) que ejerza la patria potestad y/o custodia legal debidamente comprobada ante la autoridad educativa de la escuela. Para ello, deben cumplir cabalmente con los requisitos, documentación, procedimiento y demás aplicable para el proceso oficial de inscripción que se establezca por las autoridades correspondientes de la Escuela.
  • II. Solamente la madre, padre y/o tutor(a) legal que estén debidamente registrados y comprobados ante la autoridad educativa de la escuela podrá tener acceso a la información escolar de los estudiantes oficialmente inscritos.
  • III. La madre, padre y/o tutor(a) legal tienen el deber de respetar y hacer respetar a sus hijos(as) a todo el personal de la Escuela. En caso de no respetar las pautas institucionales, académicas, actitudinales y/o administrativas por parte de la madre, padre y/o tutor(a) legal, la Escuela se reserva el derecho de atenderle.
  • IV. La madre, padre, o tutor(a) que ejerza la patria potestad y/o custodia legal debidamente comprobada que inscriba al estudiante deberá firmar, respetar y cumplir este Reglamento en su totalidad con los artículos establecidos en éste.
  • V. En caso de no cumplirse alguno de los artículos establecidos en este Reglamento, la Dirección y Secretaría Académica de la Escuela junto con el Departamento de Orientación Educativa determinarán y aplicarán la sanción según la falta cometida que no se encuentre estipulada en este Reglamento. El Consejo de seguridad Escolar y disciplina intervendrá en casos necesarios para análisis y sanción según corresponda.
  • VI. Los estudiantes, padres de familia o tutores que ejerzan la patria potestad y/o custodia legal debidamente comprobada se abstendrán de intervenir en asuntos de carácter académico, administrativo o laboral de esta institución. En lo que concierne a sus relaciones con las autoridades de este establecimiento escolar, se sujetarán a las disposiciones que la autoridad señale.
  • VII. Todo estudiante del turno vespertino su horario de clases será de lunes a viernes de 14:20 a 21:20 horas para 1-2 semestre, 3-4 semestre y 5-6 semestre en la modalidad presencial o virtual en caso de alguna contingencia que se presente.
  • IX. Los grupos que representan a la institución en las diversas actividades como banda de paz (BDG), danza folclórica, escolta, entre otras, podrán ensayar los días sábados en un horario comprendido de 14:00 a 17:00 horas, de acuerdo con las indicaciones establecidas por el/la docente o instructor(a) responsable de dichas actividades.
  • X. Los padres de familia podrán representar a dos o más estudiantes ante la institución, siempre y cuando estos sean sus hijos. Es requisito indispensable qué si no es madre o padre del estudiante, debe comprobar debidamente ante la Dirección de la Escuela que el/la tutor(a) ejerce la patria potestad y/o custodia legal debidamente comprobada del estudiante referido, presentando original del documento legal que lo haga constar.
  • XI. Los estudiantes deben tener dos representantes ante la institución y estos sólo pueden ser la madre, padre de familia o tutor(a) que ejerza la patria potestad y/o custodia legal del estudiante y este último sea debidamente comprobando ante la Dirección de la Escuela, presentando original del documento legal que lo haga constar.
  • XII. Los docentes, administrativos y personal de apoyo no pueden ser representante tutores de los estudiantes, al menos que sean madres o padres de los estudiantes.
  • XIII. La Institución cuenta con un Área/Departamento de Orientación Educativa y Tutoría, misma que puede detectar situaciones especiales de los estudiantes que los padres o tutores legales deberán atender de manera inmediata y comprometerse a dar el acompañamiento necesario, ya sea dentro de la escuela o en instituciones especializadas a las que sea canalizado. Dicha Área verificará el seguimiento y cumplimiento de lo indicado. Asimismo, es obligación de los padres o tutores legal mantener actualizada a esta área cualquier información importante acerca de sus hijos(as), la cual se tratará con la confidencialidad.

XIV. Es necesario que el padre, madre o tutor(a) que ejerza la patria potestad y/o custodia legal debidamente comprobada acuda a la escuela a recibir las boletas de evaluación parcial y semestral el día y hora indicado. En caso que el estudiante acredite todas las asignaturas de evaluación parcial y semestral, podrá recibir su boleta correspondiente. Cuando su hijo(a) tenga una asignatura o más reprobada  se le entregará únicamente al padre, madre o tutor legal.

