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Carta enviada al Nuncio.doc
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A la atención de:

Exmo y Rvmo. Mons. Renzo Fratini

Nunciatura Apostólica

Avenida Pio XII, 46

28016 -Madrid

De: María Victoria

xxxxxxxxxxxxxxx

Madrid, a 22 de Abril del 2010

Exmo. y Rvmo. Mons. Fratini.

Me dirijo a usted para solicitar una audiencia privada con usted como representante de Su Santidad Benedicto XVI, para informarle de unos hechos que están ocurriendo en la Iglesia Española y que, en mi humilde consideración, son muy graves y en conciencia, movida por la caridad y justicia cristianas, debo notificar a usted.

Comprendo que sus muchas responsabilidades le pueden tener altamente ocupado como para poder recibirme a mí, una humilde fiel de la Iglesia, de 84 años de edad.

Por ello, y por si no pudiera recibirme, le remito junto a esta petición de audiencia, la carta que le entregaría en mano en caso de ser recibida en Nunciatura.

Esta carta es para introducirle a la información que para su conocimiento le haré llegar en un documento aparte, que aun siendo muy voluminoso (unas 400 páginas) no es exhaustivo pero, permite documentar suficientemente lo que a continuación le referiré. Este dossier se ha ido elaborando con información que está publicada en internet y a fecha de 16 de Abril de 2010 está completamente visible y accesible a cualquier persona.

El origen de esta recopilación, realizada por varios laicos, fue el hostigamiento continuado, con una saña innecesaria  que viene padeciendo Juan Masiá Clavel S.J. por parte de medios de comunicación y personas que dicen ser totalmente fieles al Magisterio de la Iglesia y al Papa.

  Hace unos días y tras cerrar el P. Masiá sus blogs en español con una breve nota, me informaron que el P. Masiá recibió recientemente una advertencia firme de que podía ser expulsado de la Compañía de Jesús y de su posible reducción al estado laical, con motivo de su desobediencia en materia grave, a la orden dada por su Superior Provincial de “no escribir en el idioma español y no tener ninguna actividad pastoral o académica en el Estado Español, recibida” en octubre del 2009. Orden que fue requerida, al parecer, por parte de algunos Obispos españoles a los superiores de la Compañía, entre ellos, según comentó el P. Masiá, Monseñor García-Gascó.

Las distintas personas que han recopilado estos datos me informaron de ello y la pusieron en mis manos. Considero un deber en conciencia mandárselo a usted para que conste de forma fehaciente  ante la Santa Sede. Por ello, tenga mi escrito como comunicación oficial de este asunto al Romano Pontífice.

Escritos leídos en www.Infocatólica.com

1.- En esta web existen más de 40 artículos publicados en 11 meses, sobre Juan Masiá S.J. En que se pide muy frecuentemente que sea expulsado de la Compañía de Jesús, reducido al estado laical y excomulgado de la Iglesia Católica. En numerosos artículos de varios autores se juzga y denomina a este jesuita, por quienes no tienen la autoridad eclesiástica necesaria para hacerlo, como hereje y anticatólico, que no es sacerdote, ni jesuita, y otras alusiones a él como trastornado mental, abortista, mala persona, dañino para la iglesia, así como otros muchos insultos, juicios de valor y falsos testimonios sobre su persona y sus escritos. En esta web citada hay montajes fotográficos con su imagen personal, que a todas luces suponen una falta de respeto a su dignidad y buena fama que como toda persona merece Juan Masiá S.J. En esta web existe un comentario firmado por ““masiá clavel sj””, como sólo existe él como jesuita con esos apellidos, y no lo escribió él, pienso que podría tratarse de un delito de usurpación de identidad.

http://infocatolica.com/blog/coradcor.php/0912281024-abro-el-plazo-para-recoger-ad

Un autor de este sitio, Eleuterio  Fernández Guzmán, con frecuencia reinterpreta los escritos de Masiá para hacerle decir cosas contrarias a las que realmente dijo y así justificar sus ataques contra él.

