BASES Y CONDICIONES
CONCURSO “VIDRIERAS DEL CENTENARIO”
1. ORGANIZADOR.
La Municipalidad de Tartagal conjuntamente con el Centro Empresario de Tartagal y la Cámara de Turismo del Norte Salteño (en adelante, indistintamente a ORGANIZACIÓN o el ORGANIZADOR) convocan abiertamente aquellos comercios de la ciudad de Tartagal (en adelante llamado el o los PARTICIPANTES) a participar del concurso denominado “Vidrieras del Centenario”, (en adelante indistintamente “CONCURSO” o “CERTAMEN”), cuya ejecución y aspectos vinculados se regirán por las presentes BASES y Condiciones (en adelante “BASES”).
2. OBJETIVOS.
El CONCURSO tiene los siguientes objetivos:
3. PARTICIPANTES
3.1 Requisitos: Podrán participar del CERTAMEN todos aquellos comercios de la ciudad, ya sean pequeños, medianos o grandes, que cumplan los siguientes requisitos:
4.1.- Inscripción: Para realizar la inscripción se deberá inicialmente completar el formulario de inscripción disponible a tal efecto en el siguiente link:
4.2.- Adaptación de la vidriera: Una vez realizada la inscripción el PARTICIPANTE deberá proceder con la adaptación de la vidriera, tematizada con la celebración de los 100 años de la ciudad de Tartagal.
4.3.- Remisión de imagen: El ORGANIZADOR dispondrá un profesional que fotografiará la vidriera para la
posterior publicación en redes sociales de la imagen. El PARTICIPANTE se compromete a estar en el comercio al momento de la toma de fotografías que se realizará dentro del plazo del concurso, con previo aviso.
4.4.- Colocación de cartel identificatorio: luego de la inscripción y armado de la vidriera, el PARTICIPANTE recibirá de manera personalizada en su comercio 1 (un) afiche de comercio adherido con la gráfica del CONCURSO para ser identificado por sus clientes los días de exhibición.
5. JURADO
5.1.- Formación: El ORGANIZADOR convocará un jurado para la evaluación y definición de los ganadores del CERTAMEN. El Jurado estará compuesto por un miembro del Centro Empresario de Tartagal, uno del Municipio, uno de la Facultad de Tartagal de la UNSA y uno del Ministerio de Turismo de la Provincia de Salta. Los criterios y procedimientos de selección, orden de votación y toda otra cuestión relativa a los mismos serán definidos por el ORGANIZADOR.
5.2.- Resoluciones: Tanto el ORGANIZADOR como el Jurado convocado no se encontrarán obligados a dar razón ni fundamento de sus decisiones siendo estas inapelables e irrecurribles. No será posible para ningún PARTICIPANTE recusar a ningún integrante del jurado convocado al efecto.
6. ETAPAS Y PLAZOS.
El CERTAMEN posee las siguientes etapas y términos.
6.1.- Inscripción: quienes se encuentren interesados en participar podrán adherirse al CERTAMEN desde el 3/05/2024 al 25/05/2024 a través del form / link de inscripción. Serán desestimadas las inscripciones que se efectúen fuera del plazo indicado.
6.2.- Exhibición: El tiempo previsto para exhibición y visita de las vidrieras de los PARTICIPANTES por parte del público y del jurado será desde 1/06/2024 al 30/06/2024.
6.3.- Evaluación: La evaluación de las vidrieras con el objetivo de elegir a los ganadores será realizada en el término comprendido entre el 1/06 y el 30/06 en doble instancia: dos ganadores electos por parte del público y dos ganadores por parte de un jurado designado al efecto, de conformidad a como se establece seguidamente:
positivas (me gusta, me encanta o me importa).
Elección del jurado: el 1/07 el jurado convocado al efecto, designará dos ganadores.
El jurado tendrá en cuenta a los fines del otorgamiento de la premiación, entre otros y sin orden especifico, los siguientes criterios:
8. OBLIGACIONES DEL COMERCIO ADHERIDO.
Una vez inscripto, el comercio adherido deberá exhibir su vidriera acorde a la temática “centenario” durante el tiempo establecido en el artículo 6.2 de este documento. También deberá exhibir el cartel del comercio adherido. Los gastos vinculados correrán a cargo del comercio.
9. PREMIACIÓN.
9.1.- Premios: Quienes resulten ganadores del CONCURSO conforme al presente, serán acreedores a los siguientes premios (en adelante en su conjunto e indistintamente PREMIO):
Primer premio por votación del público:
Segundo premio por votación del público:
Primer premio del jurado:
Segundo premio del jurado:
Los premios a entregarse son los descriptos en estas BASES, no se incluye ningún otro bien o servicio distintos de los mencionados.