XV. En el momento que el padre, madre o tutor(a) que ejerza la patria potestad y/o custodia legal inscriba oficialmente a su hijo(a) en esta institución educativa, se compromete apoyar todas las acciones para erradicar la violencia escolar y crear entornos seguros en favor del desarrollo de la comunidad escolar, por lo que el padre, madre o tutor(a) legal autoriza que su hijo(a) participe en la implementación de Protocolo de protección y seguridad escolar para la prevención de conductas antisociales en los centros escolares y TAMIZAJE, establecido por la Mesa de Seguridad para la Construcción de la Paz en Chiapas y/o la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

  • XVI. Los estudiantes participarán en Actividades y Clubes Deportivos, Actividades y Clubes Culturales durante su permanencia escolar y estarán sujetos a las disposiciones del/la docente responsable de dichas Unidades de Aprendizaje Curricular (asignaturas).
  • XVII. Con la inclusión de las nuevas tecnologías dentro de los medios didácticos al alcance de la comunidad escolar y la posibilidad de que en estos puedan aparecer imágenes o videos de los estudiantes durante la realización de las actividades escolares o educativas que implemente la Escuela, el padre, madre o tutor(a) que ejerza la patria potestad y/o custodia legal autoriza libre, expresa e inequívocamente a la Institución Educativa captar, almacenar, editar, divulgar, publicar el nombre, imágenes, audios o datos de su hijo(a), a través de cualquier medio físico, electrónico, virtual, con fines pedagógicos, culturales, deportivos, publicitarios, comerciales, formativos, informativos y otros en representación de la Institución educativa, garantizando que las actividades que se realizarán durante el desarrollo del proyecto se encuentran enmarcadas en el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, y en el respeto de sus derechos fundamentales.
  • XVIII. Es responsabilidad de la madre, padre o tutor(a) legal obtener el Número de Seguridad Social (NSS) de su hijo(a) y afiliarlo(a) puntualmente como derechohabiente ante la clínica del Instituto Mexicano del Seguro Social que le sea asignada. Independientemente la institución de seguridad social con la que cuente, es obligación de la madre, padre o tutor(a) legal tramitar el NSS de su hijo(a), notificar a la Escuela sobre la culminación de este proceso y entregar el documento probatorio (Carnet o Cartilla) del NSS asignado a su hijo(a). En caso contrario, queda bajo la responsabilidad de la madre, padre o tutor(a) legal lo que su incumplimiento de esto derive.
  • XIX. En la Unidad de Aprendizaje Curricular de Sub-modulo y/o Formación Elemental para el Trabajo se tendrá que cumplir con el mínimo del 80% de asistencia del total de clases efectivas en cada periodo parcial y que haya desarrollado las competencias requeridas para obtener el diploma de la asignatura al egresar de 6to. Semestre. El docente será quien determine quienes obtendrán el diploma.
  • XX. Los estudiantes de 4to Semestre se les asigna área de formación de acuerdo con sus intereses, aptitudes y habilidades por parte del/la docente responsable de la Unidad de Aprendizaje Curricular de Orientación Educativa; se deberá cumplir un promedio de 8.5, considerando los promedios del 1ro al 3er. Semestre para poder asignar al estudiante el área de especialización que solicita.
  • XXI. Si existiera mayor demanda para cualquiera de las áreas de especialización existentes, la Dirección de la Escuela o Secretaría Académica en coordinación con Orientación Educativa, analizarán aquellos estudiantes que tengan mejor promedio. En caso de requerir cambio de área asignada al estudiante, la madre, padre de familia o tutor(a) que ejerza la patria potestad y/o custodia legal debidamente comprobada del estudiante deberá entregar a la Secretaría Académica una carta responsiva y una solicitud de cambio de área debidamente requisitada, antes del proceso de inscripción del Ciclo Escolar a cursar; el cambio de área de especialización estará sujeta a los espacios disponibles.
  • XXII. El estudiante que cause baja temporal o definitiva que solicite su reinscripción, estará sujeto a los espacios disponibles con previa autorización de la Dirección y Secretaría Académica de la Escuela.
