EL CAMINO DE 1824 A 1847, REFLEJO DE LA INESTABILIDAD POLITICA MEXICANA.

Omar Salomón Flores García.

Ya hemos mencionado hasta ahora las constituciones que marcaron la precaria condición del ciudadano mexicano durante el primer cuarto del siglo  XIX.

De las dos primeras se desprende el hecho de que el concepto de ciudadano está presente solo que en la primera de 1812, este aparece con el fin en teoría, de subir de categoría a los habitantes de América y que con ello estuvieran a la par de sus semejantes de España, de la segunda entendemos que el concepto ciudadano, es para crearle una condición social a todos los habitantes, condición que les permitiría una igualdad jurídica.

De la tercera que no es considerada constitución y que aparece 1821, podemos observar la falta del concepto ciudadano, posiblemente  y como lo mencionamos en la última entrega, por el motivo de que su función no fue dar una categoría al habitante de la nueva España, si no por el hecho de oficializar la separación de México con España de una vez por todas.

Ahora nos tocara analizar de forma breve el paso que vivió México de 1824 a 1847, periodo en cual el país vivió una inestabilidad política fuerte que se vio reflejada en las constituciones publicadas durante ese periodo.

Los  documentos de carácter constitucional que van del periodo de 1824 a 1847 solamente reflejaban en cada uno de ellos, la ideología que dominaba el poder en esa fecha, pues recordemos que antes de 1857 en México había dos ideologías en pugna por el poder, los conservadores y los liberales, los primeros pretendían que nada debería cambiar y los segundos que todo debería cambiar de forma radical en el país.

En las cinco publicaciones constitucionales de este periodo, lo único que se pretendía establecer era la forma de gobierno que se debía llevar a cabo en el país y no el darle una calidad jurídica a los habitantes, de los cuales ya mencionamos que, su postura al parecer no fue relevante, pues no se demuestra que fueran un factor de cambio en el país, es decir pareciera ser que no les importaba lo que pasara en el país, pero ¿en realidad fue así? No les importo o ¿no sabían cómo participar?

La constitución de 1824 establecía en su contenido que una forma de gobierno republicana, representativa y popular, dividiendo el poder en legislativo, ejecutivo y judicial y además señalando que la religión católica era la oficial y única.

Las Siete Leyes constitucionales, de 1835-1836. Hacia 1835 los centralistas se impusieron, eliminaron la anterior constitución y crearon una nueva conocida como las Siete Leyes, en la cual el país fue dividido en departamentos, en lugar de estados, y se estableció el “Supremo Poder Conservador” que podía anular una ley o un decreto y declarar la incapacidad física o moral del presidente del congreso.

En varios estados hubo pronunciamientos a favor de tal sistema, y en la misma ciudad de México parte de la población recorrió las calles aclamando este sistema de gobierno. Hasta que por fin el 23 de octubre de 1835 el congreso se declaró constituyente y adoptó las bases de una constitución centralista mejor conocida como las Siete Leyes.

Según ella todos los gobernantes estarían sujetos al gobierno central; se suprimieron las legislaturas de los estados para convertirlos en departamentos gobernados por juntas departamentales de 5 individuos que aconsejaban al gobernante; las rentas públicas de los departamentos quedaron a disposición del gobierno central; además se prorrogó el periodo presidencial a 8 años y se creó el cuarto poder; esto es, el poder conservador encargado de vigilar el cumplimiento de la constitución.

En agosto de 1841, Mariano Paredes y Arrillaga se pronunció en GuadalajaraAntonio López de Santa Anna hizo lo propio en Perote y convergieron en La Ciudadela con el general Gabriel Valencia.

El 28 de septiembre de 1841 firmaron las Bases de Tacubaya cuyo objetivo era deponer al presidente y a los cuatro poderes de su gobierno. Posteriormente se debería.

