BASES Y CONDICIONES

CONCURSO “VIDRIERAS DEL CENTENARIO”

1. ORGANIZADOR.

La Municipalidad de Tartagal conjuntamente con el Centro Empresario de Tartagal y la Cámara de Turismo del Norte Salteño (en adelante, indistintamente a ORGANIZACIÓN o el ORGANIZADOR) convocan abiertamente aquellos comercios de la ciudad de Tartagal (en adelante llamado el o los PARTICIPANTES) a participar del concurso denominado “Vidrieras del Centenario”, (en adelante indistintamente “CONCURSO” o “CERTAMEN”), cuya ejecución y aspectos vinculados se regirán por las presentes BASES y Condiciones (en adelante “BASES”).

2. OBJETIVOS.

El CONCURSO tiene los siguientes objetivos:

  1. Que los comercios locales sean protagonistas del homenaje por los 100 años de historia de nuestra ciudad.
  2. Premiar el compromiso e iniciativa de los comercios concursantes.
  3. Revalorizar el patrimonio comercial y hacer partícipes a los comerciantes del festejo del Centenario.

3. PARTICIPANTES

3.1 Requisitos: Podrán participar del CERTAMEN todos aquellos comercios de la ciudad, ya sean pequeños, medianos o grandes, que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Se encuentren situados dentro del Municipio de Tartagal.

  1. MODALIDAD DE PARTICIPACIÓN. INSCRIPCIÓN.

4.1.- Inscripción: Para realizar la inscripción se deberá inicialmente completar el formulario de inscripción disponible a tal efecto en el siguiente link:

4.2.- Adaptación de la vidriera: Una vez realizada la inscripción el PARTICIPANTE deberá proceder con la adaptación de la vidriera, tematizada con la celebración de los 100 años de la ciudad de Tartagal.

4.3.- Remisión de imagen: El ORGANIZADOR dispondrá un profesional que fotografiará la vidriera para la

posterior publicación en redes sociales de la imagen. El PARTICIPANTE se compromete a estar en el comercio al momento de la toma de fotografías que se realizará dentro del plazo del concurso, con previo aviso.

4.4.- Colocación de cartel identificatorio: luego de la inscripción y armado de la vidriera, el PARTICIPANTE recibirá de manera personalizada en su comercio 1 (un) afiche de comercio adherido con la gráfica del CONCURSO para ser identificado por sus clientes los días de exhibición.

5. JURADO

5.1.- Formación: El ORGANIZADOR convocará un jurado para la evaluación y definición de los ganadores del CERTAMEN. El Jurado estará compuesto por un miembro del Centro Empresario de Tartagal, uno del Municipio, uno de la Facultad de Tartagal de la UNSA y uno del Ministerio de Turismo de la Provincia de Salta. Los criterios y procedimientos de selección, orden de votación y toda otra cuestión relativa a los mismos serán definidos por el ORGANIZADOR.

5.2.- Resoluciones: Tanto el ORGANIZADOR como el Jurado convocado no se encontrarán obligados a dar razón ni fundamento de sus decisiones siendo estas inapelables e irrecurribles. No será posible para ningún PARTICIPANTE recusar a ningún integrante del jurado convocado al efecto.

6. ETAPAS Y PLAZOS.

El CERTAMEN posee las siguientes etapas y términos.

6.1.- Inscripción: quienes se encuentren interesados en participar podrán adherirse al CERTAMEN desde el 3/05/2024 al 25/05/2024 a través del form / link de inscripción. Serán desestimadas las inscripciones que se efectúen fuera del plazo indicado.

6.2.- Exhibición: El tiempo previsto para exhibición y visita de las vidrieras de los PARTICIPANTES por parte del público y del jurado será desde 1/06/2024 al 30/06/2024.

6.3.- Evaluación: La evaluación de las vidrieras con el objetivo de elegir a los ganadores será realizada en el término comprendido entre el 1/06 y el 30/06 en doble instancia: dos ganadores electos por parte del público y dos ganadores por parte de un jurado designado al efecto, de conformidad a como se establece seguidamente:

  1. Votación del público: La evaluación de las vidrieras concursantes será desde el 10/06 al 30/06 por parte del público en general, mediante las redes oficiales de Facebook del Municipio de Tartagal y la Cámara Empresaria de Tartagal; utilizando el sistema de like o reacción que implementa la red social en cada una de las imágenes de las vidrieras de los PARTICIPANTES, las cuales estarán en un ALBUM COMPARTIDO en ambas redes sociales. Ganaran las dos imágenes con mayor cantidad de reacciones

positivas (me gusta, me encanta o me importa).

Elección del jurado: el 1/07 el jurado convocado al efecto, designará dos ganadores.