  • XXIII. El estudiante debe conducirse de forma respetuosa y correcta, en todo momento, al personal docente, administrativo, directivo y de intendencia y toda la comunidad escolar, evitar toda forma de intolerancia, discriminación, maltrato o agresión, ya sea física, verbal, psicológica o emocional. La violación a esto, será causa de responsabilidad y aplicación de las sanciones correspondientes de acuerdo a la gravedad del caso.
  • XXIV. Las estudiantes que llegasen a presentar estado de gravidez (embarazadas) durante su estancia en la Escuela, habiéndose enterado de su embarazo, obligatoriamente deben estar afiliadas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y llevar el control que esta institución pública de salud determine. De forma inmediata, deben asistir en compañía de su madre, padre o tutor(a) legal a la Oficina de la Secretaría Académica para dar aviso formal sobre su estado y hacer entrega de una constancia o certificado médico expedido por una institución pública o privada, debidamente requisitada.
  • XXV. Cuando un médico certifique que los estudiantes en estado de gravidez (embarazada) o con diferentes patologías no puedan asistir a clases, los estudiantes y/o su madre, padre o tutor(a) legal debe entablar comunicación inmediata con los docentes que le imparten las asignaturas para su respectiva evaluación.
  • XXVI. Se rendirá homenaje a nuestro lábaro patrio los días lunes a las 15:20 horas, así como los días festivos que marque el calendario oficial. Por tanto, es la madre o padre o tutor(a) que ejerza la patria potestad y/o custodia legal debidamente comprobada del estudiante quien tendrá la obligación de enviar debidamente uniformado(a) a su hijo(a) o tutorado(a) con el uniforme de gala.
  • XXVII. En cada periodo de evaluación parcial y final se suspenderá el homenaje a la bandera, con la finalidad de no interrumpir la secuencia de aprendizaje planeada por los docentes.
  • XXVIII. Para todo trámite que realice los padres de familia o tutor(a) que ejerza custodia legal debidamente comprobada deberá presentar copia de identificación oficial (INE, pasaporte, Cédula de Identidad, etc.).
  • XXIX. Es obligación que los padres de familia o tutores legales revisen a sus hijos o tutorados antes de salir de casa para detectar algún síntoma de enfermedad respiratoria (tos, gripe, temperatura, escurrimiento nasal, dolor de cabeza o cuerpo, vómito o diarrea) u otro tipo de enfermedad que ponga en riesgo sanitario de la comunidad escolar. En caso de que el alumno(a) presente algún síntoma de los antes mencionados en la institución, es obligación del padre, madre o tutor venir por el alumno presenta su INE.
  • XXX. Cuando el estudiante presente algún síntoma o se sospeche de alguna enfermedad viral, como COVID19, influenza, sarampión, varicela, conjuntivitis, entre otras, la institución se reserva el derecho de recibirlo hasta que culmine el cuadro de la enfermedad. Deberá presentar constancia médica de instituciones de salud pública para justificar la inasistencia.
  • XXXI. El estudiante NO debe traer objetos personales de alto valor económico como computadoras, teléfonos celulares, tabletas, alhajas, etcétera; la institución educativa NO SE HARÁ RESPONSABLE DE LA PÉRDIDA Y/O ROBO DE LOS BIENES.
  • XXXII. No está permitido ingresar balones a la Escuela, ni utilizar balones dentro del salón de clases o en cualquier otra área de la escuela en horarios no establecidos de actividades deportivas.
  • XXXIII. No está permitido introducir alimentos, bebidas u otros productos con fines de venta dentro de la Institución por parte de los estudiantes. A menos que sea con fines de recaudación de fondos de un grupo y con previa autorización de la Dirección y/o Secretaría Académica de la Escuela.
  • XXXIV. Los padres de familia o tutores legales interesados en hablar con sus docentes, deberán hacer cita en prefectura para ser atendidos. Ningún padre de familia o tutor(a) legal podrá permanecer en la institución durante la jornada de clases.
  • XXXV. No se permitirá el acceso de madre, padre de familia o tutor(a) que ejerza la patria potestad y/o custodia legal debidamente comprobada para la entrega de tareas, trabajos, libretas, proyectos, comida al estudiante.
  • XXXVI. Es obligación del madre, padre o tutor legal de informar mediante el diagnóstico vigente (Usaer o especialista) en el área académica y/o Orientación Educativa si su hijo(a) presenta barrera de aprendizaje o neurodivergencia.
  • XXXVII. La institución realizará operaciones

DE LOS DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

El estudiante oficialmente inscrito en la Escuela Preparatoria Número 3 del Estado Turno Vespertino tiene derecho a:

  • Art. 1. Se le respete en su integridad física y emocional, recibiendo tal efecto el trato adecuado (sin discriminación de sexo, orientación sexual, raza, color, credo, ideología, etc.).
  • Art. 2. Recibir de los directivos, docentes, y administrativos un trato digno, de respeto y cordialidad; además, orientación necesaria en sus problemas cotidianos a través del Departamento de Orientación Educativa, Tutorías y/o Tutor grupal.
  • Art. 3. Recibir la información sobre su situación administrativa y escolar en tiempo y forma por al área que corresponda.
  • Art. 4. Que se le otorgue credencial escolar y el estudiante de forma obligatoria la portará como gafete (enmicada y con cordón) para ingresar a la institución, durante su permanencia dentro de su horario de clases la escuela y en todo evento externo o trámite administrativo que se requiera.
  • Art. 5. Tener tolerancia de 15 minutos únicamente en la primera hora para poder ingresar al salón de clases. El límite de tolerancia establecido generará retardo en su asistencia, después de exceder el tiempo de tolerancia se le aplicará la falta correspondiente.
  • a) Si el estudiante llega a la Escuela después de los 15 minutos de tolerancia (14:35 horas), debe esperar en el pórtico de la Escuela y entrará a la siguiente hora de clases. En las subsecuentes horas de clases no hay tiempo de tolerancia, ni se justificarán retardos y se aplicará la falta correspondiente.
  • b) Si el estudiante llega a la institución a partir de la tercera hora (16:00 horas), sólo podrá ingresar a la Escuela si se presenta con su madre, padre de familia o tutor(a) que ejerza la patria potestad y/o custodia legal debidamente comprobada.
  • c) Si el estudiante trabaja se le justificará la primera hora siempre y cuando presente su constancia laboral acompañado con el permiso e INE del tutor (límite de entrega de constancia laboral en la subdirección académica 15 días de inicio de clase por semestre.
  • Art. 6. Todo estudiante tiene derecho recibir una silla estilo paleta o mesa con silla, deberá de conservarla en buen estado, además de cuidar los inmuebles a los que tenga acceso.
  • Art. 7. Recibir sus clases a la hora señalada con base en el horario de clases de grupo. Los estudiantes tendrán derecho a receso de 16:50 a 17:10 horas, posteriormente las clases será consecutivas sin recesos.
  • Art. 8. Ser valorado con base en su trabajo académico e intelectual y en caso de cometer plagio (copia) o deshonestidad académica, el estudiante será evaluado de acuerdo con el criterio establecido por el docente que corresponda.
  • Art. 9. El estudiante puede ser electo a ocupar el cargo de jefe/representante de grupo y subjefe, siempre y cuando el/la estudiante electo(a) tenga buena conducta y cumpla con un promedio mínimo de 8.5.
  • Art. 10. Elegir a sus representantes (jefe, subjefe), con apoyo de su Tutor Grupal en los próximos 15 días de haber iniciado el semestre o en el tiempo que se requiera según las necesidades.
  • Art. 11. El estudiante podrá pertenecer a grupos representativos de la Escuela de actividades paraescolares (deportivas, artísticas o culturales), siempre y cuando cumpla con un promedio mínimo de 8.5 y presenta buen comportamiento. Si algún estudiante que pertenece a grupos representativos de la Escuela no cuenta con promedio de 8.5, se le notificará formalmente a sus padres o tutores legales y deberán firmar Carta Compromiso para que el estudiante mejore su desempeño académico; de lo contrario, se le dará de baja del grupo.
  • Art. 12. Podrá inscribirse en tiempo y forma solamente si no tiene ninguna asignatura reprobada (estudiantes regulares).
  • Art. 13. Se respetará el credo que el estudiante profese. Ante los símbolos patrios, todo estudiante debe guardar la debida compostura, respetar los símbolos patrios, permanecer en silencio y guardar orden durante el homenaje (en posición de firmes).
  • Art. 14. Faltar hasta 3 días durante cada periodo parcial (sin importar el motivo); el permiso puede ser solicitado de forma presencial por la madre, padre de familia o tutor(a) que ejerza la patria potestad y/o custodia legal debidamente comprobada; o bien, el estudiante puede tramitar el permiso siempre y cuando traiga consigo el permiso de forma escrita firmado por la madre, padre de familia o tutor(a) y copia de su INE. Dicho trámite se efectúa en el Área de Orientación Educativa en el horario de 14:20 a 18:00 horas de lunes a viernes. (Teniendo un lapso de 48 horas para justificar)
  • Art. 15. Todo estudiante que tenga cualquier tipo de cita debidamente comprobada, debe tramitar el permiso anticipadamente tal cual lo establece el Artículo anterior, anexando copia del comprobante de su cita.
  • Art. 16. Los estudiantes con inasistencias justificadas tienen la responsabilidad de realizar las actividades desarrolladas y cumplir con la entrega de las producciones solicitadas por el docente en un plazo no mayor de 2 días hábiles posteriores de haberse incorporado a las actividades escolares (a consideración del docente).
  • Art. 17. Asistir a la escuela debidamente uniformado todos los días conforme a su horario de clases grupal.
  • Art. 18. Cuando el estudiante no pueda presentarse a la escuela con el uniforme que le corresponde de acuerdo a su horario de clases, puede portar cualquiera de los uniformes de la institución y deberá presentar un justificante por escrito, firmado por la madre, padre de familia o tutor(a) que ejerza la patria potestad con copia de INE.
  • Art. 19. Registrarse en el Programa de Becas para el Bienestar Benito Juárez en tiempo y forma. Aunque el estudiante se registre al programa, no garantiza que se le beneficie con el pago.
  • Art. 20. Conocer el resultado de sus evaluaciones por parte de los docentes al término de cada parcial, evaluación final y semestral. El estudiante debe firmar de enterado de sus calificaciones.
  • Art. 21. Recibir servicio médico por parte del IMSS; los trámites para la afiliación del estudiante son programados por IMSS al inicio de cada semestre y es responsabilidad del estudiante, madre o padre de familia o tutor(a) hacerlo en tiempo y forma.