9.2.- Entrega de los premios. Plazo: Los premios serán entregados por el ORGANIZADOR o por parte de terceros (auspiciantes o no) según el caso, previa acreditación de identidad y/o titularidad del PARTICIPANTE dentro de los sesenta (60) días corridos desde el anuncio de los ganadores, prorrogables por treinta (30) días adicionales a juicio del ORGANIZADOR.
9.3.- Condiciones de goce del PREMIO.
Sin perjuicio de lo antes dispuesto, el premio será entregado por parte de la Municipalidad de Tartagal y el CET en su carácter de ORGANIZADOR en las condiciones de tiempo, forma y lugar que determine y oportunamente informe a los ganadores.
9.4.- Cesión: El premio es personal, indivisible e intransferible para la totalidad de los PARTICIPANTES que se consagran como ganadores. El carácter de ganador del CERTAMEN no podrá ser cedido ni transferido bajo ninguna circunstancia.
9.5.- Responsabilidad: El ORGANIZADOR no asume responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran sufrir el ganador, PARTICIPANTE o terceros con motivo o en ocasión del otorgamiento del premio y a partir de su uso.
10. DISPOSICIONES GENERALES
10.1.- Aceptación de BASES y Condiciones. La sola inscripción de los PARTICIPANTES implica el conocimiento y la aceptación de estas BASES, y genera la obligación de someterse a ellas.
10.2.- Modificación de las BASES. El ORGANIZADOR se reserva el derecho de modificar unilateralmente las presentes bases en cualquier momento, sin que ello o sus consecuencias generen responsabilidad alguna, como así también si se generaren situaciones imprevistas, ajenas a la voluntad del ORGANIZADOR. En tal caso, notificará sus modificaciones en el sitio web del CERTAMEN.
10.3.- Suspensión del CERTAMEN. El ORGANIZADOR podrá suspender o dar por finalizado este CERTAMEN, supuestos en los cuales los PARTICIPANTES no tendrán derecho a reclamo alguno por ningún concepto. Asimismo cuando las circunstancias lo justifiquen a juicio del ORGANIZADOR, éste podrá modificar, total o parcialmente las modalidades de participación en el CERTAMEN.
10.4.- Anulación. Deserción del CERTAMEN. En caso de anulación o descalificación de algún PARTICIPANTE, la ORGANIZACIÓN podrá elegir a otro. El concurso podrá ser declarado desierto si a juicio de la ORGANIZACIÓN no existieran méritos para otorgar el premio.
10.5.- Separabilidad. Si eventualmente alguna de las presentes previsiones fuere declarada o entendida nula, anulable o inoponible, tal declaración no afectará a las restantes.
10.6.- Consulta de BASES y Condiciones. Las presentes BASES, como así también sus respectivas modificaciones podrán ser consultadas en los establecimientos oficiales del ORGANIZADOR o en cualquier otro medio que éste disponga.
10.7.- Información oficial. El ORGANIZADOR del presente CERTAMEN podrá dar a conocer la información oficial del mismo a través de los siguientes medios de comunicación: página web oficial, diarios, radios, televisión, medios gráficos, vía pública, facebook, twitter, internet y otros.
10.8.- Participación sin obligación de compra. La participación en el concurso no implica obligación directa ni indirecta de compra o contratación de servicio alguno ofrecido por el ORGANIZADOR.
10.9.- Datos personales. 10.9.1. Los PARTICIPANTES titulares de sus datos personales presta su consentimiento al ORGANIZADOR -en los términos de lo previsto en los artículos 5 y 11 de la Ley 25.326- para el almacenamiento, cesión y difusión de sus datos personales por los medios y formas que éste disponga, sea a título gratuito y/u oneroso, sin derecho a
compensación alguna a favor del titular. Dicha autorización se otorga durante el plazo del CERTAMEN y hasta los treinta y seis (36) meses posteriores al mismo, sin perjuicio de lo que en las BASES y Condiciones del CERTAMEN se disponga. El titular de los datos personales, tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a aquellos en forma gratuita en intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto, conforme lo establecido en el art. 14, inc. 3 de la Ley 25.326. El titular podrá requerir que dicha información les sea suministrada, actualizada, rectificada o bien removida de la base de datos. En caso de remoción, se excluirá su posibilidad de participación en el CERTAMEN, dado a que los datos referidos resultan fundamentales para el desarrollo del mismo. La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, es el órgano de control de la ley 25.326 y tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. A efectos de ejercer sus derechos el titular podrá contactarse por e-mail a los sitios oficiales del ORGANIZADOR. 10.9.2. En caso de que los PARTICIPANTES envíen imágenes personales y/o videos, otorgan al ORGANIZADOR una licencia temporal limitada, no exclusiva y gratuita para la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción o publicación de las filmaciones, fotografías, imágenes o grabaciones de las imágenes de los PARTICIPANTES, en todos y cualesquiera medios de comunicación conocidos o por conocerse (incluyendo – no taxativamente – gráficos, visuales, audiovisuales, televisión por aire, antena, cable o satélite, radio e Internet) con cualquier finalidad durante el plazo del CERTAMEN, y hasta treinta y seis (36) meses posteriores a la finalización del mismo. No obstante ello, aún vencido dicho plazo, la cesión realizada a favor del ORGANIZADOR comprende también la utilización de dichos derechos para la promoción, difusión y toda otra acción promocional a ejecutar en el marco de ediciones futuras del presente CERTAMEN o similares, sin que el PARTICIPANTE tenga derecho a reclamo de indemnización o compensación alguna. La cesión realizada por los PARTICIPANTES conforme lo anteriormente descripto tiene carácter irrevocable.