2.- En esta web se pueden leer comentarios con acusaciones al Rey de España y la Familia Real, como éstas:

http://infocatolica.com/?t=noticia&cod=5705

3.- Existen, tanto artículos como comentarios degradantes a: Ministros del Gobierno Español, Presidente del Congreso de los Diputados D. José Bono, diputados, Obispos como el Cardenal Martínez Sistach, Mons. Catalá Obispo de Málaga, Monseñor Uriarte, Mons. Blazquez, etc, diversas órdenes religiosas, instituciones académicas y muchos otros teólogos y teólogas. Son decenas las personas afectadas. Merece la pena llamar la atención sobre D. José Antonio Pagola, y D. Andrés torres Queiruga por la cantidad tan excesiva de artículos y la saña continua contra ellos.

4.- Infocatólica.com está registrada como fundación, declara ser católica y manifiesta su adhesión al Papa y Magisterio

InfoCatólica.com es un portal de información y opinión socio-religiosa cuyo fin y misión es la difusión de información, formación y opinión basada en la doctrina católica, en todas las cuestiones y debates de interés que se presentan en la opinión pública.

InfoCatólica ofrece la agilidad e interactividad propia de un portal de internet, así como la dedicación de su equipo humano, formado por personas con vocación de servicio eclesial, competencia y experiencia en herramientas multimedia, con seria preparación doctrinal, adhesión al Papa y al Magisterio y relaciones con muy diversos ámbitos sociales y eclesiales de España e Hispanoamérica.

InfoCatólica nació el 29 de abril de 2009, fiesta de Santa Catalina de Siena. A partir del 12 de octubre de 2009, fiesta de la Virgen del Pilar y de la Hispanidad, se edita por la Fundación InfoCatólica, constituída notarialmente en Pamplona el 7 de noviembre de 2009.

http://infocatolica.com/?t=ic&cod=3912

5.- Figura como colaborador habitual Monseñor Fernando Sebastián Aguilar. Arzobispo Emérito. Además figuran como autores de artículos publicados, los siguientes Obispos:

   Monseñor Arizmendi Esquivel (1 artículo)

http://infocatolica.com/?t=autores

6.- Varios de los autores de blogs de infocatólica.com y el propio director han pedido el voto para el partido político “Alternativa Española”. Coincidente con el apoyo que ofreció en su día Monseñor D. Fernando Sebastián a ese partido y también la propia Conferencia Episcopal Española, como más adelante le referiré.

7.- En su página piden donativos y ofrecen justificantes para deducirlos del IRPF, sin embargo no consta que haya sido declarada como “entidad de utilidad pública”, ni que se pueda acoger, en vista de los contenidos que publican, a lo estipulado en el art. 42 de la “Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de incentivos fiscales a la participación privada en actividades de interés general”. Requisitos necesarios para tal deducción.

Deducción IRPF en España

Si desea recibir justificante de su donativo para beneficiarse de la deducción por donativos en su declaración del IRPF,  envíenos a donativos@infocatolica.com los datos siguientes:  Nombre y apellidos, DNI o CIF y  Dirección postal.

Agradecemos sinceramente su colaboración.

http://infocatolica.com/?t=ic&cod=10

8.- El director de infocatolica.com a fecha de hoy es D. Luis Fernando Pérez Bustamante. Este señor denunció en el año 2007 al P. Masiá ante la Comisión para la Doctrina de la Fe de la Conferencia Episcopal que presidía Mons. García-Gascó. Además desde hace años, afirma el director que el P. Masiá tiene que ser expulsado de la Compañía de Jesús, del estado clerical y excomulgado. La denuncia que presentó contra él motivó otra carta del laico Julián Moreno Mestre a la CEE diciéndoles esto:

Mi petición es que antes de tomar cualquier decisión, tengan presente que Luis Fernando Pérez Bustamante lleva mucho tiempo resentido con el padre Masiá, y que la idea de escribir esta carta se basa en una venganza personal contra el padre Masiá.

Por otra parte, quiero comentarles que Luis Fernando Pérez Bustamante está decidido a que se castigue como sea al padre Masiá, y por ello está planteando escribir una carta a la Congregación Para la Doctrina de la Fe en Roma, al superior de los jesuitas y a promover un escándalo contra su persona, por si con ustedes no consigue lo que se propone.

http://blogs.periodistadigital.com/fisicoycatolicopamasinri.php/2007/11/28/carta-a-la-comision-episcopal-para-la-do

Escritos de D. Francisco José Fernández de la Cigoña Nuñez.