  1. CRITERIOS DE EVALUACIÓN.

El jurado tendrá en cuenta a los fines del otorgamiento de la premiación, entre otros y sin orden especifico, los siguientes criterios:

  1. La alusión al centenario e historia de Tartagal.

  1. El uso de los colores elegidos para la celebración (paleta de verde, amarillo y blanco)
  2. la creatividad

  1. el uso de materiales reciclados o reutilizados

  1. la iluminación

  1. la innovación

8. OBLIGACIONES DEL COMERCIO ADHERIDO.

Una vez inscripto, el comercio adherido deberá exhibir su vidriera acorde a la temática “centenario” durante el tiempo establecido en el artículo 6.2 de este documento. También deberá exhibir el cartel del comercio adherido. Los gastos vinculados correrán a cargo del comercio.

9. PREMIACIÓN.

9.1.- Premios: Quienes resulten ganadores del CONCURSO conforme al presente, serán acreedores a los siguientes premios (en adelante en su conjunto e indistintamente PREMIO):

Primer premio por votación del público:

Segundo premio por votación del público:

Primer premio del jurado:

Segundo premio del jurado:

Los premios a entregarse son los descriptos en estas BASES, no se incluye ningún otro bien o servicio distintos de los mencionados.

9.2.- Entrega de los premios. Plazo: Los premios serán entregados por el ORGANIZADOR o por parte de terceros (auspiciantes o no) según el caso, previa acreditación de identidad y/o titularidad del PARTICIPANTE dentro de los sesenta (60) días corridos desde el anuncio de los ganadores, prorrogables por treinta (30) días adicionales a juicio del ORGANIZADOR.

9.3.- Condiciones de goce del PREMIO.

Sin perjuicio de lo antes dispuesto, el premio será entregado por parte de la Municipalidad de Tartagal y el CET en su carácter de ORGANIZADOR en las condiciones de tiempo, forma y lugar que determine y oportunamente informe a los ganadores.

9.4.- Cesión: El premio es personal, indivisible e intransferible para la totalidad de los PARTICIPANTES que se consagran como ganadores. El carácter de ganador del CERTAMEN no podrá ser cedido ni transferido bajo ninguna circunstancia.

9.5.- Responsabilidad: El ORGANIZADOR no asume responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran sufrir el ganador, PARTICIPANTE o terceros con motivo o en ocasión del otorgamiento del premio y a partir de su uso.

10. DISPOSICIONES GENERALES

10.1.- Aceptación de BASES y Condiciones. La sola inscripción de los PARTICIPANTES implica el conocimiento y la aceptación de estas BASES, y genera la obligación de someterse a ellas.

10.2.- Modificación de las BASES. El ORGANIZADOR se reserva el derecho de modificar unilateralmente las presentes bases en cualquier momento, sin que ello o sus consecuencias generen responsabilidad alguna, como así también si se generaren situaciones imprevistas, ajenas a la voluntad del ORGANIZADOR. En tal caso, notificará sus modificaciones en el sitio web del CERTAMEN.

10.3.- Suspensión del CERTAMEN. El ORGANIZADOR podrá suspender o dar por finalizado este CERTAMEN, supuestos en los cuales los PARTICIPANTES no tendrán derecho a reclamo alguno por ningún concepto. Asimismo cuando las circunstancias lo justifiquen a juicio del ORGANIZADOR, éste podrá modificar, total o parcialmente las modalidades de participación en el CERTAMEN.

10.4.- Anulación. Deserción del CERTAMEN. En caso de anulación o descalificación de algún PARTICIPANTE, la ORGANIZACIÓN podrá elegir a otro. El concurso podrá ser declarado desierto si a juicio de la ORGANIZACIÓN no existieran méritos para otorgar el premio.

10.5.- Separabilidad. Si eventualmente alguna de las presentes previsiones fuere declarada o entendida nula, anulable o inoponible, tal declaración no afectará a las restantes.

10.6.- Consulta de BASES y Condiciones. Las presentes BASES, como así también sus respectivas modificaciones podrán ser consultadas en los establecimientos oficiales del ORGANIZADOR o en cualquier otro medio que éste disponga.

10.7.- Información oficial. El ORGANIZADOR del presente CERTAMEN podrá dar a conocer la información oficial del mismo a través de los siguientes medios de comunicación: página web oficial, diarios, radios, televisión, medios gráficos, vía pública, facebook, twitter, internet y otros.

10.8.- Participación sin obligación de compra. La participación en el concurso no implica obligación directa ni indirecta de compra o contratación de servicio alguno ofrecido por el ORGANIZADOR.

10.9.- Datos personales. 10.9.1. Los PARTICIPANTES titulares de sus datos personales presta su consentimiento al ORGANIZADOR -en los términos de lo previsto en los artículos 5 y 11 de la Ley 25.326- para el almacenamiento, cesión y difusión de sus datos personales por los medios y formas que éste disponga, sea a título gratuito y/u oneroso, sin derecho a