DE LA ACREDITACIÓN Y EVALUACIÓN: FUNDAMENTACIÓN

  • Art. 22. La acreditación es un proceso de valoración del desarrollo de las competencias consideradas en las Unidades Curriculares de Aprendizaje del plan de estudio y la asignación de la calificación para determinar el nivel de desempeño.
  • Art. 23. En ningún caso la sanción impuesta al educando por incumplimiento del Reglamento Escolar Interno, será considerada por el docente para la valoración de su desempeño académico.
  • Art. 24. El ciclo escolar está formado por dos semestres, cada uno estará integrado por tres evaluaciones parciales y una final. Y dos Oportunidades de Evaluación de Regularización.
  • Art. 25. Podrá presentar evaluación parcial y final el estudiante que tenga como mínimo el 80% de asistencia según el número de horas que tenga la asignatura y si no cumple con este porcentaje deberá realizar el proceso de regularización (extraordinario).
  • Art. 26. Todo estudiante que repruebe 3 asignaturas en 5to y 6to. semestre y 2 asignaturas en 1er y 3er semestre, será dado de BAJA temporal, informando de su situación a la madre, padre o tutor(a) legal del estudiante.
  • Art. 27. Los estudiantes que sean considerados aún no competentes, hasta 3 asignaturas en  5toy 6to. semestre y 2 asignaturas en 1er, 2do, 3ro y 4to semestre, podrán regularizarse en dos oportunidades de Evaluación de Regularización, sólo en el periodo escolar correspondiente y en las fechas establecidas.
  • Art. 28. Los estudiantes que realicen trámite de regularización deberán acudir a cualquier oficina recaudadora de la Secretaría de Hacienda del Estado a realizar el pago correspondiente al derecho de examen, debiendo presentar en el área de control escolar el recibo original con dos copias antes de la fecha programada para la evaluación.
  • Art. 29. Los estudiantes en las asignaturas de Orientación Educativa, Actividades y Clubes Deportivos, Actividades y Clubes Culturales y Submódulo, serán evaluadas y calificadas por medio de literales: C (Competente) o ANC (Aún No Competente). En el caso de no acreditarlas, deberán ser recursadas en los mismos términos de todas las asignaturas curriculares.
  • Art. 30. La escala de calificaciones que se utiliza para acreditar las evaluaciones será de cinco (5) a diez (10), donde la mínima aprobatoria será de seis (6), los resultados definitivos se expresan en números enteros.
  • Art. 31. La calificación final deberá integrarse de la siguiente manera:
  • a) Por el promedio de las calificaciones de los tres periodos de la evaluación parcial, siempre y cuando alcance en dos periodos algún nivel considerado como competente. (C). o
  • b) Cuando en dos periodos parciales o el promedio de las calificaciones de los tres periodos manifiesten que el educando es aún no competente (ANC) deberá presentar la evaluación final.
  • c) En las asignaturas que obtienen calificación numeral o letra, para poder acreditar tendrá que tener acreditados 2 parciales con calificación aprobatoria (mínimo 18 puntos, en la suma de los 3 parciales).
  • Art. 32. En el caso del Currículum de Recursos y Ámbitos Socioemocionales de 1er semestre, el estudiante deberá acreditar las 2 asignaturas para acreditar esta Unidad de Aprendizaje Curricular.
  • Art. 33. En ningún caso, el docente de manera unilateral, excluirá a los estudiantes de las actividades académicas.