1.- Constan desde el año 2006 comentarios suyos en internet sobre Juan Masiá SJ, diciendo que le quiere ver fuera de la Compañía de Jesús y de su condición de sacerdote.

2.- El Sr. Fdez. De la Cigoña, quien escribe en un medio de comunicación, Intereconomía, presume y se jacta de adelantar noticias de alto nivel, sobre acciones, o nombramientos de obispos dentro de la iglesia católica, y asegura públicamente que su informante confidencial es el cardenal Ottaviani, fallecido en 1979. Con lo que no se ajusta a la veracidad requerida en la ética periodísitica, abriendo además la duda entre los fieles católicos de quien o quienes le facilitan la información.

3.- El Sr. Fdez. De la Cigoña informó ser el padre de Dª Carmen Fdez. de la Cigoña, actual Vicerrectora del CEU “San Pablo” de Madrid y Secretaria Nacional de la Asociación Católica de Propagandistas, en datos publicados por la Conferencia Episcopal.

4.- En sus blogs, el Sr. Fdez. De la Cigoña frecuentemente utiliza un estilo despectivo y degradante contra las personas o instituciones que critica. Es de uso común la burla y menosprecio hacia católicos, con alusiones a sus características personales para mostrar desprecio (edad, vestimentas, aspecto y fisonomía, nombre, vida privada, uso de fotografías sin autorización, etc. ), ya sean teólogos, teólogas, obispos, figuras relevantes de la iglesia, laicos, e incluso personajes fallecidos. Especial mención del trato que ha dado al Prepósito General de la Compañía de Jesús, Rvdo. P Nicolas y sus colaboradores. En mi opinión, supone una falta de respeto a la dignidad debida a toda persona por el hecho de serlo, bien protegido por nuestras leyes españolas, pero también por el Código de Derecho Canónico. Además él mismo dijo ya en el 2005 y en público que lo hace para molestar y fastidiar. Esto le dijo al ya fallecido sacerdote, Julio Asterio:

Lo que me fastidiaría muchísimo es que mis opiniones molestas no molestaran. Así que me alegra mucho su molestia. Si le pica es que ha comido ajos. Mis ajos. Pues que le aprovechen. O se le indigesten. Creo que no necesito decir que lo que pretendía era su indigestión.
Seguramente por vanidad, siempre me he reconocido pecador, no me tengo por tonto. Lo sería si, queriendo fastidiar, no fastidiara.

http://agenciajai.mforos.com/418065/2813757-desaparecen-los-dinosaurios-del-progresismo/

También ha manifestado que las quejas enviadas por fieles a Monseñor Rouco Valera en protesta por sus escritos le dan igual:

También es gracioso lo de las cartas al arzobispado. Las reciben y ¿qué hacen con ellas? ¿Me comunican que las han recibido? ¿Y qué? ¿Me dicen que no les gusta el Blog? ¿Y qué? Mi conciencia me la administro yo y no el señor cardenal, sus obispos auxiliares o mi párroco. Si me piden que deje de escribir no tengo obligación de obedecerles. Como si me piden que vaya de romería al Rocío. ¿Y me lo van a pedir sólo a mí? ¿No a los Masiá, Forcano, Miret, Castillo, Tamayo...? Sacerdotes, salvo Miret, y muchos en ejercicio.

http://blogs.periodistadigital.com/laciguena.php/2009/02/17/p219126#more219126

5.- E Sr. Fdez de la Cigoña coaccionó de forma pública y visible al Obispo de Cartagena para que hablara en contra del Teólogo Juan Masiá SJ. Esto dijo el 26 de diciembre de 2009:

Si mañana esto llegara a aparecer en La Verdad el obispo de Murcia algo tendría que decir. Y, si no, se lo recordaremos. Aunque todavía está a tiempo de mover sus influencias para que estas blasfemias no aparezcan en su ciudad y así evitaría no ser puesto en la picota si callara ante las mismas.

http://www.intereconomia.com/blog/cigueena-torre/estoy-indignado-pero-mas-que-jesuita-masia-quienes-lo-consienten

La Conferencia Episcopal Española.