compensación alguna a favor del titular. Dicha autorización se otorga durante el plazo del CERTAMEN y hasta los treinta y seis (36) meses posteriores al mismo, sin perjuicio de lo que en las BASES y Condiciones del CERTAMEN se disponga. El titular de los datos personales, tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a aquellos en forma gratuita en intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto, conforme lo establecido en el art. 14, inc. 3 de la Ley 25.326. El titular podrá requerir que dicha información les sea suministrada, actualizada, rectificada o bien removida de la base de datos. En caso de remoción, se excluirá su posibilidad de participación en el CERTAMEN, dado a que los datos referidos resultan fundamentales para el desarrollo del mismo. La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, es el órgano de control de la ley 25.326 y tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. A efectos de ejercer sus derechos el titular podrá contactarse por e-mail a los sitios oficiales del ORGANIZADOR. 10.9.2. En caso de que los PARTICIPANTES envíen imágenes personales y/o videos, otorgan al ORGANIZADOR una licencia temporal limitada, no exclusiva y gratuita para la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción o publicación de las filmaciones, fotografías, imágenes o grabaciones de las imágenes de los PARTICIPANTES, en todos y cualesquiera medios de comunicación conocidos o por conocerse (incluyendo – no taxativamente – gráficos, visuales, audiovisuales, televisión por aire, antena, cable o satélite, radio e Internet) con cualquier finalidad durante el plazo del CERTAMEN, y hasta treinta y seis (36) meses posteriores a la finalización del mismo. No obstante ello, aún vencido dicho plazo, la cesión realizada a favor del ORGANIZADOR comprende también la utilización de dichos derechos para la promoción, difusión y toda otra acción promocional a ejecutar en el marco de ediciones futuras del presente CERTAMEN o similares, sin que el PARTICIPANTE tenga derecho a reclamo de indemnización o compensación alguna. La cesión realizada por los PARTICIPANTES conforme lo anteriormente descripto tiene carácter irrevocable.

10.10.- Descalificación. Causales. Cualquier PARTICIPANTE podrá ser descalificado, sin derecho a compensación alguna, cuando su conducta en el CERTAMEN genere o motive acciones penales o civiles, de cualquier naturaleza; cuando violen la ley, la moral y las buenas costumbres, o cuando el contenido de la participación presente expresiones injuriosas, ofensivas o discriminatorias hacia cualquier persona o institución; cuando por su conducta afecten los intereses del ORGANIZADOR, o cuando incurran, a juicio de éste, en mecanismos desleales de competición. Asimismo serán pasibles de descalificación, sin derecho a indemnización, cuando incurran en violación de cualquiera de las disposiciones de las presentes BASES o cuando hubieren consignado datos falsos o inexactos.

10.11.- Autoría. Derechos intelectuales. Contenido del material de participación. Los PARTICIPANTES declaran y garantizan que son autores del contenido y material que presenten al CERTAMEN, comprometiéndose a mantener indemne al ORGANIZADOR y personas vinculadas frente a cualquier reclamo que por ello pudiera surgir, a partir de lo dispuesto en el punto siguiente. 10.11.1.- Los PARTICIPANTES ceden expresa e irrevocablemente todos los derechos de propiedad sobre el material y contenido utilizado y aportado al CERTAMEN. El material quedará en su totalidad en propiedad exclusiva del ORGANIZADOR. La cesión en propiedad queda compensada mediante la posibilidad de participar en el CERTAMEN y eventualmente ser acreedor a la premiación prevista en el CERTAMEN en caso de consagrarse ganador. No obstante lo anterior los PARTICIPANTES que no resulten ganadores no tendrán derecho a compensación alguna por la entrega en propiedad al ORGANIZADOR del material utilizado en el CERTAMEN. La entrega en propiedad, no implica a favor de los PARTICIPANTES el otorgamiento de licencias de ningún tipo sobre el mismo. 10.11.2.- Los PARTICIPANTES se comprometen a no realizar, generar, enviar o transmitir información falsa o efectuar declaraciones que pudieran ocasionar daños al ORGANIZADOR, sus accionistas y sujetos vinculados a ella. Además, se comprometen a no presentar material de participación que fuera ilegal,

calumnioso, difamatorio, amenazante, hostil, discriminatorio, que aliente una conducta que podría ser considerada delito, que dé lugar a responsabilidad civil, viole alguna ley o sea inadecuado conforme la moral y buenas costumbres; y a no enviar avisos u ofrecimientos comerciales

10.12.- Gastos y erogaciones. Salvo los gastos que sean asumidos expresamente por el ORGANIZADOR, este no será responsable por ningún costo o gasto en que pudieran incurrir los PARTICIPANTES ni los ganadores con motivo de la participación en el CERTAMEN y la obtención del premio. Dicha exención también comprende a los impuestos que debieran tributarse en relación al CERTAMEN.

10.13.- Responsabilidad. El ORGANIZADOR no asume responsabilidad alguna por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir los PARTICIPANTES, el ganador o terceros, en sus personas o bienes, con relación a su participación en el CERTAMEN o con relación a la utilización del Premio. Tampoco será responsable por cualquier inconveniente, desperfecto técnico o falla de cualquier naturaleza que pudiera ocurrir durante el CERTAMEN con la plataforma web y el sistema de transmisión de datos.

10.14.- Ley Aplicable. Competencia. El presente concurso se regirá de conformidad con las leyes de la República Argentina