DEL UNIFORME ESCOLAR OFICIAL

  • Art. 34. Es obligatorio que todos los estudiantes usen el uniforme escolar oficial de lunes a viernes, de acuerdo con el horario de clases de grupo. El estudiante también debe usar el uniforme escolar cuando presente exámenes de recuperación (antes extraordinarios) y se presente a actividades extra clases. Los padres de familia, o tutor(a) que ejerza la patria potestad y/o custodia legal debidamente comprobada deben asegurarse que su hijo(a) usen el uniforme escolar correspondiente y use el gafete de su credencial de estudiante de la Escuela a la vista. El estudiante de 5° y 6° semestre debe asistir a eventos institucionales con el uniforme de gala cuando se requiera. Es obligación de los padres de familia, o tutor(a) vigilar el correcto uso del uniforme de la siguiente manera:
  • a) El uniforme escolar del diario para los estudiantes hombres oficialmente consiste en pantalón color azul plumbago, con el distintivo oficial de la Escuela, con pretina y corte tradicional o clásica, sin modificaciones, playera blanca tipo polo, con los distintivos oficiales de la Escuela, zapatos negros cerrados tipo escolares y calcetines negros o azules.
  • b) El uniforme escolar del diario para las estudiantes mujeres oficialmente consiste en falda color azul plumbago, con el distintivo oficial de la Escuela, con dos paletones al frente y largo hasta la rodilla, blusa blanca tipo polo, con los distintivos oficiales de la Escuela, zapatos negros cerrados (tipo escolares), calcetas largas a la rodilla color blanco y de forma opcional moño blanco.
  • c) En el homenaje a nuestro lábaro patrio y eventos especiales que lo requieran, es obligatorio que todos los estudiantes (hombres y mujeres) se presenten con el uniforme de gala, el cual consta de camisa manga larga color blanco, con el escudo bordado oficial de la Escuela y una corbata color azul plumbago.
  • d) El uniforme escolar de deportes para los estudiantes (hombres y mujeres) oficialmente consiste en pants y shorts color azul petróleo, con los distintivos oficiales de la Escuela, playera color blanco cuello V, con el escudo y los distintivos oficiales, tenis color blanco, agujetas blancas y tines blancos. Los estudiantes deben presentarse con este uniforme ÚNICAMENTE los días que tienen la asignatura de Actividades y/o Clubes Deportivos.
  • e) Los estudiantes hombres deben presentarse con el corte de cabello escolar, estilo corto normal con laterales rapados y la parte superior del cabello un poco más larga (de tres a cinco centímetros), sin modificaciones extravagantes, sin tintes, sin gorras, sin perforaciones y piercing, sin barba y bigote.
  • f) Las estudiantes mujeres deben traer el corte y estilo de cabello normal, sin tintes exagerados; ni maquillaje excesivo, sin perforaciones y piercing en el rostro o lengua, sin bisutería exagerada, ni uñas largas o pintadas extravagantes.

DE LAS SANCIONES A LOS ESTUDIANTES

Son hechos personales o colectivos que en su actuar o en su omisión intenta interrumpir las actividades de la institución o intentan desconocer a las autoridades o atentar contra las instalaciones a los bienes que se utiliza.