En varias ocasiones la revista Ecclesia Digital ha publicitado al partido Alternativa Española. En una ocasión informó de la rueda de prensa dada por AES con motivo del proceso judicial del “caso Isadora” y del que la justicia española determinó después que era un “montaje” sin indicios de delito y con fines intimidatorios. También la revista Ecclesia Digital como la Agencia SIC (Servicio de Información Católica de la Comisión Episcopal de Medios de Comunicación) se hacen eco en varias ocasiones de las informaciones de Infocatólica.com, legitimando a mi modo de ver la “catolicidad” del sitio. En otra ocasión se publicó la convocatoria de AES para acudir a los actos de renovación de la Consagración de España al Sagrado Corazón de Jesús ¿Qué sentido tiene esa publicidad?  En la iglesia española conviven una pluraridad de sensibilidades políticas en un país democrático. También hay formas de vivir la fe, la religiosidad, con pequeñas diferencias pero que todas tienen cabida y son conformes al magisterio de la iglesia. Me parece que la CEE no respeta esa pluralidad democrática y libertad religiosa al apoyar un tipo de iniciativas tan concretas y no otras.

        A la vista de toda esta información, que encontrará justificada en el dossier que le entregaré, y teniendo en cuenta el canon 221 del Código de Derecho Canónico (CDC) que como fiel católica me asiste, le expongo y ruego:

A) Sobre El Rey de España y Autoridades

Que usted como Decano del Cuerpo Diplomático Español, presente de inmediato una denuncia ante la Fiscalía Española por las posibles injurias vertidas contra el Rey como Jefe del Estado y demás autoridades afectadas, en la web www.infocatólica.com editada por la Fundación Infocatólica. Comunique también a la Fiscalía por si el hecho de constituirse la Fundación Infocatólica como de interés público, que ha publicado todo lo que se denuncia en mi escrito, puede ser objeto de un delito de falsedad documental en documento público, así como informar a la fiscalía de los acosos reiterados a lo largo del tiempo, al menos hacia el P. Masiá SJ y el P. Pagola.

B )Sobre Juan Masiá

¿Cómo es posible que cuando el profesor Masiá fue destituido de la Catedra de Comillas, sin seguir el procedimiento reglamentario de expulsión, los obispos no le dieran ningún argumento ni le pidieran retractación de nada? ¿Qué clase de comportamiento es ese que no permitió al P. Masiá defenderse? ¿No tiene la Iglesia suficientes mecanismos doctrinales y un Derecho Canónico para tomar este tipo de acciones legalmente contra él?

¿Cómo es posible que habiendo sido denunciado por L. F. Pérez Bustamante ante Mons. García-Gascó, este Obispo tampoco le comunicara oficialmente errores doctrinales a corregir, al P. Masiá y sin embargo intervino ante la Compañía de Jesús para que le obligaran, mediante el voto de obediencia, a no expresarse en castellano y a que cesara su actividad académica y pastoral en España, sin dar ni un solo argumento, más que “había fieles sencillos escandalizados”? Esto además de ir contra la caridad y la justicia con el P. Masiá, atenta al derecho que como católicos tenemos en los cánones 213 y 214.

¿Cómo es posible que se obligue con el voto de obediencia a un ciudadano español, empadronado en Madrid, a que no pueda hablar su idioma ni visitar su país libremente, ni ejercer su profesión como profesor y su pastoreo como sacerdote en él? ¿Se da cuenta de que esta exigencia vulnera derechos fundamentales que la Constitución Española garantiza para todos los ciudadanos? ¿Es que la Iglesia Española no acepta la Constitución Española? ¿Es que en la iglesia se puede actuar contra  los derechos de una persona con esa impunidad? Nos mueve la caridad de Cristo en todo y ante todo y aquí no veo que sea así.