En 1842 el congreso formuló un proyecto para una nueva Constitución. El diputado Mariano Otero propuso un gobierno republicano, representativo, popular y federal, así como un sistema de representación de las minorías, lo que ocasionó gran descontento de la fracción conservadora que derivó en diversos enfrentamientos que condujeron a que el congreso fuera disuelto.

En junio de 1843 se sancionó una nueva Carta Magna a la que se dio el nombre de Bases orgánicas de los Estados Unidos Mexicanos de 1843.

Esta norma fue de corte centralista. Estuvo en vigor sólo tres años y suprimió el supremo poder conservador. Se instauró la pena de muerte y se restringió la libertad de imprenta.

Finalmente el acta constitutiva y de reformas de 1847 se dio debido a la inestabilidad política del país y a la guerra contra los Estados Unidos de América (1846-1848) con ella el país volvió a adoptar el sistema federal establecido en la constitución de 1824.

Estas reformas establecieron las garantías individuales, se suprimió el cargo de vicepresidente y se adoptaron las elecciones directas para diputadossenadorespresidente de la república y ministros de la Suprema Corte.

Se facultó al congreso para anular las leyes de los estados que implicaran una violación al pacto federal, y se establecieron los derechos de petición y de amparo.

De lo anteriormente señalado en cada uno de los documentos constitucionales se puede desprender que, si bien se le dio importancia  a la situación de los habitantes, esta importancia fue relativa, porque vemos en este lapso de tiempo de 1824 a 1847, la aparición de cinco distintos proyectos constitucionales, lo cual es un indicativo de la inestabilidad política del país, inestabilidad que fue un factor importante en el proceso de formación del concepto ciudadano, pues si bien en cada una se atendía a la condición del ciudadano, esta atención desaparecía con la llegada y promulgación de otra constitución, que en principio cambia la forma de gobierno y con ello el valor e importancia del ciudadano.

Es un hecho que a lo largo de la historia, el poder político lo ha monopolizado casi siempre un grupo de hombres, considerados como ilustres o educados y que la gente común y corriente, considerada como chusma no ha tenido un peso considerable en las decisiones políticas, por no tener argumentos para discutir temas y conceptos que para ellos pueden ser desconocidos e incomprensibles sobre el ámbito político.

Y es que en México, la historia nos ha demostrado que la falta de alfabetización ha sido una constante y por ende al grueso de la sociedad mexicana casi siempre, si no es que siempre, se le ha considerado como una chusma, que solo sabe quejarse y estirar la mano, pero aquí es donde me pregunto qué hubiera pasado si a esa “chusma” se le hubiera educado, que tipo de habitantes hubieran sido, si bien esto ya lo hemos tocado, es importante decir que es una pregunta importante, pues la educación es un elemento que sirve para brindarle al habitante elementos teóricos para su accionar en la vida cotidiana y que además le pueden permitir entender su condición ante el gobierno en turno.

Y es que las cinco publicaciones de 1824  a 1847 demuestran que lo único que preocupaba a los  lidérese e intelectuales de la época era colocar a su ideología en el poder y tratar de mantenerla a como diera lugar, y que además la inestabilidad era un elemento cotidiano y difícil de negar.

Además de que el tema del ciudadano pasaba a segundo término, pues no era prioridad darle un sustento jurídico a los habitantes, por lo cual estos tuvieron que esperar 33 años para poder tener, con sus limitaciones un sustento jurídico que les permitiría influir en la toma de decisiones de forma estable.

Por lo cual podemos decir a manera de resumen que  durante este periodo el habitante se vio desprotegido por un sustento jurídico que le pudiera brindar seguridad y una calidad mayor ante sus gobernantes. Y si tomamos en cuenta la publicación de 1821, tenemos que desde 1814, no se le brindaba al habitante un elemento jurídico que lo pusiera como un igual con poder de elegir, un ser con condición demócrata, 36 años tuvieron que pasar para que una constitución se ocupara del todo y le diera peso a la condición de ciudadano al habitante común, claro con sus limitaciones.