  • Art. 35. Cuando el estudiante no porte o traiga consigo su credencial de estudiante de la Escuela en forma de gafete para ingresar a la institución, la primera vez se hará acreedor de un reporte por escrito con registro a su expediente escolar, la segunda vez se le notifica por escrito a los padres o tutores legales; si el estudiante reincide con esta conducta por tercera vez o más, el personal del filtro de seguridad detendrá su ingreso informando al padre, madre o tutor que su hijo(a) se retira.
  • Art. 36. Todo estudiante que se encuentre dentro y fuera de la institución cometiendo actos que lesione la moral, la disciplina en orden y el buen prestigio de la escuela portando el uniforme escolar, será amonestado y notificado a los padres de familia.
  • Art. 37. En caso de indisciplina dentro del salón de clases, los docentes y el tutor grupal tienen la autoridad suficiente para reportar al estudiante de forma escrita a Orientación Educativa llenando el formato adecuado. La falta de respeto a los símbolos patrios en el homenaje por el estudiante es acreedor al proceso de sanciones.
  • Art. 38. Fuera del salón de clases, los actos de indisciplina o mala conducta presentadas por el estudiante podrán ser reportados de forma verbal por el personal directivo, docente, administrativo y/o sus propios compañeros ante el Departamento de Orientación Educativa o Secretaría Académica.
  • Art. 39. El grupo que incurra en inasistencia o indisciplina colectiva será analizado por parte de la Dirección de la Escuela, el Colegiado de Acción Tutorial.
  • Art. 40. Si se sorprende a los estudiantes en comportamiento inadecuado moralmente dentro de la institución serán sujetos y/o acreedores de amonestación verbal y escrita, con registro a su expediente. Se citará por escrito a los padres de familia o tutor(a) legal.
  • Art. 41. Cuando el estudiante transgreda o infrinja alguno de los artículos anteriores establecidos en este reglamento por primera vez, el estudiante se hará acreedor a una amonestación verbal y escrita, con registro a su expediente.
  • Art. 42. Cuando el estudiante transgreda o infrinja alguno de los artículos anteriores por segunda vez o más, se aplicará la suspensión de 1 a 3 días, según sea la gravedad. Además, se citará a los padres de familia, o tutor(a) legal.
  • Art. 43. Está prohibido y se aplicará una sanción en caso de que los estudiantes participen en publicaciones de fotos, videos o cualquier otro material multimedia en páginas de internet, redes sociales u otro medio de comunicación gráfica, que ocasione perjuicio o desprestigio a sus compañeros, personal docente, administrativo y/o a la institución.
  • a) Queda prohibido introducir, difundir y consultar material pornográfico, así como mantener dentro de las instalaciones o zona circunvecina, cualquier conducta individual o de grupo como el bullying, ciberbullying, sexting.
  • Art. 44. El estudiante que se salga de las instalaciones de la escuela sin autorizaciónse sancionará con una suspensión de 1 a 3 días.
  • Art. 45. En caso que el estudiante participe o propicie actos que permitan el acceso a las instalaciones a personas ajenas sin autorización, será acreedor de una sanción.
  • Art. 46. En caso que el estudiante ingrese a la escuela con bebidas alcohólicas, ingiera bebidas alcohólicas o embriagantes dentro de la escuela o sea sorprendido vistiendo el uniforme escolar fuera de la escuela en dicho estado; ingrese, consume, venda, distribuya en la escuela cualquier enervante, estupefaciente o drogas; fume y/o venda tabaco o cigarros electrónicos, se aplicará la suspensión de 1 a 3 días y canalización a dependencias. Si reincide, será dado de BAJA temporal con el consentimiento de los padres de familia.
  • Art. 47. En caso que el estudiante consuma, venda, distribuya dentro de la escuela cualquier enervante, estupefaciente o drogas que pongan en riesgo su salud; ingrese, porte o use cualquier tipo de arma de fuego o blanca dentro de la escuela, se dará aviso inmediato a las autoridades correspondientes y será dado de BAJA definitiva.
  • Art. 48. Cuando el estudiante destruya, deteriore o manche parte del mobiliario, equipo o instalaciones fijos o semifijos dentro y en el perímetro de la escuela debe reparar los daños inmediatamente.

LOS CASOS NO PREVISTOS EN ESTE REGLAMENTO SERÁN VISTOS PARA SU ANÁLISIS Y/O SANCIÓN POR EL CONSEJO DE SEGURIDAD ESCOLAR PRESIDIDO POR LA DIRECCIÓN DE LA ESCUELA.

HUMANISMO QUE TRANSFORMA GOBIERNO DE CHIAPAS 2024-2030 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN ESTATAL DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MEDIA ESCUELA PREPARATORIA NÚMERO 3 DEL ESTADO TURNO VESPERTINO CLAVE DE C.T. 07EBH0034W "EDUCACIÓN, DISCIPLINA Y SUPERACIÓN"