¿Cómo es posible que tras esta orden tan injusta como infundada, basada en un hostigamiento y persecución que hemos presenciado muchos católicos, por parte de unas cuantas personas que ya anunciaron a la vista de todos, su esfuerzo en despojarle de sus privilegios sagrados, se les permita aún dirigirse al Vaticano y al P. General para denunciarle por incumplir el voto de obediencia, y así poder expulsarle de la Compañía de Jesús? En mi opinión vulnera el canon 219 del CDC que dice:

 En la elección del estado de vida, todos los fieles tienen derecho a ser inmunes de cualquier coacción.

El canon C1321 dice:

 P1 Nadie debe ser castigado, a no ser que la violación externa de una ley o precepto que ha cometido le sea gravemente imputable por dolo o culpa.

¿Cual es la gravedad de la culpa de desobediencia en este caso?

A tenor de todo esto, le comunico para que haga llegar a la autoridad que corresponda y conste de forma oficial en el proceso canónico contra Juan Masiá si estuviera ya abierto o se fuera abrir con motivo de su desobediencia, que hay un testigo que desea personarse en la causa para demostrar que Juan Masiá no desobedeció y actuó en su legítima defensa, tal como recoge el canon 1323, cuando el Provincial de Japón comunicó la orden a Juan Masiá en Octubre del 2009.

C1323  No queda sujeto a ninguna pena quien, cuando infringió una ley o precepto:

5º. actuó en legítima defensa contra un injusto agresor de sí mismo o de otro, guardando la debida moderación; 

También le pido que:

1.- Eleve mi denuncia ante los Tribunales de la Rota o el Sumo Pontífice contra Monseñor Agustín García-Gascó por coaccionar (c. 1375) a la Compañía de Jesús a una acción que es injusta, abusando de su poder como recoge el canon 1326 y por impedirnos a muchos fieles el derecho que tenemos y se recoge en los cánones 213 y 214.

2º. a quien está constituido en alguna dignidad, o abusó de su autoridad u oficio para cometer el delito;

3º. al reo que, cuando se haya establecido una pena para un delito culposo, previó lo que habría de suceder, y sin embargo omitió las cautelas para evitarlo que hubiera empleado cualquier persona diligente.

C1375Pueden ser castigados con una pena justa quienes impiden la libertad del ministerio, de una elección o de la potestad eclesiástica, o el uso legítimo de los bienes sagrados o de otros bienes eclesiásticos, o coaccionan al elector, al elegido o a aquel que ejerció una potestad o ministerio eclesiástico.

2.- Eleve mi denuncia ante los Tribunales de la Rota o el Sumo Pontífice contra Monseñor Fernando Sebastián Aguilar por no evitar el grave escándalo público que ha supuesto ver como día a día se ha menoscabado la dignidad de el P. Masiá y muchas otras personas, en un sitio donde él personalmente colabora y por incumplir el deber que debe al canon 823.

Canon 1328. 

  1. Quien hizo u omitió algo para cometer un delito, pero independientemente de su voluntad, no llegó a consumarlo, no queda sujeto a la pena establecida contra el delito consumado, a no ser que la ley o el precepto dispongan otra cosa.
  2. Si los actos u omisiones conducen por su misma naturaleza a la ejecución del delito, el autor puede ser castigado con una penitencia o remedio penal, a no ser que, una vez comenzada la realización del delito, hubiera desistido de ella voluntariamente. Pero, si hubiera habido escándalo u otro grave daño o peligro, el autor, aunque hubiera desistido voluntariamente, puede ser castigado con una pena justa, pero siempre menor que la establecida para el delito consumado.
  1. C823 P1  Para preservar la integridad de las verdades de fe y costumbres, los pastores de la Iglesia tienen el deber y el derecho de velar para que ni los escritos ni la utilización de los medios de comunicación social dañen la fe y las costumbres de los fieles cristianos; asimismo, de exigir que los fieles sometan a su juicio los escritos que vayan a publicar y tengan relación con la fe o costumbres; y también reprobar los escritos nocivos para la rectitud de la fe o para las buenas costumbres.

