Señor D. Carmelo Hijosa

                Alcalde de Campoo de Enmedio

                            C/ García del Olmo, 16

                39200 Matamorosa (Cantabria)

 

 

ASUNTO: RECUPERACION Y REHABILITACION DEL CAMINO RURAL DE BOLMIR A REINOSA

 

 

Ejercicio del Derecho de Petición Ley Orgánica 4/2001 de 12 de Noviembre

 

LOS VECINOS ABAJO FIRMANTES,  vecinos de Bolmir, hacemos uso del Derecho de Petición según los art. 29.1 y 53.2 de la Constitución Española y regulado por la Ley Orgánica  4/2001 de 12 de Noviembre. Requerimos la confidencialidad de nuestros datos según recoge la ley orgánica reguladora.

 

Según el artículo 12 de la Ley Orgánica 4/2001 el Derecho de Petición es susceptible de tutela judicial efectiva mediante las vías establecidas en el artículo 53.2 de la Constitución, sin perjuicio de cualesquiera otras acciones que el peticionario estime procedente. Podrán ser objeto de recurso contencioso-administrativo, por el procedimiento de protección jurisdiccional de los derechos fundamentales de la persona, establecido en los artículos 114 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa:

 

a)                  La declaración de la inadmisibilidad de la petición.

b)                  La omisión de la obligación de contestar en el plazo establecido de tres meses.

c)                  La ausencia en la contestación de los requisitos mínimos establecidos en el artículo 11

 

El objeto de la petición es SOLICITAR a usted como Alcalde de Campoo de Enmedio información relativa a la urbanización del Polígono Industrial La Vega en Reinosa, actuación que afectó al camino rural de Bolmir [Campoo de Enmedio] a Reinosa, en parte de su trazado.

 

NECESITAMOS información de los siguientes extremos:

 

1-       Cuando SEPES urbaniza el polígono La Vega de Reinosa en los años 90, en terrenos colindantes con la fábrica de SIDENOR, entre los ríos Hijar e Izarilla, y en terrenos del término municipal de Reinosa, ¿conoció de la existencia de un camino rural que trascurría entre Reinosa y Bolmir?

 

2-       ¿Se presentaron alegaciones a la realización de la referida obra por parte de la corporación que usted preside? ¿Cuáles fueron las alegaciones? ¿Quién las presentó? ¿Cuál fue la respuesta?

 

3-       ¿Se presentaron alegaciones por parte de la corporación que usted preside, en 2006, cuando PUERTAS NUEVA CASTILLA levanta una nave industrial en terrenos colindantes con el río Izarilla y sobre el camino al que nos venimos refiriendo? ¿Cuáles fueron las alegaciones? ¿Quién las presentó? ¿Cuál fue la respuesta?

 

4-       ¿Ha hecho alguna gestión esa alcaldía tendente a la segregación de un corredor, de al menos cuatro metros de ancho, desde el río Izarilla a la acera de la primera calle del polígono, y la correspondiente cesión o compraventa del terreno en la parcela contigua a la fachada norte de Puertas Nueva Castilla - aún no se ha construido en ella -, por donde ahora trascurre de forma provisional el camino, para posibilitar el paso de viandantes y/o ciclistas?¿Ha solicitado tal segregación ante otras Administraciones el Ayuntamiento de Campoo de Enmedio?

 

5-       ¿Ha hecho el Ayuntamiento gestiones encaminadas a una solución similar a la anterior: cesión de terrenos al lado de la valla de SIDENOR, por donde trascurría el camino?

 

 

 

 LAS RAZONES para plantear esta petición son las que siguen:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

En Bolmir,  a 1 de Marzo de 2009

 

 

Fdo.

 

 

 

 

 

 

 

 

SR. D. CARMELO HIJOSA

ALCALDE DE CAMPOO DE ENMEDIO