10.10.- Descalificación. Causales. Cualquier PARTICIPANTE podrá ser descalificado, sin derecho a compensación alguna, cuando su conducta en el CERTAMEN genere o motive acciones penales o civiles, de cualquier naturaleza; cuando violen la ley, la moral y las buenas costumbres, o cuando el contenido de la participación presente expresiones injuriosas, ofensivas o discriminatorias hacia cualquier persona o institución; cuando por su conducta afecten los intereses del ORGANIZADOR, o cuando incurran, a juicio de éste, en mecanismos desleales de competición. Asimismo serán pasibles de descalificación, sin derecho a indemnización, cuando incurran en violación de cualquiera de las disposiciones de las presentes BASES o cuando hubieren consignado datos falsos o inexactos.
10.11.- Autoría. Derechos intelectuales. Contenido del material de participación. Los PARTICIPANTES declaran y garantizan que son autores del contenido y material que presenten al CERTAMEN, comprometiéndose a mantener indemne al ORGANIZADOR y personas vinculadas frente a cualquier reclamo que por ello pudiera surgir, a partir de lo dispuesto en el punto siguiente. 10.11.1.- Los PARTICIPANTES ceden expresa e irrevocablemente todos los derechos de propiedad sobre el material y contenido utilizado y aportado al CERTAMEN. El material quedará en su totalidad en propiedad exclusiva del ORGANIZADOR. La cesión en propiedad queda compensada mediante la posibilidad de participar en el CERTAMEN y eventualmente ser acreedor a la premiación prevista en el CERTAMEN en caso de consagrarse ganador. No obstante lo anterior los PARTICIPANTES que no resulten ganadores no tendrán derecho a compensación alguna por la entrega en propiedad al ORGANIZADOR del material utilizado en el CERTAMEN. La entrega en propiedad, no implica a favor de los PARTICIPANTES el otorgamiento de licencias de ningún tipo sobre el mismo. 10.11.2.- Los PARTICIPANTES se comprometen a no realizar, generar, enviar o transmitir información falsa o efectuar declaraciones que pudieran ocasionar daños al ORGANIZADOR, sus accionistas y sujetos vinculados a ella. Además, se comprometen a no presentar material de participación que fuera ilegal,
calumnioso, difamatorio, amenazante, hostil, discriminatorio, que aliente una conducta que podría ser considerada delito, que dé lugar a responsabilidad civil, viole alguna ley o sea inadecuado conforme la moral y buenas costumbres; y a no enviar avisos u ofrecimientos comerciales
10.12.- Gastos y erogaciones. Salvo los gastos que sean asumidos expresamente por el ORGANIZADOR, este no será responsable por ningún costo o gasto en que pudieran incurrir los PARTICIPANTES ni los ganadores con motivo de la participación en el CERTAMEN y la obtención del premio. Dicha exención también comprende a los impuestos que debieran tributarse en relación al CERTAMEN.
10.13.- Responsabilidad. El ORGANIZADOR no asume responsabilidad alguna por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir los PARTICIPANTES, el ganador o terceros, en sus personas o bienes, con relación a su participación en el CERTAMEN o con relación a la utilización del Premio. Tampoco será responsable por cualquier inconveniente, desperfecto técnico o falla de cualquier naturaleza que pudiera ocurrir durante el CERTAMEN con la plataforma web y el sistema de transmisión de datos.
10.14.- Ley Aplicable. Competencia. El presente concurso se regirá de conformidad con las leyes de la República Argentina