3.- Eleve mi denuncia ante los tribunales correspondientes de la Iglesia Católica contra D. Luis Fernando Pérez Bustamante y demás autores implicados de www.infocatolica.com, y contra D. Francisco José Fernández de la Cigoña Núñez, por incumplir el canon 220 y el canon 831.  Por los múltiples delitos canónicos continuados a lo largo del tiempo de falso testimonio, menosprecio público, juicios a priori y menoscabo de la buena fama del P. Masiá SJ y otros fieles católicos y que se recogen en el canon 1390. Asimismo por no guardar el deber que los fieles laicos tenemos de respetar a los obispos. También por suscitar estas personas de forma pública en odio de los súbditos de algunos Obispos españoles (C. 1373)

C1390 P2 Quien presenta al Superior eclesiástico otra denuncia calumniosa por algún delito, o de otro modo lesiona la buena fama del prójimo, puede ser castigado con una pena justa, sin excluir la censura.

P3 El calumniador puede también ser obligado a dar la satisfacción conveniente.

C1373 Quien suscita públicamente la aversión o el odio de los súbditos contra la Sede Apostólica o el Ordinario, con motivo de algún acto de potestad o de ministerio eclesiástico, o induce a los súbditos a desobedecerlos, debe ser castigado con entredicho o con otras penas justas.

C) Fundación infocatólica y el Código de Derecho canónico.

El canon 300 del CDC dice:

C300 Ninguna asociación puede llamarse "católica" sin el consentimiento de la autoridad competente, conforme a la norma del can. 312.

El canon 227 dice: Los fieles laicos tienen derecho a que se les reconozca en los asuntos terrenos aquella libertad que compete a todos los ciudadanos; sin embargo, al usar de esa libertad, han de cuidar de que sus acciones estén inspiradas por el espíritu evangélico, y han de prestar atención a la doctrina propuesta por el magisterio de la Iglesia, evitando a la vez presentar como doctrina de la Iglesia su propio criterio, en materias opinables.

No consta de forma fehaciente que la Iglesia haya dado ese consentimiento, por lo que le pido a usted que

1. Exija que retiren la palabra “católica” de su web y sus Estatutos, así como afirmarse ser obedientes al magisterio y al Papa cuando lo que vemos muchos fieles, con grave escándalo, es una conducta injuriosa y delictiva canónicamente hacia muchos miembros fieles de la iglesia y autoridades de España, y en ese sentido es un grave ataque a la iglesia y al Estado Constitucional.

2. Esta misma conducta puede incurrir en los delitos contemplados en el libro VI parte II y Título II del Códico de Derecho Canónico “De los delitos contra las autoridades eclesiásticas y contra la libertad de la Iglesia”.

3. Exija a la Conferencia Episcopal que retire de forma pública el apoyo que desde sus medios se ha ofrecido a Infocatólica.com, así como a los Obispos que escriben allí y que de una forma u otra están dando legitimidad católica a una web que no se comporta cristianamente.

D) Por ello y por todas estas circunstancias, documentadas en esta carta y/o en el dossier que le entregaré, le ruego eleve ante el Sumo Pontífice mi denuncia contra Monseñor Antonio María Rouco Varela, como Presidente de la Conferencia Episcopal, por:

Por último, solicito de usted que :

Emita un comunicado que restablezca el honor y la buena fama a D. Juan Masiá Clavel y D. José Antonio Pagola Elorza  así como a los demás teólogos, personas y congregaciones afectadas por este grave escándalo.

Informe de la existencia de un testigo en el caso de Juan Masiá SJ, al Rvdo P. Adolfo Nicolás SJ, e ínstele para que sea retirada la orden de silencio impuesta injustamente a D. Juan Masiá.

Esta carta se dará a conocer a los fieles católicos afectados por los hechos descritos.

Le ruego finalmente, que informe a través de la Nunciatura Española a:

Consejo Pontificio para los Laicos,

Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica,

Congregación para los Obispos,

Tribunal de la Rota Romana,

Y Su santidad Benedicto XVI

Con el agradecimiento en la confianza de que mi escrito será escuchado y tenido en cuenta por usted, a esta fiel que movida por la caridad y justicia cristianas se ha atrevido a dar este paso, le envío un cordial saludo en el Señor.

Firmado: